Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Acusan a un hombre por embestir a un inspector de tránsito para evadir un control

    Acusan a un hombre por embestir a un inspector de tránsito para evadir un control

    Acusan a un hombre por embestir a un inspector de tránsito para evadir un control

     

    14-11-2025

     

    Neuquén– El asistente letrado Emilio Briguglio formuló cargos contra F.G.R. por haber desobedecido la orden de un inspector de tránsito de la Municipalidad de Neuquén, a quien lesionó, y por haber dañado un vehículo de uso público mientras intentaba escapar de un control.

     

    El hecho ocurrió el jueves 13 de noviembre, alrededor de las 6:30, en la intersección de Avenida Argentina y Belgrano, en Neuquén capital. En ese momento, la víctima —un inspector de tránsito que circulaba en una motocicleta oficial junto a un compañero— se acercó al conductor de un Volkswagen Cross Fox blanco que había estacionado de manera irregular para evadir un control vehicular. Según la acusación, el imputado hizo caso omiso a la voz de alto, retrocedió para darse a la fuga y, cuando el inspector se colocó frente al vehículo para evitarlo, aceleró y lo embistió, arrojándolo al suelo. Luego pasó por encima de la motocicleta y huyó por calle Alderete.

     

    Tras una persecución realizada por personal municipal y policial —durante la cual el conductor cruzó varios semáforos en rojo—, el vehículo colisionó contra un poste de alumbrado en calle Independencia al 2300, donde F.G.R. fue demorado. La prueba de alcoholemia arrojó resultado positivo: 1,89 g/L.

     

    La conducta fue calificada como resistencia a la autoridad y lesiones leves, en concurso ideal, y en concurso real con daño calificado por haberse ejecutado para impedir el libre ejercicio de la autoridad, todo en carácter de autor (artículos 239, 89, 183, 184, 45, 54 y 55 del Código Penal).

     

    El juez de garantías Luis Giorgetti tuvo por formulados los cargos por parte de la fiscalía y, tras escuchar a las partes, fijó el plazo de investigación en cuatro meses. También hizo lugar a las medidas cautelares solicitadas por Briguglio, consistentes en presentaciones semanales en la comisaría 1° de Neuquén, en función de los mínimos de las penas previstas para los delitos atribuidos (15 días y 4 meses de prisión respectivamente) y que el imputado no tiene antecedentes penales.

  • Una mujer será juzgada por instigar un homicidio por el que ya se condenó al autor

    Una mujer será juzgada por instigar un homicidio por el que ya se condenó al autor

    Una mujer será juzgada por instigar un homicidio por el que ya se condenó al autor

     

    14-11-2025

     

    Neuquén– El fiscal jefe Gastón Liotard requirió que una mujer, S.A.C., sea juzgada por haber instigado el homicidio de Javier Charpentier, trabajador municipal de Plaza Huincul asesinado en febrero de 2024.

     

    El juez Lisandro Borgonovo declaró cerrada la etapa de investigación penal preparatoria y resolvió que el caso se tramite en un juicio ante un tribunal colegiado de tres integrantes.

     

    Liotard precisó que a la imputada se le reprocha haber ordenado la muerte violenta de Javier Charpentier. “Hemos recabado que le dio la orden al condenado Díaz, quien ya se encuentra cumpliendo pena”, afirmó durante la audiencia.

     

    Según la acusación, el 8 de febrero de 2024, entre las 6.45 y las 6.55, en la zona del cargadero municipal —sector conocido como ex talleres de YPF—, Matías Emiliano Díaz interceptó a Charpentier cuando éste se retiraba del lugar a bordo de un camión Mercedes Benz. Armado con una pistola calibre 9 mm, realizó al menos trece disparos, siete de los cuales impactaron en la víctima y le provocaron la muerte por un shock hemodinámico derivado de una lesión vascular en el cayado aórtico.

     

    La teoría del caso sostiene que Díaz actuó por orden de S.A.C., quien lo determinó a cometer el homicidio en el marco de un conflicto de larga data entre su entorno familiar y el de la víctima. Tras el ataque, Díaz huyó en un camión regador —propiedad de S.A.C.— conducido por Alberto Alejandro Pérez. Tanto Díaz como Pérez ya fueron condenados a 10 años y 8 meses de prisión por su participación.

     

    La imputada, quien permanece en prisión preventiva, será juzgada entonces como instigadora del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, de acuerdo con los artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal.

     

    Abuso de armas

     

    Tras resolver el pase a etapa de juicio por la instigación del homicidio, el fiscal jefe también pidió que se habilite el juzgamiento por haber instigado una serie de ataques con armas de fuego respecto de otra persona, familiar de la víctima Charpentier, en el marco de los mismos conflictos.

     

    Se trató de tres agresiones con disparos de arma en la vía pública cometidas en Plaza Huincul el 29 de marzo, el 30 de mayo y el 4 de junio. En este caso, se le atribuyó el delito de abuso de armas, al igual que en el homicidio, en carácter de instigadora.

     

    Tras escuchar las teorías del caso de la fiscalía y los pedidos de las partes, el juez unificó las causas y dispuso que todos los delitos se juzguen en conjunto.

  • Declaran responsable a un hombre por un homicidio cometido en un barrio de Neuquén

    Declaran responsable a un hombre por un homicidio cometido en un barrio de Neuquén

    Declaran responsable a un hombre por un homicidio cometido en un barrio de Neuquén

     

    13-11-2025

     

    Neuquén – A pedido de la fiscal del caso Lucrecia Sola, un tribunal declaró responsable a Federico Norberto Abello por el homicidio de Francisco Basualdo Millacán, cometido la noche del 12 de enero de 2025 en el barrio Villa Ceferino de esta ciudad.

     

    Según la acusación de la fiscalía, la víctima había ingresado al domicilio de Abello para realizar una compra de estupefacientes y allí comenzó una discusión que continuó fuera de la vivienda. En ese contexto, Sola relató que Abello accionó tres veces una pistola calibre 9 mm: uno de los disparos no salió del arma, otro no impactó y el tercero ingresó en la zona del tórax de Basualdo Millacán, provocándole la muerte en el lugar. Luego, sostuvo la fiscal del caso, el agresor regresó brevemente a su casa y más tarde se retiró junto a su pareja a bordo de un auto.

     

    El hecho fue calificado como homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor (artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    En el mismo juicio también se analizó un hecho previo de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, ocurrido en 2023 en el mismo domicilio, por el cual Abello también fue acusado.

     

    El juicio comenzó el viernes y que cerró con los alegatos de las partes el martes, en donde la fiscalía pidió la declaración de responsabilidad. La defensa, por su parte, planteó que el accionar de Abello, en el caso del homicidio, fue en legítima defensa; mientras que pidió la absolución respecto de la tenencia de arma de fuego.

     

    El tribunal, integrado por los jueces Andrés Repetto, Raúl Aufranc y Marco Lupica Cristo, avaló las acusaciones presentadas por la fiscal Sola y declaró la responsabilidad penal de Abello por ambos hechos.

     

    Abello llegó al juicio en prisión preventiva, medida que continuará vigente hasta la realización de una nueva audiencia en la que se debatirá el monto de la pena.

  • Defraudó los intereses de una escuela mientras trabajaba como administrativa y fue acusada

    Defraudó los intereses de una escuela mientras trabajaba como administrativa y fue acusada

    Defraudó los intereses de una escuela mientras trabajaba como administrativa y fue acusada

     

    13-11-2025

     

    Neuquén – La fiscal del caso Valeria Panozzo, junto al asistente letrado de la fiscalía de Delitos Económicos Facundo Bernat, formuló cargos a una mujer, C.N.C.A, por defraudar el patrimonio de la Fundación Escuela Cristiana Evangélica de Neuquén por un monto superior a seis millones de pesos.

     

    De acuerdo con la investigación, la imputada se desempeñó como secretaria administrativa del colegio Escuela Cristiana Evangélica de Neuquén, sede Senillosa, entre marzo de 2011 y mayo de 2025. En el ejercicio de esa función, estaba a cargo de cobrar las cuotas mensuales y de reinscripción de los alumnos, pero según la acusación, desvió parte de esos pagos a su cuenta personal de Mercado Pago, en lugar de ingresarlos a las cuentas institucionales de la fundación.

     

    De esta manera, entre 2022 y 2025, habría recibido en su cuenta más de 50 transferencias de distintas familias de estudiantes, por montos que suman más de $6.008.000, ocasionando un perjuicio económico a la institución educativa.

     

    El delito que le atribuyeron los funcionarios de la fiscalía le atribuyeron es administración fraudulenta en carácter de autora (artículos 173 inciso séptimo y 45 del Código Penal).

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de Panozzo y Bernat y dio por formulados los cargos. Además, la magistrada fijó el plazo para que la fiscalía concluya la investigación en cuatro meses.

  • Imponen 3 años de prisión condicional a un joven que lesionó a otro a la salida de un boliche

    Imponen 3 años de prisión condicional a un joven que lesionó a otro a la salida de un boliche

    Imponen 3 años de prisión condicional a un joven que lesionó a otro a la salida de un boliche

     

    12-11-2025

     

    Neuquén– El tribunal integrado por las juezas Carina Álvarez y Estefanía Sauli, y el juez Juan Pablo Encina, impuso una pena de 3 años de prisión condicional a Facundo Santiago Guzmán, por haber causado lesiones graves a otra persona durante una pelea ocurrida a la salida de un local nocturno.

     

    El hecho se produjo el 25 de diciembre de 2024, entre las 7:20 y las 8:00, cuando Guzmán golpeó a la víctima con una piedra en la cabeza mientras éste estaba de espaldas. Luego, le dio una patada en la cabeza cuando estaba en el suelo y otra más cuando intentaba reincorporarse. La víctima había intervenido para defender a un amigo y sufrió múltiples fracturas en el cráneo y la rotura de una pieza dental.

     

    El monto de la pena se definió a partir del pedido del fiscal del caso, Andrés Azar, quien consideró dos agravantes —la naturaleza de la acción y la extensión del daño—, y tres atenuantes —la juventud del imputado, la falta de antecedentes y la asunción de responsabilidad—. Además, pidió que se apliquen las reglas de conducta del artículo 27 bis del Código Penal: fijar domicilio, abstenerse del consumo de alcohol y estupefacientes, y mantener prohibición de acercamiento respecto de la víctima y de otras personas vinculadas, junto con 96 horas de trabajo comunitario.

     

    Si bien la resolución del caso fue a partir de un acuerdo mediante el que el acusado reconoció su responsabilidad, las partes debían litigar el monto de la pena. En ese marco, uno de los aspectos a probar era la magnitud del daño causado: por un lado el físico, que se acreditó mediante pericias, y por el otro, el moral, para lo cual se había convocado un grupo de personas vinculadas con la víctima. Como no asistieron a la audiencia (tampoco lo hizo el joven agredido), Azar debió desistir de sus declaraciones.

     

    Por su parte, la defensa solicitó una pena mínima de un año y seis meses de prisión condicional, argumentando que el hecho ocurrió en un contexto tumultuoso, a la salida de un boliche.

     

    Resolución

     

    Tras evaluar los argumentos, el tribunal resolvió imponer a Guzmán la pena de tres años de prisión condicional, al considerar las agravantes señaladas por la fiscalía. Dispuso que la condena quede sujeta al cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por tres años: fijar domicilio y presentarse ante población judicializada cada cuatro meses, abstenerse del consumo de alcohol y drogas, y mantener la prohibición de acercamiento a las tres personas mencionadas.

     

    El tribunal no hizo lugar al pedido de trabajo comunitario, al entender que esa medida no guardaba relación directa con la víctima del caso.

  • Acusaron a un hombre por un homicidio cometido en Picún Leufú

    Acusaron a un hombre por un homicidio cometido en Picún Leufú

    Acusaron a un hombre por un homicidio cometido en Picún Leufú

     

    11-11-2025

     

    Neuquén– El Ministerio Público Fiscal acusó a un varón, E.E.U., por haber matado a otra persona con un arma de fuego el sábado pasado, en Picún Leufú.

     

    El funcionario de la fiscalía Matías Alonso formuló cargos y solicitó al juez de garantías Ignacio Pombo que impusiera una medida cautelar de detención domiciliaria mientras avanza la investigación.

     

    Según expuso el representante de la fiscalía, el hecho ocurrió alrededor de las 8:03, en el domicilio de un familiar de la víctima, Gustavo Amaro Santos, ubicado en el barrio La Esperanza.

     

    El acusado llegó al lugar en una motocicleta, portando un arma de fuego y un cuchillo. La víctima salió de la casa con un machete de grandes dimensiones y comenzaron a discutir. Fue en ese contexto que E.E.U realizó un disparo hacia Santos, pero no llegó a impactarlo. Alonso explicó que se inició una lucha, hasta llegar a la esquina de la avenida Maestro Sosa y la calle Mariano Moreno. Allí, el acusado efectuó un segundo disparo, que en este caso impactó en la zona abdominal de la víctima.

     

    Santos falleció durante el traslado al hospital de Cutral Co, mientras que el acusado fue detenido por la policía en el lugar, cuando intentaba retirarse.

     

    El funcionario de la fiscalía encuadró el accionar del imputado en el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor (artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    Prisión domiciliaria

     

    En cuanto a las medidas cautelares, el representante de la fiscalía aclaró que si bien la gravedad del hecho hubiera justificado una prisión preventiva, consideró que una detención domiciliaria bastará para cautelar los riesgos procesales de fuga y de entorpecimiento de la investigación –los testigos dijeron sentir temor- y la solicitó por 2 meses.

     

    El juez hizo lugar a todos los pedidos de la fiscalía, tuvo por formulados los cargos y ordenó la medida de encierro domiciliario por el plazo solicitado en un paraje cercano, con control policial diario. También fijó 3 meses para desarrollar la investigación.

  • Fijan 8 años de prisión para un varón que abusó de una niña

    Fijan 8 años de prisión para un varón que abusó de una niña

    Fijan 8 años de prisión para un varón que abusó de una niña

     

    11-11-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en Cutral Co, el asistente letrado Federico Cuneo requirió que R.D.U.R sea condenado a 8 años de prisión efectiva.

     

    Anteriormente y mediante un acuerdo parcial, el imputado fue declarado responsable por abusar sexualmente de una niña que era parte de su entorno familiar, en una localidad cercana a Plaza Huincul.

     

    Durante la audiencia de hoy, Cuneo valoró las agravantes y atenuantes particulares del caso y pidió 8 años de prisión. El representante de la Defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia adhirió al pedido de la fiscalía y la defensa no se opuso.

     

    El tribunal colegiado integrado por los jueces Lisandro Borgonovo, Maximiliano Bagnat y Diego Chavarría Ruiz, hizo lugar, por unanimidad, al pedido de la pena y fijó 8 años de prisión de cumplimiento efectivo.

     

    Además, los magistrados tuvieron por válidas las renuncias de todas las partes a los plazos para recurrir la sentencia, por lo que la pena puede comenzar a ser ejecutada.

     

    Además de la imposición de la pena, el condenado será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiCoPeDIS). Su identidad se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima y su grupo familiar.

     

    Hechos

     

    De acuerdo con la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal, el hecho fue denunciado después de que la niña le contó a su maestra de la escuela primaria, que era víctima de abusos sexuales.

     

    El condenado llevaba a la niña desde la casa donde reside hacia la ciudad de Plaza Huincul en la que vive él, con la excusa de comprarle cosas. En ese contexto, entre julio de 2022 y agosto de este 2025, cometió los abusos.

     

    El delito por el cual R.D.U.R fue condenado es abuso sexual con acceso carnal cometido contra una menor de 13 años de edad, agravado por la guarda, en calidad de autor.

     

  • Dictan prisión preventiva para acusado por robo agravado y amenaza con arma de fuego

    Dictan prisión preventiva para acusado por robo agravado y amenaza con arma de fuego

    Dictan prisión preventiva para acusado por robo agravado y amenaza con arma de fuego

     

    10-11-2025

     

    Neuquén– La asistente letrada de la fiscalía, Nadia Pérez, formuló cargos a L.N.R. por una serie de hechos delictivos cometidos en distintos momentos, entre ellos un robo agravado por escalamiento y la portación ilegal de un arma de fuego con la que amenazó a un hombre dentro de su domicilio.

     

    En la audiencia también intervino el fiscal del caso de Robos y Hurtos, Horacio Maitini, quien solicitó la prisión preventiva. La fiscalía pidió además que la investigación continúe durante 4 meses.

     

    Pérez precisó que el 8 de noviembre, el acusado ingresó a una vivienda de Neuquén, escaló una medianera de más de dos metros y dañó los candados de seguridad para sustraer dos bicicletas. Para retirarse rompió otro candado, que estaba colocado en el portón. Toda la secuencia, destacó la asistente letrada, fue registrada por cámaras de seguridad.

     

    Luego agregó que el 9 de noviembre, aproximadamente a las 9, ingresó a otra vivienda portando un arma de fuego calibre 22. Una vez dentro, apuntó y amenazó con matar al dueño de casa, pero la víctima lo desarmó tras un forcejeo y lo retuvo hasta la llegada de la policía.

     

    Por estos hechos, la fiscalía encuadró la conducta del imputado como robo agravado por escalamiento, en calidad de autor (artículos 167, inciso 2, con remisión al 163, inciso 4; y 45 del Código Penal) y portación ilegal de arma de fuego de uso civil, en concurso real con violación de domicilio y amenazas agravadas (artículos 189 bis, inciso 2; 149 bis; 150 y 45).

     

    Además, se atribuyó un tercer hecho como encubrimiento por receptación dolosa (del robo de una motocicleta), registrado en agosto de este año.

     

    Prisión preventiva

     

    El fiscal Maitini solicitó la prisión preventiva por el plazo de 3 meses, argumentando riesgo de fuga y la imposibilidad de una pena en suspenso debido a una condena previa que el imputado cumplía bajo libertad condicional. También fundamentó la medida en la falta de arraigo, dado que el imputado declaró distintos domicilios en el marco de investigaciones en curso y fue ubicado de manera esporádica.

     

    La defensa no objetó la formulación de cargos, pero se opuso a la prisión preventiva, proponiendo comparendos periódicos y pidiendo asistencia médica para el imputado debido a problemas de adicciones.

     

    El juez de garantías Luciano Hermosilla resolvió hacer lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal y dispuso la prisión preventiva por el plazo de 2 meses, valorando la gravedad de los hechos imputados, la solidez de la acusación y el riesgo de fuga. Además, ordenó que el imputado sea trasladado a un hospital público para recibir la atención médica que solicitó la defensa.

  • Imputan a un varón por intentar matar a su pareja y queda detenido

    Imputan a un varón por intentar matar a su pareja y queda detenido

    Imputan a un varón por intentar matar a su pareja y queda detenido

     

    11-11-2025

     

    Neuquén– La fiscal del caso Rocío Rivero acusó a un varón, E.A.E., por haber intentado matar a su pareja durante una discusión, ocurrida en una vivienda de Rincón de los Sauces el domingo pasado. Además, pidió al juez que imponga 4 meses de prisión preventiva, al considerar que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación y necesidad de proteger a la víctima.

     

    Todo ocurrió el domingo, cerca de las 20, en el patio de la vivienda de un amigo de la pareja. Durante la audiencia realizada ayer por la tarde, Rivero relató que la discusión se inició a partir de un reclamo por celos de parte del imputado, quien en ese contexto comenzó a agredir físicamente a la víctima: primero la golpeó, luego le dio un cabezazo en el rostro y le arrojó un teléfono celular que impactó en su frente. Después, tomó un cuchillo tipo tramontina y, cuando la víctima intentó cubrirse, le provocó un corte en la mano, para finalmente apuñalarla por la espalda.

     

    Como consecuencia del ataque, la mujer sufrió un traumatismo de cráneo, una herida cortante en el dedo anular derecho y una herida por arma blanca en la región toracolumbar izquierda, de aproximadamente 3 centímetros de profundidad.

     

    La fiscal Rivero encuadró el accionar de A.E.A en el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido en un contexto de violencia de género (femicidio), en grado de tentativa y en calidad de autor (artículos 79; 80, incisos 1 y 11; 42 y 45 del Código Penal).

    Sostuvo que la intención de matar se desprende de la zona del cuerpo en la que fue dirigida la puñalada, donde se encuentran órganos vitales, y que la muerte no ocurrió por causas ajenas a la voluntad del imputado.

     

    Rivero valoró el contexto de violencia previa, con medidas cautelares incumplidas por parte del imputado y respecto de la víctima, pero también de otros familiares. En el caso de su pareja, la fiscal del caso reseño que en una oportunidad, A.E.A la tomó del cuello, le puso un cuchillo en la garganta y, durante el forcejeo, le cortó la mano. “Posteriormente, ambos decidieron mentir ante la autoridad para que E.A.E no sufriera consecuencias judiciales”, destacó la fiscal.

     

    Prisión preventiva

     

    La fiscal solicitó la prisión preventiva, argumentando que existe riesgo de entorpecimiento de la investigación y de afectación a la integridad de la víctima, teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad en la que esta se encuentra, los antecedentes de violencia previa, el incumplimiento de medidas de prohibición de acercamiento dictadas previamente en el fuero de Familia y la falta de un domicilio estable por parte del imputado.

     

    La defensa pidió que el hecho se encuadre como lesiones leves agravadas por el vínculo y que no se disponga prisión preventiva, sino medidas alternativas.

     

    Finalmente, el Juez de Garantías Juan Pablo Encina tuvo por formulados los cargos con la calificación propuesta por la fiscalía, rechazó el planteo de la defensa y dispuso la prisión preventiva por dos meses.

  • Femicidio: acusaron a un varón por arrojar a su pareja por un barranco

    Femicidio: acusaron a un varón por arrojar a su pareja por un barranco

    Femicidio: acusaron a un varón por arrojar a su pareja por un barranco

     

    10-11-2025

     

    Neuquén– La fiscal del caso Laura Pizzipaulo imputó a un varón, A.R., por el femicidio de Mabel Rosana López Fernández, su pareja, cometido ayer por la mañana, cuando junto a otras dos personas se trasladaban en una camioneta por la Ruta Provincial 13, a unos 10 kilómetros del puente de Kilka, en dirección a Zapala.

     

    Según la acusación, el imputado primero obligó a descender a los otros ocupantes, y luego arrojó la camioneta hacia un barranco, lo que provocó que la mujer sufriera lesiones graves y muriera mientras era trasladada al hospital.

     

    De acuerdo con la formulación de cargos, los hechos comenzaron el día anterior, en la localidad de Moquehue, donde la víctima, el imputado y dos empleados se encontraban alojados en una cabaña en la que realizaban tareas de albañilería. Durante la noche, compartieron alcohol y, en ese contexto, A.R. agredió físicamente a la mujer: la golpeó en el rostro y en distintas partes del cuerpo.

     

    La víctima logró huir en la madrugada y fue encontrada por los trabajadores en cercanías de la Ruta Provincial 13. Ellos decidieron acompañarla caminando hacia Villa Pehuenia, y durante el trayecto la mujer relató lo ocurrido y mostró sus lesiones, además de comunicarse con su hermano para informarle la situación.

    Horas después, en la zona de la Aduana, A.R. localizó a la víctima y la convenció de regresar en dirección a Cutral Co. La mujer se subió a la camioneta que conducía el imputado y en la que también viajaban las otros dos trabajadores que habían sido testigos de lo ocurrido. Ellos afirmaron que durante el trayecto la pareja discutió en guaraní, y que la víctima le decía a A.R. que no lo iba a perdonar por la agresión.

     

    Al llegar a la zona del puente de Kilka, el acusado le pidió a los dos trabajadores que descendieran del vehículo, indicándoles que necesitaba hablar a solas con la mujer. En ese momento, y con la intención de matarla, colocó la camioneta en marcha, aceleró y desvió bruscamente el rodado hacia el precipicio: “La víctima no llevaba puesto el cinturón de seguridad y no pudo escapar del vehículo antes de la caída”, afirmó Pizzipaulo, quien dirige la investigación junto a la asistente letrada Margarita Ferreyra.

     

    La fiscal del caso describió que “la camioneta cayó de punta y dando vueltas” y que la mujer quedó gravemente herida, tendida en el agua y pidiendo ayuda. Fue asistida por personal médico, pero falleció mientras era trasladada al hospital de Zapala debido a la gravedad de las lesiones.

     

    Pizzipaulo pidió 4 meses para realizar la investigación y atribuyó a A.R. el delito de homicidio agravado por el vínculo y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género (artículos 80, incisos 1 y 11 del Código Penal).

     

    La defensa planteó que no hubo una intención homicida, argumentó que el imputado también iba dentro del vehículo y sostuvo que se trató de “un accidente” y pidió que se califique el hecho como un “homicidio culposo”.

     

    La jueza de garantías Bibiana Ojeda tuvo por formulados los cargos en los términos que planteó la fiscal del caso y fijó el plazo de 4 meses para terminar la investigación.

     

    Prisión preventiva

     

    Tras la imputación, la fiscal del caso afirmó que A.R., al indicar en el hospital en el que fue atendido que se trató de un accidente, intentó ocultar el femicidio. También consideró que, al tener doble nacionalidad (es oriundo de Paraguay) y disponer de medios económicos, podría fugarse.

     

    Pizzipaulo señaló, finalmente, que el imputado tiene la capacidad de influir sobre los dos testigos, en particular sobre uno de ellos, menor de 18 años, y solicitó a la jueza que imponga 2 meses de prisión preventiva, mientras se desarrolla la investigación.

     

    Tras escuchar a las partes, nuevamente la jueza coincidió con el pedido fiscal y fijó la prisión preventiva por el plazo solicitado.