Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Cuatro personas le robaron a un joven que salía del colegio: seguirán detenidos

    Cuatro personas le robaron a un joven que salía del colegio: seguirán detenidos

    Cuatro personas le robaron a un joven que salía del colegio: seguirán detenidos

     

    09/10/2025

     

    Neuquén– Cuatro acusados por robarle a un joven que regresaba de la escuela a su casa seguirán detenidos por dos meses. Lo solicitó la asistente letrada de Robos y Hurtos Nadia Pérez, quien pidió extender la medida cautelar mientras avanza la investigación.

     

    El robo fue cometido el 22 de septiembre. El hecho ocurrió cerca de las 22:00, cuando la víctima, un joven de 19 años, regresaba de la escuela caminando por un sector del barrio Ciudad Industrial. Pérez explicó que seis personas —entre ellas, los cuatro imputados, una persona que cumple detención domiciliaria y un menor de 18 años— increparon al joven y lo golpearon en la cabeza, el rostro y el cuerpo. Durante la agresión, los imputados habrían utilizado una manopla, secuestrada posteriormente, y una presunta arma de fuego que no fue recuperada.

     

    Los agresores le quitaron a la víctima de varios elementos personales, incluyendo una billetera y útiles escolares, algunos de los cuales fueron recuperados durante un allanamiento en el domicilio de uno de los imputados.

     

    Al momento de la formulación de cargos, la asistente letrada imputó a J.H.F, J.M.F, N.R.F y J.G.B como coautores del delito de robo en poblado y en banda, agravado por el uso de armas y la participación de un menor de edad. El restante imputado, D.M.M, cumple detención domiciliaria.

     

    De acuerdo con lo dispuesto en la primera audiencia, ayer debía revisarse si las medidas de coerción vigentes. La asistente letrada Pérez pidió mantenerlas por 2  meses y argumentó que persisten los riesgos procesales de fuga, entorpecimiento de la investigación y peligro para la víctima, destacando la gravedad del asalto y la falta de domicilio estable de algunos imputados.

     

    Mencionó que N.R.F. y J.G.B. tienen otros legajos en trámite; mientras que J.M.F tiene antecedentes (condena previa),  lo que refuerza el riesgo procesal, sin que éstos modifiquen la calificación del hecho investigado.

     

    Sólo uno de los defensores se opuso a la prórroga de la prisión preventiva y solicitó la detención domiciliaria de su asistido, pero el magistrado se inclinó por la postura de la fiscalía, que se opuso debido a la proximidad del domicilio propuesto con la vivienda de la víctima, y rechazó el pedido.

     

    El juez de garantías Lucas Yancarelli hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y prorrogó la prisión preventiva por 2 meses, a fin de permitir la realización de una rueda de reconocimiento pendiente en la causa.

  • Homicidio de Kevin Ose: acusan a un familiar

    Homicidio de Kevin Ose: acusan a un familiar

    Homicidio de Kevin Ose: acusan a un familiar

     

    09-10-2025

     

    Neuquén– La fiscal del caso Mayra Febrer formuló cargos contra un varón por el homicidio de Kevin David Ose, cometido en octubre en la ciudad de Cutral Co.

     

    El imputado es P.A.G y, según la investigación, se trata de un familiar que cometió el hecho el pasado 14 de octubre, entre las 7 y las 7:30 de la mañana.

     

    Durante la audiencia, la fiscal del caso adelantó que la persona que había sido acusada el pasado 15 de octubre, P.H.H, como autor del homicidio, será sobreseída en una próxima audiencia.

     

    “Fue el mismo imputado, quien es familiar de la víctima, que como testigo del hecho desvió la información y sindicó la autoría del crimen a terceras personas”, explicó la fiscal del caso.

     

    La víctima se encontraba en un pasillo del barrio Manuel Belgrano de la localidad, mientras que el imputado estaba en el interior de su casa. El acusado le dijo a Ose que dejara de molestar a los vecinos. Fue en ese contexto que comenzó una discusión entre ambos y, Ose le lanzó una botella de cerveza. Luego P.A.G. se acercó a la víctima, extrajo un cuchillo y “con clara intención de darle muerte, le asestó un puntazo “.

     

    Al llegar la policía al lugar, pudo observar a la víctima caminar unos metros antes de desplomarse. Según precisó la autopsia, Ose murió por shock hemodinámico.

     

    La fiscal Febrer atribuyó a P.A.G el delito de homicidio simple en calidad de autor (artículos 79 y 45 del Código Penal).

     

    Febrer afirmó que es necesario cautelar el proceso y que los testigos lleguen libremente al juicio. “Esto debe ser protegido y cautelado”, y sostuvo que aún restan medidas por diligenciar. En este sentido solicitó la prisión preventiva por el plazo de cuatro meses.

     

    La fiscal indicó que existe un claro riesgo de entorpecimiento, “fue el mismo imputado, que es familiar de la víctima, que como testigo del hecho desvió la información y sindicó la autoría del crimen a terceras personas”. Afirmó que los testigos tienen temor fundado por hechos previos y algunos tuvieron conflictos con el acusado. “Presentaron una resistencia para prestar testimonio a la fiscalía”.

     

    Tras escuchar a las partes, la jueza de garantías Laura Barbe hizo lugar a la formulación de cargos, fijó la investigación en 4 meses y dictó la prisión preventiva del imputado, planteado por la fiscal, por un plazo de 4 meses. 

  • En prisión domiciliaria, vendía droga: fue acusado, quedó detenido y le clausuraron la casa

    En prisión domiciliaria, vendía droga: fue acusado, quedó detenido y le clausuraron la casa

    En prisión domiciliaria, vendía droga: fue acusado, quedó detenido y le clausuraron la casa

     

    09-10-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo, formularon cargos a un varón por vender droga en una casa de la ciudad de Neuquén, en la que cumplía prisión domiciliaria.  Además, pidieron que quede detenido con prisión preventiva y que la vivienda sea clausurada.

     

    La acusación la hicieron ayer al mediodía, comprendió a una mujer también con una participación menor, y luego de un allanamiento en la vivienda donde que se encontraron tres envoltorios con 4,27 gramos de clorhidrato de cocaína, una bolsa con 4,83 gramos de picadura de cannabis sativa y dos envoltorios con 3,14 gramos de cogollos de cannabis sativa, además de dos balanzas de precisión con restos de clorhidrato de cocaína y un revolver calibre 22 bajo un colchón.

     

    La imputación se materializó luego de una investigación que comenzó en marzo pasado entre el Ministerio Público Fiscal y la división Antinarcóticos de la Policía provincial, y después de denuncias anónimas que efectuaron vecinos y vecinas sobre la comercialización de drogas mediante el código QR del MPF.

     

    La teoría del caso que plantearon los representantes del MPF fue que el imputado, E.E.R.M, comercializó estupefacientes al menos desde marzo y hasta el 7 de octubre, en su domicilio donde cumplía prisión domiciliaria por otro hecho de robo, ubicado a 50 metros de una escuela primaria y secundaria. 

     

    Lo hacía desde una planta alta, a través de una ventana, y arrojando en algunos casos una zapatilla para entregar la droga. Esto, en distintos horarios pero “mayormente por la noche y la madrugada”, precisó la fiscal del caso.  “En el tiempo detallado, se registraron al menos 190 transacciones de venta”, especificó.

     

    Además, describió que debido a las ventas en el lugar “se generaban disturbios y altercados entre los imputados y los compradores”.

     

    Sobre esto último, precisó que el 4 de abril pasado, alrededor de las 22, E.E.R.M efectuó disparos de arma de fuego desde el interior de la casa y hacia un comprador que se encontraba en la calle.

     

    El delito que le atribuyó fue comercialización de estupefacientes agravado por estar cerca de un establecimiento educativo, en carácter de autor, en concurso real con abuso de arma y tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización.

     

    En la audiencia de ayer, también fue imputada una mujer, L.L.L.

     

    La fiscal del caso y el asistente letrado señalaron que comercializaba sustancia en otros lugares, para lo cual se trasladaba desde el domicilio hacia distintos puntos. Hacía “delivery” según las indicaciones de E.E.R.M, plantearon.

     

    Sobre la base de escuchas telefónicas, desde el  MPF se especificó que la mujer  llevaba droga a personas detenidas durante los días de visita.

     

    El delito atribuido a L.L.L fue comercialización de estupefacientes agravado por estar cerca de un establecimiento educativo, en carácter de partícipe secundaria.

     

    Entre la prueba recolectada, desde el MPF la fiscal del caso mencionó registros de cámaras de seguridad con audio, los secuestros del allanamiento, las tareas de observación realizadas en el lugar, escuchas telefónicas e informes de ARCA y de billeteras virtuales sobre movimientos de dinero.

     

    “Ninguno tienen empleos registrados”, destacó, y se precisó que registraban cada uno ingresos de entre 6 millones y 19 millones de pesos, cada uno.

     

    Como medida cautelar, la fiscal del caso solicitó que para E.E.R.M la imposición de prisión preventiva por un plazo de cuatro meses. Argumentó que hay riesgo de que no se someta al proceso penal y de que se fugue.

     

    “Él tiene antecedentes penales: condena en suspenso, condena efectiva y accedió a una Suspensión de Juicio a Prueba”, detalló la fiscal del caso. “Estando en prisión condicional cometió otros hechos y desde marzo de este año quedó detenido con prisión domiciliaria y tobillera electrónica”.

     

    En cuanto a la mujer, la representante del MPF requirió que prohibición de acercamiento al domicilio allanado a un radio de 500 metros; prohibición de contacto por cualquier vía con el acusado; y que una vez por semana se presente en la sede del MPF en la Ciudad Judicial. Todo por cuatro meses, y por existir riesgo de no sometimiento al proceso.

     

    En simultáneo, Titanti solicitó la clausura del domicilio allanado por cuatro meses. “Es necesario hacer cesar los efectos del delito y avanzar sobre la acreditación de la propiedad de esta vivienda y el destino que podría tener”.

     

    La jueza de garantías que dirigió la audiencia, Carina Álvarez, avaló la formulación de cargos y estableció un plazo de investigación en cuatro meses.

     

    Sobre el pedido de prisión preventiva respecto a él, lo respaldó por un lapso de cuatro meses.  

     

    Respecto a la medida cautelar para la mujer, también las avaló en los términos que fueron requeridas.

     

    Y el inmueble allanado quedó clausurado por cuatro meses.

  • Acuerdan 3 años de prisión por daño, portación de armas y robo agravado

    Acuerdan 3 años de prisión por daño, portación de armas y robo agravado

    Acuerdan 3 años de prisión por daño, portación de armas y robo agravado

     

    08-10-2025

     

    Neuquén– Mediante acuerdo pleno, Exequiel Julián Alarcón reconoció ser el autor de tres hechos delictivos ocurridos en la ciudad de Cutral Co y Plaza Huincul, y fue condenado a tres años de prisión de efectivo cumplimiento.

     

    En una audiencia realizada ayer, el funcionario de la fiscalía Matías Alonso presentó ante el juez la salida alternativa al juicio al que arribó con la defensa del acusado. Contempló la declaración de responsabilidad por los delitos de portación ilegal de arma de fuego de uso civil, daño y robo agravado por el uso de arma de fuego -dos hechos- en calidad de autor y en concurso real (artículos 189 bis, apartado dos, tercer párrafo, 183, 166, último párrafo, 55 y 45 del Código Penal).

     

    Alonso explicó que atento a los antecedentes penales registrados, los hechos investigados, la escalas penales atribuidas, las partes consideraron justo y proporcional que Alarcón sea condenado a la pena de tres 3 años de prisión de cumplimiento efectivo.

     

    El juez de garantías Maximiliano Bagnat homologó el acuerdo de las partes en todos sus términos. De esta manera Exequiel Julián Alarcón fue declarado responsable y condenado a 3 años de prisión de efectivo cumplimiento.

     

    Como las partes renunciaron a los plazos de impugnación el acusado empezó a cumplir la pena de manera inmediata.

     

    Los hechos fueron tres:

     

    El primero ocurrió el 13 de marzo de este año, a las 20:55 aproximadamente, en un domicilio ubicado en un barrio de la ciudad de Cutral Co. El imputado fue en busca de un varón quien no se encontraba en el lugar, sacó un arma y le manifestó a las mujeres que se encontraban en la vivienda dichos intimidatorios, entre ellos les dijo que “iba a quemar la vivienda con ellas adentro”, dichos que causaron temor a las víctima. Luego sacó un encendedor y provocó un foco de incendio en una habitación y se retiró. Posteriormente fue detenido a 50 metros por un móvil policial que pasaba por el lugar, y procedió al secuestro del arma de fuego calibre 32 con 6 cartuchos, que portaba el imputado sin la debida autorización legal.

     

    Se le atribuyó además que el 4 de julio de 2025, a las 20:20, en un local comercial ubicado en la ciudad de Plaza Huincul. El imputado ingresó al comercio, y luego le exhibió a la empleada un arma de fuego. Abrió la caja registradora y se llevó $60.000 aproximadamente, y también una botella de bebida alcohólica.

     

    Dos días después, aproximadamente a las 21 en otro local comercial ubicado en la ciudad de Cutral Co, Exequiel Julián Alarcón ingresó al lugar, acompañado de otra persona quien se quedó aguardando en el sector de ingreso. Se acercó al mostrador, extrajo un arma de fuego y le exigió al dueño la entrega de una botella de whisky y luego se retiraron del lugar. 

  • Lo reconocieron por cámaras, allanaron su casa y le imputaron dos robos: quedó detenido

    Lo reconocieron por cámaras, allanaron su casa y le imputaron dos robos: quedó detenido

    Lo reconocieron por cámaras, allanaron su casa y le imputaron dos robos: quedó detenido

     

    08-10-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy, el asistente letrado Luciano Vidal acusó a un varón, R.D.A, por dos robos cometidos en locales comerciales de la ciudad de Neuquén. Además, pidió que quede detenido en prisión preventiva.

     

    Los delitos que el funcionario de la fiscalía le atribuyó son robo simple consumado, dos hechos en concurso real y en carácter de autor.

     

    Según describió Vidal, el primer hecho fue el 4 de septiembre cerca de las 17:00, cuando R.D.A ingresó a una óptica ubicada en la calle Belgrano utilizando guantes y un barbijo. En esas circunstancias, intimidó a la empleada del lugar y, simulando tener un arma de fuego, la encerró en el baño. Posteriormente, sustrajo dos notebooks, un teléfono celular y U$D 100 en efectivo. Luego se fugó.

     

    El segundo hecho fue el 3 de octubre cuando cerca de las 9:10 de la mañana, R.D.A ingresó a un Pet Shop ubicado en la calle Belgrano. Allí realizó algunas consultas y en un momento amenazó a la vendedora, simuló tener un arma de fuego y la encerró en el baño. Luego, sustrajo un par de lentes, un teléfono celular, $ 400.000 en efectivo y collares, correas y pretales de mascotas.

     

    Luego de que intervenga personal del Departamento de Delitos de la policía de Neuquén, y tras realizar constataciones de registros de cámaras de seguridad, se vinculó al imputado como sospechoso, lo que motivó la realización de un allanamiento en su vivienda. En el marco de la diligencia fueron secuestrados varios de los elementos robados.

     

    En relación a la medida de coerción, el representante del MPF requirió que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva por tres meses bajo el argumento de que existe riesgo de fuga por no sometimiento. Además, el asistente letrado describió que el imputado fue condenado en marzo por hechos similares por lo que de resultar nuevamente condenado, deberá  obligatoriamente cumplir una pena efectiva. Finalmente Vidal también mencionó que tiene vigentes medidas impuestas en el fuero de familia por infracción a la Ley 2212.

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez, que estuvo a cargo de la audiencia, dio por formulados los cargos de acuerdo a lo solicitado por el asistente letrado del MPF. Además, la magistrada fijó la prisión preventiva por tres meses y estableció el plazo para que la fiscalía concluya la investigación preliminar en dos meses.

  • Va a juicio acusado por asesinar a un adolescente en la calle

    Va a juicio acusado por asesinar a un adolescente en la calle

    Va a juicio acusado por asesinar a un adolescente en la calle

     

    8-10-2025

     

    Neuquén– Durante una audiencia de control de acusación realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Andrés Azar requirió que un varón, R.J.C, sea juzgado por haber asesinado de un disparo a un adolescente en el barrio Confluencia de la ciudad de Neuquén.

     

    El delito que el fiscal del caso le atribuyó es homicidio agravado por el uso de arma de fuego en carácter de autor. Como la expectativa de pena para este delito es superior a 3 años de prisión e inferior a 15, el funcionario del Ministerio Público Fiscal pidió que intervenga un tribunal colegiado.

     

    De acuerdo a la investigación, el hecho que la fiscalía intentará probar en el debate fue cometido el 9 de mayo, entre la medianoche y la 1.20 de la madrugada, en la esquina de Paimún y Boerr. Tras un enfrentamiento entre dos grupos de personas, que comenzó con una discusión en la vía pública, R.J.C efectuó un disparo a corta distancia y con intención homicida, que impactó en el rostro del adolescente. La víctima murió de forma inmediata como consecuencia de un traumatismo de cráneo grave, provocado por proyectil de arma de fuego.

     

    Luego de ocurrido el homicidio, los incidentes en el barrio continuaron y un grupo de personas intentó incendiar la casa del acusado y, por este motivo, debió intervenir personal policial antidisturbios para controlar la situación.

     

    Entre las pruebas que el funcionario del MPF detalló para producir en el debate se encuentran: declaraciones de testigos, peritos, médicos y efectivos policiales que intervinieron; documental y secuestros; y el video de una cámara de vigilancia que grabó el momento en que la víctima recibió el disparo.

     

    El juez de garantías que intervino en la audiencia, Luis Giorgetti, avaló el requerimiento de la fiscalía. De esta forma, el magistrado abrió la etapa de juicio y dio intervención a un tribunal colegiado para que juzgue el caso.

     

    Con la resolución adoptada por el juez de garantías, la Oficina Judicial deberá fijar, en los próximos días, la fecha para la realización del debate oral.

     

    R.J.C se encuentra detenido en prisión preventiva y seguirá cumpliendo la medida, que fue fijada por existencia de riesgo de fuga y peligro de entorpecimiento de la investigación.

  • Fiscal pidió 15 años de prisión para un varón que abusó de una niña de su entorno

    Fiscal pidió 15 años de prisión para un varón que abusó de una niña de su entorno

    Fiscal pidió 15 años de prisión para un varón que abusó de una niña de su entorno

     

    08-10-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena que demandó dos jornadas, el fiscal del caso Manuel Islas le pidió a un tribunal colegiado que condene a un varón, M.A.P.C, a 15 años de prisión efectiva por haber abusado sexualmente de una niña de su entorno cercano.

     

    Para solicitar la pena, Islas valoró como agravantes la reiteración de hechos, el vínculo entre el imputado y la víctima, el contexto de violencia intrafamiliar y la relación asimétrica de poder, además de los propios de la calificación legal (convivencia y guarda). Como atenuante, el fiscal del caso solo tuvo en cuenta la ausencia de antecedentes penales.

     

    Además de la pena, el representante del Ministerio Público Fiscal pidió que se decomise el vehículo del condenado que utilizó para cometer los abusos, con el objetivo de realizar una reparación económica a la víctima para que pueda afrontar un tratamiento.

     

    En un juicio realizado en junio, la fiscalía probó que M.A.P.C cometió el delito de abuso sexual con acceso carnal –continuado-, doblemente calificado por la guarda y la convivencia con una víctima menor de 18 años, en carácter de autor.

     

    Los abusos se extendieron entre 2017 y 2021, mientras M.A.P.C. compartía domicilio con la víctima, al mantener una relación de pareja con su madre. Los hechos ocurrieron en dos viviendas, una en Neuquén y otra en Centenario, y también en un automóvil. Para cometer los abusos el imputado aprovechaba los momentos en que la niña quedaba a su cuidado y se aseguraba la impunidad de sus actos mediante amenazas.

     

    La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia Mónica Palomba, que intervino como querellante en representación de la víctima, adhirió a la pena solicitada por Islas y al pedido de decomiso del vehículo.

     

    El tribunal colegiado encargado de determinar el monto de la condena, integrado por la jueza Patricia Lupica Cristo y por los jueces Raúl Aufranc y Juan Pablo Encina, pasó a deliberar y dará a conocer la resolución que adopte dentro del plazo legal. Una vez que sea fijada la pena, M.A.P.C deberá ser inscripto en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

  • Lo atraparon en un control con una camioneta robada: fue imputado

    Lo atraparon en un control con una camioneta robada: fue imputado

    Lo atraparon en un control con una camioneta robada: fue imputado

     

    08-10-2025

     

    Neuquén – La asistente letrada Lorena Juárez formuló cargos contra un hombre, al que le atribuyó haber recibido y mantenido en su poder, a sabiendas de su origen ilícito, una camioneta Jeep Compas que fue robada en noviembre de 2024.

     

    El acusado es K.A.F, y durante una audiencia realizada hoy, la representante de la unidad fiscal de Robos y Hurtos le imputó haber recibido y mantenido en su poder, a sabiendas de su origen ilícito, una camioneta marca Jeep, modelo Compass, durante un período incierto pero que concluyó el día en que  fue demorado por personal policial, el 28 de febrero pasado.

     

    Juárez precisó ante el juez Cristian Piana que el acusado fue detenido por personal de la comisaría 21 de Neuquén, en un operativo de control vehicular de rutina realizado sobre la Avenida Huilen. La camioneta había sido robada el 29 de noviembre de 2024, a las 19 horas, en la esquina de calles Guerrico y Juan XXIII, cuando el propietario la había dejado estacionada en la vía pública.

     

    La asistente letrada encuadró los hechos en el delito de encubrimiento por receptación dolosa en carácter de autor (artículos 277, inciso 1, apartado “c”; y 45 del Código Penal).

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías tuvo por formulados los cargos y fijó la investigación en dos meses. De acuerdo a lo que planteó la fiscal en la audiencia, el plazo se utilizará para intentar una resolución del conflicto alternativa, como una donación a una institución de bien público, en función de que el imputado no tiene antecedentes y que la pena posible sería de ejecución condicional.

  • Por un conflicto lo asesinó de un disparo: fue condenado a 12 años y 6 meses de prisión

    Por un conflicto lo asesinó de un disparo: fue condenado a 12 años y 6 meses de prisión

    Por un conflicto lo asesinó de un disparo: fue condenado a 12 años y 6 meses de prisión

     

    07-10-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la Ciudad Judicial, la asistente letrada Carolina Gutiérrez presentó un acuerdo de partes mediante el cual Maximiliano Claudio Robledo fue declarado penalmente responsable por el homicidio de Matías López y luego, fue condenando a 12 años y 6 meses de prisión efectiva.

     

    Entre las entre las 23:30 del 12 de febrero y las 00:30 día siguiente, Robledo y López, que se conocían y mantenían un conflicto previo, se encontraron en una calle del sector Atahualpa de la zona Oeste de Neuquén capital. Por este motivo, al verlo, Robledo le disparó a López mientras iba en su auto y, al no haber lograr herirlo, lo persiguió, volvió a efectuarle disparos y lo mató.

     

    El hecho fue cometido cuando la víctima, que iba en un vehículo junto a su pareja y su hija, se dirigía hacia la casa de un familiar ubicada en el barrio mencionado anteriormente. En el trayecto, pasaron frente a la vivienda del imputado, quien se encontraba en la parte exterior junto a otras personas. Allí se produjo una discusión entre López y Robledo por un conflicto previo. Cuando el conductor del auto comenzó a alejarse, el acusado efectuó al menos un disparo con arma de fuego hacia el vehículo. López frenó y le recriminó la actitud, pero al ver que el grupo de personas se acercaba al auto, decidió escapar del lugar y retornar a la casa en la que había estado minutos antes del incidente. Fue allí, cuando junto a su pareja e hija intentaban ingresar a la vivienda, que recibió un disparo en la cabeza, efectuado por el imputado, quien inmediatamente después se dio a la fuga. López falleció a causa de un traumatismo cráneo-encefálico grave, producido por herida de proyectil de arma de fuego.

     

    Como parte del acuerdo, la fiscalía mantuvo la misma acusación contra Robledo que le atribuyó desde la audiencia de formulación de cargos, por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, en carácter de autor (artículos 41 bis; 45 y 79 del Código Penal).

     

    La querella particular que intervino en representación de la familia de López adhirió a los hechos, calificación legal y prueba presentados por la fiscalía. El imputado, por su parte, reconoció haber cometido el homicidio.

     

    En relación a la pena Gutiérrez describió los agravantes y atenuantes particulares del caso y pidió que se le impongan a Robledo 12 años y 6 meses de prisión. La querella y la defensa se mostraron a favor de que el caso se resuelva con un acuerdo que implique la declaración de responsabilidad y la imposición de la pena requerida por la funcionaria del MPF.

     

    Tras escuchar a las partes, el tribunal colegiado que estuvo a cargo de la audiencia, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Luis Giorgetti y Cristian Piana, avaló el acuerdo. De esta forma, el tribunal declaró la responsabilidad de Robledo y lo condenó a 12 años de prisión de cumplimiento efectivo.

     

  • Tribunal otorga SJP a conductor que provocó una muerte al volcar a 200 km/h

    Tribunal otorga SJP a conductor que provocó una muerte al volcar a 200 km/h

    Tribunal otorga SJP a conductor que provocó una muerte al volcar a 200 km/h

     

    07-10-2025

     

    Neuquén-  Un tribunal de impugnación integrado por las juezas Patricia Lupica Cristo y Liliana Deiub y por el juez Mauricio Macagno concedió la suspensión de juicio a prueba al conductor de un auto al que la fiscalía imputó por homicidio culposo por provocar la muerte de una persona, al volcar a 200 km/h. Es la segunda vez que ante recursos de la defensa se revierte la decisión de un juez de garantías que, por pedido de la fiscalía y de la querella particular, había rechazado otorgar el beneficio al imputado.

     

    El acusado es M.R, quien manejaba un automóvil que volcó y provocó la muerte de su acompañante, de Edgar David Bartes.

     

    El hecho ocurrió el 29 de junio de 2024, cerca de las 14:00, en la ruta provincial N° 51, 15 kilómetros al Oeste de la rotonda ubicada en la intersección con la Ruta provincial N° 7. El imputado, M.R, conducía un automóvil BMW M240 y Bartes iba como acompañante. Lo hacía circulando a más de 200 km/h, de forma negligente y antirreglamentaria, cuando se produjo la explosión del neumático trasero izquierdo que provocó la desestabilización del automóvil. El conductor perdió el control del vehículo, derrapó y finalmente volcó. Como consecuencia de ello, Bartes falleció a causa de un traumatismo encefalocraneano grave.

     

    Al momento del vuelco, las pericias indicaron que M.R conducía excediendo el límite de velocidad permitido de 110 km/h: se movilizaba al menos a 203 km/h.

     

    Oposición fiscal

     

    En una audiencia realizada en octubre de 2024, el asistente letrado Pablo Jávega formuló cargos por homicidio culposo por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, doblemente agravado por conducir en exceso de velocidad de más de 30km/h y con culpa temeraria, en carácter de autor (artículos 84 bis segundo párrafo y 45 del Código Penal y lo normado en el artículo 1 de la Ley provincial 2178 que adhiere a la Ley Nacional de tránsito en los artículos 39, 50 y 51 inciso “b”).

     

    Ante un planteo de la defensa en una audiencia posterior, la fiscal del caso Silvia Moreira se opuso a resolver el caso mediante una suspensión de juicio a prueba. También lo hizo la querella en representación de familiares de la víctima y el juez de garantías Cristian Piana coincidió: sostuvo que “la suspensión de juicio a prueba no podía prosperar en el caso y que eran “varios los elementos que dan cuenta que está fundada la oposición de las partes acusadoras al otorgamiento”. Se apoyó, principalmente, en que por razones de política de persecución penal, la pretensión de pena del MPF era superior a los 3 años de condena condicional que se prevén como requisito para otorgar una suspensión del proceso a prueba.

     

    El 21 de julio de este año, un tribunal de impugnación integrado por Patricia Lupica Cristo, Liliana Deiub y Mauricio Macagno anuló la decisión del juez: consideró que no se había evaluado correctamente la posibilidad de que el caso se resolviera con una pena condicional (requisito para otorgar la SPJ). Se ordenó un nuevo análisis ante otro juez, al considerar que las políticas de persecución penal de la fiscalía no son obligatorias para los y las juezas.

     

    En una nueva audiencia, realizada en agosto pasado, el juez de garantías Raúl Aufranc volvió a convalidar la posición de la fiscalía de avanzar hacia el juicio.

     

    La defensa de M.R. volvió a impugnar y, en una resolución adoptada ayer por Lupica Cristo, Deiub y Macagno, el tribunal nuevamente resolvió en contra del posicionamiento del MPF. Esta vez, revocó la decisión del juez Aufranc y directamente concedió la suspensión de juicio a prueba, para que en una nueva audiencia ante un juez de garantías se discutan las condiciones que el acusado deberá cumplir.