Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Gerez disertó sobre narcocriminalidad y “mercados abiertos de drogas”

    Gerez disertó sobre narcocriminalidad y “mercados abiertos de drogas”

    Gerez disertó sobre narcocriminalidad y “mercados abiertos de drogas”

     

    17-06-2025

     

    Neuquén- Junto al académico Ezequiel Malarino, el fiscal general José Gerez disertó ante el curso de ascenso a comisario inspector de la Escuela de Policía de la Provincia, respecto de las pautas de persecución penal del microtráfico de drogas y de los delitos conexos.

     

    Gerez se refirió a la instrucción 26 del MPF que, aprobada el 28 de febrero, es la que marca los criterios que rigen  el trabajo tanto de los y las fiscales como de las distintas áreas de la Policía que intervienen en las investigaciones por narcocriminalidad.

     

    El fiscal general resaltó que, al tomar la competencia provincial, se cuenta  con mayores recursos. “Tenemos fiscalías en toda la provincia: en Neuquén, Rincón de los Sauces, Cutral Co, Zapala, Chos Malal, Junín y San Martín de los Andes o Villa la Angostura. Y ustedes están en todos lados”, describió. Sostuvo que en ese escenario, “estamos en mejores condiciones que cualquier otra fuerza y cualquier otro sistema para investigar el microtráfico” y graficó que “desde que se asumió la competencia, Neuquén capital está en el primer lugar con más denuncias, y la siguen Cutral Co y San Martín de los Andes”. “Ahora podemos investigar los delitos conexos”, explicó.

     

    Malarino, quien es director de la Maestría y Especialización de Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y especialista en narcocriminalidad, se refirió a los criterios que establece la instrucción 26, y precisó, entre otros puntos, que las investigaciones de la fiscalía y de la policía en la provincia apuntan a combatir lo que se conoce como “Mercados Abiertos” de drogas: aquellos en los que no hay un vínculo de confianza entre el comprador y el vendedor, que no se conocen y que son los que generan situaciones de mayor violencia y daño al tejido social. “Está clarísimo que las jurisdicciones locales están en una mejor posición para investigarlos, porque conocen el terreno”, sentenció.

  • Acuerdan pena efectiva por robo y tenencia de drogas y unifican condenas

    Acuerdan pena efectiva por robo y tenencia de drogas y unifican condenas

    Acuerdan pena efectiva por robo y tenencia de drogas y unifican condenas

     

    17-06-2025

     

    Neuquén – En una audiencia realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Eugenia Titanti, y el asistente letrado Bruno Miciullo presentaron un acuerdo mediante el cual Manuel Ignacio Novoa Riquelme fue condenado por un caso de robo y, también, por tenencia de estupefacientes.

     

    Los delitos que los representantes del Ministerio Público Fiscal le atribuyeron al acusado, y que él reconoció haber cometido, son robo simple en carácter de autor y tenencia simple de estupefacientes, en concurso real.

     

    De acuerdo con la investigación realizada por el MPF y la Policía provincial, el 2 de marzo de este año, cerca de las 13:40, Novoa Riquelme forzó la puerta de ingreso de una vivienda en la ciudad de Senillosa, sustrajo un reproductor de DVD, dos pares de lentes y una gorra, y luego escapó.

     

    La víctima alertó a la Policía y, a unos 100 metros de la vivienda, los efectivos lograron demorar al imputado tras una breve persecución. Al momento de la captura, cerca de las 14, y tras la realización de una requisa autorizada por un juez de garantías, se comprobó que tenía en su poder una riñonera con 26 envoltorios de color amarillo que contenían clorhidrato de cocaína, con un peso total de 11 gramos. Además, llevaba $100.500 en efectivo y tres chips de telefonía celular de distintas compañías.

     

    Luego, en el marco de la investigación, personal de Antinarcóticos de la Policía realizó un test que confirmó que la sustancia era clorhidrato de cocaína.

     

    Por estos hechos, la fiscal Titanti manifestó que las partes acordaron una condena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo. A su vez, como Novoa Riquelme tiene antecedentes condenatorios y se encontraba cumpliendo una pena condicional, la fiscal del caso solicitó, como parte del acuerdo, que se revoque esa condena y se unifique en una única pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo.

     

    La defensa del imputado avaló el acuerdo presentado por la fiscalía y manifestó que fue producto de la deliberación de las partes.

     

    El juez de garantías Juan Guaita, que estuvo a cargo de la audiencia de hoy, avaló el acuerdo en todos sus términos. De esta forma, el magistrado declaró penalmente responsable a Novoa Riquelme por los delitos atribuidos, fijó 3 años de prisión efectiva y unificó esa pena con una anterior en 5 años.

     

    El ahora condenado llegó a la audiencia detenido, cumpliendo prisión preventiva dictada por la existencia de riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación, por un plazo de seis meses. Como parte del acuerdo, el imputado continuará cumpliendo la medida, ya que las partes renunciaron a los plazos recursivos y el caso debe ser remitido a ejecución penal.

     

    Novoa Riquelme fue acusado por la fiscal Eugenia Titanti y el asistente letrado de Robos y Hurtos, Luciano Vidal, en una audiencia de formulación de cargos realizada el 3 de marzo. Esa fue la primera audiencia realizada en el marco de la Ley 3488, que entró en vigencia el pasado 28 de febrero y transfirió desde el ámbito federal al provincial la investigación de delitos vinculados al microtráfico de drogas.

  • Fiscal pidió 13 años para un varón que abusó sexualmente de una niña

    Fiscal pidió 13 años para un varón que abusó sexualmente de una niña

    Fiscal pidió 13 años para un varón que abusó sexualmente de una niña

     

    13-06-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso, Manuel Islas solicitó 13 años de prisión efectiva para R.Y.T.R, un varón declarado penalmente responsable por abusar sexualmente de una niña de su entorno cercano, en la localidad de Centenario.

     

    Durante su alegato en el juicio de cesura, Islas sostuvo que para arribar a la pena solicitada valoró como agravantes: la pluralidad de agravantes comprendidos en la calificación legal; la reiteración de los hechos en el tiempo; la relación asimétrica de poder; la condición de vulnerabilidad de la víctima; entre otros. En relación a los atenuantes, solo tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales computables.

     

    El defensor de los Derechos de Niñez y Adolescencia, que interviene como querellante en representación de la víctima, adhirió al requerimiento de pena de la fiscalía, mientras que la abogada defensora pidió el mínimo legal de 8 años de prisión.

     

    El tribunal colegiado encargado de fijar la pena, integrado por la jueza Estefanía Saulí y los jueces Raúl Aufranc y Luis Giorgetti, pasó a deliberar y dará a conocer el veredicto dentro de las próximas 48 horas. Los magistrados son los mismos que, por unanimidad, declararon la responsabilidad penal de acuerdo con la acusación de la fiscalía.

     

    Los delitos por los cuales la fiscalía acusó a R.Y.T.R, y por los cuales pidió la condena el fiscal del caso, son abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, ambos en concurso real y agravados por el vínculo, la guarda y la convivencia preexistente, todo en carácter de autor (artículos 119, segundo, tercero párrafo y cuarto párrafo, incisos “b” y “f”; 55 y 45 del Código Penal).

     

    Una vez fijada la pena, la condena deberá ser registrada en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS), según lo establece la normativa vigente.

     

    El caso

     

    Los hechos que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el juicio fueron que el acusado cometió los abusos entre 2021 y 2022, cuando la víctima tenía entre 11 y 13 años de edad, en un domicilio familiar y en un comercio, ambos en la localidad de Centenario.

     

    El primer hecho sucedió en la casa, un día domingo, en un sector del patio. El segundo, en fecha indeterminada, encontrándose la niña y el imputado en la casa de un familiar, R.Y.T.R le pidió a la víctima que lo acompañara hasta su casa, donde volvió a cometer el abuso.

     

    Luego, los hechos se reiteraron, de manera sistemática, hasta meses previos al develamiento en el año 2022. Para cometer los abusos el imputado aprovechaba cada momento en que quedaba en soledad con la niña.

     

    Las situaciones de abuso recién terminaron cuando la niña pudo develar lo que le ocurría a una docente.

  • Acusan a una mujer por instigar el homicidio de Javier Charpentier

    Acusan a una mujer por instigar el homicidio de Javier Charpentier

    Acusan a una mujer por instigar el homicidio de Javier Charpentier

     

    12-06-2025

     

    Neuquén- Una mujer fue imputada ayer y quedó detenida en prisión domiciliaria, acusada por la fiscalía por haber instigado el homicidio de Javier Charpentier, quien prestaba servicios para la municipalidad de Plaza Huincul como chofer de un camión regador y que fue asesinado el 8 de febrero de 2024.

     

    También se le formularon cargos por instigar un ataque armado dirigido contra un familiar de Charpentier, atribuido materialmente a la pareja de su hermana y a quien aún no se le formularon cargos.

     

    La imputación contra la mujer, S.A.C, estuvo a cargo de la fiscal del caso Mayra Febrer y del fiscal jefe Gastón Liotard, quienes explicaron la participación de la acusada en los dos hechos.

     

    La teoría que presentaron ante la jueza de garantías Laura Barbé es que ella dio la orden para que Matías Emiliano Díaz, con la colaboración necesaria de Alberto Alejandro Pérez, asesinara a Javier Charpentier. Liotard y Febrer encuadraron la acusación en la figura de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de instigadora (artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal), la misma por la que fueron condenados en febrero de este año Diaz, como autor, y Pérez, como partícipe necesario.

     

    El segundo hecho por el que se formularon cargos a S.A.C ocurrió el 4 de junio pasado, cuando la víctima, M.Ch, cerca de las 13:30, caminaba por la calle Lago Traful, metros antes de llegar a la intersección con René Favaloro, en el barrio Altos del Sur de Plaza Huincul. En ese punto fue interceptado por la acusada S.A.C; la pareja de ésta, M.B; y su cuñado, P.M, pareja de su hermana, M.C, quien también integraba el grupo que circulaba a bordo de automóvil color gris.

     

    Febrer sostuvo que “en esas circunstancias, la víctima escuchó y reconoció la voz de S.A.C dar la orden para que alguien más disparara”. De acuerdo con la investigación, la respuesta a esa orden llegó de la mano de P.M, su cuñado, quien efectuó “múltiples disparos, sin lograr herir a la víctima, quien logró refugiarse en una construcción cercana”. Tras el ataque, el grupo huyó del lugar.

     

    Esta imputación fue encuadrada en el delito de abuso de armas, en calidad de instigadora (artículos 45 y 104 del Código Penal).

     

    Ataques armados

     

    Antes de la audiencia de formulación de cargos contra S.A.C se realizó otra audiencia, enmarcada en el mismo conflicto. En este caso, también ante la jueza Laura Barbé, la fiscal del caso Ana Mathieu y la asistente letrada Valeria Ceballos acusaron a un varón, M.B, quien es pareja de S.A.C, por haber participado en el ataque armado del 4 de junio, en el que mujer fue acusada como instigadora, y por haber llevado adelante dos ataques armados más contra otro familiar del chofer de camión asesinado en febrero de 2024.

     

    Mathieu explicó que M.B participó en el ataque armado dirigido a A.Ch, ocurrido el 4 de junio y, luego, Ceballos describió otros dos ataques: el 29 de marzo, a las 15:30, y el 30 de mayo, cerca de las 11.

     

    Acusaciones

     

    Mathieu precisó que M.B se encontraba con pedido de captura desde el 5 de junio, luego de que no fuera hallado en distintos allanamientos que se realizaron en la localidad, y que fue detenido horas antes de la imputación. “Hoy, 12 de junio, se presentó en la fiscalía para ser notificado sobre todas las causas y, a las 9:51, le comuniqué que quedaba detenido, no solo por los ataques armados, sino también por los peligros procesales vigentes y como medida de protección de la víctima y para concretar esta formulación de cargos”, explicó.

     

    La representante del Ministerio Público Fiscal le imputó a M.B que el 29 de marzo, entre las 15 y las 15:30, interceptó a la víctima cuando caminaba por calle Mérida, entre la Avenida Schreiber y la arteria Corrientes. “La camioneta en la que se trasladaban frenó intempestivamente y desde el lado del acompañante, M.B realizó tres disparos, uno de los cuales impactó en la rodilla derecha de A.Ch, quien logró cubrirse detrás de un auto”, relató Mathieu.

     

    La fiscal describió un segundo ataque, con la misma modalidad, es decir, alcanzando a la víctima con un auto o camioneta y atacándola con un arma de fuego, se reiteró 30 de mayo: cerca de las 11, M.B interceptó a A.Ch en la calle y, desde aproximadamente 15 a 20 metros, le disparó en tres oportunidades. Esta vez, ninguno de los proyectiles lo alcanzó.

     

    La calificación provisoria por los dos hechos fue la de abuso de armas, en concurso real y en calidad de autor (artículos 104, segundo párrafo, 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    Prisión

     

    Los representantes de la fiscalía pidieron prisión preventiva para M.B y S.A.C, por considerar que se debe proteger a las víctimas, es necesario garantizar que se mantengan ligados al proceso y también evitar que entorpezcan la investigación.

     

    Respecto del varón, la jueza hizo lugar al planteo y luego de tener por formulados los cargos, ordenó su detención en prisión preventiva por 3 meses. Es que incluso, la fiscal Mathieu informó que, en cumplimiento de una pena de ejecución condicional previa, M.B no podía ingresar a Plaza Huincul ni a Cutral Co, por lo que en los próximos días se deberá realizar una audiencia ante la jueza de ejecución de Neuquén para analizar ese incumplimiento.

     

    Respecto de la mujer, Barbé tomo los argumentos de Liotard y Febrer y consideró que estaban dadas todas las condiciones que se exigen para dictar la medida de coerción más grave, pero que al tener un niño con discapacidad a cargo, como así también otros menores de 18 años, era necesario cautelar los riesgos procesales con una detención domiciliaria.

     

    Previo a la resolución de la jueza, Liotard destacó que la investigación permitió reconocer numerosos riesgos procesales, ya que se pudo determinar que la acusada estaba planificando una fuga, e incluso, amenazó a los integrantes de la fiscalía.

     

    Por esas razones, Barbé dispuso que el domicilio en el que S.A.C cumplirá la medida cautelar por 4 meses sea controlado al menos 10 veces por día por la policía.

  • Provocó un choque en el que murieron dos personas: le formularon cargos

    Provocó un choque en el que murieron dos personas: le formularon cargos

    Provocó un choque en el que murieron dos personas: le formularon cargos

     

    13-06-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la asistente letrada Carolina Gutiérrez, un varón, J.E.F, fue acusado por haber causado la muerte de dos personas al realizar una maniobra imprudente y antirreglamentaria con su auto en la Ruta Provincial N° 7, a la altura del kilómetro 80, en cercanías de Añelo.

     

    El hecho ocurrió el 30 de marzo de este año, cerca de las 6:30 de la mañana. En ese momento, J.E.F conducía un Peugeot 307 en dirección a San Patricio del Chañar, mientras que las víctimas, Miguel Ángel Maritrú y Pablo Andrés Hernández, circulaban en sentido contrario en un Volkswagen Gol, hacia Añelo.

     

    Según la acusación de Gutiérrez, al llegar a la altura del paraje Tratayén, en la curva conocida como “de González”, el imputado realizó una maniobra indebida: cruzó la doble línea amarilla existente sobre la calzada, invadió el carril contrario y provocó un choque frontal con el otro vehículo. Como consecuencia del impacto, ambos ocupantes del Volkswagen Gol fallecieron en el lugar.

     

    La calificación legal que la representante del Ministerio Público Fiscal le atribuyó a J.E.F es homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor agravado por la multiplicidad de víctimas, en carácter de autor (artículos 84 primer y segundo párrafos y 45 del Código Penal).

     

    Los abogados particulares que intervinieron como querellantes en representación de las familias de las dos víctimas, adhirieron a los hechos y la calificación legal detallados por la funcionaria de la fiscalía.

     

    El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el requerimiento de las partes acusadoras y dio por formulados los cargos. Además, el magistrado fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.

  • Tras una mediación, MPF solucionó conflicto por la provisión de agua

    Tras una mediación, MPF solucionó conflicto por la provisión de agua

    Tras una mediación, MPF solucionó conflicto por la provisión de agua

     

    13-06-2025

     

    Neuquén –  A través de un proceso de diálogo que dirigió el Ministerio Público Fiscal (MPF), un conflicto surgido por la provisión de agua en un barrio de la ciudad de Junín de los Andes,  quedó resuelto mediante la firma de un acta-acuerdo entre todas las partes involucradas.

     

    El MPF intervino en el caso luego de una denuncia radicada en julio del año pasado, que trabajó en principio la fiscalía de Delitos Ambientales y Leyes Especiales y que, por las características del hecho, fue derivada hacia la oficina de Mediación y Conciliación Penal del organismo.

     

    Luego de mantener diversas reuniones con los vecinos y vecinas del barrio “Urbanización Cooperativa Refugio del Sol”, representantes de la municipalidad de Junín de los Andes, del Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS) y del órgano de control de la Concesión, el lunes pasado se logró firmar un acta-acuerdo.

     

    Los puntos acordados fueron respecto a los controles sobre la calidad del agua; las obras previstas para el corto y mediano plazo;  y la conformación de espacios de diálogos.

     

    El proceso de diálogo fue dirigido por la subdirectora de Mediación y Conciliación, Cecilia Basterrechea, y las mediadoras de la oficina de San Martín de los Andes, Liliana Gesses y Karina Battola.

  • Disparó, huyó en una moto, chocó y fue detenido con droga: lo imputaron

    Disparó, huyó en una moto, chocó y fue detenido con droga: lo imputaron

    Disparó, huyó en una moto, chocó y fue detenido con droga: lo imputaron

     

    13-06-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Silvia Moreira y del asistente letrado Emilio Briguglio, un varón, F.C.H, fue acusado por disparar contra una mujer y su hijo y lesionarlos, luego huir en una moto robada junto a su pareja y, tras chocar con un auto, obligar a su conductora a trasladarlos bajo amenaza. Finalmente, fue detenido por la policía, que constató que él tenía droga y su pareja, el arma de fuego.

     

    Durante la audiencia, los funcionarios de la fiscalía también solicitaron que F.C.H permanezca detenido en prisión preventiva por cuatro meses, y pidieron el mismo plazo para concluir la investigación. Argumentaron el pedido de la medida cautelar en la existencia de tres riesgos procesales: peligro de entorpecimiento de la investigación; necesidad de proteger a víctimas y testigos; y riesgo de fuga por no sometimiento al proceso.

     

    Según la investigación que llevan adelante el Ministerio Público Fiscal y la Policía de la provincia, la secuencia comenzó cerca de las 5:45, en la intersección de las calles Antártida Argentina y Manuel Rodríguez. En ese lugar, F.C.H pasó en una motocicleta junto a su pareja, A.G.D, y efectuó varios disparos contra una mujer que se encontraba con su hijo y otras personas. Fue a raíz de una discusión previa que habían tenido por la comercialización de estupefacientes. La mujer recibió tres impactos: uno en cada muslo y uno en un tobillo; el joven, uno en un pie.

     

    Tras los disparos, el imputado huyó en la moto junto con su pareja. Al llegar a la intersección de las calles Kilka y Huilen, chocaron contra un Volkswagen Bora conducido por una mujer. Cuando la conductora bajó a asistirlos, F.C.H la amenazó con el arma y la obligó a llevarlos en su vehículo.

     

    Durante el trayecto, el varón siguió amenazando a la conductora, quien finalmente fue interceptada por personal policial en las calles Lagos del Sur y Pérez Novella. Al ver el móvil, la mujer detuvo el auto y pidió ayuda, advirtiendo que el imputado venía amenazándola con un arma de fuego.

     

    Los efectivos de la policía aprehendieron a F.C.H y a su pareja dentro del vehículo y, al momento de descender, al imputado se le cayeron dos cartuchos calibre 38. Luego, tras realizarles requisas personales a ambos, con autorización de una jueza de garantías, los efectivos encontraron que el acusado tenía un envoltorio de nylon en la campera, mientras que su pareja tenía entre sus prendas un revólver.

     

    En el marco de la investigación, el personal del Departamento Antinarcóticos realizó un test y determinó que la sustancia que tenía el imputado en la bolsa de nylon eran 50 gramos de clorhidrato de cocaína. En la misma línea, el Gabinete de Criminalística peritó el arma, un revólver Colt calibre 38, y confirmó que era apta para el disparo.

     

    Además, de acuerdo a los registros, ninguno de los dos involucrados tiene autorización para portar armas. Finalmente, la policía determinó que la motocicleta en la que se movilizaban había sido robada a su dueño el 19 de abril en un barrio neuquino.

     

    La mujer, pareja del imputado, se encuentra internada en el hospital; mientras que a F.C.H. los representantes del MPF le atribuyeron los delitos de abuso de arma, portación de arma de fuego de guerra, amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y encubrimiento por receptación dolosa, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 104, 149 bis, 149 ter, 189 bis, 277, 45 y 55 del Código Penal y artículo 5 inciso “C” y 34 de la Ley 23.737, reformado por el artículo 2 de la Ley 26052).

     

    Al final de la audiencia, el imputado pidió la palabra y manifestó: “Yo me hago cargo de todo lo que dicen acá, pero yo no vendo droga”.

     

    Tras tomar un cuarto intermedio para resolver, la jueza de garantías Natalia Pelosso, que estuvo a cargo de la audiencia, dio por formulados los cargos de acuerdo con los hechos descriptos y la calificación legal detallada por la fiscalía.

     

    En relación con la medida cautelar, la magistrada fijó la prisión preventiva, pero por un plazo menor al requerido: un mes. Finalmente, Pelosso también estableció en un mes el tiempo para que la fiscalía concluya la investigación preliminar.

  • Intentó robar una casa y una oficina: lo condenaron a 5 años y  6 meses de prisión

    Intentó robar una casa y una oficina: lo condenaron a 5 años y 6 meses de prisión

    Intentó robar una casa y una oficina: lo condenaron a 5 años y  6 meses de prisión

     

    13-06-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Rocío Rivero, Diego Leonardo Sosa, quien fue declarado responsable penal por intentar cometer dos robos y concretar otro en la ciudad de Rincón de los Sauces, fue condenado a una pena de prisión efectiva.

     

    Al momento de la determinación de la pena ante el tribunal colegiado que intervino en el juicio, la fiscal requirió una pena de 7 años de prisión efectiva más de la declaración de segunda reincidencia, ya que la persona juzgada tiene antecedentes penales.

     

    La fiscal del caso planteó que durante el juicio, que se desarrolló durante dos jornadas, el Ministerio Público Fiscal (MPF) logró acreditar que Sosa cometió los tres hechos.

     

    El primero fue el 3 de enero de 2022, en la sede de una empresa ubicada en calle Chihuidos. Rompió un cerco perimetral y la reja de una ventana, para ingresar a la oficina, de donde sustrajo un DVR, un equipo de música, una etiquetadora, un monitor de 19 pulgadas y un martillo percutor.

     

    Estos elementos fueron recuperados a metros de la sede de la empresa, cuando la Policía llegó al lugar, en calle Cañadón de los Loros y Minas, y detuvo al imputado.

     

    Este hecho fue calificado como robo simple, en grado de tentativa.

     

    El segundo fue el 21 de febrero de 2022, cuando interceptó a un varón en la esquina de Juan Manuel de Rosas y Río Negro, y lo amenazó con un cuchillo: le dijo que si no le entregaba el teléfono celular lo iba a apuñalar.  

     

    Lo imputaron por el delito de robo agravado por el uso de arma.

     

    El último hecho fue 21 de enero de 2023, en una vivienda en diagonal 20 de Diciembre y San Juan, a la que entró luego de romper una reja. Juntó diversos elementos, como un televisor, dos computadoras, un mouse, un teléfono celular y un reloj de muñeca, con la intención de llevárselos, pero fue detenido por la Policía provincial.

     

    El hecho que fue calificado como robo en grado tentativa.

     

    El tribunal que determinó la pena estuvo integrado por los jueces Juan Pablo Encina y Andrés Repetto, y la jueza Florencia Martini. Resolvió hoy imponerle la pena de 5 años y 6 meses de prisión efectiva, más de la declaración de segunda reincidencia, por los delitos de robo simple en grado de tentativa (dos hechos); y robo con arma, todo en carácter de autor, todo en concurso real.

  • Por pedido del MPF, sobreseen a acusado por grooming y estupro

    Por pedido del MPF, sobreseen a acusado por grooming y estupro

    Por pedido del MPF, sobreseen a acusado por grooming y estupro

     

    13-06-2025

     

     

    Neuquén –  Por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF), un hombre que fue acusado por los delitos de grooming y estupro en perjuicio de una adolescente en la ciudad de Chos Malal, fue sobreseído.

     

     

    La acusación del MPF comprendió a F.C y fue también por los delitos de amenazas coactivas y desobediencia a una orden judicial, en perjuicio de la misma víctima, por los cuales se aplicó una Suspensión de Juicio a Prueba (es una herramienta alternativa al juicio que se emplea en caso con penas inferiores a los tres años de prisión y cuando el acusado no tiene antecedentes penales).

     

     

    El pedido de sobreseimiento de la fiscalía fue avalado por el juez de garantías Eduardo Egea, quien dispuso sobreseer total y definitivamente a F.C, por los delitos de grooming y estupro, cometidos en entre 2021 y hasta abril de 2024 en perjuicio de una adolescente menor de edad, según la acusación inicial del MPF.

     

     

    El argumento del MPF para requerir el sobreseimiento fue que durante la etapa de investigación no se logró obtener dos pruebas consideradas relevantes para impulsar el caso a juicio: un informe de Meta que precise el usuario utilizado, y que la supuesta captación tuviese alguna relación o finalidad abusiva en torno a la adolescente.

     

     

    “Al no contar con esto, la calificación legal de grooming no corresponde”, indicó la fiscal Natalia Rivera.

     

     

    Además, detalló que en lo referido al delito de estupro, la evidencia recolectada con el desarrollo de la investigación, tampoco permite avanzar hacia la etapa de juicio.  

     

     

    De acuerdo a la acusación de septiembre del año pasado que realizó el fiscal del caso Víctor Salgado, en un primer hecho el acusado contactó a la víctima a través de la red social Instagram, cuando tenía 13 años; y luego el segundo hecho se desarrolló en 2024, cuando la adolescente tenía 15 años. 

     

     

    La imputación fue encuadrada como grooming, en concurso ideal con estupro; en concurso real con amenazas coactivas y desobediencia a una orden judicial (artículos 131; 120; y 149 bis, último párrafo,  segundo y tercer apartado, del Código Penal).

     

     

     

    En lo que respecta a los delitos de amenazas coactivas  y desobediencia de una orden judicial, el MPF requirió la ampliación de la Suspensión de Juicio a Prueba (SJP) que ya tenía el acusado: fue otorgada en agosto de 2024 y por un hecho con otra víctima, por los delitos de privación ilegítima de la libertad y amenazas simples agravadas.

     

     

    El juez de garantías amplió el término de la SJP a un año y medio (se tendrán por cumplidos los primeros seis meses), incluyendo los delitos de amenazas coactivas en concurso ideal con desobediencia a una orden judicial y daño, por hechos cometidos el 30 de marzo de 2024 y el 5 de abril de 2024.

     

     

    La SJP prevé como pautas, las siguientes: fijar domicilio, no pudiendo modificarlo sin previo aviso a través de su defensa; continuar con el control del patronato de población judicializada en forma trimestral, no cometer nuevos delitos; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes en la vía pública; prohibición absoluta de contacto con la víctima por cualquier medio; prohibición de ejercer actos de violencia y/o perturbación respecto de la víctima; prohibición de acercamiento a menos de 200 metros del lugar donde se encuentre la víctima; hacer efectiva la entrega de $300.000 a una escuela de Los Miches.

     

     

  • Avanza investigación por asociación ilícita, estafas y usurpaciones

    Avanza investigación por asociación ilícita, estafas y usurpaciones

    Avanza investigación por asociación ilícita, estafas y usurpaciones

     

    12-06-2025

     

    Neuquén – El fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Ramiro Amaya formularon cargos a una de las cinco personas que están bajo investigación por integrar una asociación ilícita destinada a cometer delitos, para quedarse con terrenos ubicados en el paraje El Rincón, en las inmediaciones de Villa La Angostura, y luego comercializarlos.

     

    La investigación, que comenzó a fines de abril del año pasado tras una denuncia en el Ministerio Público Fiscal (MPF), es por un total de 15 hechos en los que en total se cobró dinero en efectivo y se firmaron pagarés por un monto conjunto de 190 mil dólares, aproximadamente. Entre los delitos investigados, figura el de asociación ilícita, extorsión de documento y dinero, estafas reiteradas, usurpaciones reiteradas, falsificación de documentos públicos reiteradas, turbación de la posesión reiterad y hurto.  

     

    La audiencia de formulación de cargos se realizó el pasado 9 de junio y ayer un Tribunal de Impugnación confirmó lo resuelto en dicha audiencia, al rechazar los planteos de uno de los abogados defensores.

     

    De las cinco personas bajo investigación, a la formulación de cargos se presentaron cuatro: una no estuvo por problemas de salud que fueron certificados; dos más no pudieron ser acusadas porque si bien asistieron a la audiencia, el abogado que las defiende faltó sin justificación; y otra que estaba conectada desde provincia de Buenos Aires, se ausentó repentinamente por problemas técnicos mientras se desarrollaba.

     

    En forma previa a esa audiencia de formulación de cargos, y ante diversas suspensiones que se registraron en el desarrollo de la investigación, el MPF había requerido la sanción de otro de los abogados de los investigados y que se declare en rebeldía a algunos de ellos.

     

    La persona que pudo ser imputada el lunes pasado es S.M.M: le atribuyeron los delitos de estafas reiteradas en concurso real, en calidad de partícipe; y ser miembro de una asociación ilícita destinada a cometer delitos. De los 15 hechos bajo investigación, S.M.M fue involucrado en seis.

     

    En términos generales, la teoría del caso del MPF y con distintas participaciones de los sospechosos, es que entre junio de 2023 y agosto de 2024, S.M.M fue parte de una asociación delictiva para obtener de manera ilegítima los derechos sobre distintos terrenos ubicados en el paraje El Rincón, en las inmediaciones del Paso Internacional Samoré. Esto, con el objetivo de subdividirlos,  urbanizarlos y comercializarlos de un modo fraudulento y para beneficio propio.

     

    Para llevar adelante la maniobra, el acusado junto a las demás personas involucradas, simuló ser dueño de terrenos y los promocionó en Facebook, lo que indujo al error a los interesados que habían sido captados.

     

    Según la investigación provisoria del MPF, algunas de las  víctimas cedieron parcelas bajo intimación. Una de ellas, fue una mujer de más de 70 años que se encontraba en estado de vulnerabilidad, y que materializó las cesiones tras ser convocada al estudio de un abogado de Villa La Angostura.

     

    Las parcelas, luego fueron ofrecidas en la red social y las personas interesadas las pagaron con dólares en efectivo.

     

    El juez de garantías Ignacio Pombo, avaló la formulación de cargos respecto a S.M.M. Y por pedido del MPF, declaró el caso complejo, razón por la cual los plazos de investigación serán mayores: en principio, lo fijó en seis meses, y determinó que antes del vencimiento de ese lapso se realice una audiencia de seguimiento de la investigación.

     

    Respecto a las otras personas involucradas, resolvió que la Oficina Judicial fije una audiencia para hacer la formulación  en el corto plazo, que deberá ser de forma presencial.

     

    Como medida de coerción, los representantes del MPF pidieron que se le imponga al acusado S.M.M, la prohibición de tener contacto por cualquier medio con las víctimas, lo cual fue avalado por el magistrado.