Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Acuerdan condena efectiva para acusado por lesionar a su expareja

    Acuerdan condena efectiva para acusado por lesionar a su expareja

    Acuerdan condena efectiva para acusado por lesionar a su expareja

     

    17-12-2024

     

    Neuquén – Por pedido del asistente letrado Faustino Zabala, Luciano Eduardo Herrera fue condenado a 3 años de prisión por lesionar a una mujer que era su pareja, ejerciendo violencia de género.

     

    Como el condenado tenía una condena anterior de un año de cumplimiento condicional, impuesta anteriormente en una causa de lesiones leves, la pena fue unificada en 3 años y 6 meses de cumplimiento efectivo.

     

    De acuerdo con la teoría del caso que detalló Zabala, el 19 de septiembre, Luciano Eduardo Herrera contactó a su expareja para encontrarse en una plaza. Luego pasó a buscarla y fueron a la casa de él, ubicada en un barrio de Plottier. Entre las 15:00 y las 20:00, Herrera le revisó el celular, vio mensajes que la mujer se había mandado con un amigo, le rompió el dispositivo y, utilizando un cuchillo, la lesionó de gravedad. Luego la llevó al hospital, dijo que no la conocía y la dejó allí.

    Además, Herrera incumplió una orden judicial impuesta por un juzgado de Familia que le impedía contactar a su expareja o acercarse a ella a menos de 200 metros. Fue el 21 de octubre cerca de las 17:00, cuando la mujer estaba en un auto junto a un amigo, él se acercó y agredió al joven con una cadena.

     

    El funcionario de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales describió el acuerdo alcanzado por las partes que comprendió la declaración de responsabilidad de Herrera como autor de los delitos de lesiones graves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género en concurso con ideal con daño, en concurso real con desobediencia a una orden judicial (artículos 90, 92, 80 incisos primero y onceavo, 183, 239, 45, 54 y 55 del Código Penal).

     

    La víctima prestó conformidad para que se realice el acuerdo. Además, el acusado reconoció su participación en los hechos y aceptó cumplir la pena.

     

    Las partes también acordaron la renuncia a los plazos recursivos por lo que la pena podrá comenzar a ser cumplida una vez que se realice una audiencia de ejecución penal.

     

    El juez de garantías que estuvo a cargo de la audiencia, Cristian Piana, avaló el acuerdo presentado por las partes, declaró la responsabilidad penal del acusado, condenó a Herrera a la pena solicitada y, finalmente, unificó las penas en una única de 3 años y 6 meses de cumplimiento efectivo.

  • Imponen 8 años de prisión por casos de abuso sexual

    Imponen 8 años de prisión por casos de abuso sexual

    Imponen 8 años de prisión por casos de abuso sexual

     

    17-12-2024

     

    Neuquén– A partir de una investigación desarrollada por la fiscal del caso Valeria Panozzo,  un varón fue declarado responsable y condenado a 8 años de prisión por haber abusado sexualmente de dos niñas pertenecientes a su entorno familiar.

     

    La fiscal del caso presentó la acusación ante un tribunal de tres integrantes, y planteó la declaración de responsabilidad a partir de un acuerdo de partes, junto a la querella institucional en representación directa de las víctimas.  El acusado, por su parte, reconoció haber cometido los hechos.

     

    Familiares de las víctimas fueron informados respecto del acuerdo y dieron su consentimiento para avanzar en la vía de resolución del acuerdo, que permite aplicar una condena inmediata y evitar procesos de revictimización durante el juicio.

     

    El caso

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal es que el condenado, E.E.C.A, abusó sexualmente de dos niñas en las ciudades de San Patricio del Chañar y en El Manzano,  entre 2016 y 2019, en un caso, y entre 2017 y 2021, en el otro. La fiscal explicó que cometió los abusos cuando las niñas quedaban a su cuidado.

     

    La declaración de responsabilidad, homologada por los jueces Raúl Aufranc, Luciano Hermosilla y Lucas Yancarelli, fue por los delitos de abuso sexual simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal reiterado; agravados por la guarda y en calidad de autor (artículos 119, párrafos primero, tercero y cuarto, inciso “b”; y 45 del Código Penal). 

     

    Tras acordar la responsabilidad, Panozzo solicitó la pena de 8 años de prisión de efectivo cumplimiento, y consideró la multiplicidad de hechos, la cantidad de víctimas y el aprovechamiento del vínculo como aspectos agravantes. Como atenuantes sólo consideró el reconocimiento de la autoría y la falta de antecedentes penales de E.E.C.A.

     

    Como las partes renunciaron a los plazos de impugnación, la condena quedó firme de manera inmediata.

  • Declaran la responsabilidad de un camionero por causar la muerte de siete personas

    Declaran la responsabilidad de un camionero por causar la muerte de siete personas

    Declaran la responsabilidad de un camionero por causar la muerte de siete personas 

     

    16-12-2024

     

    Neuquén- Por unanimidad, el tribunal integrado por las juezas Laura Barbé y Bibiana Ojeda y por el juez Ignacio Pombo se inclinó por el pedido del fiscal del caso Adrián De Lillo y declaró la responsabilidad de Daniel Osbel Curruhuinca, por causar la muerte de siete personas, al impactar el vehículo en el que se trasladaban sobre la Ruta Nacional 40 con el camión que él conducía.

     

    El hecho ocurrió el 11 de noviembre de 2023. El acusado manejaba un camión Scania que, aproximadamente a las 9:30, impactó un minibús, entre el kilómetro 2079 y 2080 de la Ruta Nacional 40, en el sector denominado “Puntilla del lago”, en cercanías de Villa La Angostura. El camión circulaba en dirección hacia Bariloche, con el chofer como único ocupante, y el minibús lo hacía en sentido contrario, con 13 personas (12 pasajeros y pasajeras junto con el chofer).

     

    Durante el alegato de cierre del juicio, De Lillo sostuvo el viernes pasado que el chofer del camión no respetó las señales de tránsito (doble línea amarilla) y realizó “una maniobra hacia su izquierda generando su ingresó al carril Este de la Ruta 40, invadiendo el espacio de circulación del Minibus”.

     

    Como consecuencia del impacto, fallecieron siete pasajeros y pasajeras del minubus: Alezandra Martínez; Li Mei Chi Rufina; Ylenia del Carmen León Carrillo; Alfredo Eduardo Ezquerra; Ester Alicia Levy; Paola Andrea Pereyra; y Carlos Alberto Tejerina Ibarra. Además, otras seis personas que también viajaban en el rodado resultaron lesionadas.

     

    Durante la lectura del veredicto realizada hoy, el juez Pombo anticipó que el fallo fue por unanimidad y luego anunció la condena. “Consideramos que la acusación logró demostrar su teoría del caso más allá de toda duda razonable”, indicó, y luego explicó que la decisión “se apoyó en la prueba pericial que se produjo en el juicio”, que “fue convalidada por el resto de la prueba que se produjo”.

     

    A partir de la acusación fiscal, Curruhuinca fue condenado por el delito de homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales; en concurso ideal con lesiones culposas producidas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas; todo en carácter de autor (artículos 84 bis segundo párrafo, 94 bis segundo párrafo, 45 y 55 del Código Penal y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo, 48 inciso “j” y 50 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449).

  • Un varón irá a juicio acusado por abusos sexuales

    Un varón irá a juicio acusado por abusos sexuales

    Un varón irá a juicio acusado por abusos sexuales

     

    16-12-2024

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Eugenia Titanti un varón, R.C.Q, será juzgado por un tribunal colegiado acusado por abusar sexualmente de dos niñas de su entorno familiar, en tres domicilios de la ciudad de Neuquén.

     

    Los delitos que la fiscal del caso de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales le atribuyó al imputado son: abuso sexual gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por el vínculo, la guarda y el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años, en relación a una de las víctimas y abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, la guarda y el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años respecto de la otra víctima: todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 119 segundo, tercer y cuarto párrafos incisos “b” y “f”, 45 y 55 del Código Penal).

     

    Debido a que la expectativa de pena para los delitos atribuidos es superior a 3 años de prisión e inferior a 15, Titanti pidió que intervenga un tribunal colegiado para juzgar el caso.

     

    La teoría del caso que la representante del Ministerio Público Fiscal intentará probar en el debate es que R.C.Q abusó sexualmente de dos niñas de su entorno familiar en tres domicilios en los que vivieron, todos ubicados en la ciudad de Neuquén. Los hechos ocurrieron en fechas inciertas pero entre 2017 y 2023. Para cometer los abusos, el imputado aprovechaba la  situación de convivencia y cuando las víctimas quedaban a su cuidado.

     

    Durante la audiencia, la fiscal del caso requirió que se extienda por seis meses la prohibición de acercamiento y contacto impuesta al acusado en la formulación de cargos. Además, Titanti pidió que el imputado comparezca quincenalmente a la sede del MPF.

     

    La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia Mónica Palomba, que intervino como querellante institucional en representación de la víctima, adhirió a la acusación de la fiscalía en todos sus términos y a la prórroga de las medidas.

     

    El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo de la audiencia de hoy, avaló el pedido de la fiscalía y la querella y dispuso la apertura de la etapa de juicio. Además, el magistrado dio intervención a un tribunal colegiado para que juzgue el caso.

     

    Finalmente y en relación a las medidas cautelares, Piana extendió la prohibición de acercamiento y contacto y dispuso comparendos pero no quincenales, sino mensuales.

     

    Con la resolución adoptada por el juez de garantías, la Oficina Judicial deberá fijar en los próximos días, la fecha para la realización del juicio de responsabilidad.

  • Comenzó el juicio para fijar la pena a docente condenado por abuso sexual

    Comenzó el juicio para fijar la pena a docente condenado por abuso sexual

    Comenzó el juicio para fijar la pena a docente condenado por abuso sexual

     

    16-12-2024

     

    Neuquén- Tras la declaración de culpabilidad por parte de un Jurado Popular, hoy comenzó a discutirse la pena que deberá cumplir W.G.H, un docente responsable por 12 hechos de abuso sexual.

     

    Como en el juicio de responsabilidad, la acusación está a cargo del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid, junto a la asistente letrada Vanesa Muñoz.

     

    Se trata de la segunda etapa del juicio: en la primera, un tribunal de ciudadanos y ciudadanas condenó a W.G.H por los siguientes delitos: 9 hechos de abusos sexuales simples (la acusación era por 19), un hecho de abuso sexual con acceso carnal (la acusación era por 2); y dos hechos de abuso sexual gravemente ultrajante (la acusación era por 2), todos agravados por la calidad de educador del imputado y en carácter de autor (artículo 119; 45 y 55 del Código Penal).

     

    Desde hoy y hasta el viernes y con la intervención del juez técnico Juan Manuel Kees, las partes presentarán testimonios y evidencia para solicitar el monto de la pena.

  • Acusan a un varón por el femicidio de su expareja

    Acusan a un varón por el femicidio de su expareja

    Acusan a un varón por el femicidio de su expareja

     

    15-12-2024

     

    Neuquén- La fiscal del caso Silvia Moreira y el asistente letrado Pablo Jávega formularon cargos a un varón por el femicidio de su expareja. El crimen fue cometido el sábado por la madrugada y la acusación se realizó durante una audiencia desarrollada hoy al mediodía.

     

    Moreira explicó al juez de turno que, a partir de la investigación desarrollada en las horas posteriores a la muerte de la víctima, se logró recabar información que demuestra que la relación con el acusado estuvo signada por violencia de género.

     

    El imputado es M.C, y de acuerdo con la teoría preliminar de la fiscalía, “ejerció diversos actos de violencia de género, como hostigamiento, golpes, amenazas, control e intrusión en las redes sociales” de la víctima, que fue identificada como Natalia Vilte. “Esta relación había terminado hace aproximadamente tres meses, situación que no era aceptada por M.C”, precisó Moreira, quien le atribuyó entonces que el 14 de diciembre, aproximadamente a las 03.00, comenzó a llamar a la mujer y a escribirle mensajes, mientras ésta se encontraba reunida con otras personas en una plaza, para que “volviera ya a su casa”, ubicada en un barrio de Neuquén. La víctima retornó a su domicilio, y aproximadamente a las 4.00, el acusado ingresó y comenzó a agredirla, recriminándole en dónde y con quién había estado. Luego se dio a la fuga, pero una hora más tarde regresó, y según las primeras inspecciones e informes elaborados en el lugar, la asfixió utilizando un cordón.

     

    Moreira encuadró la imputación en homicidio doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género (femicidio), en carácter de autor, y pidió al juez de garantías Gustavo Ravizzoli la imposición de 4 meses de prisión domiciliaria, para poder avanzar en la realización de pericias médicas y genéticas que restan en la investigación.

     

    Tras escuchar a las partes, el magistrado hizo lugar a la formulación de cargos y ordenó la medida cautelar solicitada, por un plazo de 4 meses. Ese mismo plazo se fijó para desarrollar la investigación y terminar con las pericias que resta realizar.