Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Piden 20 años de prisión para un varón por incendiar una casa y matar a su hijo

    Piden 20 años de prisión para un varón por incendiar una casa y matar a su hijo

    Piden 20 años de prisión para un varón por incendiar una casa y matar a su hijo

     

    05/08/2025

     

    Neuquén– En una audiencia de cesura realizada hoy, la fiscal del caso Lucrecia Sola solicitó 20 años de prisión para Federico Costich, responsable por el homicidio de su hijo y por haber lesionado a su hija: el 24 de marzo de 2024 agredió a la joven y, dos días después, encerró a su hijo en la casa que habitaban y la prendió fuego.

     

    Durante la audiencia, la fiscal fue acompañada por la asistente letrada Agustina Bouyer. Las dos forman parte de la unidad fiscal de Delitos Contra las Personas y, durante el juicio, dieron cuenta de un contexto de violencia de parte del condenado respecto de su hijo y de su hija.

     

    Costich cometió ambos hechos en marzo de 2024 y había sido declarado responsable en el marco de un acuerdo de responsabilidad penal homologado este año.

     

    El pedido de pena, por otro lado, se realizó hoy, luego de una serie de audiencias ante un tribunal integrado por la jueza Carina Álvarez y los jueces Gustavo Ravizzoli y Andrés Repetto.

     

    La jueza y el juez tendrán que resolver en los próximos días la cantidad de años que impondrán al condenado, en un margen de pena que inicia con un mínimo de 8 años y tiene como tope los 20 años que pidió la fiscalía, con la adhesión plena de la querella en representación de la joven víctima y de la madre de su hermano fallecido.

     

    Los hechos

     

    Durante la audiencia, la fiscal recordó que el primero de los hechos ocurrió el 24 de marzo de 2024 en el domicilio de Costich en Neuquén, cuando agredió físicamente a su hija, en un contexto de violencia de género. En esa oportunidad, le provocó quemaduras en el rostro al rociarla con insecticida y prenderla fuego con un encendedor, luego de haberla golpeado y encerrado en la vivienda.

     

    El segundo hecho se produjo dos días después, el 26 de marzo del mismo año, también en la misma casa. Según la investigación, luego de una discusión con su hijo, Nazareno Jara, y tras consumir estupefacientes y alcohol, Costich inició un incendio intencional mientras Jara dormía en la planta alta. La víctima falleció como consecuencia del fuego.

     

    La fiscalía calificó el accionar del condenado como lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (primer hecho), y estrago doloso seguido de muerte (segundo hecho).

     

    Entre otros agravantes, Sola fundamentó el pedido de pena en la gravedad de los delitos, la reiteración de la violencia, la afectación a víctimas vulnerables y el riesgo generado para terceros con el incendio. “Debe tenerse en cuenta que las víctimas son sus dos únicos hijos, a quienes debía cuidar, pero en su lugar maltrataba, los hacía robar, mentir y les facilitaba drogas”, afirmó.

     

    A su vez, valoró la ausencia de atenuantes significativas y pidió que el tribunal sólo considere a favor del condenado el hecho de haber asumido la responsabilidad por los crímenes. “Debe hacerse cargo y con la pena que corresponde: 20 años de prisión de efectivo cumplimiento”, solicitó.

     

    La querella adhirió al pedido del Ministerio Público Fiscal. La jornada de hoy se completará con el planteo de la defensa, que adelantó que podría solicitar una pena inferior al mínimo. Luego, el tribunal dará su veredicto dentro de las 48 horas de plazo legal.

  • Requieren que se anule la pena impuesta a un camionero que causó 7 muertes

    Requieren que se anule la pena impuesta a un camionero que causó 7 muertes

    Requieren que se anule la pena impuesta a un camionero que causó 7 muertes

     

    06-08-2025

     

    Neuquén – Durante una audiencia realizada ayer ante un Tribunal de Impugnación (T.I), el fiscal del caso Adrián De Lillo adhirió al pedido de los abogados querellantes para que se admita la impugnación en contra de la pena de prisión condicional que se le impuso a un camionero que chocó un minibús y provocó la muerte de siete personas, en las inmediaciones de Villa La Angostura.

     

    La pretensión del Ministerio Público Fiscal (MPF) es que el T. I admita el recurso de los abogados querellantes Lucas Jankovic y Alejandro Valdés, con el objetivo de que los dos jueces y la jueza que lo integran, luego de analizar la pena impuesta al camionero, la anulen y dispongan que se discuta una nueva que para que sea de cumplimiento efectivo, tal como lo requirió el MPF y los querellantes al finalizar el juicio de responsabilidad.

     

    El fiscal del caso remarcó que el MPF tiene vedada la posibilidad de impugnar la sentencia, ya que sólo puede hacerlo cuando la pena aplicada es inferior a la mitad del monto pretendido. En este caso el MPF y las querellas pidieron 5 años y 6 meses de prisión, y el tribunal impuso 3 años condicionales.

     

    “Siempre estamos vedados de impugnar en estos casos, porque la pena mínima de este delito es de 3 años de prisión y el máximo de 6 años, entonces es técnicamente imposible que la pena impuesta sea menor a la mitad de la pretendida por los acusadores”, indicó De Lillo, quien estuvo en la audiencia acompañado por el asistente letrado Federico Gayós.  

     

    En este contexto, remarcó que sobre la base de reformas legislativas que se hicieron en los últimos años, y a instancias de jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el T.I ante el cual fue planteada la impugnación debe realizar “un control de constitucionalidad” de este aspecto.

     

    Los abogados querellantes Lucas Jankovic y Alejandro Valdés, indicaron que la sentencia del tribunal que fijó la pena “al modificar la letra expresa del Código Penal lo que está haciendo es inmiscuirse en una competencia que la Ley no le otorga”. Puntualizaron que “hay una invasión de normas federales, y eso amerita la apertura de una recurso de impugnación”.

     

    La pena impugnada fue resuelta en marzo de este año, por un tribunal colegiado integrado por  las juezas Laura Barbé y Bibiana Ojeda y el juez Ignacio Pombo. Establecieron un monto de 3 años de prisión condicional, junto con la inhabilitación para conducir todo tipo de automotores por 5 años y 6 meses.

     

    El MPF, a través del fiscal Hernán Scordo, había requerido una pena de 5 años y 6 meses de prisión efectiva, más la inhabilitación especial para conducir por el mismo plazo.

     

    El T.I, integrado por Nazareno Eulogio, Florencia Martini y Mauricio Macaño, anunció que la resolución la dará a conocer en un plazo de diez días hábiles.

     

    Durante la audiencia de ayer, el abogado defensor de Curruhuinca, Ricardo Mendaña, también impugnó la sentencia de responsabilidad por considerarla arbitraria. Pidió que, por insuficiencia de prueba, se la revoque y que se absuelva al camionero.

     

    Un familiar de una de las víctimas,  pidió la palabra durante la audiencia: “El día del accidente, de golpe me desperté y no tengo claro si me quedé dormido o tuve convulsiones; pero cuando desperté, ante mí tenía un grupo de médicos y enfermeros tratando de salvarme la vida. Y alcancé a ver seis bolsas con cadáveres. Pensé que en una de ellas estaba mi esposa, porque no la veía al lado mío (…) Ese viaje era el festejo de mis 50 años de casado”.

     

    El hecho

     

     

    La teoría del caso que acreditó el fiscal del caso Adrián de Lillo durante el juicio, fue que el hecho ocurrió el 11 de noviembre de 2023. El acusado manejaba un camión Scania que, aproximadamente a las 9:30, impactó un minibús entre el kilómetro 2079 y 2080 de la Ruta Nacional 40, en el sector denominado “Puntilla del lago”, en cercanías de Villa La Angostura. El camión circulaba en dirección hacia Bariloche, con el chofer como único ocupante, y el minibús lo hacía en sentido contrario, con 13 personas (12 pasajeros y pasajeras, junto con el chofer).

     

     

    El MPF sostuvo que el conductor del camión no respetó las señales de tránsito (doble línea amarilla) y realizó “una maniobra hacia su izquierda generando su ingresó al carril Este de la Ruta 40, invadiendo el espacio de circulación del Minibus”.

     

     

    Como consecuencia, fallecieron siete pasajeros y pasajeras del minibus: Alezandra Martínez; Li Mei Chi Rufina; Ylenia del Carmen León Carrillo; Alfredo Eduardo Ezquerra; Ester Alicia Levy; Paola Andrea Pereyra; y Carlos Alberto Tejerina Ibarra. Además, otras seis personas que también viajaban en el rodado resultaron lesionadas.

     

     

    El fallo de responsabilidad fue por unanimidad y el tribunal señaló que “la acusación logró demostrar su teoría del caso más allá de toda duda razonable”, y, que la decisión “se apoyó en la prueba pericial que se produjo en el juicio”, que “fue convalidada por el resto de la prueba que se produjo”.

     

     

    El delito atribuido a Curruhuinca fue homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales; en concurso ideal con lesiones culposas producidas por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas; todo en carácter de autor.

     

  • Mediante acuerdo pleno, fijan penas de prisión por robos

    Mediante acuerdo pleno, fijan penas de prisión por robos

    Mediante acuerdo pleno, fijan penas de prisión por robos

     5-08-2025

     

    Neuquén – En una audiencia realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Rocío Rivero presentó un acuerdo pleno al que arribó con las defensas de Rubén Aníbal Bogado y Jeanette Elizabeth Mora Mariangel, quienes reconocieron su responsabilidad en distintos robos y deberán cumplir condenas.

     

    De acuerdo a la teoría del caso que describió la fiscal Rivero, Bogado cometió seis hechos sólo y cuatro más, en compañía de Mora, todos en la ciudad de Rincón de los Sauces:

    – el 26 de noviembre de 2023, cerca de las 11:50, Bogado saltó un portón e ingresó a un local comercial ubicado en la calle San Martín. Allí, rompió una puerta y sustrajo un ventilador de pie, un celular, dinero en efectivo ($3.000) y treinta botellas de cerveza. Luego, en el marco de la realización de un allanamiento, fueron recuperados el ventilador y las cervezas.

    – el 9 de diciembre de 2023, aproximadamente a las 4:20 de la madrugada, Bogado intentó ser identificado por efectivos policiales mientras circulaba en una bicicleta rodado 29 pero se dio a la fuga. Luego de una persecución, el imputado dejó la bicicleta en un inquilinato de la calle Misiones, donde fue recuperada. Finalmente, fue aprehendido a las pocas cuadras.

    – el 1 de enero de 2024, cerca de las 4:00 de la madrugada, Bogado rompió la reja de una ventana e ingresó a un salón de un local comercial ubicado en la calle Neuquén. Allí, el imputado se apoderó de varias herramientas y una pava eléctrica. Mientras intentaba huir, llegaron efectivos policiales que lo detuvieron tras una breve persecución en la cual arrojó los objetos que pretendía robar.

    – el 3 de febrero de 2024, alrededor de las 15:00, Bogado junto a otra persona que no pudo ser individualizada, rompió la puerta de ingreso y la reja de ingreso a un taller mecánico, ubicado en la calle Chos Malal. Allí, intentó sustraer herramientas y repuestos pero no lo logró porque el dueño del lugar y un amigo de éste, lo impidieron y el imputado se dio a la fuga.

    – el 30 de mayo de 2024, cerca de las 5:40, Bogado ingresó a una vivienda de la calle Mosconi y sustrajo un chivo, cajas de hamburguesas, packs de gaseosas, una bicicleta rodado 24 y una caja de herramientas.

    – el mismo día cerca de las 17:00, Bogado ingresó a una despensa ubicada en calle Carlos Nova, junto a una mujer que no fue identificada. Allí, sustrajo gaseosas, vinos y otras bebidas y se retiró pero fue aprehendido a las pocas cuadras por efectivos policiales.

    – el 23 de diciembre de 2024, cerca de las 6:40, Bogado junto a Mora ingresaron a travez de una ventana a un local comercial ubicado en la calle Río Negro y sustrajeron una notebook, dinero en efectivo por la suma de $670.000 pesos, cuatro latas de cerveza, seis botellas de gaseosa, una caja fuerte y una mochila que tenía en su interior elementos personales.

    – el 10 de febrero de 2025, cerca de la medianoche, Bogado rompió una puerta e ingresó a robar a un hotel ubicado en la calle Río Negro, mientras Mora se quedó en el exterior cumpliendo la función de “campana”. Allí sustrajeron juegos de toallas y toallones, juegos de sabanas, acolchados, pequeños electrodomésticos y elementos de limpieza entre otras cosas que cargaron en una valija y luego trasladaron a sus domicilios. Tras la realización de allanamientos, fue recuperada gran parte de los elementos robados.

    – el 5 de junio de 2025, cerca de las 10:00 de la mañana, Bogado y Mora escalaron un portón de aproximadamente 2,30 metros, rompieron un ventiluz y una reja, e ingresaron a un local comercial ubicado en calle San Martin. Allí, sustrajeron una caja de copas de vidrio, platos plásticos, cubiertos, servilleteros, condimenteros, frascos con sal y pimienta, vasos de vidrio, vinos, bebidas alcohólicas, y otros elementos. Ese mismo día Bogado y Mora dañaron el candado de un portón de ingreso a otro local comercial ubicado en la calle Rio Colorado y sustrajeron un taladro roto percutor con sus respectivas mechas y un atornillador con baterías y mechas.  Después, intentaron trasladaron todos los elementos robados y, mientras eran perseguidos por efectivos policiales, violaron dos domicilios donde se fueron desprendiendo de los elementos y fueron aprehendidos.

    – el 8 de junio de 2025, cerca de las 18:00, en el marco de la realización de un allanamiento en su domicilio, Bogado y Mora tenían en su poder una billetera de cuero, una tarjeta de obra social, una tarjeta de crédito, un D.N.I. y dos jean, denunciados como robados por su dueño.

     

    Los delitos que la fiscal Rivero le atribuyó a Bogado como autor son robo simple, robo simple en grado de tentativa , encubrimiento por receptación dolosa y hurto, y como coautor robo simple en grado de tentativa, hurto en tentativa, hurto, robo simple y robo agravado por ser cometido con escalamiento y violación de domicilio -tres hechos-, todo en concurso real (artículos 163, 164, 277 inciso primero “c” en función del 164, 167 inciso cuarto, 150, 42, 45 y 55 del Código Penal).

     

    Mientras que a Mora la fiscal del caso le atribuyó los delitos de hurto, robo simple, robo agravado por ser cometido con escalamiento y violación de domicilio -tres hechos- y encubrimiento por receptación dolosa, todo en carácter de coautora y en concurso real (artículos 163, 164, 277 inciso primero “c” en función del 164, 167 inciso cuarto, 150, 45 y 55 del Código Penal).

     

    En relación a la pena, las partes acordaron la imposición de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo para Rubén Aníbal Bogado. La pena se compone de 3 años de prisión por los hechos descriptos, más la unificación con una condena anterior, por un caso de lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de violencia de género.

     

    Respecto de Jeanette Elizabeth Mora Mariangel, las partes acordaron la imposición de 3 años de cumplimiento condicional, bajo reglas de conducta por el mismo término: someterse a población judicializada cada seis meses; no cometer nuevos delitos; mantener domicilio; prohibición de consumir estupefacientes y alcohol; iniciar un tratamiento de adicciones; trabajo comunitario por 50 horas en un organismo municipal; prohibición de actos de hostigamiento y contacto con las víctimas; y adoptar un oficio.

     

    Finalmente, tanto la fiscalía como la defensa, con el consentimiento de Bogado y Mora, renunciaron a los plazos de impugnación para que las condenas puedan comenzar a ejecutarse a la brevedad.

     

    La jueza de garantías Natialia Pelosso, que estuvo a cargo de la audiencia y fue la encargada de controlar la legalidad del acuerdo, avaló el pedido de las partes, declaro responsables a Bogado y mora y fijó las condenas de acuerdo a lo requerido.

  • Reconoció que le disparó a dos personas y escapó con drogas: lo condenaron

    Reconoció que le disparó a dos personas y escapó con drogas: lo condenaron

    Reconoció que le disparó a dos personas y escapó con drogas: lo condenaron

     

    04-08-2025

     

    Neuquén- Mediante un acuerdo pleno, un varón que el 12 de junio efectuó disparos contra dos personas, escapó en una moto robada y fue detenido luego chocar con un auto y amenazar con un arma a la conductora para que lo trasladara, fue condenado a 4 años y 10 meses de prisión efectiva.

     

    Ocurrió el viernes, durante una audiencia en la que el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por la fiscal del caso Silvia Moreira y por el asistente letrado Emilio Briguglio.

     

    Ambos presentaron el caso ante la jueza de garantías Natalia Pelosso, quien tras escuchar a las partes y al imputado, homologó el acuerdo y dispuso el inicio de la etapa de la etapa de ejecución de la pena.

     

    El condenado es Francisco Clodomiro Hernández, quien el 12 de junio, cerca de las 5:45, llegó junto a su pareja y a bordo de una a la esquina de calles Antártida Argentina y Manuel Rodríguez de la ciudad de Neuquén. En ese lugar, Hernández efectuó varios disparos contra una mujer que se encontraba con su hijo y a otras personas. La mujer recibió tres impactos: uno en cada muslo y uno en un tobillo; el joven, uno en un pie.

     

    Hernández, quien manejaba la moto, huyó del lugar junto con su pareja. Al llegar a la esquina de calles Kilka y Huilen, chocaron contra un auto que era condudico por una mujer. Cuando la conductora bajó a asistirlos, el condenado la amenazó con el arma y la obligó a llevarlos en su vehículo.

     

    Durante el trayecto, el varón siguió amenazando a la conductora, quien finalmente fue interceptada por personal policial en las calles Lagos del Sur y Pérez Novella. Al ver el móvil, la mujer detuvo el auto y pidió ayuda, advirtiendo que el imputado venía amenazándola con un arma de fuego, por lo que los efectivos de la policía lo aprehendieron.

     

    Lo que ocurrió en es momento fue clave para la acusación: entre sus ropas, Hernández tenía 50 gramos de cocaína y dos cartuchos del arma, que fue hallada en poder de su pareja.

     

    Durante la audiencia de hoy, Hernández admitió su responsabilidad por todos los hechos, incluido el encubrimiento del robo de la moto que utilizó.

     

    El acuerdo comprendió los delitos de abuso de arma, portación de arma de fuego de guerra, amenazas coactivas agravadas por el uso de arma de fuego, tenencia de estupefacientes y encubrimiento por receptación dolosa, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 104, 149 bis, 149 ter, 189 bis, 277, 45 y 55 del Código Penal y artículo 5 inciso “C” y 34 de la Ley 23.737, reformado por el artículo 2 de la Ley 26052).

     

    Además de la pena de 4 años y 10 meses que comenzó a cumplir el viernes, Hernández deberá pagar una multa, según establece la Ley de estupefacientes, y que si bien se determinará con precisión al momento del pago, superará los 600 mil pesos.

  • MPF pidió juicio para un acusado por abuso sexual agravado

    MPF pidió juicio para un acusado por abuso sexual agravado

    MPF pidió juicio para un acusado por abuso sexual agravado

     

    04-08-2025

     

    Neuquén – Por pedido del asistente letrado Gastón Berenguer, un varón acusado por haber abusado sexualmente de una adolescente en un barrio de la ciudad de Neuquén, será juzgado por un tribunal colegiado.

     

    El imputado es L.E.M, y los delitos que el representante del Ministerio Público Fiscal le atribuyó son abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal –reiterado-, ambos agravados por el vínculo y por la convivencia preexistente, en concurso real y en carácter de autor (artículos 119 primer, tercer y cuarto párrafos incisos “b” y “f”, 45, 54 y 55 del Código Penal).

     

    Además, Berenguer pidió que se le imponga al acusado, durante cuatro meses, la obligación de comparecer semanalmente a la comisaría más cercana a su domicilio y también, por el mismo plazo, que se le prohíba mantener cualquier tipo de contacto por cualquier medio con la víctima y su grupo familiar.

     

    La teoría del caso que intentará probar la fiscalía en el debate es que L.E.M abusó sexualmente de una adolescente de su entorno familiar en la casa donde convivían, ubicada en la ciudad de Neuquén.

     

    Durante la descripción de los hechos, el asistente letrado le atribuyó dos conductas distintas: una en diciembre de 2022, cuando abusó sexualmente de la adolescente; la otra desde principio de 2023 hasta abril del 2024, cuando abusó sexualmente de la víctima, accediéndola carnalmente de manera continua.

     

    Debido a que la expectativa de pena para los delitos atribuidos es superior a 3 años de prisión e inferior a 15, Berenguer pidió que intervenga un tribunal colegiado para juzgar el caso.

     

    Entre la prueba que el funcionario de la fiscalía detalló para llevar al juicio se encuentran la declaración de la víctima, familiares, testigos, además de prueba documental y convenciones probatorias.

     

    La defensora de los derechos de Niñez y Adolescencia Natalia Stornini, que intervino como querellante institucional en representación de la víctima, adhirió a la teoría del caso, la calificación legal y la prueba presentada por la fiscalía.

     

    El juez de garantías Marco Lupica Cristo, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de las partes acusadoras, elevó el caso a juicio y dio intervención a un tribunal colegiado para que intervenga en el debate.

     

    Además, el magistrado hizo lugar a las medidas cautelares, fijó comparendos semanales en una comisaría y dispuso la prohibición de acercamiento y contacto, ambas por cuatro meses.

  • Un varón será juzgado por abusar sexualmente de una adolescente

    Un varón será juzgado por abusar sexualmente de una adolescente

    Un varón será juzgado por abusar sexualmente de una adolescente

     

    04-08-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la asistente letrada Gabriela Pellico, un varón acusado por haber abusado sexualmente de una adolescente en la ciudad de San Martín de los Andes, será juzgado por un tribunal colegiado.

     

    El imputado es J.M.C, y los delitos que le atribuyó la representante de la fiscalía son abuso sexual con acceso carnal -2 hechos- y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, todos en concurso real y en carácter de autor (artículos 119 tercer párrafo, 45 y 55 del Código Penal).

     

    La teoría del caso que intentará probar el Ministerio Público Fiscal en el juicio es que, entre el 8 y el 12 de febrero de 2021, J.M.C abusó sexualmente de una adolescente en dos oportunidades e intentó hacerlo en una tercera. Fue durante un periodo de vacaciones y mientras ambos se encontraban alojados en un complejo de departamentos de la localidad cordillerana.

     

    Debido a que la expectativa de pena para el delito atribuido es superior a 3 años de prisión e inferior a 15, la representante del MPF pidió que intervenga un tribunal colegiado para juzgar el caso. Entre la prueba que detalló para llevar a juicio se encuentran las declaraciones de la víctima, familiares, testigos, peritos, médicos y efectivos policiales que intervinieron en la investigación del hecho, además de prueba documental y convenciones probatorias.

     

    La abogada que intervino como querellante particular en representación de la familia de la víctima y el defensor de los derechos de niñez y Adolescencia Lucas González, adhirieron a la descripción de los hechos, la calificación legal y la prueba.

     

    El juez de garantías Maximiliano Bagnat, que estuvo a cargo de la audiencia de control de acusación, avaló el requerimiento de las partes acusadoras y elevó el caso a juicio. Además, el magistrado dio intervención a un tribunal colegiado para que juzgue el caso.

  • MPF secuestró una de las 4×4 que ingresó al área protegida Batea Mahuida

    MPF secuestró una de las 4×4 que ingresó al área protegida Batea Mahuida

    MPF secuestró una de las 4×4 que ingresó al área protegida Batea Mahuida

     

    04-08-2025

     

    Neuquén – Por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF), una de las dos camionetas 4×4 que ingresaron al área protegida Batea Mahuida y realizaron trompos sobre el hielo de la laguna Corazón, fue secuestrada tras haber sido localizada y el conductor quedó notificado de que está bajo investigación por el supuesto delito de daño agravado contra bienes de uso público.

    A instancias de la investigación iniciada por la fiscalía de Delitos Ambientales y Leyes Especiales con la división de Delitos Ambientales de la Policía provincial, la camioneta fue localizada y el supuesto conductor identificado, por lo que se requirió el procedimiento que se realizó el pasado viernes por la tarde en una vivienda de la ciudad de Neuquén. Allí, una camioneta Toyota Hilux fue secuestrada.

    «Al momento del allanamiento le estaban realizando modificaciones a la camioneta en su carrocería», indicó la asistente letrada de la fiscalía, Julieta González.
    El hecho comenzó a ser investigado por el MPF y la Policía, luego de una denuncia de la subsecretaría de Gestión Ambiental de la municipalidad de Villa Pehuenia-Moquehue. Fue presentada luego de la viralización de un vídeo en redes sociales, que mostró a dos camionetas 4×4 circulando en el área protegida y realizando trompos sobre la laguna Corazón, que estaba congelada.

    La asistente letrada indicó que ahora  «estamos trabajando para identificar a la persona que conducía la otra camioneta, para también notificarla de que está bajo investigación».

    En la denuncia efectuada a través de la página web del MPF, la responsable de la subsecretaría municipal planteó que la laguna «es hábitat de especies endémicas de anfibios, peces, algas, cianobacterias los cuales cumplen un rol clave en el ecosistema. El ruido y la vibración de la camioneta provocan daños en los organismos que son sensibles al sonido. Se evidencia que, para llegar a la laguna, tuvieron que circular por caminos no habilitados tal cual lo establece la Ley 2594/08. Se evidencia que la circulación en la zona mencionada ha producido acciones que comprometen la integridad de ejemplares de araucaria  araucana, por daño mecánico, sobre el sotobosque y el entorno inmediato”.

     

    Añadió que “estas prácticas constituyen una violación directa a la normativa vigente, particularmente: Ley Provincial Nº1890/91, que declara especie protegida no maderable a la Araucaria araucana, y prohíbe su tala, poda, daño, comercialización o transporte sin autorización previa; Ley Provincial Nº 2780, de  Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, que clasifica el bosque  según su valor de conservación, el ANP Batea Mahuida se encuentra categorizada en áreas de  Categoría I (rojo). Este tipo de afectaciones no solo compromete a una especie emblemática y endémica del ecosistema andino-patagónico, sino que también pone en riesgo los procesos  ecológicos esenciales, la biodiversidad asociada y los derechos de las comunidades locales que  conviven históricamente con estos bosques».

  • Imputado por intento de femicidio, abuso sexual y privación quedó detenido

    Imputado por intento de femicidio, abuso sexual y privación quedó detenido

    Imputado por intento de femicidio, abuso sexual y privación quedó detenido

     

    04-08-2025

     

     

    Neuquén – En una audiencia realizada ayer por la mañana, el fiscal del caso Hernán Scordo y el asistente letrado Federico Surá formularon cargos a un varón por intentar asesinar a una mujer que es su pareja, luego de abusar sexualmente y tras haberla golpeado y encerrado en una vivienda.

     

     

     

    El hecho fue cometido en la ciudad de San Martín de los Andes y ambos representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) pidieron que el imputado, V.S.M, permanezca detenido con prisión preventiva mientras avanza la investigación.

     

     

     

    De acuerdo a la información preliminar recolectada por el MPF y la Policía provincial, el hecho comenzó el pasado miércoles 30 de julio y se extendió hasta el viernes 1 de agosto. Ocurrió en la vivienda que ambos comparten en San Martín de los Andes.

     

     

     

    El 30 de julio, por la noche, el imputado golpeó a la víctima tras una discusión, provocándole hematomas y escoriaciones.

     

     

     

    Al día siguiente, tuvieron otra discusión y el imputado salió de la casa alrededor de las 17 y regresó a las 21.30, aproximadamente. En ese momento, intentó tener relaciones sexuales con la mujer y ante la negativa de ella, tomó un cuchillo y la atacó, provocándole cortes en las manos ante sus movimientos para cubrirse. Después, la agredió con una botella de vidrio y le causó hematomas en una mano cuando ella volvió a cubrirse. Y, mientras la víctima permanecía en la cama intento asfixiarla.

     

     

    “Aprovechando todos los actos violentos previos, abusó sexualmente”, puntualizó el fiscal del caso en la audiencia.

     

     

     

    El día siguiente, 1 de agosto, a las 10:30, el imputado la golpeó mientras la víctima dormía y la lesionó en la zona de la boca. Ella intentó irse de la casa pero él se lo impidió por un lapso de una hora y media, aproximadamente. Y cuando la mujer logró acercarse a la puerta de la casa, situada en un primer piso, trató de retenerla sin éxito y mientras ella bajaba la escalera que da a un patio interno, le pegó una patada en la espalda con la intención de matarla y le provocó una caída desde tres metros de altura, aproximadamente.

     

     

     

    El delito que los representantes del MPF atribuyeron a V.S.M fue homicidio calificado por el vínculo y por femicidio en grado de tentativa, abuso sexual con acceso carnal, privación ilegítima de la libertad calificada por el uso de violencia, amenazas calificadas por el uso de arma, lesiones leves calificadas por el vínculo y el contexto de violencia de género -3 hechos-, todos ellos en calidad de autor y en concurso real entre sí.

     

     

     

    Como medida cautelar, pidieron que el acusado permanezca detenido con prisión preventiva por un plazo de cuatro meses, por existir riesgo para la integridad de la víctima y de entorpecimiento de la investigación.

     

     

     

    El juez de garantías que dirigió la audiencia, Maximiliano Bagnat, avaló la formulación de cargos y el pedido de prisión preventiva por un lapso de dos meses.

     

     

     

    El plazo de la investigación fue fijado en cuatro meses.

     

  • Cruzó en rojo y causó la muerte de una motociclista: fue acusada

    Cruzó en rojo y causó la muerte de una motociclista: fue acusada

    Cruzó en rojo y causó la muerte de una motociclista: fue acusada

     

    02-08-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Guadalupe Inaudi formuló cargos a una mujer por causar la muerte de una motociclista luego de cruzar un semáforo en rojo y embestirla con el auto que conducía en la Ruta provincial 7, en la ciudad de Centenario.

     

    La acusación la realizó hoy al mediodía durante una audiencia en la Ciudad Judicial, en la que estuvo acompañada por la asistente letrada Agustina Jarry.

     

    Las representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) plantearon que de acuerdo a la investigación preliminar en conjunto con la Policía provincial, el hecho ocurrió ayer alrededor de las 8 de la mañana en la intersección de Ruta provincial 7 y calle 5, a la altura del cementerio de la ciudad.

     

    La imputada, C.S.S, cruzó un semáforo en rojo en un Volkswagen Vento mientras circulaba por la ruta en sentido sur-norte. Y embistió a la víctima, Elizabeth Martínez, quien manejaba un moto Mondial 110 c.c y cruzó la ruta en sentido este-oeste con la luz verde del semáforo. Como consecuencia de las lesiones que sufrió, la motociclista falleció en el lugar.

     

    La fiscal del caso remarcó en la audiencia que la acusada no estaba habilitada para conducir, y que luego de impactar la moto de la víctima, se dio a la fuga y no lo socorrió. Después, se presentó en la sede policial.

     

    El delito que le atribuyó fue homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, por darse a la fuga y no intentar socorrer a la víctima, por conducir sin estar habilitada por autoridad competente, por violar la señalización del semáforo y por hacerlo con culpa temeraria, en calidad de autora.

     

    Entre la prueba recolectada, la fiscal del caso mencionó los testimonios de testigos presenciales y el informe preliminar de autopsia del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial. Y destacó que restan aún los resultados toxicológicos requeridos por el MPF, así como la pericia accidentológica.

     

    Como medida cautelar, la fiscal del caso pidió que le impongan a C.S.S la obligación de realizar presentaciones semanales en una comisaría y la prohibición de conducir cualquier tipo de vehículo, por un plazo de seis meses y mientras avanza la investigación.

     

    El juez de garantías que dirigió la audiencia, Raúl Aufranc, avaló la formulación de cargos, el pedido de medidas cautelares y estableció el plazo de investigación en cuatro meses.

     

     

  • Fiscalía allanó casas de venta de drogas

    Fiscalía allanó casas de venta de drogas

    Fiscalía allanó casas de venta de drogas

     

    1-08-2025

     

    Neuquén – Por pedido del fiscal jefe Gastón Liotard se realizaron allanamientos en dos viviendas de la ciudad de Cutral Co, en el contexto de investigaciones iniciadas por el Ministerio Público Fiscal en casos de tenencia de estupefacientes para comercialización.

     

    Los procedimientos se desarrollaron ayer por la tarde, con la colaboración de la División Antinarcóticos Cutral Co de la Policía de Neuquén, bajo la supervisión del fiscal jefe y del asistente letrado Rodrigo Blanco y, en ambas diligencias, se secuestró dinero en efectivo, balanzas de precisión, cocaína, marihuana, armas de fuego y teléfonos celulares, entre otras cosas.

     

    Los allanamientos fueron autorizados por el juez de garantías Maximiliano Bagnat y realizados en domicilios particulares.

     

    En uno de ellos, en una vivienda del Barrio Centro Sur, se notificó a tres personas mayores de edad y cuatro menores que están bajo investigación, y allí se secuestraron:

    – 4 teléfonos celulares

    – 221 gramos de clorhidrato de cocaína

    – 72 gramos de Cannabis Sativa

    – 1 hoja con anotaciones varias.

    – 3 municiones sin inscripción visible con punta plomo.

    – elementos de fraccionamiento, envoltorios y recortes de nylon transparente y bolsas.

    – 1 DVR

    -Dinero en efectivo por $ 1.230.600 pesos

    – 1 balanza de precisión en funcionamiento

    – 1 arma de fuego, marca Bersa con 1 cargador con 2 municiones

    – 1 vehículo Chevrolet Vectra

     

    En el otro allanamiento, en una vivienda del Barrio Unión, se notificó a dos personas mayores de edad y un menor que están bajo investigación, y allí se secuestraron:

    – 31,9 gramos de Clorhidrato de cocaína

    – Dinero en efectivo por $ 168.500 pesos

    – 1 arma de fuego tipo revolver, calibre .32, con dos cartuchos dentro del tambor

    – 1 arma de fuego tipo revólver, calibre .22 largo, con 7 municiones

    – 1 arma de fuego tipo revólver, calibre .22 con 10 municiones

    – 3 teléfonos celulares

    – Elementos de corte y fraccionamiento y retazos de nylon varios

    – 2 balanzas digitales

    – 1 cuaderno con anotaciones varias