Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Crimen de Autovía Norte: fijan prisión perpetua para uno de los condenados

    Crimen de Autovía Norte: fijan prisión perpetua para uno de los condenados

    Crimen de Autovía Norte: fijan prisión perpetua para uno de los condenados

     

    28-04-2025

     

    Neuquén – El fiscal jefe Agustín García requirió hoy, en una audiencia de determinación de la pena, que se le imponga prisión perpetua a uno de los tres imputados que fueron declarados culpables por el homicidio de Lucas Telmo, cometido el 16 de febrero de 2024 en la Autovía Norte de Neuquén.

     

    El caso fue juzgado a principio de diciembre del año pasado, por un jurado popular que declaró a Darwin Patricio Quezada Navarrete, Maximiliano José Bovino y Lucas Ezequiel Veroiza penalmente responsables por unanimidad, como coautores del delito de homicidio triplemente agravado, por el uso de arma de fuego, por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía (artículos 80, incisos segundo y sexto, 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    Durante la audiencia de hoy, García manifestó que debido a la calificación legal por la que el jurado declaró la culpabilidad, “sólo corresponde la pena indivisible de prisión perpetua”. La condena fue solicitada para Lucas Ezequiel Veroiza ya que los otros dos involucrados fueron condenados a la misma pena en una audiencia anterior.

     

    El abogado querellante particular que representa a la familia de Telmo, adhirió al pedido de la fiscalía.

     

    El juez técnico que Luciano Hermosilla, que también intervino en el juicio por jurados y la determinación de la pena de los otros dos condenados, hizo lugar al pedido de la fiscalía y fijó la prisión perpetua.

     

    La declaración de responsabilidad fue alcanzada por el Ministerio Público Fiscal a partir de la investigación desarrollada por la unidad fiscal de Delitos contra las Personas y de la acusación del fiscal jefe Agustín García, junto a las asistentes letradas Agustina Bouyer y Guadalupe Inaudi. El juicio insumió ocho jornadas y los y las integrantes del jurado llegaron a su veredicto luego de una hora y media de deliberación.

     

    Hecho

     

    La fiscalía logró probar que el 16 de febrero, cerca de las 18:00, los imputados asesinaron a Telmo en una zona de la Autovía Norte cercana a Plottier, luego de haberlo planificado y acordado previamente.

     

    Momentos antes del hecho, Navarrete Quezada se encontró con la víctima “mediante un engaño”, para venderle estupefacientes. Luego se sumó Veroiza, se subieron al vehículo que conducía Telmo y se dirigieron hasta la esquina de calles Girasol y El Maíz, de Colonia Rural Nueva Esperanza. Allí lo agredieron, le sacaron el celular e hicieron que se sentara en el asiento trasero, bajo amenaza de dispararle, reprochándole que le debía dinero a Bovino por la compra de drogas. Condujeron el vehículo hasta la Autovía Norte, a 3 km de la rotonda Capex, en donde se encontraron con Bovino, quien se subió al vehículo. Los cuatro continuaron el trayecto hasta una la rotonda, donde los acusados le dispararon a la víctima siete veces, dejaron su cuerpo en el vehículo y se dieron a la fuga.

     

    El fiscal jefe consideró que todo el accionar se trató de un “ajuste de cuentas”.

     

    El tribunal encargado de juzgar el caso estuvo compuesto por seis varones y seis mujeres –y cuatro suplentes, todos en paridad de género-, mientras que el juez técnico que tuvo a cargo la dirección del juicio fue Luciano Hermosilla.

  • Lesionó a su expareja y a un amigo de ella: fue acusado

    Lesionó a su expareja y a un amigo de ella: fue acusado

    Lesionó a su expareja y a un amigo de ella: fue acusado

     

    28-04-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy en la Ciudad Judicial, la asistente letrada Analía García acusó a un varón por golpear a una mujer que fue su pareja y por lesionar a un amigo de ella.

     

    Los delitos que la fiscalía le imputó a M.E.P son: lesiones leves calificadas por el vínculo y por haber sido cometidas con violencia de género, daño, violación de domicilio y lesiones leves, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 89 y 92 en función del 80 incisos primero y onceavo, 150, 183, 45 y 55 del Código Penal).

     

    También durante la audiencia, la representante de la unidad fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales requirió como medida cautelar que el acusado no pueda contactar a la víctima, ni acercarse a la víctima por cuatro meses.

     

    El juez de garantías Juan Guaita, que estuvo a cargo de la audiencia, dio por formulados los cargos de acuerdo a lo solicitado por la fiscalía y fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses. Además, el magistrado hizo lugar a las medidas cautelares por el mismo plazo y estableció la prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio.

     

    De acuerdo con la teoría del caso detallada por la representante del Ministerio Público Fiscal, la fiscalía investiga a M.E.P por dos hechos cometidos en la ciudad de Neuquén:

    – El primero fue el 28 de enero de 2025, cuando el acusado llamó por teléfono en varias oportunidades a la víctima, con quien había mantenido una relación de pareja que había finalizado y el no aceptaba. Luego, aproximadamente a las 20:30 M.E.P interceptó a la mujer en la vereda de su domicilio de la ciudad de Neuquén. En esas circunstancias le cuestionó con quien estaba e intentó sacarle el celular, la agredió físicamente y le provocó lesiones. Después, tomó el celular de la víctima, lo rompió y se retiró del lugar.

    – El segundo ocurrió el 29 de enero cerca de las 7:00 cuando el acusado ingresó al domicilio de su expareja sin autorización de ella aprovechando que la mujer abrió la puerta para recibir a su hija. En el interior de la vivienda, M.E.P se encontró con un amigo de la víctima que estaba haciendo una reparación, lo golpeó y lo dejó tirado en el piso, con sangre en la boca y la nariz. Luego de ello, extrajo un cuchillo por lo que se produjo un forcejeo entre ambos varones hasta que intervino un vecino.

  • Acusan a tres personas por extorsionar a obreros en una construcción en Centenario

    Acusan a tres personas por extorsionar a obreros en una construcción en Centenario

    Acusan a tres personas por extorsionar a obreros en una construcción en Centenario

     

    25-04-2025

     

    Neuquén- El fiscal del caso Juan Narvaez y el asistente letrado Facundo Bernat formularon cargos a tres personas que, junto a otras dos que son investigadas por su participación en el mismo hecho, exigieron dinero a cuatro trabajadores que se encontraban construyendo un galpón en un predio del Parque Industrial de Centenario.

     

    Narvaez precisó que todo ocurrió el 23 de abril en horas del mediodía, pero que telefónicamente, uno de los imputados había realizado la misma exigencia en días previos. Agregó además que por el momento se formularon cargos a tres personas, pero que hay otras dos que no fueron demoradas en el momento y que también están imputadas. En los próximos días se evaluará su situación y se avanzará respecto de su participación.

     

    La teoría del caso que planteó Narvaez es que en un primer momento, uno  de los imputados a los que aún no se le formularon cargos, L.A.M, se presentó en la obra del galpón y le manifestó a una de las personas que trabajaba en el lugar que “tendrían que haber arreglado con ellos”. La referencia fue a un primer contacto telefónico que había mantenido uno de los imputados el día lunes 14 de Abril, en el que se presentó como personal de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y exigió $4.000.000 para dejarlos trabajar.

     

    Sin embargo, la víctima le respondió que no le iba a pagar nada, y L.A.M se retiró del lugar. Dos horas más tarde regresó junto a L.A, quien se encuentra en su misma situación procesal, a bordo de un automóvil marca Chevrolet corsa de color verde claro; y otras tres personas que llegaron en una camioneta: F.V.J.O, A.J.A y E.F.C.

     

    Narvaez relató que “F.V.J.O, quien vestía una remera de la UOCRA, es quien dirigía a las personas”, y dijo al llegar al lugar y descender de los vehículos,  “el imputado L.A.M rompió una cinta de peligro que estaba colocada en el lugar, delimitando la obra, y todos ingresaron”.

     

    “F.V.J.O se acercó a los trabajadores y comenzó a recriminarles de que ellos no podían trabajar allí, que debían `arreglar´ con ellos para poder continuar con la obra, exigiendo de esa manera hacer algo contra su voluntad de manera intimidatoria”. Las víctimas volvieron a negarse, por lo que F.V.J.O le dijo al resto que bajaran “todo de la camioneta” por si llegaban “los otros” y agregó “en la mochila está todo”. Esta última frase, sostuvo el fiscal de Delitos Económicos, generó temor en las víctimas, en relación al posible uso de armas de fuego para amedrentarlos. Por eso llamaron a la policía, que demoró a las tres personas que habían llegado a bordo de la camioneta: F.V.J.O, A.J.A y E.F.C.

     

    Durante la audiencia realizada ayer, Narvaez les formuló cargos por el delito de extorsión, en grado de tentativa y en carácter de coautores (artículos 168, 45 y 42 del Código Penal), y pidió dos meses para realizar la investigación.

     

    Explicó que a los otros dos imputados se les atribuye haber participado en el mismo hecho y advirtió que las víctimas son personas “que no están afiliadas al gremio, que son monotributistas y que provienen de otras provincias”.

     

    Medida cautelar

     

    El representante del Ministerio Público Fiscal advirtió que las víctimas sienten temor luego de lo ocurrido y que pretenden terminar el trabajo que estaban realizando, por lo que pidió protegerlas respecto del accionar de “matones” y “patoteros”. “Esta conducta desplegada, más allá de que es un delito en sí mismo, representa un riesgo de entorpecimiento de la investigación y de que algo le suceda a las víctimas”, explicó, y solicitó a la jueza Carina Álvarez que imponga a los acusados restricciones de acercamiento y de contacto a las víctimas.

     

    Tras escuchar a las partes, la jueza hizo lugar a la formulación de cargos y a las medidas cautelares por 6 meses. Además, fijó el plazo de la investigación en dos meses.

  • Piden responsabilidad penal de camionero acusado por la muerte de 4 personas

    Piden responsabilidad penal de camionero acusado por la muerte de 4 personas

    Piden responsabilidad penal de camionero acusado por la muerte de 4 personas

     

    25-04-2025

     

    Neuquén – El fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós requirieron que un conductor profesional sea declarado responsable por provocar la muerte de una familia, tras realizar una maniobra “imprudente y antirreglamentaria” sobre Ruta Nacional 40.

     

    En el alegato de clausura realizado hoy, De Lillo indicó que el 1 de junio de 2024 se produjo el siniestro vial, que “no fue un accidente”, y que eso provocó el “lamentable fallecimiento de las víctimas”. Remarcó que “la fiscalía probó la conducta antirreglamentaria del conductor; quien tenía la obligación de mantener su lado de conducción”. “La doble línea amarilla demarca la prohibición de sobrepaso. C.A.D.P.D.S invadió el espacio de circulación del carril contrario en el que viajaba la familia, y provocó las muertes”, aclaró.

     

    “La teoría de la fiscalía que se mantuvo en el juicio, que fue debidamente corroborada de manera científica, mediante informes, testimonios e imágenes, sostiene que el acusado imprudentemente traspasó el carril, y es responsable de la colisión de los vehículos”, argumentó.

     

    Para finalizar, el representante de la fiscalía aseguró que “la conducta imprudente generó un riesgo elevado”. De esta manera requirió al tribunal que declare la responsabilidad del acusado por el delito de homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales (artículos 84 bis segundo párrafo; 45 y 54 del Código Penal; y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo; 48 inciso “j”; y 50 de la Ley de Tránsito 24.449).

     

    Los abogados particulares, que intervienen como querellantes en representación de los familiares de las víctimas, adhirieron al requerimiento efectuado por el representante del Ministerio Público Fiscal.

     

    El imputado, quien es de nacionalidad brasilera, estuvo presente en el juicio y se expresó ante los presentes.

     

    La defensa pidió su absolución, y en forma subsidiaria, en el caso de ser declarado responsable, que sea por el delito de homicidio culposo sin el agravante de pluralidad de víctimas.

     

    El tribunal integrado por la jueza Leticia Lorenzo y por los jueces Maximiliano Bagnat y Eduardo Egea, dará a conocer el veredicto en las próximas horas.

     

    El hecho

     

    La teoría del caso del Ministerio Público Fiscal es que el hecho ocurrió el 1 de junio de 2024, cerca de las 18, sobre Ruta Nacional 40. El imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche y, en esas circunstancias, C.A.D.P.D.S, manejó el vehículo automotor bajo su mando en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, y generó un choque con otro vehículo. De esta manera, creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada. El acusado concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario. Esa maniobra es la que, a criterio de la fiscalía, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de cuatro personas que circulaban en esta última. Las víctimas son Ezequiel Linares, Lisandro Linares, Taiel Linares y Martina Linares.

  • Giro en «U», choque y una pasajera lesionada: se resolvió el caso

    Giro en «U», choque y una pasajera lesionada: se resolvió el caso

    Giro en «U», choque y una pasajera lesionada: se resolvió el caso 

     

    25-04-2025

     

     

    Neuquén – El asistente letrado Emilio Briguglio logró ayer la solución de un caso que fue investigado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) y que involucró a un taxista, una pasajera y el conductor de otro vehículo.

     

     

    Durante la audiencia, el representante del MPF planteó que tras la investigación de la fiscalía de Actuación Genérica, se acordó la resolución del caso mediante una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP): una herramienta que puede aplicarse en delitos con penas menores a tres años de prisión, para delitos considerados leves, cuando el acusado no tiene antecedentes penales y que implica además el establecimiento de pautas de comportamiento del imputado.

     

     

    Este caso ocurrió el 29 de julio de 2021, alrededor de las 8.30, en la Autovía Norte y la Ruta Provincial 7. El conductor del taxi, P.F.B, manejaba un Renault Logan acompañado por una pasajera. Se detuvo en la banquina de la Autovía y realizó un giro en “U” hacia la izquierda para incorporarse al derivador que lleva a la ciudad de Centenario. En ese momento, fue impactado en la zona del lateral izquierdo por un Renault Sandero que iba en dirección oeste-este sobre la ruta.

     

     

    Como consecuencia, la pasajera sufrió diversas lesiones como traumatimos, fracturas, hematomas, entre otras.

     

     

    Al momento de hacer la formulación de cargos al taxista, el representante del MPF le imputó el delito de lesiones culposas graves, ocasionadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo agravado por violar las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular.  

     

     

    En la audiencia, el asistente letrado del MPF planteó que la SPJ fue acordada por un plazo de dos años con el aval de la víctima, y contempló los siguientes aspectos: que el acusado realice 192 horas de trabajo comunitario; que no conduzca por dos años; que realice a futuro un nuevo curso de manejo; que fije domicilio legal; evitar el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, no cometer nuevos delitos; y realizar presentaciones cuatrimestrales para controlar el cumplimiento de estas medidas.

     

     

    En caso de incumplimiento de algunas de estas pautas,  el MPF podría requerir que se anule la SJP y que imponga una condena.

     

     

    El asistente letrado precisó también que, tras la audiencia, el imputado entregó la licencia de conductor profesional que tenía, la cual fue destruida.

     

     

    El juez de garantías Luis Giorgetti avaló los términos de la SJP.

     

     

  • Formulan cargos a dos personas por tenencia de drogas para comercialización

    Formulan cargos a dos personas por tenencia de drogas para comercialización

    Formulan cargos a dos personas por tenencia de drogas para comercialización

     

    25-04-2025

     

    Neuquén – En dos audiencias realizadas en forma continua, la fiscal del caso Silvia Moreira y el asistente letrado Pablo Jávega acusaron ayer a dos varones por tener estupefacientes para su comercialización. Además, para cada uno de los imputados requirieron distintas medidas de coerción.

     

    El primero de los casos se produjo al requisar una riñonera que tenía el acusado, tras ser trasladado a una comisaría por intentar escaparse de la policía. El segundo surgió a partir de un allanamiento realizado en Senillosa, en el marco de una investigación de otra fiscalía.

     

    Primer caso

     

    En la primera audiencia, los representantes del Ministerio Público Fiscal acusaron a un varón, L.M.E.H, por tener clorhidrato de cocaína para comercializar. Ocurrió el 22 de abril, cuando el acusado circulaba a bordo de una motocicleta sin chapa patente por la calle Necochea, en la zona Oeste de la ciudad de Neuquén. Por la ausencia de identificación del rodado, efectivos a bordo de un móvil policial le dieron la orden de alto y, ante la negativa, lo persiguieron por aproximadamente cinco cuadras. Luego, el imputado dejó la moto tirada e intentó fugarse a pie, pero fue aprehendido. Durante el procedimiento golpeó a una mujer policía, por lo que fue trasladado a la Comisaría 18.

     

    Una vez en la unidad de detención, y en el marco de la investigación del caso, la fiscalía le requirió a una jueza de garantías una autorización para realizar una requisa y fue a partir de esa medida que se verificó que, en el interior de la riñonera, L.M.E.H tenía 289 gramos clorhidrato de cocaína en una bolsa y 1,2 gramos de la misma droga en un papel, además de una balanza digital en funcionamiento, $79 mil en efectivo, un teléfono y tres tarjetas de billeteras virtuales a su nombre.

     

    Durante la audiencia, la fiscal del caso le imputó el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de autor (artículos 5 inciso “c” y 34 de la ley 23.737, en función del artículo 1 de la Ley 3.488; y artículos 45 y 77 del Código Penal).

     

    Cómo medida cautelar, Moreira y Jávega requirieron que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva por cuatro meses. Argumentaron que es un hecho grave, a partir de la cantidad de droga que tenía el imputado; y que existe riesgo de no sometimiento al proceso, a partir de la conducta desplegada durante el hecho.

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez, quien estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de la fiscalía. De esta manera, tuvo por formulados los cargos y fijó la prisión preventiva por cuatro meses. Además, la magistrada estableció el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.

     

    Segundo caso

     

    En la segunda audiencia, los representantes del MPF acusaron a otro varón, J.L.E.M, por tener estupefacientes para comercializar en su domicilio de la ciudad de Senillosa.

     

    El hecho que le atribuyeron ocurrió que el 23 de abril, cerca de las 8:40, cuando se llevó a cabo un allanamiento en su casa, autorizado por una jueza de garantías y realizado en el marco de una investigación por tenencia ilegal de arma de fuego que tramita en la unidad fiscal de Actuación Genérica.

     

    En el operativo, la Policía provincial le secuestró al imputado una balanza de precisión en funcionamiento; tres balanzas genéricas; 49 envoltorios de nylon con clorhidrato de cocaína por un total de 40 gramos; una bolsa de nylon con clorhidrato de cocaína por un peso total de 20,6 gramos; una bolsa con 256 gramos de cogollos de Cannabis Sativa; otra bolsa con 15 gramos de cogollos de Cannabis Sativa; y un cigarro artesanal de Cannabis Sativa de 1,9 gramos de peso.

     

    El delito que le imputaron a J.L.E.M es tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de autor (artículos 5 inciso “c” y 34 de la ley 23.737, en función del artículo 1 de la Ley  3.488; y artículos 45 y 77 del Código Penal).

     

    Cómo medida cautelar, Moreira y Jávega requirieron que dicte la prisión preventiva del imputado a partir de que en el caso hay riesgo respecto de la integridad física de la víctima del legajo que originó el allanamiento, y se dan los peligros procesales de entorpecimiento de la investigación y de fuga.

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez, quien estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de la fiscalía y tuvo por formulados los cargos. En relación con la medida de coerción, la magistrada confirmó que los riesgos procesales que se verifican son el entorpecimiento de la investigación, dada la posibilidad del acusado de influenciar a una testigo; y de fuga.

     

    Sin embargo, la jueza rechazó la prisión preventiva, ya que consideró que, para mitigar el peligro de entorpecimiento basta con la imposición de una prohibición de acercamiento a menos de 300 metros y de contacto respecto de la testigo; y que el riesgo de fuga se puede controlar con presentaciones semanales ante la comisaría más cercana. Ordenó que las medidas cautelares estén en vigencia por los próximos 4 meses.

  • Juicio por abuso sexual a una niña: imponen pena de 8 años y 6 meses

    Juicio por abuso sexual a una niña: imponen pena de 8 años y 6 meses

    Juicio por abuso sexual a una niña: imponen pena de 8 años y 6 meses

     

    25-04-2025

     

     

    Neuquén – Ante el pedido del fiscal del caso Manuel Islas de imponer una pena de 12 años de prisión a un varón que fue declarado responsable por abusar sexualmente de una niña en la ciudad de Senillosa, un Tribunal compuesto por dos jueces y una jueza, resolvió fijar la condena en 8 meses y 6 meses.

     

     

    La decisión fue tomada informada ayer pasado el mediodía, durante una audiencia en la Ciudad Judicial.

     

     

    Tras un juicio en el que el acusado L.J.M fue declarado responsable penal, el fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz requirieron la pena de 12 años de prisión efectiva. El mismo monto requirió la defensora de Niñez y Adolescencia Andrea Rapazzo.

     

     

    Como argumento, remarcaron los integrantes de la fiscalía especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales agravantes: la calificación legal; la relación asimétrica de poder y diferencia de edad entre víctima y victimario; la reiteración en el tiempo de los hechos; y extensión del daño causado; entre otros.

     

     

    Como atenuante, sindicaron la falta de antecedentes penales del acusado.

     

     

    Los representantes del MPF también solicitaron que la sentencia sea inscripta en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

     

    El delito por el cual se declaró responsable a L.J.M fue abuso sexual con acceso carnal –continuado-, calificado por el vínculo y por la convivencia con una menor de 18 edad, en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafos incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

     

     

    Le defensora de A.R, por su parte, solicitó que se impongan 8 años de prisión que es la pena mínima para el delito atribuido.

     

      

    La identidad del condenado se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima que sufrió las agresiones y a su grupo familiar.

     

     

    Hechos

     

     

    De acuerdo con la teoría del caso que acreditó la fiscalía, L.J.M abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar de manera reiterada y sistemática.

     

     

    Los hechos fueron cometidos entre septiembre de 2021 y la navidad de 2022, en dos domicilios de la localidad de Senillosa. 

     

     

    En esas circunstancias, el imputado aprovechó la convivencia preexistente con la víctima y bajo amenazas la abusó de forma continuada.

     

     

  • Imputado por falso testimonio continuará detenido

    Imputado por falso testimonio continuará detenido

    Imputado por falso testimonio continuará detenido

     

    24-04-2025

     

    Neuquén-Por pedido del fiscal del caso Andrés Azar y de la asistente letrada Carolina Gutiérrez, un varón que está acusado por brindar falso testimonio, seguirá detenido en la modalidad de detención domiciliaria.

     

    Se trata de C.M.A, quien es investigado por haber mentido en dos declaraciones que brindó en la causa que investiga la desaparición de Luciana Muñoz. El 24 de agosto del año pasado, fue imputado por el delito de falso testimonio -dos hechos en concurso real- en carácter de autor (artículos 45, 55 y 275 del Código Penal).

     

    Durante una audiencia realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso explicó que inicialmente se le impuso prisión domiciliaria, pero que ante una violación de las restricciones, el 20 de diciembre se agravó la medida cautelar y se le impuso prisión preventiva. Luego, se realizó una nueva modificación y quedó nuevamente en prisión domiciliaria.

     

    Ante el vencimiento de la medida y considerando que los riesgos de entorpecimiento y no sometimiento al proceso continúan vigentes, los representantes de la fiscalía requirieron que se prorrogue la medida cautelar por el plazo de 15 días.

     

    Azar explicó además que ya presentó el requerimiento a juicio, y que con la defensa se encuentran en tratativas para arribar a una solución alternativa.

     

    El juez de garantías Juan Guaita respaldó el pedido de la fiscalía y extendió la prisión domiciliaria por el plazo solicitado.

  • Extienden preventiva y amplían plazo de investigación por caso de homicidio

    Extienden preventiva y amplían plazo de investigación por caso de homicidio

    Extienden preventiva y amplían plazo de investigación por caso de homicidio

     

    23-04-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Gabriela Macaya y el asistente letrado Federico Cuneo requirieron que un varón, N.A.F, que está imputado por haber participado en el homicidio de Carlos Conejero, continúe con prisión preventiva. El hecho fue cometido el 26 de diciembre de 2024, cuando la víctima estaba reunida junto a otras personas en una esquina de la ciudad de Cutral Co.

     

    Durante la audiencia realizada el lunes, la representante de la fiscalía requirió que se extienda la medida por cuatro meses. Argumentó que se mantienen los riesgos de entorpecimiento y de integridad para los testigos. “A la fiscalía le interesa proteger el testimonio de las personas que tienen que declarar en el juicio” indicó Macaya.

     

    Finalmente, la representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se amplíe el plazo de para concluir la investigación, también por el mismo término.

     

    El juez de garantías a cargo de la audiencia, Lisandro Borgonovo, hizo lugar al pedido de la fiscalía y de esta manera, extendió la medida cautelar y el plazo para concluir la investigación, ambas por cuatro meses. El magistrado afirmó que “el temor planteado por la fiscalía, está fundado”.

     

    La teoría del caso que investiga la fiscalía es que el jueves 26 de diciembre de 2024, cerca de las 4 de la madrugada, Carlos Conejero se encontraba en la intersección de calles Carlos H. Rodríguez y 13 de Diciembre de Cutral-Co, con dos familiares de 15 y 16 años de edad y otro joven. En ese momento, el acusado pasó por el lugar en un auto, tomó el teléfono mientras manejaba y efectuó una llamada: minutos más tarde se presentó su hermano, J.A.F, en otro auto, y luego pasó a baja velocidad frente al grupo. A metros del lugar se encontró con N.A.F, quien se dirigió a su vehículo, tomó un arma de fuego y se la largó a J.A.F, indicándole que “a la vuelta” estaba una persona con la que tenía conflictos, en referencia al joven que estaba junto a quien finalmente recibió el disparo.

     

    Luego de eso, J.A.F. volvió en la dirección señalada, bajó el vidrio, cargó el arma y disparó hacia el grupo. Si bien la bala impactó a Conejero, causándole una lesión que momentos después le provocó la muerte, la teoría de la fiscal es que el objetivo de J.A.F era el otro joven que estaba junto a la víctima y sus familiares.

     

    Para Macaya, la participación de N.A.F fue determinante para que su hermano cometiera el homicidio, ya que le indicó el lugar en el que estaba la víctima y luego le proporcionó el arma que utilizó, por lo que en la audiencia de formulación de cargos (LINK a FC) le imputó el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de partícipe necesario (artículos 79; 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    El otro varón involucrado en el hecho, J.A.F, también está acusado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, pero como autor.

     

    En relación a este último y en una segunda instancia de la audiencia, el asistente letrado Federico Cuneo explicó que se le formularon cargos el pasado 15 de marzo, debido a que estuvo prófugo. Por este motivo y para que ambas investigaciones se realicen simultáneamente, solicitó que se extienda el plazo para concluir la investigación hasta el 26 de agosto.

     

    En este sentido, Cuneo argumentó que restan realizar medidas en la investigación, entre ellas el análisis de dispositivos celulares secuestrados.

     

    El juez de garantías Lisandro Borgonovo hizo lugar al pedido de prórroga realizado por el asistente letrado y extendió el plazo hasta el 26 de agosto. 

  • Cruzó en rojo, provocó un choque y lesionó: fue imputado

    Cruzó en rojo, provocó un choque y lesionó: fue imputado

    Cruzó en rojo, provocó un choque y lesionó: fue imputado

     

    23-04-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy en la Ciudad Judicial, la asistente letrada Carolina Gutiérrez acusó a un varón, R.P, por provocarle lesiones a dos personas tras generar un choque al cruzar un semáforo en rojo y girar a la izquierda, sobre la ex Ruta 22.

     

    El delito que la funcionaria de la Unidad Fiscal de Delitos contra las Personas le atribuyó al imputado es lesiones graves culposas causadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, agravado por violar la señalización del semáforo y por ser más de una las víctimas lesionadas, en carácter de autor (artículos 94 bis y 45 del Código Penal y artículos 39, 44 y 64 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449).

     

    La representante del Ministerio Público Fiscal detalló que el hecho ocurrió el 25 de diciembre de 2024 cerca de las 14:00, en la intersección de la ex Ruta Nacional 22 y el ingreso al Mangrullo de la ciudad de Plottier. R.P conducía una camioneta Volkswagen Amarok por el carril sur de la ruta con sentido este- oeste y, en esas circunstancias, provocó un choque con otro vehículo que circulaba en forma contraria, debido a su conducción imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y prevención necesaria.

     

    La colisión se produjo cuando R.P creó un riesgo tras no respetar el semáforo que no habilitaba su circulación, desobedecer la obligatoriedad circular con cuidado y prevención y realizar un giro a la izquierda. De esta manera, invadió el carril contrario y como consecuencia provocó el impacto con un Renault Sandero, conducido por varón que se desplazaba con sentido Oeste-Este e iba acompañado por su hijo y su hija.

     

    Inmediatamente y luego de producido el impacto, dos de los ocupantes del Sandero debieron ser trasladados de urgencia al hospital local.

    Como consecuencia del siniestro la niña que iba como acompañante fue lesionada de gravedad con diversos golpes y fracturas. Además, el conductor del Sandero recibió traumatismos múltiples y lesiones de gravedad con fracturas.

     

    Las abogadas querellantes particulares que representan a la familia de las víctimas del caso adhirieron a la acusación detallada por Gutiérrez.

     

    El juez de garantías Gustavo Ravizzoli, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la formulación de cargos en los términos solicitados por la asistente letrada y fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.