Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Intento de instigación al homicidio de una fiscal: la imputada seguirá detenida

    Intento de instigación al homicidio de una fiscal: la imputada seguirá detenida

    Intento de instigación al homicidio de una fiscal: la imputada seguirá detenida

     

    24-06-2025

     

    Neuquén – La detención de la mujer imputada por intentar instigar el homicidio de la fiscal del caso Mayra Febrer en la ciudad de Cutral Co, fue confirmada por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF).

     

    Durante una audiencia realizada ayer al mediodía, el asistente letrado Federico Cuneo planteó que la decisión del juez de garantías Lisandro Borgonovo que anuló la prisión domiciliaria que cumplía y la reemplazó por la prisión preventiva, “fue razonable y ajustada a derecho”.

     

    Sobre este último aspecto, puntualizó que los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación estaban vigentes al momento de imponerle la prisión domiciliaria a la mujer, y que se  sumaron nuevos elementos mientras la cumplía: la denuncia por la instigación a la instigación contra la fiscal, y un audio en el que dijo que “los jueces y fiscales van a arder en el infierno”.  

     

    Con estos elementos, el asistente letrado requirió que se confirme la prisión preventiva impuesta la semana pasada por un plazo de dos meses a S.C, quien fue acusada del delito de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria; y en razón del cargo, en grado de tentativa y en carácter de instigadora.

     

    El tribunal revisor, integrado por la jueza Leticia Lorenzo y los jueces Ignacio Pombo y Eduardo Egea, avaló el requerimiento y resolvió confirmar la medida cautelar por dos meses, mientras avanza la investigación.  

     

    Al momento de la formulación de cargos, la semana pasada, el fiscal jefe Gastón Liotard indicó que, según  la investigación provisoria, la acusada se contactó con terceros y les encargó ejecutar el homicidio de la fiscal.

     

    Esto lo hizo en un contexto donde Febrer, en razón de su cargo y en calidad de fiscal, está investigando e imputó a S.C por un hecho de abuso de armas, y otro como instigadora de un homicidio en Cutral Co.

     

    El fiscal jefe precisó que la acusada «ofreció para facilitar la comisión del hecho una ametralladora; una camioneta Ford Ranger  y una suma de dinero, todos medios para facilitar la consumación del homicidio».

     

  • Desarmaderos en Zapala: compactarán los vehículos decomisados

    Desarmaderos en Zapala: compactarán los vehículos decomisados

    Desarmaderos en Zapala: compactarán los vehículos decomisados

     

    24-06-2025

     

    Neuquén – En una audiencia realizada ayer en la ciudad de Zapala, la fiscal del caso Laura Pizzipaulo solicitó que se les otorgue la suspensión de juicio a prueba a dos varones imputados por desarmar, comercializar y almacenar autopartes usadas sin contar con la debida habilitación legal.

     

    De acuerdo a la acusación de la fiscalía, J.B.R.R, llevaba adelante la actividad en un predio ubicado sobre Ruta Provincial 13, frente al bosque comunal de Zapala, desde enero de 2023 hasta fines de octubre de 2024. Allí, desarmaba vehículos y comercializaba autopartes usadas sin autorización ni inscripción en el registro correspondiente, en clara infracción a la Ley 25.761.

     

    El segundo imputado, L.A.M, habría cometido hechos similares en su domicilio ubicado en la misma ciudad, utilizando la red social Facebook para ofrecer repuestos y partes usadas de automóviles también sin la debida habilitación legal y durante el mismo período.

     

    Ambos tenían partes usadas de automotores que eran almacenadas, comercializadas y desarmadas sin la identificación legal, y que no estaban registradas para su venta ante el registro Nacional del Automotor, cuando fueron allanados los lugares donde las almacenaban.

     

    Luego, en una audiencia de formulación de cargos realizada a mediados de marzo pasado, fueron acusados por violar los artículos 2, 6, 7, 8, 10 y 13 de la Ley 25.761, normativa que regula la actividad de desarmaderos y venta de autopartes en el país.

     

    La jueza de garantías Carolina González, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la suspensión de juicio a prueba requerida por las partes y presentada por la fiscalía para ambos acusados, por un año, con las siguientes condiciones: deberán fijar domicilio y no podrán ausentarse sin previo aviso; no podrán abusar de bebidas alcohólicas ni consumir estupefacientes; presentarse ante el Patronato de Liberados cada cuatro meses; no cometer nuevos delitos.

     

    Como parte del acuerdo fueron decomisados todos los secuestros para evitar la continuación del delito y deberán ser compactados. Luego, ese material será donado a escuelas técnicas para que le den el uso que consideren pertinente.

     

    La suspensión de juicio a prueba es una medida que se aplica en casos en los que los delitos que se imputan, tienen pena en expectativa menor a tres años y cuando los acusados no tienen antecedentes penales.

  • Añelo se suma a la difusión del código QR para denunciar la venta de drogas

    Añelo se suma a la difusión del código QR para denunciar la venta de drogas

    Añelo se suma a la difusión del código QR para denunciar la venta de drogas 

     

    23-06-2025

     

    Neuquén – La municipalidad de Añelo se sumó a las instituciones públicas y empresas que están difundiendo el código QR para denunciar la venta de drogas en las diferentes ciudades de la provincia.

     

    A través de un convenio que firmaron hoy por la mañana en Añelo el fiscal general José Gerez y el intendente Fernando Banderet, se acordó que la municipalidad comenzará en los próximos días una campaña de difusión mediante cartelería, spots de radio y televisión, contenidos para redes sociales y documentación oficial, que contendrán el código QR.

     

    Este código fue diseñado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) y permite que los vecinos y vecinas de cada ciudad puedan acceder a la página del organismo para denunciar la venta de drogas en sus barrios. El aporte de la información es anónimo, seguro y confiable.

     

    “Esto pone de manifiesto el compromiso del intendente y de su equipo de trabajo, junto a los concejales de la ciudad,  para combatir el microtrafico que es un flagelo que lo tienen las comunidades más grandes y las más pequeñas, y en la que los vecinos y vecinas puedan aportar mucho”, afirmó Gerez durante el acto de firma del convenio, del que también participaron concejales de la ciudad y funcionarios y funcionarias del ejecutivo municipal.

     

    “Esta herramienta es anónima, es segura y es confiable y se puede hacer la denuncia desde cualquier dispositivo electrónico, como un teléfono o una tablet”, remarcó el fiscal general.  

     

    “Esta es una de las problemáticas que tiene toda la sociedad y nosotros empezamos a buscar herramientas de trabajo”, señaló el jefe comunal. “Quiero agradecer en nombre de la comunidad de Añelo todo el trabajo que se viene haciendo en ese tema”, remarcó, y adelantó que el municipio impulsará una ordenanza para que el Concejo Deliberante establezca la difusión del código QR “en todos los comercios y vehículos oficiales e instituciones públicas”, según precisó.

     

    Añelo es el cuarto municipio de la provincia que adhiere al plan de difusión del código QR que el fiscal general aprobó mediante la Resolución 14/25: Neuquén, San Martín de los Andes y Cutral Co también lo hicieron; además de la cooperativa CALF.  

  • Imputado por contaminación en una zona de chacras de Centenario deberá remediar el daño

    Imputado por contaminación en una zona de chacras de Centenario deberá remediar el daño

    Imputado por contaminación en una zona de chacras de Centenario deberá remediar el daño

     

    23-06-2025

     

    Neuquén- Un empresario que había sido imputado por la contaminación que generó en el predio de una exjuguera en una zona de chacras de Centenario, deberá remediar el daño que causó.

     

    Tendrá un plazo de 3 años para hacerlo, que fue el que se estableció durante una audiencia realizada hoy, en la que suspendió el proceso a prueba. Deberá contratar a un profesional de ciencias del ambiente debidamente matriculado, quien tendrá a su cargo la planificación de las tareas de remediación. Cuando se completen los trabajos, la secretaría de Ambiente de la Provincia deberá emitir un certificado de cumplimiento.

     

    La asistente letrada de la unidad fiscal de Delitos Ambientales, Julieta González, explicó los hechos y precisó los alcances de la suspensión del proceso a prueba.

     

    Detalló que el 9 de diciembre de 2024, el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid formuló cargos contra F.D.O por haber contaminado el ambiente en forma peligrosa para la salud, por el vertido de agua con aceites e hidrocarburos provenientes del lavado de maquinaria utilizada en la industria petrolera, a un canal de desagüe de riego de Centenario.

     

    Los hechos tuvieron lugar entre enero y agosto de 2024, en Centenario; en dos predios ubicados en la zona rural de la localidad en donde funcionó una juguera y en donde la empresa tenía una planta depuradora. En ese período, F.D.O. operó un lavadero de maquinaria petrolera y generó residuos consistentes en agua con restos de aceite e hidrocarburos, residuos que son considerados peligrosos por la Ley 24.051 y especiales por la Ley Provincial 1.875. En lugar de enviarlos a una planta de tratamiento, como dispone la normativa provincial, el acusado vertió una parte de los residuos en las piletas de la planta depuradora de la exjuguera, que no cuentan con las condiciones de integridad necesarias para contenerlos y evitar la contaminación del suelo. También los volcó, sin tratamiento alguno, a un canal de desagüe del sistema de riego de Centenario.

     

    Oportunamente, el accionar imputado fue encuadrado en el delito de contaminación dolosa del ambiente, en carácter de autor (artículos 55 y 57 de la Ley 24.051; y 45 del Código Penal).

     

    En caso de cumplir con el saneamiento acordado, el imputado evitará ser juzgado por esos delitos y no registrará antecedentes penales.

     

    Además, durante la suspensión de juicio a prueba propuesta por las partes y que finalmente tuvo el aval de la jueza Carina Álvarez, F.D.O realizará una donación a una asociación de bien público, deberá fijar domicilio y será controlado por la dirección de Población Judicializada.

  • Un varón fue acusado por robar en una despensa y a un cliente que entraba

    Un varón fue acusado por robar en una despensa y a un cliente que entraba

    Un varón fue acusado por robar en una despensa y a un cliente que entraba 

     

    23-06-2025

     

    Neuquén – El fiscal del caso Horacio Maitini y la asistente letrada Silvia Garrido formularon cargos a un hombre por robar en una despensa y a un cliente que se cruzó a la salida del comercio, en la ciudad de Centenario.

     

    La imputación la hicieron ayer por la tarde, en una audiencia realizada en la Ciudad Judicial, y como medida cautelar pidieron que el acusado, O.G.M, quede detenido con prisión preventiva.

     

    De acuerdo a la información provisoria recolectada por el Ministerio Público Fiscal (MPF)  y la Policía provincial, el hecho fue cometido el pasado 21 de junio alrededor de las 21.30. El acusado ingresó a una despensa en ubicada en la zona de 25 de mayo y J.B. Alberdi, sacó un arma de fuego y fue hacia el mostrador: “Dame toda la plata o te pongo acá”, le dijo a la empleada del comercio.

     

    La mujer le entregó $70 mil, él le exigió más dinero y la golpeó con el arma en la cabeza. Luego, tomó un teléfono celular y botellas de cerveza de una heladera.

     

    Cuando salía del comercio, el acusado se cruzó con un cliente que quería ingresar: le apuntó con el arma en el estómago y le gatilló sin que saliera algún proyectil. La víctima el entregó la billetera y un teléfono celular, para luego escapar corriendo.

     

    Alrededor de las 3.40 de la madrugada, el acusado fue interceptado por efectivos de la Policía, sobre la base de algunas características físicas y de vestimenta que brindaron las víctimas del robo. En su poder, además, tenía botellas de cerveza.

     

    El delito que el MPF le atribuyó fue  robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada en calidad de autor, dos hechos en concurso real.

     

    Como medida cautelar, el fiscal del caso y la asistente letrada pidieron la imposición de prisión preventiva por 45 días por existir riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

     

    El juez de garantías que dirigió la audiencia, Juan Guaita, avaló la formulación de cargos y estableció el plazo de investigación en 60 días.

     

    Sobre el pedido de prisión preventiva, lo rechazó e impuso como medida cautelar que el imputado realice presentaciones semanales en la sede del MPF, junto con la prohibición de tener contacto por cualquier medio con las víctimas del hecho así como de acercarse a ellas en un radio menor a 500 metros, por un plazo de 45 días.

  • Tenían drogas para vender, un arma de fuego y un auto robado: los acusaron

    Tenían drogas para vender, un arma de fuego y un auto robado: los acusaron

    Tenían drogas para vender, un arma de fuego y un auto robado: los acusaron

     

    20-06-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Silvia Moreira y el asistente letrado Emilio Briguglio, acusaron a un varón, R.S.C, y a una mujer, V.T.L.T.S, por tener en su domicilio drogas para comercializar, un arma de fuego y un vehículo que había sido denunciado como robado semanas antes. Además, al imputado también le atribuyeron otro hecho de tenencia de armas y encubrimiento.

     

    Durante la audiencia, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron que se imponga prisión preventiva por cuatro meses a R.S.C, y prisión domiciliaria a V.T.L.T.S, por el mismo plazo. Como fundamento para las medidas cautelares, los funcionarios de la fiscalía argumentaron que existe riesgo de fuga por no sometimiento al proceso y peligro de entorpecimiento de la investigación.

     

    De acuerdo a la investigación del MPF y la policía neuquina, los hechos se originan a raíz de la realización de dos allanamientos, en el mismo domicilio, ubicado en la ciudad de Plottier:

    – El primero fue el 19 de junio de este año, en el marco de la investigación de una causa por robo de vehículos. Al momento de llevarse a cabo el procedimiento R.S.C y V.T.L.T.S se encontraban en la vivienda. Allí, los efectivos policiales que intervinieron encontraron un vehículo Chevrolet Corsa Classic con la numeración adulterada, denunciado como robado el 31 de mayo de este año, más de 1,4 kilogramos de clorhidrato de cocaína distribuidos en tres envoltorios (uno de 933 g, otro de 494 g y otro de 36 g), 35 gramos de cogollos de cannabis sativa, una sustancia blanca utilizada como material de corte 55g, dos balanzas de precisión —una de ellas en funcionamiento— y dinero en efectivo por $232.000. En el mismo operativo, también fue secuestrada un arma de fuego calibre 9 milímetros, sin numeración visible, junto a un cargador y municiones.

    – El segundo fue el 14 de diciembre de 2023 cuando R.S.C se encontraba en el lugar junto a otra mujer y los efectivos policiales que intervinieron hallaron un revólver calibre .32 y cartuchos de distintos calibres (entre ellos .32, .44, 9 mm, 12/70 y .22). Tras la realización de una pericia, se corroboró que el arma secuestrada era apta para el disparo, y que ninguno de los imputados contaba con habilitación legal como legítimo usuario ante el ANMAC. Además del arma, en el lugar había documentación y partes de vehículos robados.

     

    Los representantes del MPF le atribuyeron a R.S.C y V.T.L.T.S, por el primer hecho, los delitos de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, tenencia de arma de fuego de uso civil condicional y encubrimiento por receptación dolosa de un vehículo automotor con numeración adulterada, todo en calidad de coautores. Además, por el segundo hecho, a R.S.C lo imputaron por tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y encubrimiento en carácter de coautor. La mujer que acompañaba a acusado en el segundo hechos todavía no fue imputada.

     

    El juez de garantías Juan Guaita, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló las formulaciones de cargos de acuerdo a lo requerido por la fiscalía. Además, el magistrado hizo lugar a las medias cautelares solicitadas por Moreira y Briguglio y fijó prisión la preventiva para R.S.C y la domiciliaria para V.T.L.T.S, para ambos por cuatro meses.

     

    Finalmente, Guaita estableció el plazo para concluir la investigación preliminar en cuatro meses.

  • Añelo: imputan a tres personas por vender drogas a 100 metros de una escuela

    Añelo: imputan a tres personas por vender drogas a 100 metros de una escuela

    Añelo: imputan a tres personas por vender drogas a 100 metros de una escuela

     

    19-06-2025

     

    Neuquén- La fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo formularon a tres personas por tener drogas para comercializar en el barrio La Meseta, de Añelo, en dos casas ubicadas entre una escuela primaria y un instituto de oficios.

     

    Se trata de un varón, D.S.O; y dos mujeres, Y.A.I y R.M.S, a quienes se les imputó haber comercializado estupefacientes, pero también el delito previo, como implica la tenencia de esas sustancias prohibidas con fines de venta.

     

    Durante una audiencia realizada hoy, Titanti afirmó que de acuerdo con la investigación desplegada por el área de Antinarcóticos de la Policía Provincial, las imputadas y el imputado desplegadas llevaron a cabo la actividad en dos domicilios lindantes, en dos viviendas lindantes del Barrio “La Meseta”. La fiscal ubicó espacialmente los puntos de venta, y destacó que se encuentran “a 150 metros de la Escuela Primaria N.º 368 y a 100 metros del Instituto de Educación Técnico Profesional de Añelo”.

     

    Según se pudo determinar, “al menos desde el 18 de abril de 2025 y hasta el 18 de junio, cerca de las 17, D.S.O y Y.A.I vendían estupefacientes desde uno de los lotes, domicilio en el que residen; mientras que, en forma paralela y coordinada, al menos desde el 1 de mayo de 2025, R.M.S realizaba la misma actividad ilícita desde la casa lindante, donde también vive”.

     

    La metodología

     

    La fiscal del caso precisó al juez de garantías Juan Guaita que las personas acusadas “atendían a los compradores desde la puerta de ingreso a las viviendas, haciendo allí el intercambio del envoltorio con cocaína por dinero o pago virtual, retirándose, los compradores, tras unos minutos”. Detalló que los pagos se hacían en efectivo o mediante el uso de billeteras virtuales, y en ocasiones, quienes llegaban para comprar drogas eran derivados a la casa contigua.

     

    La venta terminó el 18 de junio pasado, con una serie de allanamientos en los que se individualizaron los domicilios y, además de detener a las personas acusadas, se secuestraron drogas (12 gramos de cocaína y 14 de marihuana), postnet, teléfonos, cámaras de vigilancia, balanzas de precisión, teléfonos y dinero. La acusación fiscal se basó principalmente en los movimientos de dinero y la comprobación de la actividad de venta, a partir de la investigación previa.

     

    Ambos representantes de la fiscalía encuadraron los hechos en el delito de comercio de estupefacientes, en carácter de coautores (artículos 5, inciso “c”, de la Ley 23.737; y 45 del Código Penal), agravado por la participación de tres personas.

     

    Medidas cautelares

     

    “Estamos frente a un riesgo de no sometimiento al proceso”, sostuvo Titanti al momento de pedir la aplicación de medidas cautelares. Explicó que si bien en Añelo, al menos, desde 2023, no tienen arraigo laboral ni actividad lícita conocida, aunque sí administran grandes sumas de dinero: según un informe de Arca, D.S.O recibió entre enero y abril de este año, $47 millones a través de billeteras virtuales; mientras que R.M.S, en el mismo período, tuvo transferencias por $9 millones a su favor. Entre 2024 y 2025, el monto respecto del dinero que D.S.O obtuvo a través del celular ascendió a $85 millones.

     

    El pedido para contrarrestar el riesgo de fuga consistió en que las personas imputadas cumplan prisión domiciliaria en otro domicilio, que deberá ser verificado previamente, para evitar que retornen la actividad de venta en los lugares en los que fueron detenidas. Titanti y Miciullo también solicitaron que se les prohíba contactarse entre sí ni con testigos.

     

    El juez de garantías tuvo por formulados los cargos y convalidó la medida cautelar planteada por la fiscalía. Entre los aspectos que consideró, tuvo en cuenta el poderío económico de las personas imputadas, que además del dinero está implícito también en la disponibilidad de 4 vehículos que eran utilizados para proveerse de los estupefacientes desde localidades cercanas, e impuso la prisión domiciliaria en los términos que la solicitó la fiscalía.

  • Acuerdan 9 años y 6 meses de prisión en un caso de abuso sexual

    Acuerdan 9 años y 6 meses de prisión en un caso de abuso sexual

    Acuerdan 9 años y 6 meses de prisión en un caso de abuso sexual

     

    19-05-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Natalia Rivera presentó un acuerdo de partes mediante el cual un varón declarado penalmente responsable por el abuso sexual de una niña en la localidad cercana a Chos Malal, fue condenado a 9 años y 6 meses de prisión efectiva.

     

    Se trata de W.J.M y el delito por el cual fue declarado penalmente responsable, tras la realización de un juicio, es abuso sexual con acceso carnal agravado por ser encargado circunstancial de la guarda -continuado- en carácter de autor (artículos 119 tercer párrafo y 45 del Código Penal).

     

    Entre las circunstancias agravantes que valoró la funcionaria de la fiscalía para arribar a la pena requerida se encuentran: la extensión del daño causado a la víctima; que fueron abusos reiterados con distinta intensidad y distinta duración sobre una misma víctima; la vulnerabilidad de la víctima; la asimetría de edad; entre otros. Mientas que como atenuante sólo se valoró que el imputado no tiene anteceden penales computables.

     

    La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia que intervino como querellante institucional en representación de la víctima, adhirió al requerimiento de Rivera.

     

    Los abogados particulares que defienden a W.J.M, le manifestaron al tribunal que el monto de pena requerido fue acordado por las partes y por este motivo, prestaron conformidad para que se imponga la condena.

     

    El tribunal colegiado integrado por las juezas Leticia Lorenzo y Laura Barbé y el juez Luciano Hermosilla, avaló el acuerdo de condena y fijó la pena que W.J.M deberá cumplir en 9 años y 6 meses de prisión efectiva.

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal en un juicio es que W.J.M abusó sexualmente de la niña, a quien conocía por ser parte del entorno que ella frecuentaba con su familia. Las agresiones sexuales fueron cometidas en reiteradas oportunidades entre septiembre de 2013 y marzo de 2020, en una vivienda de una localidad cercana a Chos Malal.

     

    La identidad de W.J.M se reserva con el objetivo de preservar la intimidad de la víctima.

  • Condenan a un varón por abusar de dos niñas que vivieron temporalmente en su casa

    Condenan a un varón por abusar de dos niñas que vivieron temporalmente en su casa

    Condenan a un varón por abusar de dos niñas que vivieron temporalmente en su casa

     

    19-06-2025

     

    Neuquén- Por unanimidad y a partir de la acusación de la fiscal del caso Valeria Panozzo, un varón fue declarado responsable por haber abusado de dos niñas, durante un período en el que convivieron con él y con otras personas en una casa de Neuquén.

     

    El veredicto se conoció el martes, tras el juicio de responsabilidad en el que la fiscalía, con la adhesión de la Defensoría de Niñez y Adolescencia, que intervino en el caso como querellante institucional en representación de las víctimas, presentó las pruebas y testimonios para respaldar la acusación.

     

    La fiscal del caso distinguió los hechos en dos, de acuerdo a cómo ocurrieron respecto de cada víctima, dos hermanas que vivieron temporalmente junto su madre en la casa del imputado, O.B.M, y de otros familiares.

     

    En relación con una de las niñas, Panozzo le atribuyó al imputado que, en una oportunidad durante el tiempo en que dio alojamiento al grupo familiar, la interceptó cuando en medio la noche se dirigía a la cocina a tomar agua. Sin poder precisar la fecha exacta, pero durante el año 2014, O.B.M abusó de la víctima mientras el resto de las personas de la casa dormían.

     

    Respecto de la otra niña, la fiscal explicó que los hechos se desarrollaron en el mismo contexto, pero a diferencia de su hermana, en más de una oportunidad.  En este caso, O.B.M cometió los abusos entre 2015 y 2017, aprovechando que su pareja y la madre de la niña se encontraban trabajando. De acuerdo con los testimonios y el relato de la niña, reiteró la conducta de manera sistemática.

     

    Tras el desarrollo de las audiencias, el tribunal, integrado por los jueces Cristian Piana y Luis Giorgetti y por la jueza Carina Álvarez, resolvió de manera unánime y declaró la responsabilidad penal de O.B.M por abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años, respecto de la primera niña; en concurso real con abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por la guarda y por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años, respecto de la segunda (artículos 119, párrafos 2,3 y 4, incisos “b” y “f” de este último, 45 y 55 del Código Penal).

     

    La identidad del condenado se reserva para resguardar la intimidad de las víctimas y evitar que puedan ser identificadas.

     

    En una próxima audiencia, las partes discutirán el monto de la pena a imponer. Cuando ese paso se cumpla, O.B.M será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiCoPeDIS).

  • Suman dos imputados por una extorsión a obreros de la construcción

    Suman dos imputados por una extorsión a obreros de la construcción

    Suman dos imputados por una extorsión a obreros de la construcción

     

    19-06-2025

     

    Neuquén- En el marco de una causa en la que se investiga una extorsión a un grupo de obreros por parte de integrantes del gremio de la construcción Uocra, el fiscal del caso Juan Narvaez y el asistente letrado Facundo Bernat realizaron dos nuevas imputaciones.

     

    Los acusados son L.A.A y L.A.M, quienes al momento de la formulación de cargos a los primeros tres imputados, no habían sido identificados.

     

    “Se trata de una reformulación de cargos. Recordamos que hubo una conducta desplegada por cinco personas, y que originalmente se detuvo a tres”, precisó Narvaez ante la jueza de garantías Carina Álvarez, y luego recordó que las primeras imputaciones se concretaron el día del hecho. “Se les formularon cargos, pero luego se pudo identificar al resto de las personas, que ahora designaron abogado defensor y están aquí presentes”, explicó el fiscal del caso.

     

    La teoría del caso de la fiscalía es que el 23 de abril, L.A.M –uno de los nuevos acusados- se presentó en una obra de un galpón en el Parque Industrial de Centenario y le manifestó a una de las personas que trabajaba en el lugar que “tendrían que haber arreglado con ellos”. La referencia fue a un primer contacto telefónico que había mantenido uno de los imputados el día lunes 14 de Abril, en el que se presentó como personal de la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y exigió $4.000.000 para dejarlos trabajar.

     

    Ante esa primera exigencia, la víctima respondió que no le iba a pagar y L.A.M se retiró del lugar. Dos horas más tarde regresó junto a L.A -el otro nuevo imputado- a bordo de un automóvil marca Chevrolet corsa de color verde claro; y otras tres personas que llegaron en una camioneta: F.V.J.O, A.J.A y E.F.C.

      

    Los integrantes de la fiscalía precisaron los roles en el abordaje de las víctimas, con F.V.J.O cargo del grupo y con L.A.A rompiendo una cinta de peligro que delimitaba la obra. Este aspecto fue parte de la reformulación de cargos, ya que originalmente se imputó a L.A.M por esa conducta.

     

    Luego, la teoría del caso es la misma que la descripta el 23 de abril: tras la exigencia del dinero, las víctimas llamaron a la policía, que demoró a las tres personas que habían llegado a bordo de la camioneta: F.V.J.O, A.J.A y E.F.C. quienes ese mismo día fueron acusados por el delito de extorsión, en grado de tentativa y en carácter de coautores (artículos 168, 45 y 42 del Código Penal).

     

    En la audiencia de hoy, se extendió la misma imputación a L.A.A y a L.A.M y se solicitó que se impongan las mismas medidas cautelares que cumple el resto: restricción de acercamiento y de contacto respecto de todas las víctimas para, de ese modo, protegerlas y evitar un eventual entorpecimiento de la investigación.

     

     Tras escuchar a las partes, la jueza hizo lugar a la nueva formulación de cargos, aplicó la medida cautelar y extendió por 4 meses el plazo de investigación respecto de los cinco imputados.