Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Acuerdan 3 años de prisión por dos robos y unifican penas en 9 años

    Acuerdan 3 años de prisión por dos robos y unifican penas en 9 años

    Acuerdan 3 años de prisión por dos robos y unifican penas en 9 años

     

    13-03-2026

     

    Neuquén –  En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la Ciudad Judicial, el asistente letrado de la fiscalía de Robos y Hurtos Luciano Vidal y la defensa de Álvaro Javier Campos acordaron la imposición de 3 años de prisión efectiva por dos robos cometidos en la ciudad de Neuquén.

     

    El acuerdo también comprendió la unificación de la condena impuesta hoy con una anterior, de 6 años de prisión fijada por delitos similares, en la pena única de 9 años de prisión efectiva.

     

    El imputado admitió su responsabilidad en los dos hechos por los cuales lo acusó la fiscalía:

     

    Uno ocurrió el 30 de octubre de 2025, cerca de las 14, en una vivienda del barrio Villa Florencia. Campos y otro hombre no identificado forzaron el portón de ingreso de una casa, entraron y sustrajeron una mochila que contenía dinero en efectivo, una notebook y 246 reales, tras lo cual escaparon.

     

    El segundo fue el 12 de diciembre de 2025, entre las 13.20 y las 13.40, en una vivienda del barrio 127 Hectáreas. Campos, junto a otros tres hombres que no pudieron ser identificados, escaló una reja del domicilio, forzó una puerta ventana y robó una computadora para luego huir del lugar.

     

    Los delitos que Vidal le atribuyó son robo simple y robo agravado por ser en poblado y en banda, con escalamiento y por fractura, en ambos casos en carácter de coautor.

     

    La jueza de garantías a cargo de la audiencia, Carina Álvarez, homologó el acuerdo presentado por las partes. De esta manera fijó 3 años de prisión por los robos y unificó la condena en la pena única de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo.

  • Acuerdan 3 años de prisión por dos robos y unifican penas en 9 años

    Acuerdan 3 años de prisión por dos robos y unifican penas en 9 años

     

    13-03-2026

     

    Neuquén –  En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la Ciudad Judicial, el asistente letrado de la fiscalía de Robos y Hurtos Luciano Vidal y la defensa de Álvaro Javier Campos acordaron la imposición de 3 años de prisión efectiva por dos robos cometidos en la ciudad de Neuquén.

     

    El acuerdo también comprendió la unificación de la condena impuesta hoy con una anterior, de 6 años de prisión fijada por delitos similares, en la pena única de 9 años de prisión efectiva.

     

    El imputado admitió su responsabilidad en los dos hechos por los cuales lo acusó la fiscalía:

     

    Uno ocurrió el 30 de octubre de 2025, cerca de las 14, en una vivienda del barrio Villa Florencia. Campos y otro hombre no identificado forzaron el portón de ingreso de una casa, entraron y sustrajeron una mochila que contenía dinero en efectivo, una notebook y 246 reales, tras lo cual escaparon.

     

    El segundo fue el 12 de diciembre de 2025, entre las 13.20 y las 13.40, en una vivienda del barrio 127 Hectáreas. Campos, junto a otros tres hombres que no pudieron ser identificados, escaló una reja del domicilio, forzó una puerta ventana y robó una computadora para luego huir del lugar.

     

    Los delitos que Vidal le atribuyó son robo simple y robo agravado por ser en poblado y en banda, con escalamiento y por fractura, en ambos casos en carácter de coautor.

     

    La jueza de garantías a cargo de la audiencia, Carina Álvarez, homologó el acuerdo presentado por las partes. De esta manera fijó 3 años de prisión por los robos y unificó la condena en la pena única de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo.

  • Disculpas, curso vial, donación y trabajo comunitario: se resolvió la agresión a un inspector

    Disculpas, curso vial, donación y trabajo comunitario: se resolvió la agresión a un inspector

    Disculpas, curso vial, donación y trabajo comunitario: se resolvió la agresión a un inspector

     

    10-03-2026

     

    Neuquén – Un varón y una mujer que son hermanos y fueron acusados por el Ministerio Público Fiscal (MPF) por agredir a un inspector de tránsito municipal durante un operativo en la Isla 132 de la ciudad de Neuquén, aceptaron el cumplimiento de pautas de comportamiento entre las que figuran hacer un curso de educación vial, cumplir tareas comunitarias en un club deportivo y pagar $100 mil de donación, además de pedir disculpas por el comportamiento que tuvieron.

     

    La resolución del caso se materializó hoy, durante una audiencia en la que el MPF propuso con el acompañamiento de los abogados del municipio de Neuquén, aplicar una salida alternativa al juicio para ambas personas: la Suspensión de Juicio a Prueba (SJP).

     

    Al fundamentar las razones para aplicar la SJP, la asistente letrada Fernanda Sabatini, de la fiscalía de Actuación Genérica, señaló que “de acuerdo al tipo de delito les podría corresponder (a ambos imputados) una pena de ejecución condicional; además ninguno cuenta con antecedentes condenatorios; y tanto ellos como la querella que representa al municipio avalaron esta solución”.

     

    Las pautas que deberán cumplir el acusado, T. E. A., y su hermana, A. A. A, son las siguientes: hacer un curso de “Reeducación Vial” dictado por el Observatorio Vial de la Municipalidad de Neuquén, con una duración de tres meses; la realización de 96 horas cada uno de tareas comunitarias en un club deportivo del barrio Confluencia; un aporte de $100 mil entre ambos a un club deportivo del barrio Confluencia; y no abusar del consumo de bebidas alcohólicas y fijar un domicilio estable, entre otras medidas.

     

    Durante la audiencia, T. E. A. pidió hacer uso de la palabra: «Queremos expresar públicamente nuestro arrepentimiento por lo ocurrido el 22 de marzo del 2025 en la ciudad de Neuquén. Sabemos que ese día generó una situación de violencia durante un procedimiento de tránsito y que eso no debió haber pasado. Lamentamos lo sucedido y las consecuencias que pudo haber tenido, especialmente para el inspector que estaba cumpliendo con su trabajo. Pedimos disculpas al agente involucrado, a la dirección de Tránsito y a la comunidad, entendiendo que los controles viales existen para cuidar a todos. Nos comprometemos a reflexionar sobre lo ocurrido…”, afirmó.

     

    El Ministerio Público Fiscal había acusado a T. E. A. por un hecho cometido el 22 de marzo pasado, entre las 2 y 3 de la madrugada durante un operativo de control de tránsito en la Isla 132 de Neuquén, en la zona de la calle Ara San Juan.

     

    En ese contexto, golpeó al inspector municipal con un golpe de puño en la cabeza mientras intentaba identificarlo y le requería la documentación de la moto en la que circulaba. Segundos después otra persona, aún no identificada, también golpeó al trabajador municipal que cayó al suelo y en ese momento T. E. A. siguió golpeándolo en la espalda y las piernas, además de romperle casco y luego escapar.

     

    Minutos después fue hacia ese lugar la hermana del imputado, A. A. A, quien intentó golpear al inspector de tránsito, y después impidió que otra inspectora de tránsito municipal que había  llegado, identifique a las personas que permanecían allí, además de empujarla.

     

    Como consecuencia de este hecho, el inspector de tránsito sufrió lesiones.

     

    El delito atribuido a T. E. A fue resistencia a la autoridad, en concurso ideal con lesiones leves agravadas por haberse perpetrado contra un funcionario público y por el concurso de dos o más personas, en concurso real con el delito de daño agravado.

     

    En el caso de A. A. A., fue acusada de resistencia a la autoridad en calidad de autora.

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez avaló la aplicación de la SJP. Consideró  “razonable” la solución del caso, destacó la sinceridad del pedido de disculpas de ambos acusados, así como la aceptación de parte de las víctimas.

     

    Por este mismo hecho, el Ministerio Público Fiscal acusó a un adolescente menor de edad, cuya situación se resolvió la semana pasada.

     

  • Imputan a un camionero por causar la muerte de dos trabajadores estatales

    Imputan a un camionero por causar la muerte de dos trabajadores estatales

    Imputan a un camionero por causar la muerte de dos trabajadores estatales 

     

    11-03-2026

     

    Neuquén – Un camionero fue imputado por causar la muerte de dos trabajadores estatales de la provincia en un siniestro vial ocurrido en la Ruta 7, en la localidad de San Patricio del Chañar.

     

    La imputación la realizó hoy la fiscal del caso Guadalupe Inaudi durante una audiencia en la Ciudad Judicial, en la que planteó que el conductor del camión, E. E. B, no contaba con licencia habilitante al momento del hecho, tipo E-1, que es la necesaria para este tipo de vehículos.

     

    De acuerdo a la teoría del caso que presentó la integrante del Ministerio Público Fiscal (MPF), acompañada por la asistente letrada Agustina Jarry, el hecho ocurrió el 1 de agosto de 2025 alrededor de las 8.30, en la intersección de la Ruta 7 y la Picada 16.

     

    El imputado manejaba un camión Iveco, modelo Strail, con un semirremolque que transportaba combustible refinado. Iba en dirección hacia San Patricio del Chañar, desde la ciudad de Añelo, y a una velocidad de 88 kilómetros por hora, aproximadamente.  “Al llegar a esa intersección perdió el control del vehículo, invadió el carril contrario de circulación y colisionó un vehículo Sprinter Mercedes Benz que iba en dirección opuesta”, indicó la fiscal del caso.

     

    El utilitario Sprinter Mercedes Benz era conducido por una de las víctimas, Juan Andrés Ceferino Fuentes, y como acompañante estaba la otra persona fallecida, Horacio Cofré. Un tercer ocupante, quien iba en la parte trasera, resultó herido con politraumatismos.

     

    El delito que atribuyó la fiscal del caso a E. E. B fue homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, por hacerlo sin la licencia habilitante y por ser más de una las víctimas fatales, en relación a Fuentes y Cofré; en concurso ideal con lesiones culposas graves agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor y por hacerlo sin la licencia habilitante, en relación al herido, en calidad de autor.

     

    Los abogados querellantes, en representación de las familias de las víctimas, adhirieron al planteo del MPF.

     

    Como medida cautelar, desde el MPF se pidió que al acusado se le prohíba salir del país, y que tengan la obligación de presentarse una vez por semana en una comisaría de la provincia de Buenos Aires, donde reside actualmente. Esto por un plazo de seis meses.

     

    La jueza de garantías que dirigió la audiencia, Natalia Pelosso, avaló la formulación de cargos, y el pedido de medidas cautelares.

     

    El plazo para cerrar la investigación fue fijado en cuatro meses.

     

     

  • Comenzó el juicio por el homicidio de un adolescente en el barrio Confluencia

    Comenzó el juicio por el homicidio de un adolescente en el barrio Confluencia

    Comenzó el juicio por el homicidio de un adolescente en el barrio Confluencia

     

    11-03-2026

     

    Neuquén– El fiscal del caso Andrés Azar sostuvo hoy, al comenzar el juicio, que la prueba permitirá acreditar que R.J.C fue el autor del homicidio de un adolescente cometido en mayo del año pasado en el barrio Confluencia de la ciudad de Neuquén.

     

    Durante el alegato de apertura, el representante del Ministerio Público Fiscal repasó la acusación y anticipó que, tras la producción de la prueba durante el debate, solicitará al tribunal que declare la responsabilidad penal del acusado.

     

    De acuerdo con la investigación de la fiscalía, el hecho fue cometido el 9 de mayo de 2025, entre las 00:30 y la 1:20 de la madrugada, en la intersección de las calles Paimún y Boerr. En ese contexto, mientras se desarrollaba un disturbio entre dos grupos de personas en la vía pública, el acusado efectuó un disparo con un arma de fuego a corta distancia que impactó en el rostro del adolescente. La víctima murió de manera inmediata como consecuencia de un traumatismo de cráneo grave provocado por el proyectil.

     

    Según la acusación, tras efectuar el disparo el imputado se dio a la fuga hacia la zona costera y permaneció prófugo durante varias horas, hasta que fue localizado ese mismo día por la tarde durante un procedimiento de allanamiento realizado por personal policial.

     

    La calificación legal que la fiscalía atribuyó al hecho es homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en carácter de autor.

     

    El juicio se realiza ante un tribunal colegiado integrado por los jueces Juan Guaita, Lucas Yancarelli y Juan Pablo Encina.

     

    Entre las pruebas previstas para el debate se encuentran declaraciones de testigos, peritos, médicos y efectivos policiales que intervinieron en la investigación, además de documentación, secuestros y el registro de una cámara de vigilancia que captó el momento en que la víctima recibió el disparo.

     

    El juicio comenzó hoy y se prevé que se extienda hasta el martes inclusive.

  • Abusó sexualmente de una niña: fiscal pidió 11 años de prisión

    Abusó sexualmente de una niña: fiscal pidió 11 años de prisión

    Abusó sexualmente de una niña: fiscal pidió 11 años de prisión

     

    11-03-2026

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Carolina Mauri pidió 11 años de prisión efectiva para un varón, K.D.L.M, que abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar, de forma continuada, en un barrio de la ciudad de Plottier.

     

    Para pedir la pena, Mauri valoró como agravantes la extensión del daño causado, la diferencia de edad entre la víctima y el imputado, la reiteración de los hechos en el tiempo, entre otras. Como atenuantes, la funcionaria de la fiscalía tuvo en cuenta la carencia de antecedentes penales computables y que realiza tareas de cuidado de sus padres mayores de edad.

     

    La fiscal del caso pidió que una vez que se fije la condena, se inscriba a K.D.L.M en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    Por su parte, el defensor de los Derechos de Niñez y Adolescencia que intervino como querellante institucional en representación de la víctima, requirió que la pena sea de 11 años y 8 meses de prisión efectiva.

     

    El delito por el cual K.D.L.M fue declarado penalmente responsable es abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda –continuado-, en carácter de autor.

     

    El tribunal colegiado encargado de fijar la pena, integrado por los jueces Luis Giorgetti, Luciano Hermosilla y Cristian Piana, pasó a deliberar y comunicó que dará a conocer el veredicto dentro de las próximas 48 horas. Será en una audiencia de lectura de veredicto que la Oficina Judicial deberá fijar para tal fin.

     

    Los hechos

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal en un juicio y por la que requirió la condena, es que K.D.L.M abusó sexualmente de una niña de su entorno entre 2018 y 2020. Fue en un domicilio ubicado en un barrio de Plottier en el que el imputado, aprovechaba cuando la niña y su hermano quedaban a su cargo ya que los padres trabajaban.

     

    Si bien fue declarado responsable y condenado, el nombre del imputado se mantiene con iniciales para resguardar la identidad de la víctima y evitar su identificación.

  • MPF desestimó denuncia contra el municipio por el uso de una cuenta de Mercado Pago

    MPF desestimó denuncia contra el municipio por el uso de una cuenta de Mercado Pago

    MPF desestimó denuncia contra el municipio por el uso de una cuenta de Mercado Pago

     

    11-03-2026

     

     

    Neuquén – Por no existir delito penal, el fiscal jefe Gastón Ávila resolvió desestimar la denuncia del contralor municipal de San Martín de los Andes, Jorge Alberto Fernández, por el uso de una cuenta de Mercado Pago a nombre del municipio y para el cobro del estacionamiento medido en la ciudad.

     

     

    El foco de la denuncia presentada el 20 de enero de este año, estuvo en la creación y administración de una cuenta de Mercado Pago a nombre de la municipalidad para cobrar el estacionamiento medido, la cual operaba por fuera de los circuitos formales de tesorería y contabilidad, según planteó el controlador. Mencionó la posible existencia de los delitos de administración fraudulenta, malversación de caudales públicos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

     

     

    En este contexto, el Ministerio Público Fiscal (MPF) inició una investigación con el objetivo de determinar la existencia o no de un delito, y entre las medidas dispuestas por el fiscal jefe Gastón Ávila, se requirió información al área legal de Mercado Pago y se entrevistó a funcionarios y funcionarias de la municipalidad, además de requerirle información a la comuna.

     

     

    De este modo se pudo establecer que la cuenta registraba cerca de 50.000 operaciones en un plazo de dos años y tres meses, desde que fue abierta en junio de 2024. En ese periodo, la cuenta tuvo dos salidas de dinero, mediante transferencias directas a la cuenta oficial de la municipalidad en el Banco Provincia del Neuquén, realizadas en diciembre de 2025 ($78.811.842,67) y enero de 2026 ($12.724.672,01), totalizando $91.536.514,68. Y, a la fecha de la respuesta de Mercado Libre al oficio del Ministerio Público Fiscal -21 de enero de 2026-, quedaba como saldo total en la cuenta $25.135.014,50.

     

     

    Entre las personas entrevistadas por el Ministerio Público Fiscal, estuvieron la contadora, la tesorera y el entonces secretario de Economía y Hacienda de la municipalidad. A través de estos testimonios y de un oficio requerido a la intendencia, el fiscal jefe logró corroborar que la apertura de la cuenta no fue un acto clandestino, sino que fue validada documentalmente por el propio intendente a través del Decreto 386/24, el cual autorizó el uso de plataformas de pago electrónico para el cobro del estacionamiento de la ciudad.

     

     

    Inexistencia de delito

     

    Tras analizar toda la evidencia recolectada, el fiscal jefe concluyó que «ni un solo centavo ha sido desviado de las arcas del municipio hacia terceros o en provecho de algún funcionario», descartando de plano las figuras de peculado y malversación de fondos. Esto último porque se comprobó que el dinero recaudado no salió de la órbita de administración del municipio.

     

     

    Respecto al reclamo del contralor sobre un presunto daño patrimonial por no haber invertido ese dinero para generar intereses, el dictamen del fiscal jefe estableció que esta decisión no representa una maniobra defraudatoria. Ávila fundamentó que en el ámbito de las finanzas públicas rige un deber de prudencia donde el administrador debe priorizar la preservación del capital y la disponibilidad inmediata por encima de la especulación financiera o la rentabilidad.

     

     

    Finalmente, en cuanto a la demora por parte del área de Hacienda del municipio en contestar los pedidos de información del contralor (lo que motivó la sospecha inicial), la fiscalía determinó que, si bien existió un retraso comprobado, este hecho no constituye un delito penal de omisión dolosa. Ávila subrayó que, antes que el derecho penal, el contralor cuenta con las herramientas legales para aplicar sanciones administrativas frente a esta clase de incumplimientos.

     

     

    De todos modos, planteó que “si bien no es competencia de este Ministerio Público Fiscal inmiscuirse en las relaciones interinstitucionales del municipio y la contraloría, no puedo más que recomendar que en lo sucesivo, los pedidos de información sean respondidos en tiempo y forma para evitar situaciones como las que aquí se presentan”.

     

     

    Por todo lo expuesto, el fiscal jefe resolvió desestimar la denuncia, ya que los hechos investigados no constituyen delito, de acuerdo a lo previsto en el artículo 131 inciso 1 del Código Procesal Penal de Neuquén.

     

    “Esta conclusión no implica de manera alguna que la denuncia realizada por el contralor haya sido infundada, sino que las hipótesis presentadas por el mismo se han descartado posteriormente”, planteó el fiscal jefe.

     

    El denunciante fue notificado hoy de la resolución y cuenta con un plazo de cinco días para requerir la revisión de la medida ante un juez de garantías.

  • Reformulan cargos contra un policía y sobreseen a otro en una causa por vejaciones

    Reformulan cargos contra un policía y sobreseen a otro en una causa por vejaciones

    Reformulan cargos contra un policía y sobreseen a otro en una causa por vejaciones

     

    09-03-2026

     

    Neuquén– La fiscal del caso Natalia Rivera reformuló hoy la acusación contra el policía Bruno Muñoz por el delito de vejaciones y apremios ilegales y pidió el sobreseimiento del sargento primero José Jorge Osés, al considerar que el análisis de los videos y de los testimonios reunidos durante la investigación no permite sostener la imputación en su contra.

     

    El planteo fue realizado durante una audiencia en la que la fiscalía reformuló la acusación y se realizó un control del plazo de la investigación. El juez de garantías Juan Pablo Balderrama hizo lugar a los planteos del Ministerio Público Fiscal.

     

    La causa se inició el 15 de septiembre de 2025, cuando la fiscalía formuló cargos contra ambos policías por hechos ocurridos el 14 de junio de ese año por la madrugada, en la esquina de Belgrano y Sarmiento de la ciudad de Chos Malal.

     

    Según la investigación, un varón y una mujer se encontraban dentro de un vehículo estacionado cuando, durante un patrullaje, los policías se acercaron para solicitar documentación. En ese contexto se produjo un forcejeo con el conductor y, de acuerdo con la imputación sostenida por la fiscalía, Muñoz le dio golpes de puño en el rostro a través de la ventanilla al varón y luego extrajo a la mujer del vehículo. Al hacerlo, la hizo caer al suelo, la arrastró por el piso y la esposó contra el automóvil.

     

    Para la fiscalía, ese accionar constituyó un trato abusivo, denigrante y humillante hacia las víctimas.

     

    Durante la audiencia también se realizó un control del plazo de la investigación. A pedido de la defensa, el juez resolvió prorrogar la etapa investigativa por un mes para que se incorporen nuevas medidas de prueba vinculadas al análisis de videos y a un sumario administrativo policial.

     

    Las víctimas cuentan con representación particular, que interviene como querellante en el proceso.

  • Formulan cargos a un hombre por abusar sexualmente de una niña de su entorno familiar

    Formulan cargos a un hombre por abusar sexualmente de una niña de su entorno familiar

    Formulan cargos a un hombre por abusar sexualmente de una niña de su entorno familiar

     

    09-03-2026

     

    Neuquén– El asistente letrado Guillermo Prime formuló cargos contra N.R.H, un hombre acusado por cometer abusos sexuales contra una niña de su entorno familiar.

     

    La audiencia se realizó hoy ante un juez de garantías, que tuvo por formulada la imputación y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación.

     

    El representante de la fiscalía sostuvo que los hechos ocurrieron de manera reiterada cuando la víctima tenía entre 9 y 11 años y visitaba el domicilio del imputado en un barrio de la ciudad de Neuquén. Según la investigación provisoria, en esas ocasiones el hombre la llamaba para que lo acompañara a un sector del fondo del terreno y, aprovechando que quedaban a solas, realizaba conductas de carácter sexual contra la niña. En uno de los episodios también habría cometido un abuso con acceso carnal.

     

    Tras relatar la teoría del caso, Prime la encuadró en los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual simple continuado, doblemente agravados por el vínculo y por la guarda, en calidad de autor.

     

    En la audiencia también intervino la Defensoría de Niñez y Adolescencia como querella institucional, en representación de los intereses de la niña, que adhirió a la formulación de cargos.

     

    Protección

     

    Como medidas cautelares, el asistente letrado de la unidad fiscal de Violencia Contra la Mujer, Diversidades y Delitos Sexuales solicitó la prohibición de acercamiento de 500 metros al domicilio de la víctima, además de una restricción de comunicación con ella y su grupo familiar.

     

    El juez de garantías Juan Manuel Kees hizo lugar a los planteos del Ministerio Público Fiscal, tuvo por formulados los cargos, fijó un plazo de cuatro meses de investigación y dispuso las medidas de coerción solicitadas, que regirán por seis meses.

  • Intentó frenar la agresión hacia su hijo y fue apuñalado: un acusado

    Intentó frenar la agresión hacia su hijo y fue apuñalado: un acusado

    Intentó frenar la agresión hacia su hijo y fue apuñalado: un acusado

     

    09-03-2026

     

     

    Neuquén – El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos a un hombre que apuñaló a otro que intentó frenar la agresión hacia su hijo, durante la fiesta del asado que se realizó en la ciudad de Zapala el último fin de semana.

     

     

    La acusación fue realizada por la fiscal del caso, Laura Pizzipaulo, y la asistente letrada, Margarita Ferreyra, el sábado pasado por la noche. Recayó sobre K. F. M., quien quedó detenido con prisión domiciliaria por pedido de las representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF).

     

     

    De acuerdo a la investigación preliminar, el hecho fue cometido el 7 de marzo alrededor de las 3.15 de la madrugada, en el predio ubicado en las calles Avellaneda y Zeballos. El acusado, acompañado por otro hombre, comenzó a golpear al hijo de la víctima y a un amigo de él.

     

     

    Ante esta situación, la víctima de 55 años intentó interferir para frenar la agresión y en ese momento K. F. M sacó una cuchilla de 27 centímetros de largo. Con intención homicida, apuñaló al hombre en la zona del estómago.

     

     

    La fiscal del caso indicó que personal policial que estaba en el predio se acercó a asistir a la víctima y demoró al agresor. “La víctima tiene una lesión vascular y de colon; está inestable”, precisó Pizzipaulo en la audiencia, y señaló que el cuchillo utilizado en el hecho fue secuestrado.

     

     

    El delito atribuido a K. F. M fue homicidio en grado de tentativa y en carácter de autor.

     

     

    Como medida cautelar, desde el Ministerio Público Fiscal se requirió que K. F. M quede detenido por un mes con prisión domiciliaria –por falta de cupo en las unidades de detención de la zona– y que se realicen rondines sorpresivos de la Policía provincial en la vivienda. El argumento fue que existe peligro de entorpecimiento de la pesquisa.

     

     

    El juez de garantías Eduardo Egea avaló la formulación de cargos y fijó el plazo para cerrar la investigación en dos meses. Sobre el pedido de prisión domiciliaria, lo respaldó por 30 días.