Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Homicidio de Charpentier: el cómplice que manejó el camión también fue condenado

    Homicidio de Charpentier: el cómplice que manejó el camión también fue condenado

    Homicidio de Charpentier: el cómplice que manejó el camión también fue condenado

     

    14-04-2025

     

    Neuquén – Alberto Alejandro Pérez, acusado por participar en el homicidio de Mauricio Javier Charpentier en la ciudad de Plaza Huincul, fue declarado responsable penal tras un pedido realizado por el fiscal jefe Gastón Liotard. 

     

    La resolución fue anunciada hoy, luego del juicio realizado la semana pasada, por un tribunal que declaró la responsabilidad por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe necesario.

     

    De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal (MPF), Pérez contribuyó en el hecho ya que manejó un camión en el que escapó el autor de los disparos, Matías Emiliano Díaz, luego de atacar a la víctima.

     

    El tribunal estuvo integrado por la jueza Laura Barbé y los jueces Ignacio Pombo y Luis Georgetti, y la pena que deberá cumplir Pérez se definirá en los próximos días.

     

    En la etapa previa al juicio, existió diferencia de criterios entre el MPF y la querella, que fue resuelta por un juez de garantías, quien dispuso que el juzgamiento se haga por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de partícipe necesario, en lugar de partícipe secundario como planteó el MPF.

     

    El jueves pasado, durante los alegatos de clausura del juicio, el fiscal jefe requirió al tribunal que declare la responsabilidad por el delito imputado por la participación secundaria.

     

    En este sentido, planteó que “si bien la ayuda del automóvil resultó de vital importancia según el plan de los autores, éste no fue imprescindible para cometer el delito. Traducido: ¿Es importante la participación de Pérez? Sí ¿Y la ayuda fue imprescindible? No”.

     

    Sobre este escenario, el representante del MPF indicó que durante el juicio “la prueba producida, junto con las convenciones probatorias, fueron  muchísimas y de gran calidad, además de solventes”, para condenar a Pérez.

     

     

    La teoría del caso que presentó la fiscalía fue que el hecho se cometió el 8 de febrero de 2024. Entre las 6.45 y 6.55, Matías Emiliano Díaz le disparó a Charpentier al menos 13 disparos, de los cuales 7 le impactaron.

     

    Esto ocurrió en la zona del cargadero municipal, en un sector conocido como “zona de extalleres de YPF”, en Plaza Huincul.

     

    Luego del ataque, Díaz se subió a un camión que manejaba Pérez, y ambos se fueron del lugar.

     

    El fiscal jefe explicó que horas antes al homicidio, Pérez estuvo estacionado en inmediaciones del lugar del hecho acompañado por Díaz, quien se bajó, se mantuvo en la zona y al advertir la llegada de la víctima y fue para efectuarle los disparos.

     

    En forma previa a este juicio, Díaz fue juzgado y condenado a 10 años y 8 meses por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de autor.

  • Absuelven a imputados por entorpecer la posesión de un terreno

    Absuelven a imputados por entorpecer la posesión de un terreno

    Absuelven a imputados por entorpecer la posesión de un terreno

     

    11-04-2025

     

    Neuquén- El juez de garantías Eduardo Egea absolvió a dos personas a las que la fiscalía y una querella particular en representación de afectados directos, acusaron por haber impedido que el propietario de un terreno en Villa La Angostura pudiera disponer del mismo y avanzar en un proyecto para crear un centro de equinoterapia en el lugar.

     

    Se trata de J.D.C y D.A.O, integrantes de una comunidad mapuche de la localidad, quienes fueron acusados por el fiscal Adrián de Lillo durante un juicio realizado la semana pasada.

     

    Los hechos por los que fueron absueltos ocurrieron el 3 de febrero de 2024, cerca de las 17, cuando un grupo de profesionales se dirigió a un terreno de Villa la Angostura para desarrollar tareas encargadas por los propietarios del predio. El objetivo era realizar “replanteo” en un sector en donde se planificó la construcción de un centro de educación ecuestre terapéutico.

     

    Mientras los profesionales colocaban estacas y cintas demarcatorias, se acercó un grupo de mujeres y varones de una comunidad mapuche. La acusación apuntó a que el acusado y a la acusada comenzaron a ejecutar actos intimidatorios, para luego retirar las estacas y cintas.

     

    También se le había atribuido a D.A.O haber intentado sustraer el celular con el que uno de las personas afectadas filmó lo ocurrido, pero el juez no consideró probado tampoco este hecho.

     

    Así lo determinó el juez hoy, durante una audiencia de veredicto que comenzó a las 12:30 en Villa La Angostura, y en la que se declaró no responsables D.A.O por tentativa de robo; y a ambas personas imputadas,  por los delitos de turbación de la propiedad, en calidad de coautores (artículos 181, tercer párrafo; y 45 del código penal).

  • Tras un incidente vial golpeó a un conductor: lo acusaron por lesiones graves

    Tras un incidente vial golpeó a un conductor: lo acusaron por lesiones graves

    Tras un incidente vial golpeó a un conductor: lo acusaron por lesiones graves

     

    14-04-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Lucrecia Sola, un varón fue acusado por lesionar al conductor de un vehículo que embistió a una mujer y una niña, en una intersección de calles de la ciudad de Neuquén.

     

    El imputado es D.A.G.T y el delito que le atribuyó la representante del Ministerio Público Fiscal es lesiones graves en carácter de autor (artículos 90 y 45 del Código Penal).

     

    De acuerdo a la investigación, el hecho fue cometido cerca de las 7:40 del 14 de junio de 2024, en la intersección de Abraham y Santa María de la capital provincial. El acusado, que estaba dentro de un vehículo estacionado, observó cuando el conductor de un Ford Fiesta embistió a la mujer y la niña que son parte de su entorno familiar, mientras iban cruzando la calle por la senda peatonal y les provocó lesiones de carácter leve.

    En esas circunstancias, D.A.G.T descendió del automóvil, agredió a la víctima con golpes de puño y le provocó lesiones graves, que requirieron que sea trasladada al Hospital Castro Rendón. Allí ingresó con convulsiones, heridas sangrantes y fractura de maxilar, por lo que quedó internada en terapia intensiva con intubación.

    Luego en el marco de la investigación del hecho, el médico forense Alejandro Cozzarin realizó un examen médico pericial y determinó que la vida de la víctima estuvo en peligro real, ya que en el año 2018 también había tenido un traumatismo de cráneo grave.

     

    El juez de garantías Luis Giorgetti, que estuvo a cargo de la audiencia, tuvo por formulados los cargos de acuerdo a lo requerido por la fiscalía. Además, el magistrado fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.

  • Condenado por robo y daño, también deberá pagar  millones a la Policía

    Condenado por robo y daño, también deberá pagar $3 millones a la Policía

    Condenado por robo y daño, también deberá pagar $3 millones a la Policía

     

    11-04-2025

     

    Neuquén – Por acuerdo pleno, Bernardo Fabián Colipe fue condenado a 4 años y 6 meses de cumplimiento efectivo por robar una camioneta en Neuquén y utilizarla para realizar una fuga hasta la ciudad de Plaza Huincul.

     

    El acusado también deberá compensar los daños que provocó durante la huida, a través del pago de $3 millones a Policía de la provincia. El dinero se utilizará para la reparación de móviles y el condenado lo concretará en tres cuotas consecutivas.

     

    La pena fue resuelta ayer mediante un juicio abreviado, a partir del acuerdo que presentó el asistente letrado Luciano Vidal.

     

    Fabián Colipe fue condenado además por, durante la huida, haber efectuado disparos contra efectivos policiales y contra el conductor de un camión de la empresa YPF, y provocó daños a dos motos para intentar evadir un retén policial.

     

    Como punto de partida el acuerdo comprendió la declaración de responsabilidad por los delitos de portación de arma de uso civil apta para el disparo, robo con arma de fuego apta para el disparo en grado de tentativa, atentado a la autoridad -2 hechos-, daños agravados -2 hechos-, resistencia a la autoridad-2 hechos- y abuso de arma de fuego -2 hechos-, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 166 inciso dos párrafo, 189 bis inciso sexto, 239, 164 104, 55,42 y 45 del Código Penal).

     

    Para arribar al acuerdo, se tuvo en cuenta que el acusado no tenía antecedentes, que reconoció ser el autor de los hechos y que aceptó la pena acordada.

     

    El juez de garantías Juan Guaita, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el acuerdo presentado por las partes y condenó a Berbardo Fabián Colipe a la pena de 4 años y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento, y a la obligación de efectuar la suma acordada en beneficio de la fuerza policial.

     

    Las partes renunciaron a los plazos para poder impugnar la sentencia.

     

    El asistente letrado explicó que en la audiencia de formulación de cargos realizada el 11 de diciembre de 2024, pidió la detención preventiva y que fue dispuesta por el plazo de cuatro meses. Y ante su vencimiento, pidió la prórroga por el plazo de un mes. El pedido fue a los fines de garantizar el cumplimiento de la condena, teniendo en cuenta, cualquier inconveniente administrativo que pueda surgir y que implique la demora para materializar la constitución en detenido.

     

    El hecho

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal fue que el 10 de diciembre cerca de las 15:10 Colipe sustrajo una camioneta Toyota Hilux de una empresa petrolera. Fue en la estación de servicios YPF ubicada en la Autovía Norte. En el vehículo estaba un empleado hablando por teléfono y esperando a un compañero que había ingresado a comprar. El imputado se acercó, intentó venderle medias y, ante la negativa de la víctima, extrajo un arma de fuego tipo revólver y obligó al conductor a descender. Luego se retiró a bordo de la camioneta por Autovía Norte con dirección a Senillosa.

     

    Mientras circulaba por la autovía, se cruzó con una camioneta de la policía provincial y, para desestabilizarla y provocar el despiste, la impactó en uno de sus laterales, pero no logró su objetivo.

     

    A raíz de ese hecho, los efectivos policiales comenzaron la persecución del acusado y también avisaron a otros efectivos para realizar un operativo y detenerlo. Durante el trayecto, Colipe disparó contra el patrullero en varias oportunidades sin lesionar a ninguno de los efectivos.

     

    Mientras continuaba con la huida en dirección a Plaza Huincul, el imputado puso la camioneta a la par de un camión de la empresa YPF que transitaba con carga y disparó hacía el conductor sin lesionarlo, provocando solo daños materiales. Luego lo adelantó y siguió escapando.

     

    Efectivos de la policía que habían sido alertados por sus compañeros, armaron una barricada antes del ingreso a la ciudad de Plaza Huincul. Al llegar allí, Colipe embistió a dos motos que formaban parte del retén, se abrió camino y logró pasar pero como la camioneta tuvo desperfectos mecánicos, debió seguir a pie y fue detenido a los pocos metros.

     

    Al momento de la aprehensión, el acusado tenía en su poder un arma de fuego revolver calibre 32 y cartuchería del mismo calibre. Una pericia realizada por el gabinete criminalístico constató que el arma era apta para el disparo.

  • Juzgarán a imputado por cometer dos robos el mismo día

    Juzgarán a imputado por cometer dos robos el mismo día

    Juzgarán a imputado por cometer dos robos el mismo día

     

    07-03-2025

     

    Neuquén- El fiscal del caso Horacio Maitini y la asistente letrada Nadia Pérez solicitaron a la jueza Carina Álvarez que M.A.L, acusado por haber participado junto a otra persona en dos robos cometidos el mismo día, sea juzgado por un tribunal colegiado.

     

    El pedido fue presentado hoy, junto con la confirmación del cierre de la etapa de investigación, y mientras el imputado cumple prisión preventiva.

     

    Los hechos, explicaron Maitini y Pérez, sucedieron el 16 de junio de 2024. Ese día, junto a Cristian Loncopán y a bordo de en un automóvil conducido por un tercer varón que no fue identificado, cometieron dos robos en el barrio San Lorenzo.

     

    El primero fue a las 16:40, cuando M.A.L y Loncopán amenazaron a una pareja, robaron un celular y efectuaron un disparo; y el segundo, 20 minutos más tarde, cuando reiteraron la modalidad, amenazaron a una mujer y a su hijo, les exigieron dinero y drogas y escaparon con 10 mil pesos en efectivo.

     

    Los hechos fueron calificados, en el primer caso, como robo con arma de fuego apta para el disparo, agravado por haber sido cometido en poblado y en banda (artículos 166, inciso 2, segundo párrafo; 167, inciso segundo; y 45 del Código Penal); y en el segundo, como robo con arma cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse y por haber sido cometido en poblado y en banda. En ambos casos, la acusación fue en calidad de coautores.

     

    Mientras que Loncopán fue condenado en el 26 de diciembre pasado y cumple una pena de 6 años y 8 meses de prisión efectiva, M.A.L estuvo prófugo durante aproximadamente 3 meses.

     

    Controlada la acusación de la fiscalía, la jueza Alvarez dispuso el pase a la etapa de juicio y la intervención de un tribunal colegiado.

  • Piden declaración de responsabilidad por turbar la posesión de un predio

    Piden declaración de responsabilidad por turbar la posesión de un predio

    Piden declaración de responsabilidad por turbar la posesión de un predio

     

    11-04-2025

     

    Neuquén- Luego de dos jornadas de juicio, el fiscal del caso Adrián de Lillo pidió al juez Eduardo Egea que declare responsables a dos personas por haber restringido la posesión de un inmueble ubicado en Villa La Angostura a sus propietarios.

     

    Se trata de J.D.C y D.A.O, una mujer y un varón que integran una comunidad mapuche de la localidad, a quienes se les formularon cargos en mayo del año pasado.

     

    Los hechos se habían desarrollado tres meses antes, el 3 de febrero, cuando cerca de las 17,  un grupo de profesionales se encontraba en el lugar por encargo de los propietarios. El objetivo era realizar tareas de “replanteo” en un sector del terreno en donde se planificó la construcción de un centro de educación ecuestre terapéutico. Según plantearon desde la acusación el fiscal De Lillo y el asistente letrado Ramiro Amaya, mientras los profesionales colocaban estacas y cintas demarcatorias, se acercó un grupo de mujeres y varones integrantes de una comunidad mapuche. En particular, se identificó al acusado y a la acusada, quienes comenzaron a ejecutar actos intimidatorios, para luego retirar las estacas y cintas.

     

    Además, la fiscalía le imputó a D.A.O haber intentado sustraer el celular con el que uno de los profesionales filmó lo ocurrido, no pudiendo concretarlo debido a que la víctima forcejeó y logró recuperar el dispositivo.

     

    “Hemos probado que el 3 de febrero de 2024, a las 5, ambos acusados turbaron la posesión del predio, en el sector que se había elegido la concreción del proyecto del centro de educación ecuestre, mediante actos de violencia y amenazas”, afirmó De Lillo.

     

    Ayer, luego de las dos jornadas en las que declararon testigos de las partes y se produjo la prueba, el fiscal del caso pidió al juez Eduardo Egea que declare la responsabilidad de ambas personas acusadas por el delito de turbación de la propiedad, en calidad de coautores (artículos 181, tercer párrafo; y 45 del código penal); y sólo respecto del varón, en concurso real con robo, en grado de tentativa y en calidad de autor respecto (artículos 42, 45 y 164 del código penal).

     

    La querella particular en representación directa de las  víctimas adhirió al pedido de la fiscalía y pidió que se investigue, en un nuevo proceso, el delito de falso testimonio respecto de una testigo que declaró en el juicio. La defensa, por su parte, se pronunció en función de una declaración de una absolución.

     

    El veredicto será comunicado el próximo lunes, en horario a confirmar por la Oficina Judicial de Villa La Angostura.

  • Por unanimidad, declaran responsabilidad penal por caso de abuso sexual

    Por unanimidad, declaran responsabilidad penal por caso de abuso sexual

    Por unanimidad, declaran responsabilidad penal por caso de abuso sexual

     

    11-04-2025

     

    Neuquén –Por pedido de la fiscal del caso Valeria Panozzo, un varón fue declarado penalmente responsable por haber abusado sexualmente de una niña de su entorno familiar, en una vivienda de la ciudad de Neuquén.

     

    El veredicto se conoció en la mañana de ayer. El tribunal integrado por las juezas Natalia Pelosso, Carina Álvarez y por el juez Marco Lupica Cristo, por unanimidad, declaró responsable a I.F.M por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la guarda y el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafo, incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

     

    En el alegato de cierre realizado el martes pasado, la fiscal sostuvo que el acusado “no dudó un segundo” y aprovechó las circunstancias de encontrarse solo con la niña “para arremeterla y abusarla sexualmente”.

     

    “Conocieron a la víctima y al victimario, y esta fiscalía les prometió que, a lo largo de las jornadas, iba a acreditar el hecho: hemos cumplido satisfactoriamente con esta promesa; la teoría del caso sucedió en los términos que fue descripta”, puntualizó Panozzo.

     

    La teoría del caso que el Ministerio Público Fiscal probó en el juicio es que I.F.M abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar, en la vivienda que compartían ubicada en la ciudad de Neuquén. Fue el 25 de julio de 2024 por la noche. Para cometer el hecho el imputado aprovechó que la víctima se encontraba a su cuidado.

     

    En su resolución, el tribunal resolvió desestimar la contradicción traída por la defensa en el alegato de cierre, e indicó que “ninguno de los argumentos vertidos por esa parte alcanzó para vencer la duda razonable pretendida”.

     

    Los magistrados afirmaron que la prueba presentada por las partes acusadoras “fue concluyente, categórica y contraria a la pretensión de la defensa, es por eso que cabe declarar su culpabilidad”.

     

    Por último el tribunal concluyó que “se acreditaron los elementos objetivos y subjetivos de la figura agravada en contra la integridad sexual. Y que los medios comisivos acreditados fueron dos: la edad y la violencia ejercida sobre la menor”. Asimismo mencionó que se probó el vínculo del imputado y la víctima, y que el día del suceso tenía a su cargo la guarda.

     

    La defensora de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia Mónica Palomba, intervino en representación de la víctima.

     

    Fueron tres días de debate oral en el que las partes presentaron sus pruebas.

     

    La Oficina Judicial deberá fijar fecha y hora en la que se va a definir la pena que le corresponderá cumplir.

  • Gerez acordó con intendentes trabajar en el diseño de zonas para investigar el microtráfico

    Gerez acordó con intendentes trabajar en el diseño de zonas para investigar el microtráfico

    Gerez acordó con intendentes trabajar en el diseño de zonas para investigar el microtráfico

     

    11-04-2025

     

    Neuquén- El fiscal general José Gerez se reunió con los intendentes Carlos Saloniti, de San Martín de los Andes, y Luis Madueño, de Junín de los Andes, y acordaron empezar a trabajar en conjunto en la zonificación de las ciudades para las investigaciones de microtráfico de drogas.

     

    El encuentro se realizó ayer, pasado el mediodía, en la sede del municipio de San Martín de los Andes, donde ambos los jefes comunales estuvieron acompañados por integrantes de sus equipos de gobierno.

     

    «La zonificación de las ciudades es clave para las investigaciones y para la elaboración de las estadísticas, ya que vamos a trabajar con indicadores de riesgo y daño social», indicó Gerez durante la reunión, en la que detalló los ejes principales del «Plan Estratégico de Persecución del Microtráfico», que diseñó el Ministerio Público Fiscal.

     

    El jefe de fiscales sostuvo que «para poder hacer este trabajo, necesitamos el acompañamiento de los intendentes porque son quienes más contacto tienen a diario con los vecinos y vecinas de cada ciudad y quiénes mejor conocen cada lugar», remarcó.

     

    La zonificación implica «el diseño de sectores puntuales en cada ciudad, para poder fortalecer las investigaciones proactivas en esa zona, ya que nos interesa ir contra quienes comercializan la droga y pretender controlar los barrios», señaló Gerez.

     

    El fiscal general remarcó «que no nos interesa ir contra los y las consumidores, y además queremos medir y analizar el comportamiento de los delitos en torno a esas zonas».

     

    La reunión de Gerez con los intendentes se realizó como complemento del acta-compromiso que firmaron todos los jefes comunales a principios de abril, con el fiscal general, el gobernador Rolando Figueroa, diputados y diputadas provinciales y autoridades del Poder Judicial, para luchar en conjunto contra el microtráfico de drogas. Lo acompañaron el fiscal del caso Hernán Scordo, la fiscal del caso Inés Gerez y el asistente letrado Federico Sura.

     

    El compromiso asumido en el documento firmado en Casa de Gobierno fue “contribuir en cada ciudad o localidad que gobiernen, y desde las bancas legislativas que representan, a combatir el microtráfico de drogas con el objetivo de tener una sociedad más segura y saludable, llevando adelante las acciones pertinentes en cada uno de sus ámbitos”; y también el de “participar de la conformación de los Consejos Regionales de Seguridad para abordar los problemas que plantea la inseguridad en general y la narcocriminalidad en particular”.

     

    Hoy, ambos intendentes también acordaron con el fiscal general avanzar en el diseño de campañas de difusión conjuntas para que los vecinos y vecinas puedan aportar datos de forma anónima sobre la venta de drogas a través de la página web del Ministerio Público Fiscal.

     

    Tras el encuentro con los jefes comunales, Gerez  se reunió con el personal de la división Antinarcóticos de la zona sur de la policía provincial.

     

    El objetivo fue trabajar en la unificación de criterios de actuación para las investigaciones en conjunto entre el Ministerio Público Fiscal y la fuerza provincial.

  • Por el abuso sexual de una niña, imponen 16 años de prisión

    Por el abuso sexual de una niña, imponen 16 años de prisión

    Por el abuso sexual de una niña, imponen 16 años de prisión

     

    09-04-2025

     

    Neuquén – Un tribunal colegiado condenó a 16 años de prisión a un varón por abusar sexualmente de una niña de su entorno familiar, de forma reiterada y sistemática en la ciudad de Neuquén. En una audiencia anterior, el fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz, habían requerido que se fijen 18 años de pena.

     

    El condenado es A.R y el delito por el cual se determinó la pena es abuso sexual con acceso carnal –continuado- triplemente agravado, por ser cometido por un ascendiente contra una menor de 18 años de edad aprovechando la convivencia preexistente y por ser encargado de la guarda, en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafo incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

     

    Durante la lectura del veredicto realizada hoy en la Oficina Judicial, los jueces que integraron el tribunal, Juan Guaita, Gustavo Ravizzoli y Lucas Yancarelli, tuvieron por válidos como agravantes: la asimetría de poder y la diferencia de edad entre victimario y víctima; la reiteración de hechos; la edad de la niña y la extensión del daño causado. Mientras que como atenuantes, solo tuvieron en cuenta la carencia de antecedentes penales y la asunción de responsabilidad por parte del imputado.

     

    Con la resolución del tribunal, que fue adoptada por unanimidad, en los próximos días se deberá realizar una audiencia de ejecución penal para realizar el cómputo de pena y que la condena pueda comenzar a cumplirse.

     

    En la audiencia de determinación de la pena realizada el lunes pasado, los funcionarios de la fiscalía especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales habían requerido que se fijen 18 años de prisión mientras que el defensor de Niñez y Adolescencia Lautaro Arévalo, había pedido que la pena sea de 19 años y 10 meses de prisión efectiva. Por su parte, la a abogada defensora de A.R, pretendía la pena mínima para el delito atribuido: 8 años.

     

    Además de la condena, el tribunal dispuso la inscripción de la sentencia en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    La identidad del condenado se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima que sufrió las agresiones y a su grupo familiar.

     

    El imputado llegó a la audiencia detenido en prisión preventiva y seguirá cumpliendo la medida hasta que se realice la audiencia de ejecución para que la pena quede firme y pueda ser ejecutada.

     

    Hechos

     

    De acuerdo con la teoría del caso que describió Islas, A.R abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar desde octubre de 2016 hasta julio de 2024, sin poder precisar fechas exactas, ni cantidad de veces, incrementándose en intensidad a través del tiempo. Los ataques sexuales fueron cometidos en la vivienda en la que convivían, ubicada en un barrio de la ciudad de Neuquén y posteriormente en otra vivienda, a donde el imputado se había ido a vivir. Producto de los abusos la niña cursó un embarazo y dio a luz en el año 2023. Esta circunstancia permitió que los hechos puedan ser develados.

  • Imputado por participar de un homicidio empezó a ser juzgado

    Imputado por participar de un homicidio empezó a ser juzgado

    Imputado por participar de un homicidio empezó a ser juzgado

     

    09-04-2025

     

    Neuquén – Un varón comenzó a ser juzgado por el homicidio de Mauricio Javier Charpentier en Plaza Huincul, por haber tenido una participación esencial en el hecho.

     

    En el alegato de apertura realizado ayer, el fiscal jefe Gastón Liotard expresó: “tenemos que tener presente los aspectos de lo que realmente se va a litigar en este juicio. Son trascendentes actos procesales que fueron sucediendo: existen dos responsables por la muerte de Charpentier, uno es Matías Emiliano Díaz quien ya fue condenado por ser quien le disparó. Nos resta resolver la responsabilidad de A.P.P, o bien la participación en los hechos investigados y que vamos a debatir”.

     

    El fiscal jefe, quien estuvo acompañado por la fiscal del caso Mayra Febrer, dijo: “queremos subrayar el término participación, porque en definitiva es tan numerosa la prueba que no habrá duda de la responsabilidad del acusado. Vamos a escuchar a testigos, ver filmaciones y pruebas científicas, lo que nos dará una certeza de responsabilidad del imputado”.

     

    La acusación es por el delito de delito de homicidio agravado por el medio empleado, en calidad de partícipe necesario.

     

    El fiscal explicó que la calificación legal fue resuelta de manera jurisdiccional en una audiencia anterior, realizada para unificar la acusación, en que las partes acusadoras plantearon sus diferentes posturas: para el Ministerio Público Fiscal la participación del imputado era secundara, mientras que para la querella era necesaria.

     

    La teoría del caso que presentó la fiscalía en el juicio fue que el hecho se cometió el 8 de febrero de 2024. Entre las 6.45 y 6.55, Matías Emiliano Díaz le disparó a Charpentier cuando llegó al lugar manejando un camión. Le efectuó al menos 13 disparos, de los cuales 7 lo impactaron.

     

    Esto ocurrió en la zona del cargadero municipal, en un sector conocido como “zona de extalleres de YPF”, en Plaza Huincul. Luego del ataque, Díaz se subió a un camión que manejaba A. P. P, y ambos se fueron del lugar.

     

    El fiscal explicó que horas antes al homicidio, el acusado se encontraba estacionado en inmediaciones al lugar del hecho acompañado de Díaz, quien se bajó, se mantuvo en la zona”, y al advertir la llegada de la víctima, efectuó los disparos.

     

    El juicio continuó hoy con la producción de las restantes pruebas.

     

    El tribunal encargado de juzgar el hecho está integrado por la jueza Laura Barbé y por los jueces Ignacio Pombo y Luis Georgetti.