Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Cometió robos y hurtos, acuerdan pena efectiva con modalidad especial

    Cometió robos y hurtos, acuerdan pena efectiva con modalidad especial

    Cometió robos y hurtos, acuerdan pena efectiva con modalidad especial

     

    19-11-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la ciudad judicial, el fiscal del caso Horacio Maitini y la asistente letrada Silvia Garrido presentaron un acuerdo que alcanzaron con la defensa de José Manuel Yáñez, mediante el cual lo declaró penalmente responsable por 12 hechos y se le impuso un condena.

     

    Para arribar al monto de la pena solicitado, de 2 años y 6 meses, los funcionarios del Ministerio Público Fiscal valoraron como circunstancias agravantes: la cantidad de hechos cometidos; y que Yáñez ya cumplió una condena anterior. Como atenuantes tuvieron en cuenta: la escasa lesividad en los hechos; que fueron todos tentados; no hubo personas heridas, sólo daño contra las cosas; y la especial condición de vulnerabilidad del imputado.

     

    En relación a la modalidad de cumplimiento de la condena, las partes acordaron que sea efectiva pero bajo una modalidad especial que atienda las necesidades de Yáñez, quien será acompañado y tratado por un equipo interdisciplinario y cumplirá la pena en una institución de rehabilitación integral.

     

    Durante la audiencia declaró un médico psiquiatra quien recomendó que se realice un tratamiento rehabilitador y brindó detalles sobre el procedimiento específico que Yáñez debe realizar.

     

    Las víctimas de todos los hechos fueron informadas sobre el acuerdo alcanzado por las partes y se mostraron a favor de que el caso se resuelva de esta forma.

     

    Los delitos que la fiscalía le atribuyó a Yáñez, y que él asumió haber cometido, son robo simple y hurto con escalamiento, en carácter de autor y además, robo simple -4 hechos-, hurto simple -2 hechos-, hurto con escalamiento -3 hechos- y robo calificado por ser en poblado y en banda, en carácter de coautor y a su vez, todos los hechos en grado de tentativa (artículos 162, 163 incisos tercero y cuarto, 164, 167 inciso tercero, 45 y 42 del Código Penal).

     

    El juez de garantías Luis Giorgetti, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el requerimiento de las partes. De esta forma declaró penalmente responsable a Yáñez por los delitos descriptos por la fiscalía y fijó la condena de 2 años y 6 meses. Finalmente, y de acuerdo con lo solicitado por las partes, el magistrado hizo lugar al pedido de que la pena se cumpla en una institución con características especiales para que el condenado realice un tratamiento

    integral.

     

    Como parte de su resolución, el juez también dictó la primera reincidencia de Yáñez.

     

    Durante la audiencia y de común acuerdo de las partes fue extendida la prisión preventiva que el condenado viene cumpliendo con el objetivo que la pena quede firme y pueda comenzar a ser ejecutada.

     

    Los  hechos

     

    De acuerdo a la acusación del MPF Yáñez cometió 12 hechos, todos en la ciudad de Neuquén y en el año 2024:

    – El primero fue el 25 de marzo, cerca de las 5:30, cuando junto a otra persona sustrajeron una malla cima de una obra en construcción ubicada en el barrio Confluencia. Ambos fueron aprehendidos por la policía, mientras arrastraban la malla cima, por calle Copahue en la esquina con Paimún. 

    – El segundo ocurrió el 7 de abril sobre calle Tandil. El imputado, que estaba junto a otra persona, rompió el vidrio de un vehículo Fiat Fiorino con intenciones de robar elementos. En ese momento, fue visto por una persona que pasaba por el lugar y lo aprehendió a las pocas cuadras, sobre calle Domuyo esquina Aluminé, hasta que llegó la policía.

    – El tercero fue el 8 de abril, alrededor de las 4:40 de la madrugada, en la calle Versegnassi. Yáñez, acompañado por otra persona, intentó robar una batería de un camión Mercedes Benz y ambos fueron sorprendidos por personal policial de Comisaría Segunda cuando pretendían cortar los cables de la batería y fueron demorados.

    – El cuarto ocurrió el 28 de mayo en la calle Cacique Calvuqueo. Cerca de las 9:40, el imputado, utilizando un cuchillo, abrió el capot de un automóvil Suzuki Fun que estaba estacionado y sustrajo la batería. Alertados por un vecino que vio el hecho, efectivos de la policía provincial lo detuvieron sobre calle Colihue esquina Saturnino Torres.

    – El quinto fue el 7 de junio, aproximadamente a las 2:15 de la madrugada, cuando Yáñez intentó sustraer 9 bolsas de carbón de una leñera ubicada en la calle Richieri. Mientras arrojaba las bolsas desde el interior del comercio hacia un carro de supermercado, fue aprehendido por efectivos policiales.

    – El sexto ocurrió el 11 de junio, cerca de la 1:30 de la mañana, en la calle Saturnino Torres. El imputado y otra persona ingresaron escalando a un inmueble y sustrajeron, arrancando sus cables, una batería de un camión Mercedes Benz. Luego, fueron aprehendidos por efectivos policiales en la calle Linares.

    – El séptimo fue el 27 de junio, aproximadamente a las 1:50 de la mañana, cuando el acusado intentó sustraer elementos de una propiedad ubicada sobre calle Güemes, junto a un cómplice. Yáñez ingresó escalando una reja y, alertados por una vecina, efectivos policiales lo encontraron escondido debajo de un auto.

    – El octavo ocurrió el 10 de julio, alrededor de las 00:50 de la mañana, en calle una leñera de la calle Richieri. Junto a otra persona sustrajeron de ese lugar 4 bolsas de leña y huyeron pero a los pocos minutos fueron vistos por policías que patrullaban y fueron demorados.

    – El noveno fue el 23 de junio, cerca de las 2.40 de la madrugada. Yáñez junto a otra persona forzaron el capot de un automóvil Gol Trend que estaba estacionado en calle Monseñor D´Andrea y sustrajeron la batería. El hecho fue advertido por el dueño del auto quien avisó a la policía y, tras lo cual, los efectivos los demoraron a las pocas cuadras.

    – El décimo ocurrió el 8 de agosto, aproximadamente a las 9.30, en la calle Copahue. El imputado y otra persona saltaron un paredón de más de 3 metros e ingresaron a la parte trasera de una vivienda. Allí sustrajeron un perfil metálico de 5 metros de largo. Un vecino los vio y llamó a la policía, tras lo cual fueron demorados en calle Colihue esquina Saturnino Torres.

    – El decimoprimero fue el 15 de noviembre, cerca de las 5:10, sobre calle Arenales. Yáñez junto a otras dos personas dañaron el capot de un automóvil modelo Gol y sustrajeron la batería tras cortar los cables que la conectaban. Alertados por vecinos, efectivos policiales los persiguieron y los demoraron sobre calle Chubut esquina Ricardo Rojas.

    – El duodécimo ocurrió el 22 de agosto, alrededor de las 4:30 de la mañana, en una sucursal bancaria ubicada en la calle Perticone esquina Chubut. Yáñez junto a otra persona ingresaron al lugar y mediante la utilización de una barreta, dañaron un cajero automático con la intención de sustraer el dinero de su interior. Tras no poder consumar el hecho, se retiraron. Todo quedó videofilmado por las cámaras de seguridad.

  • Planes sociales: anulan la decisión de un juez por «violación del debido proceso»

    Planes sociales: anulan la decisión de un juez por «violación del debido proceso»

    Planes sociales: anulan la decisión de un juez por «violación del debido proceso»

     

    19-11-2025

     

    Neuquén- Un tribunal de impugnación hizo lugar a un pedido del fiscal jefe Pablo Vignaroli y anuló lo resuelto por un juez de garantías, quien no permitió que la fiscalía argumentara contra la posición de la defensa en una audiencia para definir la prueba con la que se discutirán las penas en la causa por estafas con planes sociales.

     

    Integrado por los jueces Andrés Repetto y Nazareno Eulogio, junto a la jueza Estefanía Sauli, el tribunal sostuvo que se habilitó la impugnación de la fiscalía debido a que en un audiencia realizada la semana pasada, se produjo “una flagrante violación al debido proceso”. Por esa razón, ordenó volver a realizar la audiencia y, de ese modo, todas las partes puedan presentar sus argumentos.

     

    El juez Repetto destacó que la estructura del Sistema Penal de Neuquén se basa en que los jueces deben resolver sobre controversias, y que en el caso concreto, la controversia se presentó una vez que la defensa expuso sus argumentos y no antes, por lo que el juez debió habilitar la respuesta fiscal.

     

    La impugnación

     

    Vignaroli objetó lo resuelto por el juez de garantías Marco Lupica Cristo, quien hizo lugar a un  planteo de dos de las defensas y, sin escuchar los argumentos en contrario de parte de la fiscalía, excluyó prueba de la audiencia de determinación de la pena en la causa por estafas con planes sociales.

     

    La impugnación fiscal se dio en el marco del proceso iniciado tras el veredicto dictado el 23 de septiembre, cuando los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees declararon la responsabilidad de 12 de las 14 personas llevadas a juicio. El tribunal consideró acreditado que cometieron el delito de administración fraudulenta agravada en perjuicio del Estado y descartó la existencia de una asociación ilícita, tal como había postulado oportunamente el Ministerio Público Fiscal.

     

    El fiscal jefe afirmó que el juez de garantías resolvió sobre la base de los argumentos de la defensa, sin dar traslado a la fiscalía para responder a la oposición a la prueba ofrecida.  Para la fiscalía, este proceder vulneró el principio de contradictorio, la igualdad de armas, el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

     

    Tras escuchar a las partes, el Tribunal de Impugnación convalidó el planteo del fiscal jefe y ordenó el renvío del caso para volver a realizar la audiencia ante un nuevo juez de garantías. Será mañana a las 8:30, tal como se resolvió de manera inmediata.

  • Alcoholizado, chocó y provocó la muerte de un motociclista: fue acusado

    Alcoholizado, chocó y provocó la muerte de un motociclista: fue acusado

    Alcoholizado, chocó y provocó la muerte de un motociclista: fue acusado

     

    19-11-2025

     

    Neuquén –  El fiscal jefe Gastón Ávila formuló cargos a un varón que, alcoholizado y al volante de un auto, embistió a un motociclista en la ciudad de Villa La Angostura y la provocó la muerte.

     

    La acusación la realizó ayer por la mañana, y comprendió a B.C.B, a quien se le impusieron medidas cautelares por pedido del fiscal jefe: prohibición de salir del país y presentaciones en la comisaría.

     

    La teoría del caso del Ministerio Público Fiscal (MPF) es que el hecho ocurrió el 13 de febrero del año pasado. Alrededor de las 6.20 de la mañana el acusado, B.C.B, embistió con el Chevrolet Astra que manejaba, la moto en la que circulaba la víctima, Gustavo Garro. Fue en la esquina de Avenida de los Siete Lagos y Boulevard Quetrihue, y el impacto fue frontal.

     

    El imputado manejó el auto “de forma imprudente y antirreglamentaria,  bajo los efectos del alcohol, con 2,40 gramos por litro de sangre”, precisó el fiscal jefe.

     

    Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió traumatismo de cráneo grave y falleció.

     

    El delito que le atribuyó el fiscal jefe a B.C.B fue homicidio culposo calificado por conducir con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro en sangre, en calidad de autor.

     

    El abogado querellante, que representa a la familia de la víctima, adhirió a la descripción del hecho y el delito que propuso el MPF.

     

    Como medida cautelar requirió que, durante los dos meses de investigación, se presente en la Comisaría 28 de la ciudad cada 15 días y que se le imponga la prohibición de salir del país.

     

    Este requerimiento también contó con el acompañamiento del abogado querellante.

     

    El juez de garantías que dirigió la audiencia, Ignacio Pombo, avaló la formulación de cargos y el pedido de medidas cautelares, además de establecer el plazo de investigación en dos meses.

  • Tras acusación fiscal, imputado reconoció su responsabilidad y fue condenado por abuso sexual

    Tras acusación fiscal, imputado reconoció su responsabilidad y fue condenado por abuso sexual

    Tras acusación fiscal, imputado reconoció su responsabilidad y fue condenado por abuso sexual

     

    18-11-2025

     

    Neuquén- En el inicio del juicio por un caso de abuso sexual simple agravado, el fiscal del caso Manuel Islas describió los hechos y anticipó la prueba que produciría para alcanzar una declaración de responsabilidad penal del imputado, E.E.G.A, un profesor de música acusado por haber abusado sexualmente de una alumna en el contexto de una clase de piano particular. Pero no fue necesario avanzar: apenas concluyó el alegado fiscal, el imputado reconoció los hechos y, tras un cuarto intermedio, fue condenado mediante un acuerdo parcial.

     

    Ocurrió ayer, durante la que se había convocado como la primera audiencia del juicio. Junto a la asistente letrada Vanesa Muñoz, Islas presentó ante el tribunal la teoría del caso de la fiscalía. Indicó que el hecho ocurrió en mayo de 2024, durante la tercera clase particular que una adolescente tomaba en la casa del docente en un barrio de la ciudad de Neuquén, y que en ese contexto, el acusado aprovechó su posición de encargado de la educación para cometer los actos de abuso sexual. Islas precisó que la prueba incluía el testimonio de la víctima, el de su entorno familiar, informes terapéuticos y pericias psicológicas, además de evidencia digital y documental.

     

    Luego de esa exposición, la audiencia tomó un giro: el imputado pidió la palabra, reconoció la agresión, pidió disculpas y asumió su responsabilidad. Ante la ausencia de controversias sobre el hecho y su calificación, el tribunal dispuso transformar la audiencia en un procedimiento de acuerdo parcial de responsabilidad y declaró al imputado culpable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por quien estaba a cargo de la educación de la víctima (artículos 119, 1° párrafo y 5° párrafo, en función del 4°, inciso “b”;  y 45 del Código Penal).

     

    El fiscal destacó que el mecanismo procesal “permitió evitar a la víctima y a su familia la revictimización propia de un juicio completo”, y que la resolución se apoyó no solo en la admisión del acusado, sino también en la prueba reunida durante la investigación.

     

    Señaló además que “la expectativa de la familia no es la venganza, sino que estos hechos no vuelvan a repetirse con ningún alumno o alumna”.

     

    Como el acuerdo de responsabilidad fue parcial, en una próxima audiencia, ante el mismo tribunal –integrado por la jueza Carina Álvarez, Raúl Aufranc y Juan Manuel Kees- las partes deberán debatir la pena que corresponderá imponer.

     

    Como en todos los casos de delitos contra la integridad sexual, el nombre del condenado y otros datos sensibles del proceso se mantienen en reserva para proteger la intimidad de la víctima.

  • Por acuerdo, un varón fue condenado por abusar sexualmente de una niña

    Por acuerdo, un varón fue condenado por abusar sexualmente de una niña

    Por acuerdo, un varón fue condenado por abusar sexualmente de una niña

     

    18-11-2025

     

    Neuquén – Mediante un acuerdo pleno presentado hoy por el fiscal del caso Gastón Medina, un varón reconoció haber abusado sexualmente de una niña en Neuquén, fue declarado penalmente responsable y se le impuso una condena.

     

    Durante la audiencia, el fiscal del caso presentó el acuerdo que comprendió el reconocimiento de los hechos por parte de H.J.Z.F y la declaración de responsabilidad penal por el delito de abuso sexual simple agravado por la calidad del autor, en modalidad continuado y en carácter de autor (artículos 119 primer, cuarto inciso “b” y quinto párrafos y 45 del Código Penal).

     

    En relación a la pena, las partes acordaron la imposición de 3 años de cumplimiento condicional pero, como el condenado tiene antecedentes penales computables, la pena se unificó en una única condena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo.

     

    De acuerdo a la teoría del caso que detalló el representante del Ministerio Público Fiscal, entre febrero de 2023 y febrero de 2024, H.J.Z.F abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar cuando la víctima lo visitaba en su domicilio de un barrio de la capital provincial.

     

    Otro de los puntos de acuerdo entre las partes fue la fijación de una medida cautelar: prisión domiciliaria por dos meses, con el objetivo de que la pena quede firme y pueda comenzar a ejecutarse.

     

    El representante de la Defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia, que intervino como querellante en representación de la víctima, adhirió al pedido de la fiscalía. La defensa de H.J.Z.F, también se manifestó a favor de que el caso se resuelva mediante el acuerdo presentado.

     

    El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el acuerdo presentado por las partes, declaró la responsabilidad penal y condenó al acusado a la pena de 3 años de prisión. Además, el magistrado unificó la condena impuesta con una pena anterior en 4 años de prisión de cumplimiento efectivo. Finalmente, Piana fijó la prisión domiciliaria por el plazo requerido por las partes.

     

    Además de la imposición de la pena, el condenado será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiCoPeDIS). Su identidad se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima y su grupo familiar.

  • Imputado por robo violó dos veces la prisión domiciliaria y vuelve a preventiva

    Imputado por robo violó dos veces la prisión domiciliaria y vuelve a preventiva

    Imputado por robo violó dos veces la prisión domiciliaria y vuelve a preventiva

     

    17-11-2025

     

    Neuquén- Durante una audiencia realizada el domingo por la mañana, la asistente letrada Nadia Pérez solicitó que un hombre imputado por el robo de un auto, regrese a prisión preventiva, al considerar acreditado el riesgo de fuga luego de que el imputado incumpliera en dos oportunidades la detención domiciliaria que se le había otorgado.

     

    El imputado es P.A.F., y según la acusación fiscal, el 15 de agosto de 2025 alrededor de las 12:50, en Sarmiento y Chaneton de Neuquén, ingresó a un auto en el momento en que la víctima subía al asiento del conductor. Se abalanzó sobre ella y le exigió las llaves, iniciando un forcejeo en el que la mujer sufrió un corte menor en un dedo. El acusado arrancó el control de la alarma, pero fue visto por un móvil policial y detenido tras intentar escapar.

     

    En ese momento, el hecho fue calificado como robo doblemente agravado por tratarse de un vehículo dejado en la vía pública y con llave verdadera, en grado de tentativa.

     

    Además, durante la formulación de cargos se precisó que el imputado también está bajo investigación por intentar robar una rueda de auxilio de una camioneta, el 11 de junio de 2024.

     

    Medidas cautelares

     

    Al día siguiente del robo del auto, el 16 de agosto, el fiscal del caso Horacio Maitini pidió prisión preventiva, que el juez Cristian Piana fijó  por considerar acreditado el riesgo de fuga y riesgo para la víctima. Por pedido de la defensa, el 4 de septiembre el juez Raúl Aufranc concedió prisión domiciliaria, pero el imputado la incumplió y cuatro días después se lo declaró en rebeldía. El 17 de septiembre fue ubicado y se reinstauró la prisión preventiva. Permaneció detenido hasta el 5 de noviembre, cuando nuevamente el juez Aufranc avaló que cumpliera la medida de coerción en un domicilio, esta vez con control de tobillera electrónica. Sin embargo, ese dispositivo no llegó a ser utilizado, ya que abandonó la vivienda antes de que se pudiera implementar.

     

    El sábado pasado, cerca de las 23:00 horas en la esquina de calles Corrientes y Pachecos, P.A.F. fue detenido por la policía, que se presentó en el lugar a partir de un alerta del centro de monitoreo por la presencia de personas “en actitud sospechosa queriendo abrir unos vehículos». Al llegar y verificar la situación, se constató que uno de las era P.A.F., quien tenía pedido de captura.

     

    En la audiencia realizada el domingo, la asistente letrada Nadia Pérez requirió tres meses de prisión preventiva. Fundamentó el pedido en el doble incumplimiento de la detención domiciliaria, la falta de voluntad del imputado de someterse al proceso y el consecuente riesgo de fuga.

     

    El juez Luis Giorgetti hizo lugar parcialmente y fijó dos meses de prisión preventiva, al considerar que era un plazo prudente frente a los antecedentes de incumplimiento.

  • No permitió que el padre de su hija vea a la niña y fue acusada

    No permitió que el padre de su hija vea a la niña y fue acusada

    No permitió que el padre de su hija vea a la niña y fue acusada

     

     

    17-11-2025

     

    Neuquén – La asistente letrada de la fiscalía especializada en violencia contra las mujeres, diversidades y delitos sexuales Cecilia Sabatte, acusó a una mujer P.E.F, por haber impedido el contacto de su hija con su padre biológico.

     

    De acuerdo a la teoría del caso que describió la funcionaria del Ministerio Público Fiscal la imputada y el denunciante mantuvieron una relación de pareja no estable y, producto de ella, tuvieron una hija.

    Desde el nacimiento de la niña, la menor vivió con su madre en el domicilio de la mujer ubicado en un barrio de la ciudad de Neuquén.

    A razón de que los padres de la niña no pudieron llegar a un acuerdo relativo a su cuidado, concurrieron al Poder Judicial y, en el marco del legajo que se creó, una jueza de familia dispuso regímenes de comunicación. En ese contexto, P.E.F incumplió el régimen en reiteradas oportunidades al no permitir que el padre vea a la niña de acuerdo a lo dispuesto judicialmente.

    Además, durante el proceso judicial que tramita en el fuero de familia y, ante los reiterados incumplimientos, la jueza aplicó la imposición de astreintes diarios a la madre.

    De acuerdo a la exposición de Sabatte “desde el 18 de agosto de 2023 hasta la fecha, la imputada impidió e imposibilitó de manera reiterada, el contacto entre el padre (denunciante) y su hija de forma arbitraria y sin que existan motivos legítimos”.

    Durante el período citado por la funcionaria de la fiscalía, el padre de la niña realizó al menos 55 denuncias en comisarías, mientras que la cantidad de hechos de incumplimiento ascendió a, por lo menos, 11 hechos.  

     

    El delito que Sabatte le atribuyó a la imputada es impedimento de contacto agravado por la edad de la niña, en carácter de autora (artículo 1 última parte de la Ley 24270 y artículo 45 del Código Penal y Convención de los Derechos del Niño y la Niña).

     

    El abogado querellante particular, que interviene en representación del denunciante y padre de la niña, adhirió al pedido de la funcionaria del MPF en todos sus términos.

     

    El juez de garantías Cristian Piana tuvo por formulados los cargos de acuerdo a lo requerido por las partes acusadoras y fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses.

  • Extienden 2 meses la investigación por intento de homicidio con ensañamiento

    Extienden 2 meses la investigación por intento de homicidio con ensañamiento

    Extienden 2 meses la investigación por intento de homicidio con ensañamiento

     

    17-11-2025

     

    Neuquén- A pedido de la asistente letrada Gabriela Pellico, una jueza de garantías extendió por 2 meses la investigación y las medidas de coerción que pesan sobre cuatro personas imputadas por una tentativa de homicidio calificado y privación ilegítima de la libertad.

     

    La representante del Ministerio Público Fiscal fundamentó que aún falta realizar una pericia de ADN y la apertura de teléfonos secuestrados, en un contexto en el que persisten los riesgos procesales que justifican mantener las restricciones.

     

    El caso se originó el 22 de agosto, cuando la víctima fue golpeada, apuñalada y rociada con alcohol dentro de una vivienda de San Martín de los Andes. De acuerdo con lo informado oportunamente, se trata del principal testigo de una investigación por microtráfico de drogas y corre un riesgo grave, razón por la cual la fiscalía ha insistido en medidas estrictas para asegurar su protección y el desarrollo del proceso.

     

    Por el hecho están imputados tres varones: M.Z., S.A.C. y J.A.L., quienes continúan detenidos en domicilios de la localidad cordillerana y de la ciudad de Neuquén; además de C.I.V., cuya situación cautelar es distinta debido a un incumplimiento registrado el 14 de noviembre. Ese día la imputada —que cumplía prisión domiciliaria con tobillera— fue detectada dos veces fuera del perímetro, por lo que Pellico solicitó que volviera a cumplir prisión preventiva. El juez Ignacio Pombo coincidió con la representante de la fiscalía, por lo que C.I.V quedó detenida en la Comisaría 52 de Centenario.  En ese caso, aún se debe revisar la medida, tal como solicitó la defensa de la imputada.

     

    En la audiencia de hoy, La jueza Laura Barbé hizo lugar a todos los pedidos de la fiscalía y resolvió prorrogar el plazo de investigación hasta el 22 de enero de 2026, además de extender las medidas cautelares hasta esa misma fecha. En el caso de C.I.V., la modalidad de cumplimiento permanecerá sujeta al resultado de la audiencia de revisión solicitada por su defensa.

     

  • Responsable por estafas con la venta de terrenos empezará a cumplir condena

    Responsable por estafas con la venta de terrenos empezará a cumplir condena

    Responsable por estafas con la venta de terrenos empezará a cumplir condena

     

    17-11-2025

     

    Neuquén – Tras un pedido efectuado por el fiscal del caso Adrián De Lillo y el funcionario de la fiscalía Gustavo Vázquez, Ramiro Fabián Fernández fue constituido como detenido y comenzará a cumplir la condena de 4 años y 6 meses de prisión en una unidad de detención.

     

    Lo resolvió hoy el juez de garantías Ignacio Pombo, luego de que un Tribunal de Impugnación confirmara la condena impuesta a Fernández por un Tribunal Colegiado y, de esta forma, se alcance el doble conforme.

     

    La pena fue fijada por un tribunal colegiado, integrado por la jueza Vanessa Macedo Font y los jueces Maximiliano Bagnat y Federico Sommer, tras un juicio de cesura realizado en julio pasado. Además de la condena, el tribunal le fijó el doble de tiempo de inhabilitación para administrar bienes o realizar operaciones inmobiliarias.

     

    En audiencia de determinación de la pena el fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós habían solicitado que se le impongan 7 años y 6 meses de prisión, mientras que la querella particular había pedido 12 años y la defensa 1 año y 6 meses.

     

    La responsabilidad penal fue alcanzada mediante un acuerdo de partes, por lo que Fernández fue condenado por cometer estafas en la venta de terrenos por un valor aproximado de 1 millón de dólares, a través de la sucursal en Villa La Angostura de una inmobiliaria con sede en Buenos Aires.

     

    Los delitos por los cuales la fiscalía, los abogados querellantes que representan a las víctimas y la defensa de Fernández, acordaron la responsabilidad penal son estafa (36 hechos de estafas, 34 inmobiliaria y 2 financieras) y desbaratamiento de derechos acordados (3 hechos), todos en carácter de autor y en concurso real art (artículos 173 inciso 11, 45, 172 y 55 del Código Penal).

     

    Reseña del caso

     

    El 8 de marzo de 2024 se le formularon cargos por 45 hechos de estafas en concurso real y en calidad de autor, de los cuales 43 habían sido cometidos bajo la modalidad de estafas inmobiliaria, mientras que las 2 restantes fueron bajo la modalidad de estafa financiera, por un monto aproximado de 1,2  millones de dólares.

     

    A pedido de la fiscalía el caso fue declarado complejo, y se fijó un plazo de investigación de 6 meses, término que fue prorrogado en tres oportunidades.

     

    Durante el desarrollo de la investigación, el número de hechos fue modificándose y el 20 de diciembre de 2024 se reformuló la acusación, atribuyéndole en total 49 hechos de estafas (47 inmobiliarias y 2 financieras) y un hecho de desbaratamiento de derechos acordados.

     

    El Ministerio Público Fiscal aseguró que las evidencias recolectadas, entre las que figuran distintos boletos de compraventa y también escrituras, “llevaron al Ministerio Público Fiscal a la necesidad de reformular los cargos en relación a la venta de algunas unidades funcionales».

     

    Por último, el 3 de febrero pasado y tras procesar toda la información recolectada, hubo una nueva reformulación de cargos en la que se le atribuyeron un total 39 hechos, por los que finalmente aceptó su responsabilidad y fue condenado.

     

    Los hechos

     

    Las estafas fueron cometidas bajo tres modalidades comisivas, entre agosto de 2017 y diciembre de 2023.

    – La primera fue en el ofrecimiento para la venta de unidades funcionales de un loteo, para luego al momento de suscribir los respectivos boletos de compraventa, colocar nomenclaturas catastrales correspondientes a otros lotes que ya habían sido vendidos, llegando a revender un mismo lote en más de oportunidad.

    – La segunda modalidad adoptada consistió en plasmar en un boleto de compraventa nomenclaturas catastrales de una unidad funcional inexistente dentro del mismo loteo.

    – La tercera fue vender unidades funcionales respecto de las cuales el acusado no era propietario, ni tenía poder conferido a su favor que le permitiese llevar a cabo las operaciones de venta concretadas.

     

    El monto de la estafa fue aproximadamente de 1 millón de dólares.

  • Acusados por abusar de una mujer quedaron detenidos con preventiva

    Acusados por abusar de una mujer quedaron detenidos con preventiva

    Acusados por abusar de una mujer quedaron detenidos con preventiva

     

    17-11-2025

     

    Neuquén – El fiscal del caso Gastón Medina formuló cargos a dos personas por abusar sexualmente de una mujer en la ciudad de Neuquén, y pidió que permanezcan detenidos con prisión preventiva.

    De acuerdo a la información preliminar recolectada por el Ministerio Público Fiscal (MPF) y estableció que el hecho fue cometido el pasado viernes 13 de noviembre alrededor de las 3 de la madrugada en el interior de una casa.

    La mujer fue a comprar cervezas y se cruzó con un vecino al que conocía y se pusieron a conversar. Él estaba en la calle junto a otros dos varones y le convidó un vaso con Fernet. Ella aceptó y después de beber comenzó a sentirse mal.

    Los tres ofrecieron llevarla hacia su casa y caminaron unos metros, pero luego la tomaron de los brazos y, pese a que ella manifestó que no quería, la metieron en la casa del vecino, a unos 200 metros de su vivienda. Allí abusaron sexualmente.

    Luego la víctima logró salir por sus propios medios de la casa y, antes de hacerlo, intentó agarrar una campera que le habían sacado y en la que tenía dinero, pero por error se llevó un buzo.

    Fue hacia su vivienda, donde los familiares que la ayudaron descubrieron en el bolsillo del buzo un DNI y un dispositivo electrónico.

    El fiscal del caso indicó en la audiencia realizada el viernes pasado, que el DNI pertenece a uno de los acusados, así como el dispositivo que es complementario de una tobillera electrónica que tiene colocada por un caso violencia de género, para evitar que se acerque a su expareja.

     

    Los tres varones involucrados en el hecho son C.N.C (vecino) y J.G.A (dueño del buzo en donde estaba su DNI y quien está con tobillera), y un tercero que aún no fue identificado y permanece prófugo.

    A ambos les atribuyó el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por el concurso de dos o más personas, en calidad de autor para J.G.A, y en calidad de partícipe necesario para C.N.C.

    Durante la audiencia, entre la prueba recolectada, el fiscal del caso precisó que personal del Cuerpo Médico Forense constató lesiones compatibles con abuso sexual que sufrió la mujer;  que una psicóloga del Servicio de Asistencia  la Víctima y Testigos (SAVyT) del MPF reveló diversos síntomas que presentaba la mujer; y que el informe sobre el dispositivo electrónico sitúa a J.G.A en la zona de la casa donde fue cometido el abuso sexual, y en el horario en que fue cometido.

     

    En simultáneo, el fiscal del caso requirió estudios toxicológicos y de ADN.

    Cómo medida cautelar, el representante del MPF solicitó que ambos permanezcan detenidos con prisión preventiva por existir riesgo para la integridad de la víctima, y de no sometimiento al proceso penal.

    El juez de garantías Luis Giorgetti avaló la formulación de cargos y el pedido de prisión preventiva por un plazo de tres meses. El plazo de investigación lo fijó en cuatro meses.

    En el caso de J.G.A, también fue acusado en la misma audiencia por un hecho de tentativa de hurto en un comercio. La imputación la efectuó la fiscal Soledad Rangone, quien planteó que el 18 de octubre de 2025, alrededor de 23.50, ingresó a un local comercial en Yrigoyen 450 tras escalar un paredón de 4 metros de altura. Intentó llevarse distintos objetos y fue detenido por personal policial luego de que el dueño avisara tras la activación de la alarma.

     

    Lo imputó por hurto con escalamiento en grado de tentativa, en calidad de autor.

     

    Más allá de la prisión preventiva impuesta, y por pedido del MPF, el juez dispuso que una vez vencida esta medida, J.G.A no podrá acercarse al comercio por un radio de 200 metros.