Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Estafa con planes sociales: juez rechazó acuerdos de pena

    Estafa con planes sociales: juez rechazó acuerdos de pena

    Estafa con planes sociales: juez rechazó acuerdos de pena

     

    17-02-205

     

    Neuquén– Un juez de garantías rechazó el pedido del fiscal del caso Juan Manuel Narvaez y de la asistente letrada Agustina Jara, para que dos nuevos acuerdos de pena fueran avalados en la investigación por las estafas con planes sociales.

     

    Los acuerdos comprendían a R.A.L, a quien se le iba a imponer una pena de 3 años de prisión en suspenso, 432 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta, por el tener un rol considerado de menor responsabilidad (nivel 4); y a A.A.M.L, con 3 años de prisión en suspenso con 360 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta, por tener también un rol considerado de menor responsabilidad (nivel 5).

     

    El fiscal del caso y la asistente letrada detallaron que el perjuicio ocasionado por R.A.L fue de $12,7 millones; y en el caso de A.A.M. llegó a $4,9 millones.

     

    El juez de garantías Cristian Piana rechazó ambos acuerdos, por considerar que los montos de las penas eran bajos en proporción al delito cometido.

     

    La decisión la dio a conocer hoy, durante una audiencia realizada en la Ciudad Judicial, luego de un cuarto intermedio que dispuso el viernes pasado para evaluarlos.

     

    Al momento de presentar los acuerdos, el fiscal del caso sostuvo que las penas eran proporcionales y que además permitían “optimizar los recursos y centrarnos en los niveles superiores de esta asociación ilícita”. La condena propuesta implicaba que la fiscalía podría “desistir de testigos y enfocarse en los jefes de esta estructura piramidal”.

     

    Condenas

     

    En el caso ya se impusieron penas mediante acuerdo a cinco acusados y acusadas en septiembre del año pasado: éstas comprendieron a Gustavo Roberto Mercado, Carolina Beatriz Hernández, Pamela Alejandra Rivera, Gesel Roxana Tarifeño y Pamela Alejandra Cea, quienes aceptaron haber integrado la asociación ilícita y hacer tareas como extraer dinero de los cajeros automáticos o cobrar cheques, para luego entregar la recaudación a los imputados a los que se les atribuye mayor responsabilidad dentro de la maniobra.

     

    Estos acuerdos de pena fueron por el delito de asociación ilícita en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por uso de tarjeta de crédito sin autorización del titular, 9.303 hechos en concurso real, en calidad de coautores (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal).

     

    Los dos acuerdos rechazados hoy eran por el mismo delito.

     

    De este modo, las dos personas que comprendían los acuerdos deberán ir a juicio junto a los demás imputados e imputadas. Se estima que dicho juicio se realizará en marzo o abril próximo.

     

    La operatoria

     

    De acuerdo con la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal (MPF), un grupo de ex funcionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo integraron una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de débito.

     

    La maniobra se efectuó con distintos niveles de responsabilidad: con el rol de “jefes” están ubicados Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; Néstor Pablo Sanz, exdirector de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; y Marcos Ariel Osuna, exresponsable de Gestión de Programas del mismo organismo. A los jefes iniciales, la fiscalía sumó luego a otros dos funcionarios de alto rango: el exministro de Desarrollo Social Abel Di Luca y el excoordinador de Administración de esa cartera, Tomás Siengentharler.

     

    La investigación se centró en el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2020 y el 31 de julio de 2022, con diversos roles y niveles de responsabilidad, con los jefes en el primer nivel.

     

    En los niveles 2, 3, 4 y 5, se ubicó a colaboradores directos de los jefes, reclutadores de potenciales beneficiarios del plan, cobradores (mediante tarjetas y cheques) y a quienes obtuvieron beneficios.

  • Fijan domiciliaria por lesiones y amenazas en contexto de violencia de género

    Fijan domiciliaria por lesiones y amenazas en contexto de violencia de género

    Fijan domiciliaria por lesiones y amenazas en contexto de violencia de género

     

    17-02-2025

     

    Neuquén– En una audiencia de formulación de cargos realizada el viernes, el asistente letrado Federico Cuneo acusó a un varón por haber lesionado y amenazado a su expareja, y por desobedecer una orden judicial, que le prohibía acercarse o realizar todo tipo de violencia.

     

    Se trata de C.M.P.C, a quien la fiscalía le atribuyó los delitos de lesiones leves, agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género; en concurso ideal con el delito de desobediencia a una orden judicial. Asimismo fue imputado por los delitos de amenazas, en concurso ideal con desobediencia a una orden judicial. Todo en calidad de autor (artículos 89, 80 inciso 1 y 11, en función del artículo 92, 239; 54, 149 bis y 45 del Código Penal).

     

    Durante la audiencia Cuneo afirmó que existen elementos para sostener que el hecho existió y que el imputado es el autor. En ese sentido, planteó que hay un peligro para la integridad de la víctima y de que el acusado entorpezca la investigación.

     

    El representante del Ministerio Público Fiscal indicó que, en noviembre, el juzgado de Familia ordenó la prohibición de ejercer actos de perturbación o violencia, y de acercamiento hacia la víctima. “La pregunta es, está siendo eficaz esa medida, la respuesta es clara. En menos de dos meses tenemos dos hechos de violencia. No podemos pedir la misma medida porque sabemos que no las cumple. Pone en riesgo a la víctima”, afirmó.

     

    En ese contexto fue que requirió que por el plazo de un mes la prisión domiciliaria.

     

    El juez de garantías, Lisandro Borgonobo, dio por formulados los cargos y fijó un plazo de investigación de dos meses. Asimismo hizo lugar a la petición de la fiscalía y dispuso la detención domiciliaria por un mes. “Si usted no cumple las medidas, la fiscalía podrá pedir la prisión preventiva y usted irá preso a una cárcel”, le indicó al acusado.

     

    El magistrado ordenó que la medida sea controlada a partir de rondines aleatorios y sorpresivos.

     

    Los hechos:

     

    De acuerdo a la teoría del caso que investiga el Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 14 de diciembre del año 2024, aproximadamente a la 1:30 de la madrugada. El acusado fue a la casa de su expareja ubicada en la ciudad de Picun Leufu, y le manifestó que quería volver a vivir con ella. Ante la respuesta negativa de la mujer, C.M.P.C la amenazó con prenderla fuego y comenzó a arrojarle piedras.

     

    Además se le formularon cargos por un hecho que cometió el 3 de febrero pasado, al mediodía. El acusado golpeó a su expareja en la boca y en la nariz. La víctima cayó y fue hasta la casa de una vecina, a quien solicitó ayuda.

     

    Cuneo explicó que con el accionar de ambos hechos, el varón desobedeció la orden judicial impartida por la jueza de Familia, que le impuso las medidas cautelares.

  • Va a juicio por dispararle y privar de la libertad a una persona

    Va a juicio por dispararle y privar de la libertad a una persona

    Va a juicio por dispararle y privar de la libertad a una persona

     

    17-02-2025

     

    Neuquén- La fiscal del caso Lucrecia Sola pidió que un varón, imputado por haber irrumpido en la casa de una persona, agredirla a golpes y, bajo amenazas, llevarla a la meseta y abandonarla, sea juzgado por un tribunal de tres jueces.

     

    Ocurrió durante una audiencia de control de acusación realizada hoy, en la que la representante de la fiscalía, junto a la asistente letrada Guadalupe Inaudi, precisó que al otro día del primer incidente, el acusado volvió a la casa de la víctima y le efectuó, sin herirla, al menos cinco disparos con arma de fuego.

     

    El imputado es J.S.I y la teoría del caso de la fiscalía es que 7 de mayo de 2024, alrededor de las 23.45, fue hacia la casa de la víctima, en la zona del barrio Cuenca XV de la ciudad de Neuquén, junto a otras personas que aún no fueron identificadas. Patearon la puerta, se metieron en la vivienda y sacaron las armas de fuego. En esas circunstancias, el acusado le recriminó a la víctima el robo de un auto que previamente le había vendido. Después obligó al joven a subir a una camioneta: lo sentaron en el asiento trasero, en el medio, con una persona a cada costado. Le apuntaron con las armas, lo golpearon y lo obligaron a mirar hacia abajo. En la zona de la Autovía Norte, a unos 4 kilómetros de su casa, lo hicieron bajar, lo amenazaron con dispararle si el auto no aparecía y se fueron.

     

    Al día siguiente, el imputado  fue hacia la casa de la víctima, otra vez junto a otras personas que aún no están identificadas, y la atacaron a golpes. El joven logró escapar, corrió para resguardarse, pero mientras lo hacía le dispararon al menos en cinco ocasiones, sin que ningún proyectil lo impactara.

     

    A partir del control de acusación, J.S.I será juzgado por los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas, en carácter de coautor; en concurso real con abuso de arma en carácter de coautor (artículos 142 inciso 1, 104, 45 y 55 del Código Penal).

     

    Tras escuchar a las partes –la defensa realizó distintos planteos que no tuvieron éxito- el juez de garantías Juan Manuel Kees tuvo por controlada la acusación y ordenó la intervención de un tribunal de tres jueces para el juicio.

  • Va a juicio por dispararle y privar de la libertad a una persona

    Va a juicio por dispararle y privar de la libertad a una persona

    Va a juicio por dispararle y privar de la libertad a una persona

     

    17-02-2025

     

    Neuquén- La fiscal del caso Lucrecia Sola pidió que un varón, imputado por haber irrumpido en la casa de una persona, agredirla a golpes y, bajo amenazas, llevarla a la meseta y abandonarla, sea juzgado por un tribunal de tres jueces.

     

    Ocurrió durante una audiencia de control de acusación realizada hoy, en la que la representante de la fiscalía, junto a la asistente letrada Guadalupe Inaudi, precisó que al otro día del primer incidente, el acusado volvió a la casa de la víctima y le efectuó, sin herirla, al menos cinco disparos con arma de fuego.

     

    El imputado es J.S.I y la teoría del caso de la fiscalía es que 7 de mayo de 2024, alrededor de las 23.45, fue hacia la casa de la víctima, en la zona del barrio Cuenca XV de la ciudad de Neuquén, junto a otras personas que aún no fueron identificadas. Patearon la puerta, se metieron en la vivienda y sacaron las armas de fuego. En esas circunstancias, el acusado le recriminó a la víctima el robo de un auto que previamente le había vendido. Después obligó al joven a subir a una camioneta: lo sentaron en el asiento trasero, en el medio, con una persona a cada costado. Le apuntaron con las armas, lo golpearon y lo obligaron a mirar hacia abajo. En la zona de la Autovía Norte, a unos 4 kilómetros de su casa, lo hicieron bajar, lo amenazaron con dispararle si el auto no aparecía y se fueron.

     

    Al día siguiente, el imputado  fue hacia la casa de la víctima, otra vez junto a otras personas que aún no están identificadas, y la atacaron a golpes. El joven logró escapar, corrió para resguardarse, pero mientras lo hacía le dispararon al menos en cinco ocasiones, sin que ningún proyectil lo impactara.

     

    A partir del control de acusación, J.S.I será juzgado por los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas, en carácter de coautor; en concurso real con abuso de arma en carácter de coautor (artículos 142 inciso 1, 104, 45 y 55 del Código Penal).

     

    Tras escuchar a las partes –la defensa realizó distintos planteos que no tuvieron éxito- el juez de garantías Juan Manuel Kees tuvo por controlada la acusación y ordenó la intervención de un tribunal de tres jueces para el juicio.

  • Le formulan cargos por lesionar a un joven con un arma de fuego

    Le formulan cargos por lesionar a un joven con un arma de fuego

    Le formulan cargos por lesionar a un joven con un arma de fuego

     

    14-02-2025

     

    Neuquén – La asistente letrada Carolina Gutiérrez formuló cargos a un varón, F.E.S, por lesionar gravemente a un adolescente, tras dispararle con un arma de fuego en un barrio del a ciudad de Neuquén.

     

    La acusación fue realizada hoy en la Ciudad Judicial y la representante de la fiscalía pidió se el imputado permanezca detenido en prisión domiciliaria con consigna policial y prohibición de contacto con las víctimas por 7 días. Argumentó que existe riesgo de fuga por no sometimiento al proceso y peligro de entorpecimiento de la investigación, además de que es necesario proteger a testigos.

     

    De acuerdo a la investigación preliminar del MPF y la Policía, el 10 de febrero entre las 3:00 y las 3:30 un adolescente de 16 años, junto a tres amigos, estaba en la vereda de su casa ubicada en un barrio de la capital provincial. F.E.S pasó por la calle manejando un automóvil en el que también iban otras personas no identificadas aún. En esas circunstancias estacionó cerca y descendió del vehículo. Los jóvenes que estaban en la vereda salieron corriendo e intentaron refugiarse en la casa de la uno de ellos. El imputado trabó la puerta de entrada con su pierna y efectúo al menos un disparo con un arma de fuego y se dio a la fuga. El proyectil le impactó en la pierna izquierda al adolescente de 16 años que resultó gravemente lesionado por lo que fue atendido por el SIEN y luego trasladado al hospital Castro Rendón.

     

    La asistente letrada le atribuyó a F.E.S el delito lesiones graves, agravadas por el uso de arma de fuego, en carácter de autor (artículos 90, 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    El juez de garantías Raúl Aufranc, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la formulación de cargos y fijó las medidas requeridas por 7 días. Finalmente el magistrado estableció el plazo para concluir la investigación preliminar en cuatro meses.

  •    Planes sociales: MPF presentó acuerdos para imponer dos nuevas condenas

      Planes sociales: MPF presentó acuerdos para imponer dos nuevas condenas

    Planes sociales: MPF presentó acuerdos para imponer dos nuevas condenas

     

    14-02-205

     

    Neuquén – El fiscal del caso Juan Manuel Narvaez y la asistente letrada Agustina Jara, presentaron hoy acuerdos de pena para imponer dos nuevas condenas en la investigación por las estafas con planes sociales.

     

    Los acuerdos comprenden a R.A.L: 3 años de prisión en suspenso, 432 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta, por tener un rol considerado de menor responsabilidad (nivel 4); y A.A.M.L, 3 años de prisión en suspenso con 360 horas de trabajo comunitario y reglas de conducta, por tener un rol considerado de menor responsabilidad (nivel 5).

     

    Ambos como integrantes de una asociación ilícita conformada por exfuncionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo, y que se dedicaban a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales.

     

    El fiscal del caso y la asistente letrada detallaron que el perjuicio ocasionado por R.A.L fue de $12,7 millones; y en el caso de A.A.M.L por $4,9 millones.

     

    Narvaez sostuvo que la pena es justa y proporcional con el principio de culpabilidad. Agregó que este acuerdo permitirá a la fiscalía “optimizar los recursos y centrarnos en los niveles superiores de esta asociación ilícita”. La condena en este caso “implicaría para la fiscalía poder desistir de testigos y enfocarse en los jefes de esta estructura piramidal”, explicó el fiscal.

     

    Ambas penas, en caso de ser avaladas por el juez de garantías que dirigió la audiencia, se sumarán a las que ya se impusieron a cinco acusados y acusadas en septiembre del año pasado y que fueron similares: éstas comprendieron a Gustavo Roberto Mercado, Carolina Beatriz Hernández, Pamela Alejandra Rivera, Gesel Roxana Tarifeño y Pamela Alejandra Cea, quienes aceptaron haber integrado la asociación ilícita y hacer tareas como extraer dinero de los cajeros automáticos o cobrar cheques, para luego entregar la recaudación a los imputados a los que se les atribuye mayor responsabilidad dentro de la maniobra.

     

    Tanto las dos penas presentadas hoy, como las cinco anteriores, son por el delito de asociación ilícita en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por uso de tarjeta de crédito sin autorización del titular, 9.303 hechos en concurso real, en calidad de coautores (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal).

     

    Las demás personas imputadas en el caso, irán a juicio. El próximo martes está previsto que se realice la audiencia de control de la acusación en la Ciudad Judicial, que es el paso previo para la etapa de juicio (se estima que se realizará en marzo o abril próximo).

     

    De acuerdo a la teoría del caso del Ministerio Público Fiscal (MPF), un grupo de ex funcionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo, integraron una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de débito.

     

    La maniobra se efectuó con distintos niveles de responsabilidad, y con el rol de jefes está ubicado Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; Néstor Pablo Sanz, exdirector de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; y Marcos Ariel Osuna, exresponsable de Gestión de Programas del mismo organismo. A los jefes iniciales, la fiscalía sumó luego en el rol de “jefes” de la organización a otros dos funcionarios de alto rango: el exministro de Desarrollo Social Abel Di Luca y el excoordinador de Administración de esa cartera, Tomás Siengentharler.

     

    La investigación se centró en el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2020 y el 31 de julio de 2022, con diversos roles y niveles de responsabilidad, con los jefes en el primer nivel.

     

    En los niveles 2, 3, 4 y 5, se ubicó a colaboradores directos de los jefes, reclutadores de potenciales beneficiarios del plan, cobradores (mediante tarjetas y cheques) y a quienes obtuvieron beneficios.

     

    El juez que dirigió la audiencia, Cristian Piana, resolvió hacer un cuarto intermedio hasta el lunes, para definir la aceptación de los acuerdos presentados por el MPF, y que contaron con el aval de la querella y de las personas imputadas. 

  • Declaran responsable a imputado por tenencia ilegal de arma de fuego

    Declaran responsable a imputado por tenencia ilegal de arma de fuego

    Declaran responsable a imputado por tenencia ilegal de arma de fuego

     

    14-02-2025

     

    Neuquén – Por pedido del fiscal del caso Hernán Scordo, Claudio Javier Sanhueza fue declarado penalmente responsable por tener en su domicilio de la ciudad de San Martín de los Andes y sin autorización legal, un revolver calibre treinta y ocho con cartuchos.

     

    En el alegato de clausura al juicio realizado el martes pasado, Scordo le manifestó al tribunal colegiado que luego de la producción de la prueba en el debate “la fiscalía cumplió con su promesa y probó que Sanhueza tenía armas en su vivienda”.

     

    Los delitos que el representante de la fiscalía le atribuyó al imputado son tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y tenencia ilegítima de arma de fuego de guerra, ambos en carácter de autor (artículos 189 bis inciso segundo párrafos uno y dos, 45 y 55 del Código Penal).

     

    El tribunal colegiado que juzgó el caso, integrado por los jueces Juan Balderrama, Nazareno Eulogio y Federico Sommer, declaró la responsabilidad penal del imputado por la tenencia del revólver y lo absolvió por poseer una escopeta, por el beneficio de la duda.

     

    De esta manera, el delito por el cual Sanhueza fue declarado penalmente responsable es tenencia ilegítima de arma de fuego de guerra, en calidad de autor (artículos 189 bis inciso segundo párrafo dos y 45 del Código Penal).

     

    Con la resolución de los jueces comunicada ayer en la audiencia de lectura de veredicto, la Oficina Judicial deberá fijar en los próximos días la fecha para la realización de la audiencia de determinación de la pena.

     

    El hecho

     

    La teoría del caso que presentó el Ministerio Público Fiscal es que el hecho ocurrió el 23 de marzo de 2024 cerca de las 18:00 en el domicilio del acusado ubicado en un barrio de la ciudad de San Martín de los Andes. En el marco de un allanamiento realizado en el lugar, efectivos policiales secuestraron dos armas que Sanhueza tenía en su poder sin la debida autorización legal: un arma de fuego larga tipo escopeta calibre 20 y un revólver calibre 38 con cartuchería.

     

    En el mismo procedimiento también fueron secuestrados 10 kilos de marihuana, por lo que se dio intervención a la Justicia Federal.

  • Aguada San Roque: Fijan penas de hasta 5 años de prisión efectiva para los condenados

    Aguada San Roque: Fijan penas de hasta 5 años de prisión efectiva para los condenados

    Aguada San Roque: Fijan penas de hasta 5 años de prisión efectiva para los condenados

     

    13-02-2025

     

    Neuquén- Cuatro de los cinco condenados por la explosión que se produjo el 29 de junio de 2021 en la escuela-albergue de Aguada San Roque, en la que murieron la docente Mónica Jara, el gasista matriculado Nicolás Francés y su sobrino Mariano Spinedi, cumplirán penas de prisión efectiva. Así lo resolvió el tribunal, tras los pedidos de pena por parte de la fiscalía y de las querellas, e incluyó inhabilitaciones perpetuas para ejercer cargos públicos y por hasta 10 años para el desempeño profesional

     

    Los condenados son Sergio Percat, ingeniero que se desempeñó como inspector de la obra; Diego Bulgheroni, arquitecto y representante técnico de la empresa Arte Construcciones; Raúl Capdevilla y Carlos Córdoba, maestros mayores de obra y con cargos de jerarquía en el Ejecutivo provincial; y Héctor Villanueva (socio gerente de la empresa Artes Construcciones). Todos fueron declarados responsables por su participación en la obra que se realizó en la escuela que provocó la explosión.

     

    Tras los pedidos de pena de las partes, el tribunal resolvió hoy las penas a imponer:

     

    – Sergio Percat (inspector de la obra) condenado por estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), en concurso real con administración fraudulenta (coautor), en concurso ideal con falsificación ideológica de documento público, fue condenado a 5 años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos e inhabilitación de 10 años como ingeniero.

     

    Diego Bulgheroni (representante técnico de la empresa Arte Construcciones), responsable penal por estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión efectiva e  inhabilitación especial como arquitecto por 9 años.

     

    – Raúl Capdevilla (exdirector provincial de Obras Contratadas) y Carlos Córdoba (exdirector de Obras Contratadas), condenados por Estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), en concurso real con administración fraudulenta (coautor), fueron condenados a 4 años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos e inhabilitación especial para ejercer como maestros mayores de obra por 8 años.

     

     

    – Héctor Villanueva (socio gerente de la empresa Artes Construcciones), condenado por estrago culposo agravado por la muerte de tres personas (autor), en concurso real con administración fraudulenta (partícipe necesario), fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional, con el cumplimiento de reglas de conducta por 4 años, más la obligación de realizar trabajos no remunerados en una institución de bien público.

     

    Durante el juicio, la fiscalía estuvo representada por el fiscal jefe Gastón Liotard y por la fiscal del caso Gabriela Macaya.

     

    La lectura del fallo estuvo a cargo del juez de garantías Maximiliano Bagnat, en representación del tribunal que integró junto a sus pares Ignacio Pombo y Lisandro Borgonovo. En la resolución, que fue por unanimidad, los jueces requirieron al Ministerio de Salud que evalúe la situación psicosocial de la población de Aguada San Roque y que, en caso de ser necesario, “se brinde a la asistencia que se requiera”.

     

    El hecho

     

    El 29 de junio de 2021, el gasista matriculado Nicolás Francés junto a su sobrino Mariano Spinedi acudieron a la escuela-albergue 144, del paraje Aguada San Roque, donde realizaban tareas vinculadas con una obra en construcción. Prestaban servicios de manera irregular para la empresa que había ganado la licitación, Arte Construcciones S.R.L. Cerca de las 13.50 se dirigieron junto a la docente Mónica Jara hacia un ambiente destinado al albergue de niñas, donde en forma inmediata a sus ingresos, se produjo una deflagración y posterior incendio. Francés y Spinedi sufrieron quemaduras y fallecieron en forma inmediata; y en el caso de Jara, quien logró salir por una ventana, fue asistida y trasladada hacia la ciudad de Mendoza, donde falleció el 12 de julio de 2021.

  • Microtráfico: fiscales y policías fueron capacitados por especialistas de Rosario

    Microtráfico: fiscales y policías fueron capacitados por especialistas de Rosario

    Microtráfico: fiscales y policías fueron capacitados por especialistas de Rosario

     

    13-02-2025

     

    Neuquén – Integrantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) y de las fuerzas de seguridad de la provincia y del ámbito federal, fueron capacitados por fiscales de Rosario en la investigación de los delitos de microtráfico de drogas.

     

    La actividad se realizó hoy y fue organizada por el MPF y la Policía neuquina. Comprendió a fiscales y efectivos de la fuerza provincial que trabajarán en conjunto en la temática en las diversas ciudades. También participaron integrantes de Gendarmería y de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.

     

    “A partir del 28 de febrero tenemos por delante un desafío que va a ser constante y que se va a renovar todo el tiempo: vamos a empezar a luchar contra las bandas que comercializan drogas en nuestra provincia”, planteó el fiscal general José Gerez. “Vamos a trabajar en conjunto, y sin dudas confiamos en la Policía de Neuquén para afrontar este desafío porque es de las mejores del país”, remarcó.

     

    Durante la apertura de la actividad, Gerez estuvo acompañado por el subjefe de la Policía provincial, Walter Alberto San Martín, y Néstor Castillo, superintendente de Seguridad, entre otras autoridades de la fuerza.

     

    La capacitación fue dictada por Carla Cerleani y Franco Carbone, fiscales de la provincia de Santa Fe que se desempeñan en la ciudad de Rosario en las investigaciones de microtráfico de drogas. Se realizó en el contexto de la implementación de la Ley 3488, que establece que a partir del 28 de febrero próximo, las investigaciones por delitos vinculados al microtráfico pasarán del ámbito de la justicia federal al provincial.

     

    Los temas sobre los cuales se trabajó en la actividad realizada en la Jefatura de la Policía, estuvieron vinculados al trabajo conjunto entre la fiscalía y las fuerzas de seguridad; los tipos de delitos vinculados a la tenencia y comercialización de drogas; los criterios para trabajar los casos que ingresan al MPF; y las técnicas de investigación empleadas, entre otros.

     

    En forma previa, durante la tarde de ayer, ambos fiscales mantuvieron una reunión con fiscales e integrantes del MPF en la Ciudad Judicial. Durante el encuentro, la experiencia de la provincia de Santa Fe en la investigación de los delitos de microtráfico, cuya competencia asumió en diciembre de 2023, fue uno de los ejes debatidos.

     

    A través de la Ley 3488, la provincia de Neuquén materializó el traspaso de las investigaciones por comercialización y distribución de drogas para el consumo al sistema penal provincial, mediante la adhesión a la Ley Nacional 26.052, que propone la desfederalización del delito.

     

    La medida había sido anunciada por el gobernador Rolando Figueroa a principios de julio pasado.

  • Avalan el agravamiento de los cargos por contaminación en el predio de Comarsa

    Avalan el agravamiento de los cargos por contaminación en el predio de Comarsa

    Avalan el agravamiento de los cargos por contaminación en el predio de Comarsa

     

    11-02-2025

     

    Neuquén- El juez de garantías Gustavo Ravizzoli aceptó la reformulación de cargos realizada por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y, de ese modo, avaló el agravamiento de la acusación por contaminación y administración fraudulenta contra dos ejecutivos y un empleado de la empresa Comarsa.

     

    El magistrado también hizo lugar a otros planteos del titular de la fiscalía de Delitos Ambientales para mantener embargos por U$D 7 millones y para extender por seis meses el plazo de investigación.

     

    La resolución se confirmó hoy, 48 horas después de que la fiscalía realizara los planteos durante una audiencia de reformulación de cargos.

     

    Los imputados son J.M.L, presidente desde el 1 de abril de 2014; accionista mayoritario y controlante de Comarsa; H.E.B; director suplente entre abril de 2014 y mayo de 2017, pero que permaneció en posición de decisión hasta enero de 2021 y que tuvo funciones delegadas de administración y control; y F.A.P, quien entre principios de 2013 y septiembre de 2016 fue gerente general y responsable técnico de la firma, tenía la dirección del personal a su cargo y reportaba en forma directa a los otros dos acusados.

     

    Durante la audiencia en la que se reformularon los cargos, Breide Obeid  explicó que el avance de la investigación permitió sumar hechos a la acusación inicial por contaminación peligrosa en perjuicio de la Salud Pública contra los imputados, por el vertido sobre el suelo de residuos petroleros sin tratamiento. El fiscal jefe aclaró que, si bien no se modificaba la figura legal, los cambios en los hechos atribuidos tienen que ver con que se pudo constatar que la empresa avanzó por fuera del predio que tenía habilitado utilizar.

     

    La acusación es por los delitos de contaminación peligrosa para la salud pública (artículos 57 y 55 de la ley 24.051 de residuos peligrosos, con remisión al artículo 200 del Código Penal; y 45 del Código Penal, en calidad de coautores); en concurso real con administración fraudulenta (artículo 173, inciso 7, del Código Penal). La segunda parte de la acusación tiene que ver con haber simulado ganancias para distribuir dividendos y obtener ventajas patrimoniales, y en este caso también hubo cambios: se modificaron los niveles de participación, con J.M.L como autor y los dos imputados restantes como partícipes necesarios.

     

    Todos los planteos realizados por la fiscalía y avalados por el juez tuvieron el acompañamiento de las querellas particulares, en representación de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas y de la Asamblea por los Derechos Humanos de Neuquén.