Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Cuatro mujeres quedaron detenidas por tenencia y comercialización de drogas

    Cuatro mujeres quedaron detenidas por tenencia y comercialización de drogas

    Cuatro mujeres quedaron detenidas por tenencia y comercialización de drogas

     

    07-04-2025

    Neuquén – La fiscal del caso Silvia Moreira formuló cargos a cuatro mujeres por vender y tener drogas para la comercialización en la ciudad de Añelo.

    La acusación la efectuó ayer al mediodía, junto al asistente letrado Pablo Jávega y la asistente letrada Mariana Querejeta. Durante la audiencia, requirió que las imputadas permanezcan detenidas bajo las modalidades de prisión preventiva y domiciliaria, por un plazo de cuatro meses.

    De acuerdo a la información provisoria recolectada en la investigación que el  Ministerio Público Fiscal (MPF) realizó junto al departamento Antinarcóticos de la Policía provincial, las cuatro mujeres vivían en una vivienda de Añelo, cercana a un natatorio y a un polideportivo.

    Al momento se realizarse el allanamiento en la casa, se encontraron 916 gramos de clorhidrato de cocaína y 8 gramos de anfetaminas, además de dinero efectivo en billetes de diferente denominación por alrededor de 400 mil pesos, una balanza, envoltorios de nylon y un posnet.

    Durante la audiencia la fiscal del caso indicó que al momento del allanamiento, algunas de las mujeres realizaban la venta de droga y otras efectuaban el fraccionamiento.

    Además, señaló que en el interior de la casa fueron encontradas dos personas que estaban comprando drogas para consumo: «pagaron $10 mil la dosis”, precisó la fiscal sobre la base de la información recabada.

    Las cuatro mujeres imputadas son C.S.Z.M; N.D.L.M.F.C; N.D.L.C.F.C; y L.P.M.

    El delito que les atribuyó la fiscal fue tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con comercialización de estupefacientes, ambas doblemente agravadas por hacerlo en inmediaciones de establecimientos deportivos y por la participación de tres o más personas.

    Cómo medida cautelar, la fiscal del caso requirió que permanezcan detenidas con modalidades diferentes por un plazo de cuatro meses, por considerar que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación y de no sometimiento al proceso penal. “Encontramos varios DNI, con diversos domicilios”, remarcó la fiscal.

     

    En los casos de L.P.M y N.D.L.C.F.C, requirió prisión domiciliaria; y en los casos de C.S.Z.M y N.D.L.M.F.C, solicitó prisión preventiva.

    El juez que dirigió la audiencia, Cristian Piana, avaló la formulación de cargos y fijó el plazo de investigación en cuatro meses.

    Respecto de los pedidos de prisión preventiva y domiciliaria que efectuó la representante del Ministerio Público Fiscal (MPF), resolvió imponerlas en los términos requeridos (en ambas modalidades), por un plazo de cuatro meses.

  • Formulan cargos a un varón por vender drogas en su domicilio

    Formulan cargos a un varón por vender drogas en su domicilio

    Formulan cargos a un varón por vender drogas en su domicilio

     

    05-04-2025

     

    Neuquén- Un varón que vendía drogas a través de una reja en su domicilio fue imputado hoy por la fiscal del caso Eugenia Titanti y por el asistente letrado Bruno Miciullo, tras un allanamiento en el que se encontraron estupefacientes fraccionados, una balanza de precisión, sustancias de “estiramiento” y dinero en efectivo.

     

    Ambos representantes de la unidad fiscal de Narcocriminalidad solicitaron dos meses para investigar el caso y que el acusado quede detenido en prisión preventiva, en función de que hay testigos que manifestaron tener temor. Titanti expresó ante el juez que dirigió la audiencia, Cristian Piana, que existe peligro de que, en libertad, el imputado pueda entorpecer la investigación.

     

    El acusado es G.D.M, y la fiscalía le atribuyó haber comercializado estupefacientes y haberlos tenido en su poder para comercializar, al menos entre el 25 de marzo y el 4 de abril, en su domicilio en el barrio Gran Neuquén. “Atendía a los compradores a través de una reja, permaneciendo él en el interior de su inmueble, mientras que las personas se acercaban desde la vereda peatonal”, describió la fiscal, y precisó que las operaciones se realizaban en efectivo e incluso mediante el uso de billeteras virtuales. De acuerdo con la investigación desarrollada por el Departamento de Antinarcóticos de la Policía de Neuquén y que motivó el allanamiento, el acusado realizó al menos 24 ventas en el período indicado, la mayoría de las veces durante la tarde.

     

    En la vivienda del imputado se secuestraron:

     

    – 10,8 gramos de clorhidrato de cocaína en estado polvoriento en un envoltorio.

    – 12 envoltorios de clorhidrato de cocaína, arrojando un peso total de 3,9 gramos.

    – 423 gramos de cannabis sativa compactada.

    – 8 gramos de cannabis sativa en un envoltorio.

    – Una balanza digital de precisión.

    – Recortes de nylon color negro y papel.

    – Material de estiramiento (bicarbonato de sodio) junto a la cocaína.

    – La suma de $205.000 en billetes de baja denominación.

    – Anotaciones con detalles sobre operaciones en efectivo y en Mercadopago.

     

    El delito que se imputó a G.D.M es el de comercialización de estupefacientes, en concurso real con tenencia de estupefacientes para comercializar, en carácter de autor (artículos 5, inciso “c” de la Ley 23.737; 55 y 45 del Código Penal).

     

    Luego de escuchar a las partes, el juez de garantías tuvo por formulados los cargos, fijó el plazo para investigar en dos meses y consideró necesario resguardar el riesgo de entorpecimiento de la investigación, pero ante un planteo de la defensa, accedió a ordenar que quede detenido en prisión domiciliaria: hasta el martes será con custodia policial en la vivienda allanada, pero en ese plazo, la defensa deberá constatar otro domicilio. En caso que eso no sea factible, el imputado pasará a prisión preventiva en una comisaría. 

  • Acusan a tres nuevos imputados por el sabotaje a la red eléctrica del EPEN

    Acusan a tres nuevos imputados por el sabotaje a la red eléctrica del EPEN

    Acusan a tres nuevos imputados por el sabotaje a la red eléctrica del EPEN

     

    05-04-2025

     

    Neuquén- La fiscal Natalia Rivera y el fiscal Víctor Salgado formularon cargos a tres personas que ayer, en el marco de diez allanamientos realizados en las ciudades de Neuquén y Chos Malal, habían sido detenidas por su participación en un sabotaje a las líneas de alta tensión de EPEN, que generó la interrupción del servicio eléctrico en varias localidades de la zona Norte de la provincia.

     

    Los imputados son M.N.L, G.P y L.A.M y se suman a C.C, quien había sido imputado el 8 de marzo por dos hechos de daño calificado, en concurso ideal con corte de suministro eléctrico (artículos 186 inciso 6 y 194 del Código Penal). En esa oportunidad, la fiscal Rivera pidió que C.C quedara detenido, ya que en libertad existía la posibilidad que entorpeciera el proceso, pero por decisión de la jueza de garantías Bibiana Ojeda fue liberado, sujeto a una serie de controles.

     

    Los hechos de sabotaje que investiga la fiscalía de Chos Malal fueron cometidos el 20 de febrero y el 5 de marzo pasados, y en ambos casos provocaron daños a la red eléctrica e interrupción del servicio en distintas localidades.

     

    De acuerdo con el relato de Rivera y de Salgado durante la audiencia de hoy, el primero de los sabotajes fue el 20 de febrero, entre las 21:30 y las 22:40, sobre la línea 33kv cercana a calle Miguel de Güemes, entre Mitre y Plan Madres Solteras, de la ciudad de Chos Malal. Allí, C.C, G.P y L.A.M “arrojaron una cadena de 13 metros de largo  aproximadamente, teniendo en su extremo un alternador”. El accionar conjunto, se indicó desde la fiscalía, permitió “lograr no solo la finalidad de cortar la luz de toda la zona Norte, sino también no resultar heridos en el proceso de arrojar, contener uno de los extremos, vigilar el lugar y movilizarse para huir en distintos sentidos, unos en camioneta y otros caminando”.  La consecuencia directa del sabotaje fue la suspensión del suministro eléctrico en El Alamaito, Tricao Malal y en todo el departamento Minas.

     

    “Para estos hechos, los partícipes contaron con la ayuda indispensable y cooperación necesaria de M.N.L, quien les entregó una pinza de corte industrial G.P y a C.C, para que con la ayuda de L.A.M, cortaran la cadena que fue utilizada el día del hecho”, agregó la fiscal Rivera, quien precisó que los imputados G.P y M.N.L son parte del cuerpo de bomberos voluntarios de Chos Malal.

     

    Respecto del segundo atentado, ambos representantes de la fiscalía explicaron que fue cometido el 5 de marzo, en momentos previos a las 22:40, sobre una línea de alta tensión de 132kv ubicada camino a Aguada Chacaico, entre postes 483 y 484. En esas circunstancias, C.C, G.P y L.A.M, “no solo se pusieron de acuerdo sino que se dirigieron hacia ese lugar en distintos vehículos” y “arrojaron una cadena de 13 metros de largo que en un extremo tenía una soga atada” sobre una de las fases de la línea de alta tensión. El uso de la soga, explicó Rivera, es lo que les permitió resguardar su integridad física y lograr el objetivo del sabotaje: “El accionar mancomunado de arrojar una pesada cadena a gran altura provocó el apagón total en todo el norte neuquino que llevó 18 horas restablecer con éxito”, describió la fiscal del caso.

     

    Rivera y Salgado encuadraron lo ocurrido el 20 de febrero en los delitos de daño calificado, en concurso ideal con sabotaje de línea eléctrica (artículos 186, inciso 6; 194 y 54 del Código Penal) en calidad de coautores respecto de G.P, C.C y L.A.M; y como participe necesario respecto de M.N.L (artículo 45 del Código Penal). En relación con el atentado del 5 de marzo, los delitos fueron los de coautores de daño calificado, en concurso ideal con sabotaje de línea eléctrica para G.P, C.C y L.A.M; y el delito de autor de encubrimiento para M.N.L (artículos 184, inciso 6; y 194 y 277, inciso 1, apartado “a”).

     

    Investigación compleja

     

    Debido a la multiplicidad de autores y la gravedad del hecho, además de formular cargos, la fiscal Rivera y el fiscal Salgado solicitaron al juez que dirigió la audiencia la declaración de causa compleja.

     

    La investigación desarrollada con posterioridad a los sabotajes permitió verificar un accionar acordado para ocultar información, por lo que la fiscal Rivera y el fiscal Salgado solicitaron que todos los imputados permanezcan en prisión preventiva, debido a que existe el peligro de que, en libertad, entorpezcan la investigación.

     

    El juez a cargo de la audiencia, Juan Pablo Balderrama, tuvo por formulados los cargos respecto de los tres nuevos imputados y por reformulados en el caso de C.C, e hizo lugar a la declaración del caso como causa compleja. Respecto de la medida de coerción solicitada por el MPF, el magistrado ordenó la prisión preventiva de G.P hasta el 18 de mayo. Respecto de C.C y L.A.M, consideró que si bien existe el riesgo de entorpecimiento de la investigación, se podía contrarrestar con otras medidas, y les ordenó fijar domicilio, les impuso prohibiciones de contacto con testigos y coimputados, además de presentaciones diarias en el destacamento policial más cercano durante 2 meses en el caso de C.C.

     

    Al momento de analizar el pedido de prisión preventiva sobre L.A.M, el juez interpretó que como en su caso la pena prevista en caso de ser responsable no será de cumplimiento efectivo, no era posible aplicar esa medida cautelar, por lo que dispuso las mismas prohibiciones y obligaciones que al resto.

  • Reformulan cargos a imputado por atacar una casa y herir a tres niños

    Reformulan cargos a imputado por atacar una casa y herir a tres niños

    Reformulan cargos a imputado por atacar una casa y herir a tres niños

     

    4-4-2025

     

    Neuquén El fiscal del caso Andrés Azar reformuló cargos contra un varón a quien el 11 de marzo se le había imputado atacar a balazos una casa y herir a tres niños que estaban en el interior. Explicó que, tras las primeras medidas de investigación, la fiscalía resolvió acusarlo por haber intentado matar sólo a dos de las víctimas, ya que la restante sufrió las heridas en un hecho previo, sin relación con el ataque.

     

    El juez hizo lugar a la modificación de la acusación, que pasó de triple a doble intento de homicidio.

     

    El imputado es B.E.Y, quien de acuerdo con la teoría del caso de la fiscalía, cerca de las 0:50 se dirigió en auto junto a otras tres personas hacia el barrio conocido como toma La Familia, de la ciudad de Neuquén. Allí disparó desde el interior del rodado hacia la casa situada en la manzana 10, lote 2, y luego escapó por calle Copahue.

     

    Originalmente se le imputó que, como consecuencia del ataque, tres niños de 10, 5 y 3 años, sufrieron heridas de arma de fuego de distinta consideración: uno en la cabeza, que permanece internado; otro en el rostro y otro en un brazo.

     

    Las víctimas fueron trasladadas por sus familiares y en auto hacia un centro médico, desde donde los derivaron hacia el hospital Castro Rendón.

     

    Modificación

     

    El fiscal del caso, quien participó de la audiencia junto a la agente judicial Laura Cerovich, aclaró en el tiempo que pasó desde la formulación de cargos se pudo determinar un aspecto de la imputación: el niño que fue herido en el brazo ingresó al hospital 20 minutos antes de que se produjera el ataque en la vivienda, por lo que fue herido en otro contexto que se encuentra bajo investigación.

     

    En ese marco, la fiscalía imputaciones por falso testimonio en la causa, ya que en la denuncia que derivó en la detención de B.E.Y se le atribuyó la tercera víctima.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías que dirigió la audiencia, Luis Giorgetti, avaló la reformulación de cargos.

     

    B.E.Y continúa cumpliendo prisión preventiva, que en la audiencia previa fue dictada por 4 meses por existir riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

  • Acuerdan pena por caso de abuso sexual

    Acuerdan pena por caso de abuso sexual

    Acuerdan pena por caso de abuso sexual

     

    04-04-2025

     

    Neuquén– Mediante acuerdo pleno, un varón fue condenado a 3 años de prisión en modalidad condicional, por haber abusado sexualmente de una niña perteneciente a su entorno familiar.

     

    En una audiencia de procedimiento realizada ayer en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Manuel Islas presentó ante el juez el acuerdo al que arribó junto a la defensa del acusado. Comprendió la declaración de responsabilidad de E.D.G por el delito de abuso sexual simple en modalidad continuada, doblemente agravado por la guarda y por haber sido cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la convivencia preexistente , en calidad de autor (artículos 119 primer, cuarto y quinto párrafo inciso b y f , y 45 del Código Penal).

     

    El fiscal describió que el hecho fue cometido entre 2013 y 2017, en una vivienda familiar ubicada en la ciudad de Neuquén. En ese período, por las mañanas, el acusado cometía los abusos, aprovechando la convivencia preexistente con la niña y cuando quedada a su cuidado. “Estos hechos fueron de manera reiterada, continuada y sistemática”, indicó Islas.

     

    “Las evidencias acreditan sobradamente la autoría de los hechos descriptos y corresponde que sea responsabilizado”, aseguró el fiscal.

     

    Las partes acordaron además la pena de 3 años de prisión en suspenso, bajo el cumplimiento de las reglas de conductas: fijar domicilio, presentarse cada cuatro meses al control de la población judicializada. Así como tampoco podrá acercase en un radio de 300 metros hacia la víctima, así como tampoco podrá contactarse por sí o por tercero,  ni cometer nuevos delitos.

     

    Para arribar al monto de la pena la fiscalía valoró la pluralidad de hechos, y como atenuantes se tuvo en cuenta la falta de antecedentes penales.

     

    Como parte del acuerdo, el acusado aceptó su responsabilidad penal y pena por la que sería condenado.

     

    El juez de garantías Lucas Yancarelli homologó el acuerdo presentado por las partes y condenó al acusado a la pena de 3 años de prisión en suspenso. “Cualquier incumplimiento de las reglas, significará la revocación de la libertad y pasará a cumplir la condena en una unidad carcelaria”, le advirtió el magistrado al condenado.

     

    Las partes renunciaron a los plazos de impugnación y la condena comenzó a ser ejecutada de manera inmediata.

  • Sabotaje en líneas del EPEN: MPF pidió allanamientos y detuvo a cinco personas

    Sabotaje en líneas del EPEN: MPF pidió allanamientos y detuvo a cinco personas

    Sabotaje en líneas del EPEN: MPF pidió allanamientos y detuvo a cinco personas

     

    04-04-2025

     

    Neuquén – Por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF), se realizaron diez  allanamientos en las ciudades de Chos Malal y Neuquén, en el contexto de la investigación iniciada por el sabotaje a líneas de alta tensión del Ente Provincial de Energía de Neuquén (EPEN).

     

    Los procedimientos fueron requeridos por la fiscal Natalia Rivera, y se llevaron adelante con personal de la Policía provincial: nueve se hicieron en Chos Malal y uno en Neuquén. Como resultado, cinco personas fueron detenidas y serán imputadas mañana por la representante del MPF.

     

    Además, durante los allanamientos, se secuestraron teléfonos celulares, chips de teléfonos, discos con filmaciones de cámaras de seguridad, documentación y autos.

     

    El caso que investiga el MPF, con la colaboración del fiscal Víctor Salgado y la supervisión del fiscal jefe Fernando Fuentes, es por el sabotaje en líneas de alta tensión del EPEN en la ciudad de Chos Malal y alrededores. Provocaron la interrupción del servicio a los vecinos y vecinas de la zona.

     

    En este contexto, el pasado 10 de marzo, la fiscal del caso Natalia Rivera formuló cargos a un varón: C.C, quien a pesar del pedido de la fiscal para que permanezca detenido con prisión preventiva, quedó en libertad por decisión de la jueza de garantías Bibiana Ojeda.

     

      

    A C.C se le atribuyó que el primero de los hechos lo cometió el 20 de febrero de este año. Entre las 21.30 y 22.40 aproximadamente, arrojó una cadena de 13 metros de largo con un alternador en un extremo, sobre la línea de alta tensión a la altura de las calles Miguel Güemes entre Mitre y Plan Madres Solteras en Chos Malal. Lo hizo acompañado por otra persona.

     

     

    De este modo, C.C provocó la suspensión del suministro eléctrico hacia el paraje El Alamito, Tricao Malal y el departamento Minas, que fue restablecido alrededor de tres horas después.

     

     

    El segundo hecho fue el 5 de marzo de este año, alrededor de las 22.40, en la línea de alta tensión ubicada en el camino a Aguada Chacaico. El acusado, C.C, arrojó una cadena de 13 metros de largo que en un extremo tenía una soga atada, y provocó la interrupción del servicio eléctrico en la zona norte, que fue restablecido 18 horas después.

     

     

    El delito atribuido a C.C fue daño calificado, en concurso ideal con corte de suministro eléctrico (artículos 186 inciso 6 y 194 del Código Penal).

     

     

  • Fijan 2 años y 8 meses de prisión efectiva por robo en una panadería

    Fijan 2 años y 8 meses de prisión efectiva por robo en una panadería

    Fijan 2 años y 8 meses de prisión efectiva por robo en una panadería

     

    03-04-2025

     

    Neuquén – El asistente letrado Luciano Vidal presentó un acuerdo pleno mediante el cual solicitó que se declare responsable a un varón, se le imponga una condena de prisión efectiva y además, se declare su primera reincidencia.

     

    Se trata de Enrique Anacleto Pérez, quien reconoció haber cometido un robo en una panadería de la ciudad de Neuquén junto a otra persona, y aceptó la responsabilidad penal.

     

    El delito que el representante de la fiscalía de Robos y Hurtos le atribuyó es robo agravado por el uso de arma en carácter de coautor (artículos 166 inciso segundo y 45 del Código Penal).

     

    Como parte del acuerdo se pidieron 2 años y 8 meses de prisión, que deberán ser obligatoriamente de cumplimiento efectivo debido a que Pérez tiene antecedentes penales computables. Por este motivo, también se requirió la declaración de su primera reincidencia.

     

    Para arribar al monto de la condena Vidal valoró como agravante principalmente los antecedentes por  hechos de similares características, mientras que como atenuantes tuvo en cuenta el reconocimiento de su participación en el hecho y que nadie resultó lesionado.

     

    Finalmente, como punto de acuerdo, las partes involucradas renunciaron a los plazos recursivos, para que la condena quede efectiva y comience a cumplirse, una vez que se realice una audiencia de ejecución penal.

     

    El juez de garantías Marco Lupica Cristo, que estuvo a cargo de la audiencia, homologó el acuerdo presentado por la fiscalía y la defensa. De esta forma, declaró la responsabilidad penal de Pérez, fijó 2 años y 8 meses de prisión efectiva y declaró la primera reincidencia.

     

    Para concluir, el juez aceptó la renuncia a los plazos procesales de las partes y dispuso la remisión del legajo para que comience la ejecución de la pena.

     

    Pérez llegó a la audiencia detenido en prisión preventiva tras ser demorado por la policía mientras se encontraba en estado de rebeldía y con pedido de captura vigente. La medida fue fijada la semana pasada en una audiencia de medidas de coerción, por la existencia de riesgo de fuga por no sometimiento al proceso.

     

    El hecho

     

    La teoría del caso que detalló el representante del MPF y que Pérez aceptó haber cometido es que el 8 de junio de 2024, ingresó a una panadería ubicada en la calle San Martín de la capital provincial cerca delas 19:30, junto a otra persona. Una vez allí, hicieron un pedido y, mientras el empleado lo estaba preparando, lo amenazaron con un cuchillo y le sustrajeron una computadora, un celular y $2.880 en efectivo. Luego se dieron a la fuga y minutos después fueron demorados por personal policial, mientras caminaban con los elementos sustraídos a más de 15 cuadras del lugar.

     

    El otro involucrado en el hecho, Leonardo Ezequiel Bucarey, arregló su situación procesal previamente en un juicio abreviado mediante el cual fue declarado penalmente responsable y condenado.

  • Imputan a una pareja por tenencia de droga para la comercialización

    Imputan a una pareja por tenencia de droga para la comercialización

    Imputan a una pareja por tenencia de droga para la comercialización

     

    03-04-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo formularon cargos a un varón y una mujer por tenencia de droga para la comercialización y por tenencia ilegal de armas de fuego.

    La acusación la efectuaron hoy al mediodía en la Ciudad Judicial, durante una audiencia en la que además requirieron como medida cautelar que ambos permanezcan detenidos con prisión preventiva por 3 meses, por existir riesgo de que no se sometan al proceso.

     

    Según la investigación provisoria realizada entre el Ministerio Público Fiscal (MPF) y la Policía provincial, el acusado, R.Z, y la acusada, D.Y.S, tenían en la casa donde residen un total de 326 gramos de clorhidrato de cocaína; 42 gramos de cogollos de cannabis sativa; y cinco armas de fuego de diversos calibres (una pistola, una carabina calibre 5.5, dos carabinas calibre 22 y un revólver calibre 45), todas sin autorización legal; además de 40 cartuchos completos calibre 22.

     

    Todo esto fue secuestrado durante un allanamiento en la vivienda ubicada en calle Castelli de la ciudad de Neuquén, realizado ayer.

      

    La fiscal del caso indicó que «en ese domicilio los imputados fraccionaban las sustancias, en dosis destinadas al comercio, para lo cual tenían elementos tales como una balanza de precisión, dinero en efectivo, diversos envoltorios de nylon negro recortados, un posnet y lector de tarjetas de mercadopago, entre otros».

     

    Además, puntualizó que la droga secuestrada se encontraba fragmentada en seis envoltorios de nylon color negro.

     

    El delito que atribuyó a R.Z y D.Y.S fue el de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en concurso real con tenencia ilegal de armas de fuego.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez que dirigió la audiencia, Cristian Piana, avaló la formulación de cargos, y al momento de evaluar el pedido de prisión preventiva, consideró que “un volumen de cocaína como el que se señaló es una suma de dinero importante”. Explicó que representa “la existencia de un caudal económico, que en términos de una potencial fuga podría ser utilizado”, y luego de fijar el mes de plazo para investigar que pidió la fiscalía, impuso la medida de coerción por el doble de ese tiempo, es decir, por dos meses.

  • Estafas con planes sociales: finalizó el control de acusación

    Estafas con planes sociales: finalizó el control de acusación

    Estafas con planes sociales: finalizó el control de acusación

     

    03-04-2025

     

    Neuquén- Tras una serie de audiencias que comenzó el 11 de marzo, en la que se controló la acusación de la fiscalía de Delitos Económicos, el fiscal del caso Juan Narvaez solicitó el pase de la investigación por estafas con planes sociales a etapa de juicio, y que todas y todos los imputados sean juzgados ante un tribunal colegiado.

     

    Durante los días que tomó el proceso, las partes realizaron convenciones probatorias (aspectos que no serán discutidos y que se tomarán por válidos) que permitirán agilizar el juicio. Además, tanto la fiscalía como las defensas de las personas acusadas presentaron testigos y pericias que respaldarán sus respectivas teorías del caso.

     

    Junto a la asistente letrada Tanya Cid y al representante de la Fiscalía de Estado en el proceso, Gustavo Kohon, el fiscal Narvaez pidió que se tenga por incorporada la totalidad de la documentación secuestrada en la investigación.

     

    Al inicio del control de acusación, el 11 de marzo, la jueza de garantías Carina Álvarez admitió las figuras penales de asociación ilícita, fraude a la administración pública y defraudación especial por el uso de tarjeta de débito sin autorización de su titular.

     

    La magistrada coincidió en esa instancia con el fiscal jefe Pablo Vignaroli y con el fiscal del caso Narvaez, y rechazó los planteos de las defensas. “La fiscalía tiene un caso para ir a juicio”, sentenció Álvarez, y aceptó la acusación por asociación ilícita, en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por la utilización de tarjeta de débito sin la debida autorización de su titular, todo ello en concurso real por tratarse de 9303 hechos, en calidad de coautores, (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal).

     

    Resta ahora que la jueza se expida sobre los testigos, convenciones presentadas y sobre la habilitación de la etapa de juicio. Eso sucederá el miércoles próximo, según resolvió hoy, aunque el horario definitivo será fijado por la Oficina Judicial.

     

    El caso

     

    El período investigado va desde el 30 de septiembre de 2020 hasta el 31 de julio de 2022.  La organización delictiva estaba integrada por funcionarios públicos y empleados del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; de la Contaduría General del Ministerio de Hacienda del Poder Ejecutivo de Neuquén; y por particulares que colaboraban en la maniobra a cambio de un beneficio económico.

     

    La asociación ilícita reflejó una estructura piramidal con jefes que impartían órdenes hacia los colaboradores, los reclutadores y finalmente, a quienes retiraban dinero mediante el cobro de cheques o la extracción de dinero con tarjetas de débito.

     

    En el primer nivel de la pirámide se ubicaban los jefes: Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; Néstor Pablo Sanz, exdirector de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; Marcos Ariel Osuna, ex responsable de Gestión de Programas del mismo organismo; Abel Di Luca, el exministro de Desarrollo Social; y Tomás Siengentharler, el excoordinador de Administración de esa cartera.

     

    Luego, la investigación determinó otros cuatro niveles:

     

    -Colaboradores/as: L.M.G.; L.C.R.; J.O.; y J.A.

    -Reclutador/a: I.M

    -Recaudadores/as: E.A; V.N.H; A.K; R.Q; y V.C.E.

    -Beneficiados/as por la maniobra: A.A.C; y F.C.R

  • Piden 6 años de prisión para responsable por abusos sexuales

    Piden 6 años de prisión para responsable por abusos sexuales

    Piden 6 años de prisión para responsable por abusos sexuales

     

    03-04-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Valeria Panozzo pidió 6 años de prisión para un varón, K.E.P, condenado por abusar sexualmente de una niña de su entorno cercano, de forma continuada, en la ciudad de Plottier.

     

    Para solicitar el monto de pena la fiscal Panozzo valoró como agravantes que el delito fue cometido de forma continuada y progresiva, además de la extensión del daño causado a la víctima. Como atenuante sólo pidió que se tenga en cuenta la ausencia de antecedentes penales computables.

     

    Además de la condena, la funcionaria del MPF requirió que la sentencia se inscriba en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra La Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    El tribunal colegiado encargado de fijar la pena es el mismo que declaró la responsabilidad de K.E.P en un juicio realizado en marzo, por los delitos de abuso sexual simple –continuado- en concurso real con abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, ambos agravados por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en carácter de autor (artículos 119 párrafos primero, tercero, cuarto inciso “f” y quinto; 42; 45 y 55 del Código Penal).

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el debate fue que K.E.P abusó sexualmente de una niña de su entorno cercano, en una casa ubicada en un barrio de la ciudad de Plottier donde ambos convivían. El primer hecho fue en marzo de 2021 y las agresiones sexuales se incrementaron hasta junio de 2022. El último hecho sucedió cuando el imputado intentó abusar de la niña con acceso carnal, pero no pudo lograr su cometido por circunstancias ajenas a su voluntad. Este hecho, fue el que motivó a la niña a contar lo que estaba padeciendo.

     

    La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia Andrea Rapazzo, que intervino como querellante en representación de la víctima, adhirió al pedido de la fiscal del caso.

     

    El tribunal colegiado que intervino en el debate sobre la responsabilidad penal y que además deberá fijar la pena, está compuesto por la jueza Estefanía Saulí y los jueces Juan Pablo Encina y Gustavo Ravizzoli. Los magistrados y la magistrada comunicaron que darán a conocer el veredicto en una audiencia que se realizará el próximo lunes, en horario a designar por la Oficina Judicial Penal.