Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Condenan a acusado por abusar de dos niñas

    Condenan a acusado por abusar de dos niñas

    Condenan a acusado por abusar de dos niñas

     

    22-04-2025

     

    Neuquén – Luego de dos jornadas de juicio, un tribunal colegiado declaró penalmente responsable a un varón, L.D.B.E, por abusar sexualmente de dos niñas de su entorno familiar en la ciudad de Neuquén.

     

    El fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz solicitaron en el alegato de clausura que se condene al acusado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple –continuado-, ambos agravados por ser encargado de la guarda, en concurso real y en carácter de autor. Sin embargo, los jueces declararon la responsabilidad pero lo hicieron por una calificación legal más leve: abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con abuso sexual simple –continuado-, ambos agravados por ser encargado de la guarda, en carácter de autor (artículos 119 párrafos primero, segundo y cuarto párrafo, 45 y 55 del Código Penal).

     

    El veredicto fue comunicado hoy en una audiencia de lectura de sentencia realizada en la Ciudad Judicial. De esta manera, y a pesar del cambio de calificación legal, los funcionarios de la fiscalía especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales acreditaron que los hechos existieron y que el acusado es el autor.

     

    La teoría del caso que presentó la fiscalía en el juicio fue que L.D.B.E abusó sexualmente de dos niñas de su entorno familiar en una vivienda de un barrio de la capital provincial. En relación a una de las víctimas, los abusos ocurrieron en fechas indeterminadas, pero entre julio y noviembre de 2019 cuando la niña se quedaba a dormir en la casa del imputado. Con respecto a la otra víctima, los abusos fueron desde septiembre de 2019 hasta aproximadamente febrero de 2020, cuando el acusado quedaba a cargo del cuidado de la niña.

     

    Durante el debate y como querellante institucional en representación de una de las víctimas, intervino el funcionario de la Defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia, Lautaro Arévalo.

     

    El tribunal encargado de juzgar el caso estuvo integrado por la jueza Estefanía Saulí y los jueces Cristian Piana y Richard Trincheri. Los magistrados comunicaron que la sentencia completa con los fundamentos por los que arribaron a su decisión, será remitida digitalmente dentro del plazo legal.

     

    Tras la resolución adoptada, la Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del juicio de cesura donde se determinará la pena que le corresponde cumplir al ahora condenado. Además, la sentencia deberá ser inscripta en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    La identidad del condenado se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de las víctimas y su grupo familiar.

  • Piden 12 años de prisión para responsable por abuso sexual agravado

    Piden 12 años de prisión para responsable por abuso sexual agravado

    Piden 12 años de prisión para responsable por abuso sexual agravado

     

    22-04-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz requirieron que se fijen 12 años de prisión efectiva a un varón que abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar, en la ciudad de Neuquén.

     

    Se trata de L.J.M y el delito por el cual fue declarado penalmente responsable en un juicio es abuso sexual con acceso carnal –continuado-, calificado por el vínculo y por la convivencia con una menor de 18 edad, en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafos incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

     

    Para arribar a la pena requerida, los funcionarios de la fiscalía especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales valoraron como agravantes: las propias de los agravantes de  la calificación legal; la relación asimétrica de poder y diferencia de edad entre víctima y victimario; la reiteración en el tiempo; y extensión del daño causado; entre otros.

     

    En relación con los atenuantes, los representantes del MPF solo tuvieron en cuenta la carencia de antecedentes penales.

     

    Los representantes del MPF también solicitaron que la sentencia sea inscripta en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    La defensora de Niñez y Adolescencia Andrea Rapazzo, que intervino como querella institucional en representación de la víctima, adhirió a los agravantes y atenuantes descriptos por la fiscalía y pidió el mismo monto de pena: 12 años.

     

    Le defensora de A.R, por su parte, solicitó que se impongan 8 años de prisión que es la pena mínima para el delito atribuido.

     

    La jueza Florencia Martini y los jueces Raúl Aufranc y Cristian Piana, que integran el tribunal encargado de fijar la condena,  pasaron a deliberar pero adelantaron que darán a conocer la sentencia en una audiencia de lectura de veredicto dentro de las próximas 48 horas.

     

    La identidad del condenado se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima que sufrió las agresiones y a su grupo familiar.

     

    Hechos

     

    De acuerdo con la teoría del caso que acreditó la fiscalía, L.J.M abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar de manera reiterada y sistemática. Los hechos fueron cometidos entre septiembre de 2021 y la navidad de 2022, en dos domicilios de la localidad de Senillosa. En esas circunstancias, el imputado aprovechó la convivencia preexistente con la víctima y bajo amenazas la abusó de forma continuada.

  • Imputado por tentativa de femicidio seguirá detenido en prisión preventiva

    Imputado por tentativa de femicidio seguirá detenido en prisión preventiva

    Imputado por tentativa de femicidio seguirá detenido en prisión preventiva

     

    22-04-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la asistente letrada de la unidad fiscal de Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales Cecilia Sabatte un varón acusado por intentar matar a su expareja, continuará detenido en prisión preventiva.

     

    Se trata de J.E.M, a quien, en noviembre de 2024, la fiscal del caso Eugenia Titanti le formuló cargos por haber amenazado, lesionado, privado de la libertad e intentado matar a una mujer que había sido su pareja, desobedeciendo una orden judicial que le impedía acercarse.

     

    Durante la audiencia realizada hoy, Sabatte pidió que la medida se extienda por seis meses más y manifestó que siguen vigentes los riesgos por los cuales se fijó: entorpecimiento de la investigación y del peligro para la integridad de la víctima. Además, la asistente letrada expresó que fue fijada por la Oficina Judicial la fecha para realizar la audiencia de control de acusación durante la primer semana de mayo.

     

    El juez de garantías Marco Lupica Cristo, que estuvo a cargo de la audiencia, hizo lugar al pedido de la fiscalía y, de esta manera, el acusado continuará en prisión preventiva por seis meses más.

     

    Los hechos

     

    El primer hecho fue cometido el 14 de enero de 2024, cuando J.E.M se encontraba junto a la víctima, que estaba internada. Tras discutir, el acusado le quitó violentamente el suero que ella tenía colocado en uno de sus brazos, para luego tomarla del cuello y ejercer presión, generando una asfixia mecánica parcia”. Mientras la agredía, la amenazó con matarla si veía a otra persona. Esta situación fue advertida por personal del hospital, que interrumpió el accionar del imputado y lo retiró del lugar.

     

    El segundo hecho sucedió el día 28 de agosto de 2024, a las 23:30, cuando a bordo de un taxi que él conducía, se dirigió a la casa de la víctima para que le devolviera un teléfono que había dejado horas antes en la vivienda. Cuando la víctima se acercó a la ventanilla del lado del conductor del auto para devolverle el dispositivo, el imputado la tomó del brazo y aceleró el vehículo, provocando que la víctima cayera al suelo, sufriera golpes en sus extremidades y una herida en el rostro.

     

    El 14 de octubre de 2024, el imputado volvió a presentarse en la casa de la víctima, quien subió al taxi, y comenzaron a circular por distintas partes de la ciudad. En el trayecto, J.E.M le suministró bebidas alcohólicas y, en un determinado momento la agredió verbalmente y le recriminó que le había sido infiel. Más tarde, un joven que aún no pudo ser identificado subió al vehículo, y la víctima le pidió ayuda porque el imputado no la dejaba irse, pero ante la indicación del acusado, se bajó del auto. En ese momento, de acuerdo con la teoría de la fiscalía, el imputado le dijo que le iba a quebrar el brazo y la ahorcó, mientras le reiteraba que la iba a matar. Ante ello, la víctima se resistió, gritando y empujándolo. El imputado la soltó cuando advirtió que estaba siendo filmado por una cámara del vehículo y que había terceros en la vía pública. Al descender del auto, la víctima quedó enganchada en un cinturón de seguridad y fue arrastrada por el acusado.

     

    El último hecho que se le atribuyó ocurrió el 29 de octubre de 2024, cuando nuevamente el acusado interceptó a la víctima en la calle, le quitó la cartera, la tomó del cuello y le rompió el teléfono celular.

     

    Los dos últimos hechos se dieron mientras se encontraba vigente la prohibición de acercamiento y contacto del imputado hacia la víctima, dispuesta por un juez del fuero de Familia el 29 de agosto de 2024.

     

    Los delitos por los cuales se encuentra acusado J.E.M son amenazas, lesiones agravadas, privación ilegítima de la libertad agravada, desobediencia a una orden judicial y homicidio agravado por haber sido cometido contra su ex pareja y por mediar violencia de género (tentativa), todo en concurso real y en calidad de autor (artículos 149 bis; 89 y 92; 139; 55 y 45 del Código Penal).

  • Condenan a un varón por abusar sexualmente de un adolescente

    Condenan a un varón por abusar sexualmente de un adolescente

    Condenan a un varón por abusar sexualmente de un adolescente

     

    22-04-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Rocío Rivero, un tribunal colegiado declaró penalmente responsable a un varón por haber abusado sexualmente de un adolescente en la ciudad de Rincón de los Sauces.

     

    El juicio se desarrolló durante dos días y tras pasar a deliberar, las juezas Natalia Pelosso y Patricia Lupica Cristo y el juez Luciano Hermosilla, dieron a conocer el veredicto al que arribaron por unanimidad.

     

    De esa manera, el tribunal colegiado ratificó la acusación de la fiscalía que le atribuyó al imputado, W.E.M, haber cometido el hecho en fecha incierta, pero en abril de 2021, y le atribuyó el delito de abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor (artículos 119 tercer párrafo y 45 del Código Penal).

     

    De acuerdo a la teoría del caso que presentó Rivero en el juicio, W.E.M citó a la víctima a su domicilio bajo la amenaza de contarle a su madre, que era amiga de él, sobre la existencia de imágenes intimas que el joven había subido a una red social. Bajo esa coacción, la víctima concurrió a la casa del imputado y fue abusado sexualmente.

     

    Entre las pruebas producidas en el debate para acreditar la teoría del caso, se recibieron diversos  testimonios como el de la propia víctima y sus amigos, además de médicos y peritos que realizaron diversos informes y también se valoró prueba documental como fotografías y capturas de pantalla.

     

    Tras la declaración de responsabilidad comunicada ayer por el tribunal, la Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del juicio de cesura, una audiencia en la que se determinará la pena que le corresponde cumplir al ahora condenado.

  • Microtráfico de drogas: Gerez conformó una mesa de trabajo con fiscales federales y provinciales

    Microtráfico de drogas: Gerez conformó una mesa de trabajo con fiscales federales y provinciales

    Microtráfico de drogas: Gerez conformó una mesa de trabajo con fiscales federales y provinciales

     

    21-04-2025

     

    Neuquén – El fiscal general José Gerez se reunió con fiscales, asistentes y funcionarios de los Ministerios Públicos Fiscales de Nación y Provincia con el objetivo de formar una mesa de trabajo conjunto en materia de investigaciones penales en causas relacionadas con el tráfico de drogas.

     

    La reunión se desarrolló en la sede del MPF, ubicada en la Ciudad Judicial. Del fuero federal participaron Fernando Arrigo, fiscal federal coordinador de distrito General Roca; Vanesa Rebolledo, fiscal a cargo de área inicial y sencillos; Luisina Tiscornia, fiscal a cargo del área de transición; y Ángela Pagano Mata, fiscal área complejos de la Unidad Fiscal Neuquén; Juan Manuel García Barrese, fiscal de la unidad descentralizada de Zapala; Ezequiel Andreani, juez federal Zapala; y los auxiliares fiscales Gabriel Mercado, Ángeles Andrada, Paula Benavidez, Ignacio Oller y Juan Carlos Cendagorta. De manera remota también participó Florencia Compareid, coordinadora de Zona Sur de PRoCUNAR.

     

    Del fuero local estuvieron presentes Agustín García, fiscal jefe; Eugenia Titanti y Silvia Moreira, fiscales del caso; Mariana Querejeta, asistente letrada; Bruno Miciullo y Pablo Jávega, asistentes letrados y Guillermo Elía, funcionario, todos integrantes de la fiscalía de Narcocriminalidad.

     

    Gerez manifestó que “es necesario trabajar en forma conjunta porque nos permite realizar investigaciones criminales más eficaces”. “Tenemos que tener una visión global porque no hay narcotráfico sin microtráfico, ni microtráfico sin narcotráfico”, remarcó.

     

    Por su parte Arrigo expresó que “trabajar en equipo suma en todos los ámbitos, sobre todo en el intercambio de información de calidad”, y manifestó que “aún tenemos mucho por hacer, como por ejemplo establecer un idioma en común y puentes de comunicación eficientes”.

     

    Para concluir, el fiscal general José Gerez destacó que el MPF cuenta con un «Plan Estratégico de Persecución del Microtráfico de Drogas» elaborado con el apoyo del Ministerio de Justicia de la Nación y el respaldo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

  • Acusado por venta de drogas quedó en prisión preventiva

    Acusado por venta de drogas quedó en prisión preventiva

    Acusado por venta de drogas quedó en prisión preventiva

     

    21-04-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Silvia Moreira y el asistente letrado Pablo Jávega formularon cargos a un varón por tenencia de drogas para la comercialización y pidieron que permanezca detenido en prisión preventiva.

     

    La acusación la efectuaron ayer al mediodía en la Ciudad Judicial, durante una audiencia de formulación de cargos. Además, requirieron que se fije la medida cautelar por cuatro meses bajo el argumento de que existe riesgo de fuga o no sometimiento al proceso y peligro de entorpecimiento de la investigación.

     

    De acuerdo a la investigación realizada entre el Ministerio Público Fiscal (MPF) y la Policía provincial, entre el 26 de marzo y el 17 de abril de 2025, D.C.A, comercializó estupefacientes vendiéndole a personas diversas que concurrieron a una casa ubicada en el Sector Peumayen del Barrio Cuenca XV de la ciudad de Neuquén.

    De las observaciones surgió que el acusado vendía en ese lugar cocaína y marihuana, en distintos horarios pero principalmente por la tarde/noche.

    En el marco de un allanamiento realizado el 17 de abril, cerca de las 18, se logró detener a otra persona mientras que al percatarse de la presencia de la policía, D.C.A subió a un vehículo y se dio a la fuga. A raíz del procedimiento fueron secuestrados en una mesa: seis envoltorios de nylon color negro conteniendo clorhidrato de cocaína por un peso de 1,6 gramos; una balanza digital genérica en funcionamiento y con restos de clorhidrato de cocaína; recortes de nylon de color negro; cincuenta y tres mil quinientos pesos ($53.000) en efectivo; y un envoltorio de papel que conteniendo cannabis sativa por un peso de 2,8 gramos. Además, dentro de una heladera sin funcionar había: cannabis sativa en proceso de secado; trescientos veintitrés mil pesos ($323.000) en efectivo y en billetes de distinta denominación. Finalmente se encontró: un envoltorio de nylon de color negro con 55,9 gramos de clorhidrato de cocaína en un hueco en la pared; y una mochila que contenía doce envoltorios de nylon color negro con cannabis sativa por un peso de 22,5 gramos; un envoltorio de papel con cannabis sativa en forma de cogollos por 5,9 gramos.

     

    Finalmente tras librarse una orden de detención, D.C.A fue demorado el 19 de abril cerca de las 17, mientras se encontraba en una plaza del Oeste neuquino.

     

    El delito que los representantes del MPF le atribuyeron al imputado es el de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de coautor (artículos 5 inciso “c” y 34 de la Ley 23.737, 77 y 45 del Código Penal).

     

    El juez de garantías Lucas Yacarelli, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la formulación de cargos de acuerdo a lo requerido por Moreira y Jávega. En relación a la medida cautelar, el magistrado hizo lugar al pedido de la fiscalía y fijó la prisión preventiva pero por dos meses.

     

    El otro varón involucrado en el caso, H.M.T, fue acusado en una audiencia anterior realizada el 18 de abril, en la que se le atribuyó el mismo hecho y el mismo delito y quedó detenido en prisión domiciliaria también por dos meses.

  • Condenan a acusado por abusar de dos niñas

    Terminó el juicio por abusos a dos niñas: el fiscal pidió condena

    Terminó el juicio por abusos a dos niñas: el fiscal pidió condena

     

    16-04-2025

     

    Neuquén – Luego de dos jornadas de juicio, el fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz solicitaron a un tribunal colegiado que declare penalmente responsable a un varón, L.D.B.E, por abusar sexualmente de dos niñas de su entorno familiar en de la ciudad de Neuquén.

     

    En su alegato de clausura, Islas manifestó que “no tenemos ninguna duda que hemos acreditado la existencia de los hechos” y le atribuyó al acusado los delitos de abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual simple –continuado-, ambos agravados por ser encargado de la guarda, en concurso real y en carácter de autor (artículos 119 párrafos primero, tercero, cuarto inciso “b” y quinto, 45 y 55 del Código Penal).

     

    La teoría del caso que presentó la fiscalía es que L.D.B.E abusó sexualmente de dos niñas de su entorno familiar en una vivienda de un barrio de la capital provincial. En relación a una de las víctimas, los abusos ocurrieron en fechas indeterminadas, pero entre julio y noviembre de 2019 cuando la niña se quedaba a dormir en la casa del imputado. Con respecto a la otra víctima, los abusos fueron desde septiembre de 2019 hasta aproximadamente febrero de 2020, cuando el acusado quedaba a cargo del cuidado de la niña.

     

    El funcionario de la Defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia, Lautaro Arévalo, que intervino como querellante en representación de una de las víctimas, adhirió al requerimiento del fiscal del caso y la asistente letrada de la fiscalía especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales.

     

    Entre la prueba que se produjo en el juicio se recibieron declaraciones testimoniales de las víctimas (a través de cámara Gesell) familiares, testigos, médicos y peritos, además de prueba documental.

     

    El tribunal encargado de juzgar el caso, integrado por la jueza Estefanía Saulí y los jueces Cristian Piana y Richard Trincheri, comunicó que dará a conocer el veredicto en una audiencia de lectura de sentencia el próximo martes 22, en horario a confirmar por la Oficina Judicial.

  • Condenan a un varón por abusar sexualmente de un adolescente

    Juzgan a un varón por abusar sexualmente de un adolescente

    Juzgan a un varón por abusar sexualmente de un adolescente

     

    15-04-2025

     

    Neuquén – Con el alegato de apertura de la fiscal del caso Rocío Rivero, un tribunal colegiado comenzó a juzgar a un varón por haber abusado sexualmente de un adolescente en la ciudad de Rincón de los Sauces.

     

    Durante el debate que se realiza en la Ciudad Judicial, la representante del Ministerio Público Fiscal acusó al imputado, W.E.M, por haber cometido el hecho en fecha incierta, pero en abril de 2021, y le atribuyó el delito de abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor (artículos 119 tercer párrafo y 45 del Código Penal).

     

    De acuerdo a la teoría del caso que presentó Rivero, W.E.M citó a la víctima a su domicilio bajo la amenaza de contarle a su madre, que era amiga de él, sobre la existencia de imágenes intimas que el joven había subido a una red social. Bajo esa coacción, la víctima concurrió a la casa del imputado y fue abusado sexualmente.

     

    Luego de los alegatos, el debate continuó con la producción de prueba en base a la recepción de testimonios como el de la propia víctima y sus amigos. Además declararon médicos y peritos que realizaron diversos informes.

     

    El tribunal colegiado encargado de juzgar el caso está compuesto por las juezas Natalia Pelosso y Patricia Lupica Cristo y el juez Luciano Hermosilla.

     

    En principio el debate fue fijado para realizarse en dos jornadas en las que se recibirán declaraciones de testigos, peritos, médicos y efectivos policiales y prueba documental como fotografías y capturas de pantalla.

     

    La fiscal Rivero cuenta durante el juicio con la asistencia de la agente judicial de la fiscalía de Rincón de los Sauces Yesica Schweiker.

  • Rechazan pedidos para sobreseer a dirigentes de organizaciones sociales

    Rechazan pedidos para sobreseer a dirigentes de organizaciones sociales

    Rechazan pedidos para sobreseer a dirigentes de organizaciones sociales

     

    15-04-2025

     

    Neuquén- A partir de la oposición de la fiscalía, un juez de garantías rechazó sobreseer a un grupo integrado por dirigentes sociales que fueron investigados por exigir a militantes de distintas organizaciones la participación en manifestaciones a cambio de obtener distintos beneficios.

     

    La resolución se conoció hoy y el juez Juan Guaita coincidió con la postura que la semana pasada plantearon el fiscal jefe Pablo Vignaroli y el fiscal del caso Juan Narvaez: no se puede sobreseer a alguien a quien no se imputó formalmente. “Así como es necesario que, para ir a juicio, se formulen cargos, también lo es para dictar el sobreseimiento”, afirmó el magistrado.

     

    La causa en la que se realizaron los planteos se originó en una denuncia de la fiscalía de Estado, presentada el 13 de mayo de 2024, y alcanza a integrantes y dirigentes de organizaciones sociales: por un lado, a un grupo se le atribuyó haber destinado dinero que debía ser utilizado para capacitaciones laborales a otros fines; y por el otro, haber exigido el desvío de una parte de lo que individualmente se cobraba como planes sociales en favor de una organización que los nucleaba, además de haber exigido la participación en manifestaciones públicas a cambio de obtener beneficios.

     

    En el primer caso, la fiscalía formuló cargos  el 8 de abril pasado, pero en el segundo, un juez le otorgó un plazo para presentar la acusación. El Ministerio Público Fiscal resolvió archivar la causa, en tanto no podía cumplir con ese plazo. Frente a esa situación, las defensas pidieron, además, que se dictaran sobreseimientos.

     

    “Avanzamos en la investigación hasta que llegó  un punto en el que, a instancias de la defensa, el juez Cristian Piana impuso a la fiscalía un plazo: que en febrero tomáramos una decisión. Y fue por esa resolución que la fiscalía decidió archivar la causa, entendiendo que por el momento no contábamos con evidencias para avanzar a una instancia posterior”, indicó Narvaez durante la audiencia, y aclaró que “respetamos la decisión de un magistrado, que en sus facultades, le puso un plazo a la fiscalía”. 

     

    La resolución de pasar una causa al archivo es una facultad que tiene la fiscalía, y sólo es posible de manera previa a la formulación de cargos. Se trata de una decisión que no implica una declaración de estado respecto de la persona investigada: ni se la acusa ni se la sobresee. El planteo de las defensas, y que rechazó el magistrado, apuntó a que se dictara el sobreseimiento de los y las imputadas.

     

    Sin embargo, el argumento de Narvaez y de Vignaroli consistió en que “no existe posibilidad de sobreseer a alguien de lo que nunca se lo acusó. Lo ha dicho el Tribunal de Impugnación”. “En ningún lado dice que se deba sobreseer cuando se archiva una causa. No hagamos que la Ley diga algo que no dice. Acá no hay dudas: hay personas investigadas e imputadas. Obviamente, no se formularon cargos. Pero velando por sus derechos, el artículo 49 del C.P.P, nada dice que sea un derecho del imputado que se le dicte un sobreseimiento cuando la causa se archivó”, afirmó Narvaez, y si bien hizo una descripción general de las maniobras investigadas, aclaró que no sería posible sobreseer sobre hechos que no se precisaron, y menos expedirse sobre figuras legales.

     

    La denuncia

     

    “Existieron hechos, que estaban siendo investigados, y teníamos evidencia incluso para partir con esa hipótesis acusatoria. Pero un juez nos dijo que tomáramos una decisión. Y lo hicimos. Pero eso no quiere decir que el hecho no haya existido”, señaló Narváez, quien asistió a la lectura de veredicto de hoy junto a la asistente letrada Fernanda Sabatini.

     

    “Los testigos que entrevistamos dicen que una persona mandaba mensajes en los que se hacía un conteo de quiénes iban activamente a participar de las manifestaciones, y que a través de ese conteo se decía quién iba a recibir tal bolsón de comida, o tal calidad de comida, porque iba a todas las marchas. Eso está en el legajo, lo ha visto la contraparte, y no se puede decir que el hecho no existió”, resumió el fiscal.

     

    Tras un cuarto intermedio de 48 horas, el juez de garantías Juan Guaita coincidió con la fiscalía y explicó que, con la oposición de la fiscalía, es una condición para dictar un sobreseimiento que haya existido una formulación de cargos. También acordó con los representantes del MPF y rechazó que, como sostuvieron las defensas, haya existido una violación del derecho de los y las imputadas en ser juzgadas en un plazo razonable.

     

    “No desconozco la doctrina del plazo razonable. Pero entiendo que no es aplicable”, aclaró Guaita, quien consideró que “el titular de la acción penal –la fiscalía- estaría en el marco de un acto lícito” y rechazó los sobreseimientos.

  • En un nuevo juicio, condenan a acusado de abusar sexualmente de una niña

    En un nuevo juicio, condenan a acusado de abusar sexualmente de una niña

    En un nuevo juicio, condenan a acusado de abusar sexualmente de una niña

     

    15-04-2025

     

     

    Neuquén – Un varón que fue juzgado mediante un nuevo juicio por abusar sexualmente de una niña que reveló los ataques durante su adolescencia, fue declarado responsable penal.

     

     

    La resolución se conoció ayer, durante el veredicto que emitió un tribunal que respaldó el pedido de la fiscal del caso Laura Pizzipaulo para que el imputado, G.A.V, sea condenado por el delito de abuso sexual.

     

     

    El proceso concluyó ayer y fue realizado tras la anulación de un primer juicio durante el cual el acusado, también había sido declarado responsable a mediados de 2024 y condenado a 8 años y 8 meses de prisión.

     

     

    Luego, en octubre de 2024, un Tribunal de Impugnación anuló la sentencia porque no se tuvo en cuenta un testimonio, y dispuso el reenvío del caso para un nuevo proceso de juzgamiento.

     

     

    Durante el nuevo juicio, realizado entre el 9 y 11 de abril pasado, la fiscal del caso planteó que los hechos fueron cometidos entre junio de 2011 y enero de 2013, cuando la víctima era una niña. Fueron en una vivienda en la ciudad de Zapala, en la que el imputado convivió con ella durante periodos de visitas, ya que era parte de su entorno familiar.

     

     

    Los abusos sexuales fueron revelados por la víctima durante su juventud, siendo mayor de edad, y en agosto de 2023, se le formularon cargos al acusado (se le reformularon en diciembre del mismo año).

     

     

    Ayer, durante el adelanto de la sentencia, el tribunal integrado por la jueza de garantías Leticia Lorenzo y los jueces Juan Pablo Balderrama y Lisandro Borgonovo, afirmaron que al momento de brindar su relato y producir la prueba, la víctima “mantuvo en todas sus declaraciones la coherencia estructural de su relato”, sobre el autor y el lugar de los hechos; que “en ningún momento se produjo una contradicción interna”; y que su “credibilidad general no está afectada”.

     

     

    Con estos argumentos, entre otros, el tribunal resolvió declarar a G.A.V responsable del delito de abuso sexual simple, agravado por la situación de convivencia preexistente en modalidad continuada.