Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Por juicio directo, condenan a cuatro acusados por robo en un hotel

    Por juicio directo, condenan a cuatro acusados por robo en un hotel

    Por juicio directo, condenan a cuatro acusados por robo en un hotel

     

    19-06-2025

     

    Neuquén – A instancias de un pedido de juicio directo que realizó la fiscal del caso Inés Gerez, el Ministerio Público Fiscal (MPF) logró la condena de cuatro varones que intentaron robar en un hotel en la ciudad de San Martín de los Andes.

     

    La declaración de responsabilidad fue resuelta ayer, durante una audiencia en San Martín de los Andes, y a menos de dos meses de la formulación de cargos que fue realizada a fines de abril.

     

    Los cuatro acusados, fueron declarados responsables penales por el delito de robo agravado en poblado y en banda, en grado de tentativa. El delito establecido por el tribunal colegiado, tuvo diferencias respecto al requerido por la fiscal del caso, quien planteó que el robo llegó a concretarse y que no fue un intento, como establecieron los dos jueces y la jueza que emitieron la resolución.

       

    La formulación de cargos la realizó la fiscal del caso el pasado 30 de abril a los cuatro varones, junto al asistente letrado Federico Surá, y horas después del hecho.

     

    Planteó que el robo fue cometido ese día, minutos después de la medianoche. Los acusados fueron a la intersección de Pérez y Obeid, de modo acordado y con roles preestablecidos. Allí, en esa esquina, funciona el hotel Hueney Ruca, al que tres de ellos ingresaron (Martín Tissera, Diego Heredia; y José Cofré) mientras Nicolás Pardo Herrera permaneció afuera. Tras forzar las puertas de distintas áreas del hotel, se llevaron tres televisores, una caja fuerte, un posnet, un control remoto y una luz de emergencia. Luego, se encontraron todos en el exterior y escaparon.

     

    Personal policial los atrapó en diferentes puntos de la ciudad, alrededor de la 1 de la madrugada, en la esquina de Pérez y Villegas y en la de Drury y Villegas.

     

    El delito atribuido por la fiscal del caso fue robo agravado por ser en poblado y en banda, en calidad de coautores a para Tissera, Heredia y Cofré) y en calidad de partícipe primario para Nicolás Pardo Herrera (en este último caso el tribunal lo condenó como partícipe secundario).

     

    La celeridad para resolver el caso se debe en gran medida, al mecanismo de juicio directo: al momento de formular cargos, la fiscal del caso pidió que el caso sea juzgado mediante esa herramienta (implica que la investigación cierra el mismo día de la acusación, porque el MPF considera que ya está recolectada toda la prueba para acreditar la imputación, y pide que se habilite la etapa de juicio”.

     

    Luego de la declaración de responsabilidad de los acusados, queda pendiente aún la imposición de la pena que deberá cumplir, lo cual se definirá en una próxima audiencia que deberá fijar la Oficina Judicial.

     

    En septiembre de 2022 el fiscal general José Gerez presentó un proyecto de Ley para reformar el juicio directo. Lo hizo junto al intendente de San Martín de los Andes, Carlos Saloniti.

     

    El objetivo de la propuesta fue poder aplicar los juicios directos en una mayor cantidad de casos, principalmente en los hechos flagrantes y ante los delitos menos graves. Esto porque es una herramienta mediante la cual se aceleran los tiempos para determinar la responsabilidad penal o no de una persona acusada de delitos menores.

     

    El tribunal que emitió la sentencia estuvo integrado por Juan Pablo Balderrama, Ignacio Pombo y Estefanía Sauli.

     

    El juicio se desarrolló en dos jornadas, entre el martes y miércoles último.

     

  • Dañó cajeros a martillazos: deberá hacer tareas comunitarias y pagar 0 mil

    Dañó cajeros a martillazos: deberá hacer tareas comunitarias y pagar $240 mil

    Dañó cajeros a martillazos: deberá hacer tareas comunitarias y pagar $240 mil

     

    19-08-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Paula González presentó un acuerdo mediante el cual un hombre que fue acusado por dañar a martillazos dos cajeros automáticos del Banco Provincia de Neuquén (BPN) en la capital provincial, deberá pagar un monto de dinero en concepto de reparación parcial y hacer tareas comunitarias, entre otras medidas.

     

    La resolución del caso se concretó mediante la aplicación de una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP), que es una salida alternativa al juicio. Se aplica en casos con penas inferiores a tres años de prisión y cuando la persona acusada no tiene antecedentes penales.

     

    Los términos de la SJP prevén los siguientes puntos, según detalló la fiscal de Actuación Genérica en la audiencia realizada ayer en la Ciudad Judicial: el pago de 12 cuotas de $20 mil cada una en concepto de reparación parcial, desde el próximo mes; el cumplimiento de 96 horas de tareas comunitarias en una institución de bien público; hacer un tratamiento médico; presentarse cada cuatro meses en la Dirección de Población Judicializada para verificar el cumplimiento de estas pautas; y fijar un domicilio.

     

    A estas pautas, adhirió el abogado que representó al BPN, y el imputado también manifestó su conformidad.

     

    Los hechos por los cuales fue acusado E.G.G, ocurrieron en el mismo cajero automático del BPN, ubicado en las calles Carmen de Patagones y Cabo de Hornos.  El primero fue el 16 de octubre de 2023, alrededor de 23.50, cuando golpeó con un martillo la pantalla y lo inutilizó; el siguiente el 27 de febrero de 2024, cuando también con un martillo lo daño y lo dejó fuera de uso.

     

    El delito que le imputaron a E.G.G fue daño agravado por haber sido ejecutado sobre un bien de uso público, dos hechos, en concurso real y en calidad de autor.

     

    El juez  de garantías Juan Manuel Kees dirigió la audiencia, y avaló la aplicación de la SJP.

  • Fijan 11 años de prisión a un varón por el abuso sexual de una niña

    Fijan 11 años de prisión a un varón por el abuso sexual de una niña

    Fijan 11 años de prisión a un varón por el abuso sexual de una niña

     

    19-06-2025

     

    Neuquén – Un tribunal colegiado fijó 11 años de prisión para R.D.J.V, un varón declarado penalmente responsable por abusar sexualmente de una niña de su entorno cercano, en dos viviendas de la ciudad de Neuquén. La sentencia fue comunicada mediante notificación electrónica.

     

    Durante el alegato del juicio de cesura realizado el viernes de la semana pasada, la fiscal del caso Valeria Panozzo pidió que la condena sea de 12 años de prisión efectiva. Para solicitar la pena la representante de la fiscalía detalló las circunstancias agravantes del caso: las contenidas en la calificación legal es decir, convivencia y guarda; la modalidad como fueron cometidos los abusos; que hubo reiteración de hechos; la extensión del daño causado a la víctima; entre otros

     

    La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia, Mónica Palomba, que intervino como querellante en representación de la víctima, adhirió en su alegato a la condena requerida por la funcionaria del Ministerio Público Fiscal.

     

    El tribunal colegiado encargado de fijar la pena, integrado por los jueces Lucas Yancarelli, Luciano Hermosilla y Marco Lupica Cristo, dio a conocer la sentencia mediante la cual condenó al imputado a 11 años de prisión efectiva.

     

    Además, como parte de la sentencia, la condena impuesta deberá ser inscripta en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    El caso

     

    Los hechos que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el juicio fueron que R.D.J.V abusó sexualmente de una niña de su entorno cercano en dos viviendas de la ciudad de Neuquén. Las agresiones fueron cometidas entre 2017 y 2022.

     

    Por esas conductas R.D.J.V fue declarado penalmente responsable tras el debate, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el ser encargado de la guarda y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con un menor de 18 años, en carácter de autor (artículos 119 tercer párrafo en función del cuarto párrafo, incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

  • MPF investiga el intento de instigación al homicidio de una fiscal

    MPF investiga el intento de instigación al homicidio de una fiscal

    MPF investiga el intento de instigación al homicidio de una fiscal

     

    18-06-2025

     

    Neuquén – El Ministerio Público Fiscal (MPF) inició una investigación por el intento de instigación del homicidio de la fiscal del caso Mayra Febrer, integrante del organismo en la ciudad de Cutral Co.

     

    La apertura de la investigación fue informada hoy por el fiscal general José Gerez junto al fiscal jefe Gastón Liotard, durante una conferencia de prensa en la ciudad de Cutral Co, en la que manifestaron el respaldo institucional a la fiscal. Y, por la tarde, fue formalizada mediante en una audiencia de formulación de cargos.

     

    “Vengo como titular del Ministerio Público Fiscal, representando a todos los fiscales y las fiscales, a apoyar, brindar mi solidaridad y el respaldo institucional a la fiscal Mayra Febrer, que es quien resultó víctima de este hecho grave», planteó Gerez. «Ningún delincuente va a venir a amedrentarnos por hacer nuestro trabajo», remarcó, y precisó que se tomaron medidas de seguridad respecto de la funcionaria del MPF.

     

    Pasado el mediodía, el fiscal jefe formuló cargos a la mujer, S.C, por el delito de homicidio doblemente calificado por promesa remuneratoria; y en razón del cargo, en grado de tentativa y en carácter de instigadora.

     

    Además pidió que se anule la prisión domiciliaria que está cumpliendo la acusada, en el contexto de otra investigación, y que se le imponga prisión preventiva por un plazo de cuatro meses.

     

    De acuerdo a la investigación provisoria, ayer la acusada se contactó con terceros y les encargó ejecutar el homicidio de la fiscal. El fiscal jefe planteó que Febrer, en razón de su cargo y en calidad de fiscal, está investigando e imputó a S.C el contexto de un hecho de abuso de armas, y de otro como instigadora de un homicidio en Cutral Co.

     

    En la audiencia el representante del MPF indicó que la acusada «ofreció para facilitar la comisión del hecho una ametralladora; una camioneta Ford Ranger  y una suma de dinero, todos medios para facilitar la consumación del homicidio».

     

    Como medida cautelar, Liotard requirió que S.C quede detenida con prisión preventiva por existir riesgo de que entorpezca la investigación y de fuga.

     

    Esta medida ya había sido requerida por el MPF en la audiencia del pasado 12 de junio, pero la jueza de garantías que intervino en esa ocasión, Laura Barbé, resolvió otorgar la prisión domiciliaria.

     

    En la audiencia de hoy, intervino el juez de garantías Lisandro Borgonovo, quien avaló la formulación de cargos, así como el pedido de prisión preventiva por un plazo de dos meses, mientras avanza la investigación.

  • Revocan decisión de una jueza y fijan detenciones para imputados por vender droga

    Revocan decisión de una jueza y fijan detenciones para imputados por vender droga

    Revocan decisión de una jueza y fijan detenciones para imputados por vender droga

     

    18-06-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Silvia Moreira, dos varones que son familiares entre sí y que tenían para la venta más de dos kilos de cocaína y un kilo de cannabis sativa, además de plantas y cogollos, quedaron detenidos.

     

    Se trata de dos personas, J.A.M y J.A.M, que fueron acusados en una audiencia de formulación de cargos realizada la semana pasada por los delitos de tenencia de estupefacientes para la comercialización, en calidad de autores.

     

    Durante la mencionada audiencia, la fiscal del caso junto a la asistente letrada Mariana Querejeta, requirieron medidas cautelares para ambos acusados: prisión preventiva para uno de ellos, y prisión domiciliaria para el restante, con el argumento de que existe riesgo de que entorpezcan la investigación y peligro de fuga. Ambos pedidos fueron rechazados por la jueza de garantías Natalia Pelosso.

     

    Hoy ante un tribunal revisor, Moreira manifestó que la resolución de la jueza es arbitraria, atenta contra una investigación que lleva más de dos meses y también, que los fundamentos que tomó para resolver no fueron planteados por las partes.

     

    “Es un caso que además, tiene interés público por las personas involucradas y por la cantidad de dosis secuestradas”, remarcó la fiscal del caso.

     

    De esta manera, Moreira requirió que se revoque la resolución de la jueza de garantías que le otorgó la libertad a los imputados y les impuso la obligación de presentarse día por medio en una comisaría.

     

    Luego de argumentar las razones que motivaron la revisión, la representante del MPF solicitó que se impongan medidas cautelares: prisión preventiva por un plazo de cuatro meses para el dueño de la casa donde se comercializaba la droga; y prisión domiciliaria por el mismo plazo para el dueño de la casa que funcionaba como lugar de acopio.

     

    El tribunal revisor, que estuvo integrado por el juez Juan Kees y las juezas Carolina García y Viviana Ojeda, hizo lugar por mayoría al planteo de la fiscalía. De esta manera, revocó la decisión de la jueza de garantías y fijó las prisiones preventiva y domiciliaria, requeridas por Moreira.

     

    Hechos

     

    En el contexto de una investigación realizada por la fiscalía de Narcocriminalidad y el departamento Antinarcóticos de la Policía provincial, el jueves de la semana pasada fueron allanadas dos viviendas en el barrio Valentina Norte Rural de la capital provincial, donde viven los acusados.

     

    En el domicilio de J.A.M, en distintos ambientes, se encontraron 9,41 gramos de cocaína, 516 gramos de cannabis sativa, tres plantas y dos ramas de cogollos en proceso de secado, además de una balanza, dinero en efectivo y anotaciones referidas a la comercialización.

     

    La fiscal del caso remarcó que J.A.M es quien realizaba la comercialización de la droga.

     

    En tanto en el domicilio del otro acusado, cuyas iniciales también son J.A.M, ocurrió lo siguiente: al comenzar el procedimiento, se advirtió que J.A.M arrojó una caja hacia el patio de una casa lindante. Con la autorización de la propietaria, se la secuestró y en el interior se halló un paquete de nylon verde, que contenía 1 kilo de cocaína. 

     

    Además, en la vivienda se hallaron envoltorios de nylon con cocaína, recortes de nylon, dos balanzas, cannabis sativa y cogollos, junto con una bolsa de tela que contenía $2,8 millones en efectivo.

     

    Este domicilio, puntualizó la fiscal, funcionaba como lugar de acopio de la droga.

     

    “Ellos tenían una organización: una casa era de comercialización y la otra de acopio”, remarcó la fiscal, y destacó que “se manejaban con dinero en efectivo”.

     

    Además, indicó que la cantidad de dosis halladas en ambas viviendas tienen un valor de aproximadamente $85 millones entre las de cocaína y las de cannabis.

  • CALF también difundirá el código QR para denunciar la venta de drogas

    CALF también difundirá el código QR para denunciar la venta de drogas

    CALF también difundirá el código QR para denunciar la venta de drogas

     

    18-06-2025

     

    Neuquén – La cooperativa eléctrica CALF comenzará a difundir en las facturas el Código QR diseñado por el Ministerio Público Fiscal (MPF) para que los vecinos y vecinas denuncien de forma anónima y segura la venta de drogas.

     

    A través de un convenio que firmaron hoy el fiscal general José Gerez y el presidente de CALF Marcelo Severini, se acordó la incorporación de la cooperativa a las instituciones que en los últimos meses comenzaron a difundir en sus canales de comunicación oficiales el código QR.

     

    “El código QR es una herramienta confiable, anónima y segura, mediante la cual los vecinos y las vecinas pueden aportar datos sobre el tráfico y la comercialización de las drogas en sus barrios”, destacó Gerez durante la firma del convenio en la sede de CALF, hoy por la mañana, junto a autoridades de CALF y la coordinadora de Narcocriminalidad del MPF, Mariana Querejeta.

     

    “Este convenio es muy importante porque va a permitir que 114.000 usuarios del servicio eléctrico tengan en su poder esta herramienta valiosa”, remarcó el fiscal general.

     

    El fiscal general remarcó además que “el convenio es el primero que firmamos con el sector privado y eso es muy bueno y esperemos que sean varias las empresas prestatarias de servicios, sean públicas o privadas, que se sumen”.

     

    En tanto el presidente de la cooperativa, valoró que “la sociedad pueda tener un canal, un vehículo para participar en esta lucha contra el narcotráfico”, y agradeció “al Consejo de Administración que rápidamente aprobó esta propuesta y a los empleados de la cooperativa que se pusieron a trabajar para que en un tiempo muy corto esto se pueda hacer realidad”.

     

    Finalmente Severini remarcó que “también vamos a hacer una campaña de difusión con el código en nuestras redes y en la vía pública, de manera tal de poder acompañar esta iniciativa”.

     

    A través del código QR, quienes quieran denunciar la venta de drogas accederán a la página web del MPF (www.mpfneuquen.gob.ar), y allí podrán aportar la información que será utilizada por la fiscalía de Narcocriminalidad y la Policía para trabajar en las investigaciones conjuntas que llevan adelante por el microtráfico de drogas.

     

    El plan de difusión fue impulsado por el fiscal general José Gerez, mediante la Resolución 14/25, para que los municipios y las empresas públicas y privadas empiecen una campaña mediante cartelería, spots de radio y televisión, contenidos para redes sociales y documentación oficial, con el código QR como contenido principal.

     

    Desde la aprobación del plan de difusión el mes pasado, el fiscal general firmó convenios para implementarlo con los intendentes de San Martín de los Andes, Carlos Saloniti, de Cutral Co, Ramón Rioseco, de Neuquén, Mariano Gaido, y con autoridades provinciales. Y en los próximos días, lo hará con otros jefes comunales.

  • Fijan 10 años y 6 meses de prisión a un varón que abusó de una niña

    Fijan 10 años y 6 meses de prisión a un varón que abusó de una niña

    Fijan 10 años y 6 meses de prisión a un varón que abusó de una niña

     

    18-06-2025

     

    Neuquén – Un tribunal colegiado fijó 10 años y 6 meses a R.Y.T.R, un varón declarado penalmente responsable por abusar sexualmente de una niña de su entorno cercano, en la localidad de Centenario. La sentencia fue comunicada en una audiencia de lectura de veredicto.

     

    Durante el alegato del juicio de cesura realizado el viernes de la semana pasada, el fiscal del caso Manuel Islas había pedido que la condena sea de 13 años de prisión efectiva. En esa audiencia, el representante de la fiscalía detalló las circunstancias agravantes por las cuales pidió la pena: pluralidad de agravantes comprendidos en la calificación legal; reiteración de los hechos en el tiempo; relación asimétrica de poder; condición de vulnerabilidad de la víctima; entre otros.

     

    El defensor de los Derechos de Niñez y Adolescencia, que intervino como querellante en representación de la víctima, en su alegato se pronunció en la misma línea que el Ministerio Público Fiscal.

     

    La jueza Estefanía Saulí y los jueces Raúl Aufranc y Luis Giorgetti, fueron los miembros que integraron el tribunal colegiado que estuvo encargado de fijar la pena.

     

    Los delitos por los cuales R.Y.T.R fue condenado en un juicio son abuso sexual con acceso carnal y abuso sexual gravemente ultrajante, ambos en concurso real y agravados por el vínculo, la guarda y la convivencia preexistente, todo en carácter de autor (artículos 119, segundo, tercero párrafo y cuarto párrafo, incisos “b” y “f”; 55 y 45 del Código Penal).

     

    Además, como parte de la sentencia, la condena impuesta deberá ser inscripta en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

     

    El caso

     

    Los hechos que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el juicio fueron que el acusado cometió los abusos entre 2021 y 2022, cuando la víctima tenía entre 11 y 13 años de edad, en un domicilio familiar y en un comercio, ambos en la localidad de Centenario.

     

    El primer hecho sucedió en la casa, un día domingo, en un sector del patio. El segundo, en fecha indeterminada, encontrándose la niña y el imputado en la casa de un familiar, R.Y.T.R le pidió a la víctima que lo acompañara hasta su casa, donde volvió a cometer el abuso.

     

    Luego, los hechos se reiteraron, de manera sistemática, hasta meses previos al develamiento en el año 2022. Para cometer los abusos el imputado aprovechaba cada momento en que quedaba en soledad con la niña.

     

    Las situaciones de abuso recién terminaron cuando la niña pudo develar lo que le ocurría a una docente.

  • Le formulan cargos por intentar robarle a una repartidora y queda detenido

    Le formulan cargos por intentar robarle a una repartidora y queda detenido

    Le formulan cargos por intentar robarle a una repartidora y queda detenido

     

    17-06-2025

     

    Neuquén – El asistente letrado de fiscalía Luciano Vidal formuló cargos a un varón, P.D.M, por intentar robar pertenencias del interior de una camioneta en pleno centro de la ciudad de Neuquén, y luego, agredir y amenazar a la conductora del vehículo que lo increpó por el hecho.

     

    Según explicó el representante del Ministerio Público Fiscal durante la audiencia realizada el domingo, el hecho ocurrió el pasado 25 de marzo, cerca del mediodía, en la Avenida Argentina al 400.

     

    P.D.M fue observado por transeúntes ocasionales mientras intentaba sustraer una mochila del interior de un furgón Iveco que estaba estacionado. Al advertir lo sucedido, estas personas le avisaron a la propietaria del vehículo, quien lo increpó. Ante ello, el imputado reaccionó de forma violenta, la agredió con golpes de puño y la amenazó con una tijera. Luego, fue aprehendido por efectivos policiales.

     

    La calificación legal que el representante de la fiscalía le atribuyó al imputado es robo con arma en grado de tentativa, en carácter de autor (artículos 166 inciso segundo, 42 y 45 del Código Penal).

     

    Durante la audiencia, Vidal también requirió que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva por dos meses, hizo un detalle de los antecedentes procesales del imputado y argumentó que existe riesgo de fuga por no sometimiento. Finalmente, detalló que tiene antecedentes penales computables por un caso de homicidio y otros por delitos contra la propiedad, por lo que de resultar condenado, deberá  obligatoriamente cumplir una pena efectiva.

     

    La jueza de garantías Natalia Pelosso, que estuvo a cargo de la audiencia, dio por formulados los cargos de acuerdo a lo solicitado por el asistente letrado del MPF. Además, la magistrada fijó la prisión preventiva por 15 días y el mismo plazo para que la fiscalía concluya la investigación preliminar.

  • Sabotaje a líneas del EPEN: fijan condena de 18 meses de prisión condicional

    Sabotaje a líneas del EPEN: fijan condena de 18 meses de prisión condicional

    Sabotaje a líneas del EPEN: fijan condena de 18 meses de prisión condicional

     

    17-06-2025

     

    Neuquén – Durante una audiencia realizada hoy en la ciudad de Chos Malal, Gustavo Parnesari fue condenado a la pena de 18 meses de prisión condicional por haber participado del sabotaje a líneas de alta tensión del Ente Provincial de Energía de Neuquén (EPEN), cometido en la zona norte de la provincia.

     

    El monto de la pena fue presentado por la fiscal del caso Natalia Rivera, quien destacó que el mínimo previsto para el delito era de 3 meses y el máximo de 4 años.  

     

    La fiscal indicó que, luego de la declaración de responsabilidad de Parnesari tras aceptar su participación en los hechos en abril pasado, se logró también acordar el monto de la pena entre el Ministerio Público Fiscal (MPF), la querella que representa al EPEN y la defensa del imputado.

     

    Como atenuantes, la fiscal del caso mencionó que el acusado no tiene antecedentes y que admitió la responsabilidad; y, como agravantes, los medios empleados para ejecutar la acción; la extensión del daño (afectó a una empresa que controla un gasoducto); la pluralidad de intervinientes en los hechos;  la pluralidad de hechos (al menos dos); y la nocturnidad en la que se actuó.

     

    El delito por el cual se impuso la pena fue daño calificado, en concurso ideal con sabotaje de línea eléctrica, dos hechos en concurso real entre sí.

     

    Además, Parnesari deberá cumplir pautas de comportamiento, según quedó establecido en la resolución que tomó la jueza de garantías Bibiana Ojeda.

     

    En el caso hay otras tres personas que también fueron acusadas, y por las que la investigación continuará.

    Los hechos por los cuales el Ministerio Público Fiscal (MPF) inició la investigación, bajo la supervisión del fiscal jefe Fernando Fuentes y con la colaboración del fiscal del caso Víctor Salgado, fueron cometidos el 20 de febrero y el 5 de marzo de este año, en la ciudad de Chos Malal y alrededores.

    Según la acusación, el primero fue entre las 21:30 y las 22:40, sobre la línea 33kv cercana a calle Miguel de Güemes, entre Mitre y Plan Madres Solteras, de Chos Malal. Allí, C.C, L.A.M y Parnesari, “arrojaron una cadena de 13 metros de largo aproximadamente, teniendo en su extremo un alternador”. El accionar conjunto, permitió “lograr no sólo la finalidad de cortar la luz de toda la zona Norte, sino también no resultar heridos en el proceso de arrojar, contener uno de los extremos, vigilar el lugar y movilizarse para huir en distintos sentidos, unos en camioneta y otros caminando”. La consecuencia directa del sabotaje fue la suspensión del suministro eléctrico en El Alamito, Tricao Malal y en todo el departamento Minas.

    “Para estos hechos, los partícipes contaron con la ayuda indispensable y cooperación necesaria de M.N.L, quien les entregó una pinza de corte industrial Parnesari y a C.C, para que con la ayuda de L.A.M, cortaran la cadena que fue utilizada el día del hecho”, explicó la fiscal Rivera en la formulación de cargos.

    El segundo fue cometido momentos previos a las 22:40, sobre una línea de alta tensión de 132kv ubicada camino a Aguada Chacaico, entre los postes 483 y 484.

    Parnesari junto a C.C y L.A.M, “no solo se pusieron de acuerdo sino que se dirigieron hacia ese lugar en distintos vehículos” y “arrojaron una cadena de 13 metros de largo que en un extremo tenía una soga atada” sobre una de las fases de la línea de alta tensión.

    El uso de la soga, explicó Rivera, es lo que les permitió resguardar su integridad física y lograr el objetivo del sabotaje: “El accionar mancomunado de arrojar una pesada cadena a gran altura provocó el apagón total en todo el norte neuquino que llevó 18 horas restablecer con éxito”, describió.

    Los delitos atribuidos a cada uno de los acusados fueron: daño calificado, en concurso ideal con sabotaje de línea eléctrica por el primer hecho (artículos 186, inciso 6; 194 y 54 del Código Penal) en calidad de coautores respecto de Parnesari, C.C y L.A.M; y como partícipe necesario respecto de M.N.L (artículo 45 del Código Penal).

    En relación al segundo, los delitos fueron los de coautores de daño calificado, en concurso ideal con sabotaje de línea eléctrica para Parnesari, C.C y L.A.M; y el delito de autor de encubrimiento para M.N.L (artículos 184, inciso 6; y 194 y 277, inciso 1, apartado “a”).

     

  • Imputados por vender droga quedaron en libertad: MPF pidió revisión de la decisión

    Imputados por vender droga quedaron en libertad: MPF pidió revisión de la decisión

    Imputados por vender droga quedaron en libertad: MPF pidió revisión de la decisión

     

    17-06-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Silvia Moreira formuló cargos a dos varones que son familiares entre sí y que tenían para la venta más de dos kilos de cocaína y un kilo de cannabis sativa, además de plantas y cogollos.

     

    La acusación la realizó el viernes último por la tarde junto a la asistente letrada Mariana Querejeta. Durante la audiencia, las representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) requirieron medidas cautelares para ambos acusados: prisión preventiva para uno de ellos, y prisión domiciliaria para el restante, con el argumento de que existe riesgo de que entorpezcan la investigación y de fuga.

     

    Ambos pedidos fueron rechazados por la jueza de garantías Natalia Pelosso, quien dirigió la audiencia, razón por la cual la fiscal solicitó que un nuevo tribunal revise esa decisión.

     

    En el contexto de una investigación realizada por la fiscalía de Narcocriminalidad y el departamento Antinarcóticos de la Policía provincial, el jueves pasado fueron allanadas dos viviendas en el barrio Valentina Norte Rural de la capital provincial, donde viven los acusados.

     

    En el domicilio de J.A.M, en distintos ambientes, se encontraron 9,41 gramos de cocaína, 516 gramos de cannabis sativa, tres plantas y dos ramas de cogollos en proceso de secado, además de una balanza, dinero en efectivo y anotaciones referidas a la comercialización.

     

    La fiscal del caso remarcó que J.A.M es quien realizaba la comercialización de la droga.

     

    En tanto en el domicilio del otro acusado, cuyas iniciales también son J.A.M, ocurrió lo siguiente: al comenzar el procedimiento, se advirtió que J.A.M arrojó una caja hacia el patio de una casa lindante. Con la autorización de la propietaria, se la secuestró y en el interior se halló un paquete de nylon verde, que contenía 1 kilo de cocaína.  

     

    Además, en la vivienda se hallaron envoltorios de nylon con cocaína, recortes de nylon, dos balanzas, cannabis sativa y cogollos, junto con una bolsa de tela que contenía $2,8 millones en efectivo.

     

    Este domicilio, puntualizó la fiscal, funcionaba como lugar de acopio de la droga.

     

    La representante del MPF imputó a ambos familiares el delito de tenencia de estupefacientes para la comercialización, en calidad de autor.

     

    “Ellos tenían una organización: una casa era de comercialización y la otra de acopio”, remarcó la fiscal, y destacó que “se manejaban con dinero en efectivo”.

     

    Además, indicó que la cantidad de dosis halladas en ambas viviendas tienen un valor de aproximadamente $85 millones entre las de cocaína y las de cannabis.

     

    Como medida cautelar, requirió que el dueño de la casa donde  se hacía la comercialización, permanezca detenido con prisión preventiva por un plazo de cuatro meses. Y para el dueño de la casa que funcionaba como lugar de acopio, requirió que permanezca detenido con prisión domiciliaria, ya que tiene problemas de salud.

     

    Entre los argumentos, planteó que existe riesgo de que no se sometan al proceso judicial y de que entorpezcan la investigación. “Se hizo investigación de dos meses; hay personas que fueron identificadas que son compradores y conocidos de los imputados”, sostuvo la fiscal del caso.

     

    Las medidas cautelares fueron rechazadas por la jueza de garantías Natalia Pelosso, que dispuso la libertad de ambos imputados y la obligación de presentarse día por medio en una comisaría.

     

    “El hecho fue descripto como un comercio cerrado. En parte lo que advierto es que eso limita el marco de afectación, más allá de que sea un delito de peligro abstracto (…) al ser cerrado es un número limitado de personas afectadas en su salud por esta comercialización”, indicó la jueza de garantías.

    Agregó que “esto debe vincularse con el hecho de que en dos meses de investigación se vieron 48 movimientos sospechosos, es decir menos de un movimiento por día”, y que “cuando se habla de entorpecimiento hay contradicción entre comercio cerrado y que no haya un número de individuos identificados”.

    Ante esta resolución, la fiscal planteó la revisión de la decisión con un nuevo tribunal.

     

    Asimismo, la fiscal puntualizó tras la decisión que “usted (la jueza de garantías) manifestó que no estaban individualizados (los eventuales testigos que son consumidores), pero eso significaría exponer a los consumidores en esta audiencia y yo entendí que no correspondía hacerlo, pero no es que no están individualizados”.

     

    Además sostuvo que “si se permite la comunicación (de los acusados con consumidores) sería frustrar desde ya la posibilidad de que podamos, con los recaudos necesarios, tener testimonios de consumidores”.

     

    Ante este planteo, la magistrada también incluyó en la resolución la prohibición de contacto por cualquier medio de ambos acusados con las personas mencionadas como consumidores en el contexto de la investigación.

     

    El plazo de investigación fue fijado en cuatro meses.