Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Abusó de una niña y reconoció su responsabilidad: 8 años de prisión

    Abusó de una niña y reconoció su responsabilidad: 8 años de prisión

    Abusó de una niña y reconoció su responsabilidad: 8 años de prisión

     

    28-05-2025

     

    Neuquén – Luego de la acusación impulsada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), un hombre imputado por abusar sexualmente de una niña que era parte de su entorno familiar en la ciudad de Villa La Angostura, fue declarado responsable penal y condenado a la pena de 8 años de prisión.

     

    La resolución fue tomada durante dos  audiencias: ayer, el fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós, presentaron los términos del acuerdo parcial ante un tribunal integrado por dos jueces y una jueza,  mediante el cual C.A.E aceptó su responsabilidad por el delito de  abuso sexual con acceso carnal, cometido contra una menor de 13 años, agravado y en situación de guarda; y hoy por la mañana, en otra audiencia, se determinó el monto de la pena en 8 años de prisión efectiva.

     

    El hecho atribuido al acusado fue que en agosto de 2017 abusó de una niña que era parte de su entorno familiar. Lo hizo en el interior de una casa, en la que circunstancialmente se quedó a dormir, y cuando estuvo a solas con la víctima, a la mañana siguiente.

     

    La defensora de la Niñez y la Adolescencia, adhirió al planteo de los representantes del MPF.

     

    En la audiencia de ayer, el fiscal del caso precisó la prueba que recolectó el Ministerio Público Fiscal (MPF), durante el desarrollo de la investigación, entre la que mencionó el testimonio de familiares de la víctima; el relato de una médica a la que la niña le contó sobre el abuso; y el testimonio que ella brindó en Cámara Gesell; entre otras.

     

    El tribunal que avaló el acuerdo y el monto de la pena, estuvo integrado por los jueces Federico Sommer y Diego Chevarría Ruíz, junto a la jueza Carolina González. Los fundamentos de la condena los darán a conocer en un plazo de cinco días.

  • Imponen 8 años de prisión a condenado por abusar sexualmente de una niña

    Imponen 8 años de prisión a condenado por abusar sexualmente de una niña

    Imponen 8 años de prisión a condenado por abusar sexualmente de una niña

     

    28-05-2025

     

    Neuquén- Un varón de 74 años reconoció que abusó sexualmente de una niña de su entorno cercano y, a partir del pedido del fiscal del caso Manuel Islas, un tribunal lo declaró responsable y le impuso una pena de 8 años de prisión efectiva.

     

    Durante la audiencia y luego de la resolución, el representante de la fiscalía explicó que el condenado,  V.J.G.M, es de nacionalidad chilena y, ante una condena concreta, podría fugarse a ese país. Por ese motivo solicitó que, como medida de coerción, permanezca en prisión domiciliaria en la casa en la que vive actualmente, en una localidad de Río Negro.

     

    La querella institucional en representación de la niña adhirió a los planteos de la fiscalía.

     

    Los hechos por los que se declaró la responsabilidad ocurrieron entre principios de 2022 y mayo de 2023, cuando la niña quedaba al cuidado del condenado y de una mujer en una vivienda de Neuquén. Cuando ésta última no estaba presente, V.J.G.M cometía los abusos que la víctima relató mediante el dispositivo de Cámara Gesell y que ubicó en al menos tres lugares de la casa: en el patio, el living y un dormitorio

     

    El accionar de V.J.G.M fue calificados como abuso sexual gravemente ultrajante (por las circunstancias y la reiteración), doblemente agravado por el vínculo y por la guarda (artículos 45 y 119, párrafos segundo y cuarto, inciso “b”, del Código Penal).

     

    El tribunal, integrado por los jueces Cristian Piana y Raúl Aufranc, además de la jueza Florencia Martini, declaró la responsabilidad del imputado e impuso la condena solicitada. Además, dispuso la medida cautelar que pidieron las partes y ordenó la inscricpión de V.J.G.M en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiPeCoDIS).

     

    La identidad del condenado no se informa para evitar la identificación de la víctima y preservar su intimidad.

  • Formulan cargos a un conductor que dobló sin mirar y embistió a un motociclista

    Formulan cargos a un conductor que dobló sin mirar y embistió a un motociclista

    Formulan cargos a un conductor que dobló sin mirar y embistió a un motociclista

     

    28-05-2025

     

    Neuquén- El fiscal del caso Andrés Azar imputó al conductor de un auto que, al mando un auto con el que se movilizaba en una calle de Plottier, invadió el carril contrario, chocó de frente a un motociclista y le provocó una fractura en la pierna, por la que debió ser operado.

     

    La acusación fiscal se produjo en una audiencia de formulación de cargos realizada hoy, ante el juez de garantías Marco Lupica Cristo. Azar imputó al conductor, F.E.T, por el delito de lesiones culposas graves, a partir de la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, en calidad de autor (artículos 94 bis, primer párrafo, en función del artículo 90 y 45 del Código Penal; artículo 1 de Ley provincial de tránsito 2178).

     

    Los hechos ocurrieron el 20 de abril de 2024, cuando F.E.T manejaba su auto, en dirección Este. De manera intempestiva, realizó un giro para ingresar a un estacionamiento, invadiendo el carril contrario, y sin verificar que la vía estuviera libre. De ese modo, embistió de frente a la moto 125, circulando en el sentido contrario, conducía la víctima. Producto del impacto, el motociclista se fracturó una pierna y su recuperación, según las pericias médicas, demandó más de 60 días.

     

    Para investigar lo ocurrido, el fiscal del caso solicitó dos meses de plazo, y no requirió medidas cautelares, debido a que no consideró que haya riesgos procesales.

     

    La defensa no objetó la imputación y, si bien recordó que de manera previa a la formulación de cargos se intentó sin éxito un proceso de mediación, el acusado insistirá en resolver el caso a partir de una reparación a la víctima.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez tuvo por formulados los cargos y dispuso los dos meses para concretar la investigación.

  • Piden 10 años de prisión para condenado por abuso sexual de una adolescente

    Piden 10 años de prisión para condenado por abuso sexual de una adolescente

    Piden 10 años de prisión para condenado por abuso sexual de una adolescente

     

    27-05-2025

     

    Neuquén- La fiscal del caso Valeria Panozzo pidió que un varón que en abril fue declarado responsable por el abuso sexual de una adolescente de su entorno cercano, sea condenado a 10 años de prisión efectiva.

     

    Tras la investigación fiscal, el 21 de abril pasado, un tribunal declaró responsable a I.F.M por haber abusado sexualmente de una adolescente de su entorno cercano. Los hechos ocurrieron a mediados de 2024, en la casa de un barrio de Neuquén. Allí, I.F.M cometió el abuso durante la noche, cuando la adolescente y otras niñas habían quedado bajo su cuidado. Luego de concretarlo, amenazó a la víctima para que no relatara lo ocurrido.

     

    La declaración de responsabilidad fue por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el vínculo, la guarda y el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una víctima menor de 18 años, en calidad de autor (artículos 119, tercero y cuarto párrafo, incisos “b” y “f”; y 45 del Código). A partir de esa calificación, la fiscal del caso requirió que se imponga una pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, además de las costas del proceso y de que se inscriba al condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual.

     

    Panozzo solicitó al tribunal, integrado por las juezas Carina Álvarez y Natalia Pelosso y por el juez Marco Lupica Cristo, que considere como agravantes: el modo de comisión, ya que el condenado utilizó violencia, fuerza y amenazas; la situación de vulnerabilidad de la víctima y la extensión del daño que le causó.

  • Condenan a imputado por incumplir restricción y por lesionar a una policía

    Condenan a imputado por incumplir restricción y por lesionar a una policía

    Condenan a imputado por incumplir restricción y por lesionar a una policía

     

    21-05-2025

     

    Neuquén- Un varón que incumplió una orden judicial que le impedía acercarse a su expareja, provocó daños en vivienda y terminó lesionando a una policía durante su detención, fue acusado por la asistente letrada Carolina Gutiérrez y condenado a 3 años y 9 meses de prisión efectiva.

     

    Se trata de S.N.D.V, de quien se reserva la identidad en función de proteger la intimidad de la víctima. El condenado aceptó los hechos que se le imputaron y, a partir de la acusación de la unidad fiscal de Delitos Contra las Personas, se acordó la declaración de responsabilidad penal, primero; y luego, la imposición de la pena de 3 años y 9 meses de prisión efectiva.

     

    Todo ocurrió a fines de 2024, cuando S.N.D.V incumplió una prohibición de acercamiento, amenazó a su expareja, forzó la puerta de su vivienda e ingresó sin que nadie lo autorizara. La mujer logró escapar y pidió ayuda a tres policías que se habían presentado en el lugar, pero el agresor también los atacó y golpeó a uno con una sartén de hierro, provocándole lesiones.

     

    Los hechos fueron relatados por la asistente letrada Carolina Gutiérrez durante una audiencia en la que, realizada la semana pasada, originalmente se preveía solicitar el pase del caso a etapa de juicio. Por la fiscalía, en el proceso también intervino la agente Laura Cerovich.

     

    Inicialmente, a S.N.D.V se le atribuyó el delito de privación ilegal de la libertad de su expareja, ya que en la denuncia original, la mujer había asegurado que el imputado la había retenido contra su voluntad. Sin embargo, se retractó respecto de esa acusación y, en función de esa  declaración, el magistrado dictó el sobreseimiento por ese delito.

     

    Acuerdo

     

    Tras la readecuación, S.N.D.V fue acusado por incumplimiento de una orden judicial en concurso ideal con violación de domicilio; ambos en concurso real con resistencia a la autoridad, que a su vez concursa de manera ideal con daño y con lesiones graves, agravadas.

     

    También durante la audiencia que se realizó el viernes, el acusado reconoció esos hechos y aceptó resolver la imputación mediante una condena a partir de un procedimiento abreviado. Las partes acordaron la declaración de responsabilidad y la pena de 3 años y 9 meses de prisión  efectiva y hoy, tras un cuarto intermedio para analizar la propuesta, el juez de garantías Juan Manuel Kees homologó la condena.

  • MPF requirió a la Policía que intime a manifestantes que cortan la Ruta 7

    MPF requirió a la Policía que intime a manifestantes que cortan la Ruta 7

    MPF requirió a la Policía que intime a manifestantes que cortan la Ruta 7

     

    27-05-2025

     

    Neuquén – El Ministerio Público Fiscal (MPF) requirió a la Policía provincial que intime a las personas que realizan el corte de la Ruta Provincial 7.

     

    A través de un oficio remitido por el fiscal jefe Mauricio Zabala a la comisaría Primera ayer por la noche, indicó que «probablemente, en el día de mañana 27 de mayo del 2025, podrían existir manifestaciones que entorpezcan el normal funcionamiento de los transportes y/o el normal desarrollo de las actividades en alguna de las dependencias de los poderes del estado Provincial Neuquino». Ante lo cual requirió que «en virtud de ello es que le solicito que personal a su cargo deberá, de manera preventiva y conforme las facultades que le confiere la Ley 2801, realizar todas las acciones y/o medidas tendientes a efectos de impedir que los manifestantes impidan, estorben o entorpezcan el normal funcionamiento de los transportes tal como lo prevé el artículo 194 del Código Penal, como así evitar que se entorpezca o interrumpa el normal desarrollo de las actividades en alguna dependencia gubernamental».

     

    El fiscal jefe puntualizó que en caso de no poder evitarse la interrupción del tránsito, «se procesada a intimar a las personas que se encuentren impidiendo, estorbando y/o entorpeciendo el normal funcionamiento de los transportes en alguna arteria o el normal funcionamiento de alguna dependencia estatal, a que desalojen de manera voluntaria en el plazo de una hora».

     

    Ante el vencimiento de ese plazo, el fiscal jefe solicitó que «se proceda de acuerdo a las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Policía del Neuquén N° 2.081 y el Código Procesal Penal de Neuquén, a fin de restablecer el normal funcionamiento de los transportes o entidades gubernamentales, tal cual lo prevé el artículo 194 y 241 del Código penal».

     

    También pidió que se «identifique a quienes resulten organizadores, instigadores y participes del delito, debiendo también en este caso intervenir de acuerdo a las facultades conferidas por las leyes precitadas, debiendo realizar todas las diligencias necesarias a fin de constatar el ilícito (actas, video-filmaciones, fotografías, etc.)».

  • Fue condenado por lesionar a su expareja al empujarla por un barranco

    Fue condenado por lesionar a su expareja al empujarla por un barranco

    Fue condenado por lesionar a su expareja al empujarla por un barranco

     

    26-05-2025

     

    Neuquén – Un varón que lesionó a su pareja, en primer lugar simulando un accidente y, luego, al no lograr su cometido, empujándola desde una barda, reconoció el hecho, acordó su responsabilidad y fue condenado.

     

    La acusación estuvo a cargo del fiscal del caso Andrés Azar quien manifestó que la fiscalía presentó el acuerdo debido a que “hubo una solución del conflicto, que fue propiciada por diálogos entre la querella y la defensa”.

     

    En principio J.L.G, iba a ser juzgado por el delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género en grado de tentativa pero, a partir del acercamiento entre las partes, la calificación legal se modificó a lesiones graves agravadas por violencia de género y por el vínculo en carácter de autor (artículos 92 en función del 80 incisos primero y onceavo y 45 del Código Penal).

     

    Azar detalló que el acuerdo, además de la declaración de responsabilidad, prevé la imposición de 3 años de prisión de cumplimiento condicional y una reparación económica a la víctima por parte del condenado.

     

    El hecho que J.L.G reconoció haber cometido sucedió el 2 de septiembre de 2024, entre las 00:00 y la 01:30, en un sector de bardas de Añelo, cuando su expareja iba con él en un automóvil. En un momento del trayecto, el acusado aceleró el vehículo, manifestó que se quedó sin frenos y poco antes de llegar a un barranco se tiró, dejando a la víctima en el interior del auto. Al ver que la mujer también se bajó del vehículo el imputado se acercó, la arrastró y la empujó al barranco. Posteriormente, le arrojó piedras desde arriba y ante ello, la víctima se escondió. El acusado bajó a buscarla y no la encontró. Momentos más tarde, la mujer logró salir y pidió ayuda en una casa ubicada en una zona cercana de la meseta. Finalmente, fue asistida y trasladada al hospital.

     

    Como parte del acuerdo, las partes renunciaron a los plazos de impugnación para que la pena pueda comenzar a ser ejecutada y además, establecieron las pautas de conducta que establece la ley.

     

    El juez de garantías Luis Giorgetti, que estuvo a cargo de la audiencia de hoy, avaló el pedido de las partes y homologó el acuerdo presentado. De esta forma, el magistrado declaró penalmente responsable a J.L.G y le impuso 3 años de prisión condicional y reglas de conducta.

  • Imputado por prender fuego a dos familiares irá a juicio

    Imputado por prender fuego a dos familiares irá a juicio

    Imputado por prender fuego a dos familiares irá a juicio

     

    26-05-2025

     

     

    Neuquén– Por pedido del fiscal del caso Andrés Azar, un varón que a raíz de una disputa por la sucesión de una vivienda, intentó matar a dos familiares prendiéndolas fuego, será juzgado por un tribunal colegiado.

     

     

    Como no logró su objetivo, Azar le imputó a J.G.L el delito de tentativa de homicidio agravado por codicia, en concurso ideal con tentativa de homicidio simple (artículos 45; 42; 55; 79; y 80 inciso 4, del Código Penal). Y tras precisar la figura penal, señaló que buscará una pena mayor de 3 años, pero inferior a 15 años, por lo que el caso se resolverá bajo la dirección de tres jueces. 

     

     

    El hecho fue cometido el 28 de agosto de 2024, entre las 17.20 y 18 aproximadamente, en una vivienda ubicada en un barrio de Neuquén que, separados por una división, compartían dos grupos de personas: en una parte vivía el acusado; y en la otra, su hermana, con su grupo familiar.

     

     

    La teoría del caso de la fiscalía es que en las horas previas al hecho, el imputado provocó y amenazó de muerte a su hermana y al resto de las personas con las que ella convivía, por antiguas disputas que mantenían respecto de la sucesión de la vivienda.

     

     

    La discusión escaló hasta que, en un momento determinado, J.G.L atacó con un sacacorchos a uno de los varones, pareja de su sobrina, y le provocó una lesión en la zona del cuero cabelludo. Luego se dirigió al sector de la casa que él ocupaba y salió cargando un balde con algún tipo de combustible: roció a su hermana y a su sobrina y, de forma inmediata, las prendió fuego, para luego volver a ingresar a su vivienda.

     

     

    Azar sostuvo que ambas víctimas salvaron sus vidas gracias a la rápida intervención de sus cónyuges. Una de ellas, tiempo después del ataque falleció, pero de acuerdo con lo indicado por las pericias, su muerte no tuvo que ver con las quemaduras, sino con una enfermedad previa.

     

     

    El fiscal del caso destacó que el ataque de a J.G.L no fue un hecho aislado y que, en el contexto de la disputa por la sucesión de la vivienda, se produjo una escalada de violencia. 

     

     

    Tras controlar la acusación, el juez a cargo de la audiencia, Lucas Yancarelli, dispuso el fin de la etapa de investigación y dispuso que pase a etapa de juicio, bajo las condiciones indicadas por el fiscal del caso. 

     

  • Rompió una vidriera y se llevó ropa de ski: lo imputaron

    Rompió una vidriera y se llevó ropa de ski: lo imputaron

    Rompió una vidriera y se llevó ropa de ski: lo imputaron

     

    26-05-2025

     

    Neuquén – El fiscal del caso Adrián De Lillo formuló cargos a un joven que rompió la vidriera de un local comercial en la ciudad de Villa La Angostura y se llevó ropa de ski.

     

    La acusación la realizó el viernes pasado, durante una audiencia en la que pidió que mientras se desarrolle la investigación, el acusado tenga la prohibición de ingresar a la galería donde funciona el local comercial, y a un hostel en el que estuvo hospedado.

     

    De acuerdo a la investigación preliminar del Ministerio Público Fiscal (MPF) y la Policía provincial, el hecho fue cometido el 22 de mayo pasado alrededor de las 4 de la madrugada. El acusado, A.H.V, rompió la vidriera de un comercio de venta de ropa en la galería Paseo de Las Fuentes, y se apoderó de alrededor de 30 prendas de vestir, entre camperas, pantalones,  buzos, remeras y guantes, entre otras. Las guardó en bolsas de consorcio y se fue.

     

    A través de cámaras de seguridad, de un comercio de la galería y las que opera la Policía provincial y la municipalidad, se pudo reconstruir el recorrido que realizó el imputado hasta un hostel en el que estaba parando. Allí dejó las bolsas con la ropa al salir por la mañana, se fue hacia Bariloche y al regresar fue detenido por personal policial en la zona de la terminal de ómnibus.

     

    El delito que le atribuyó el fiscal del caso fue robo simple, en carácter de autor.

     

    Como medida cautelar, requirió que mientras se desarrolla la investigación durante un plazo de dos meses, A.H.V no pueda acercarse al comercio donde cometió el robo ni tampoco al hostel en el que estuvo parando.

     

    La jueza de garantías que dirigió la audiencia, Bibiana Ojeda, avaló la formulación de cargos y el pedido de las medidas cautelares que efectuó el representante del MPF.

     

     

    Durante la audiencia, también se adelantó que existe la posibilidad de que el caso se resuelva a través de una salida alternativa al juicio.

     

     

  • Tribunal impuso 3 años de prisión a camionero responsable por la muerte de cuatro personas

    Tribunal impuso 3 años de prisión a camionero responsable por la muerte de cuatro personas

    Tribunal impuso 3 años de prisión a camionero responsable por la muerte de cuatro personas

     

    26-05-2025

     

    Neuquén-  El camionero responsable por causar el choque en el que fallecieron cuatro personas el 1 de junio de 2024, Carlos Peder Da Silva, fue condenado a 3 años de prisión condicional.

     

    Así lo comunicó el tribunal del juicio hoy, que además de la pena, fijó una inhabilitación especial para conducir vehículos durante 10 años, la obligación de fijar residencia en el país (pero no en Villa La Angostura o Bariloche) y realizar un curso de manejo defensivo.

     

    La pena que impuso el tribunal fue en sintonía con lo requerido por la defensa, y se ubicó en el extremo opuesto a las solicitudes del fiscal Adrián de Lillo y el asistente letrado Federico Gayós, quienes pretendían una pena de 5 años de prisión efectiva; y de la querella particular, que pidió el máximo de 6 años de cárcel.

     

    El condenado es un conductor profesional que, acusado por el fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós, el 25 de abril pasado había sido declarado responsable por causar el choque en el que fallecieron Lisandro, Ezequiel, Taiel y Martina Linares.

     

    Durante la segunda etapa del juicio, la semana pasada, De Lillo y Gayós pidieron al tribunal que impusiera 5 años de prisión efectiva y a 10 años de inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo. El querellante, que representa a familiares de las víctimas, solicitó un año más de prisión, el máximo posible por el delito por el que se declaró la responsabilidad.

     

    La defensa, por su parte, pidió una pena de ejecución condicional.

     

    Tras un cuarto intermedio que se extendió durante el fin de semana, el tribunal integrado por la jueza Leticia Lorenzo y por los jueces Maximiliano Bagnat y Eduardo Egea sentenció a Da Silva a la pena de 3 años de prisión condicional, además de la inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo durante el doble de tiempo.

     

    El choque

     

    El hecho ocurrió el 1 de junio de 2024, cerca de las 18, sobre Ruta Nacional 40. Peder Da Silva conducía un camión con semirremolque con sentido hacia la Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche.

     

    El fiscal del caso y el asistente letrado acreditaron que el condenado “creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada”. Así ingreso al carril contrario de la ruta e invadió el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario. Esa maniobra es la que generó el choque frontal entre el camión y la camioneta en la que circulaban las víctimas y provocó su muerte.

     

    El delito por el que se declaró la responsabilidad es homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales (artículos 84 bis segundo párrafo; 45 y 54 del Código Penal; y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo; 48 inciso “j”; y 50 de la Ley de Tránsito 24.449).