Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Condenan a una mujer y a sus dos hijos por vender drogas en barrio Belgrano

    Condenan a una mujer y a sus dos hijos por vender drogas en barrio Belgrano

    Condenan a una mujer y a sus dos hijos por vender drogas en barrio Belgrano

     

    16-12-2025

     

    Neuquén– Por pedido de la fiscal del caso María Eugenia Titanti y del asistente letrado Bruno Miciullo, se homologó un acuerdo pleno de procedimiento abreviado mediante el cual fueron condenadas María Vanessa Zamudio, Martín Alexis Mones Ruiz y Brian Aníbal Mones Ruiz por delitos vinculados a la comercialización de estupefacientes y al encubrimiento de bienes de origen ilícito.

     

    De acuerdo con la investigación, María Vanessa Zamudio organizó y dirigió la venta de drogas desde una vivienda ubicada en calle Bahía Blanca 55, al menos entre marzo y octubre de 2025, con la colaboración de sus hijos Martín Alexis y Brian Aníbal Mones Ruiz, quienes actuaban bajo sus directivas. En ese lugar también se receptaban elementos robados como forma de pago. Durante los allanamientos y medidas de investigación, la fiscalía secuestró estupefacientes, dinero, un arma de fuego, bienes de procedencia ilícita y una motocicleta adquirida con el producto de la actividad delictiva. Además, a uno de los varones se le atribuyó la tenencia de cocaína y de un arma de fuego sin autorización legal, y a ambos hijos el encubrimiento por receptación dolosa agravada.

     

    Acuerdo

     

    Las tres personas admitieron los hechos, renunciaron al juicio y aceptaron las penas propuestas por el Ministerio Público Fiscal. Zamudio fue condenada a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo, al pago de una multa y declarada reincidente por contar con una condena previa por el mismo delito. En tanto, Martín Alexis Mones Ruiz y Brian Aníbal Mones Ruiz recibieron penas de tres años de prisión de ejecución condicional, con reglas de conducta que incluyen fijar domicilio fuera del inmueble utilizado para la venta de drogas, someterse al control judicial, realizar tareas comunitarias, retomar estudios y abstenerse del consumo de estupefacientes.

     

    Como parte del acuerdo, el tribunal dispuso el decomiso del dinero y de los bienes vinculados al delito, la destrucción de la droga incautada, la restitución de los objetos robados recuperados y la prórroga de la clausura judicial del inmueble de calle Bahía Blanca 55, con el compromiso de su demolición para evitar la reiteración de los hechos.

     

    Primera Intervención en Mercado de Drogas (IMD)

     

    Las tres personas condenadas fueron detenidas el 11 de octubre, en el marco de la primera Intervención de Mercado de Drogas (IMD) desarrollada en la ciudad de Neuquén. En esa oportunidad, quedaron detenidas con prisión preventiva por el plazo de cuatro meses, mientras se avanzaba con la investigación, aunque el caso se resolvió en aproximadamente la mitad de ese tiempo.

     

    Durante el operativo, María Vanessa Zamudio intentó escapar corriendo hacia el sector norte del barrio, mientras que Martín Alexis y Brian Aníbal Mones Ruiz intentaron huir a bordo de un vehículo, pero fueron aprehendidos por personal policial.

     

    Desde ese momento, el inmueble que se utilizaba para la venta de estupefacientes permanece clausurado judicialmente. En el acuerdo homologado ayer en una audiencia dirigida por el juez Marco Lupica Cristo, se dispuso mantener la clausura hasta tanto se pueda avanzar con la demolición del domicilio, con el objetivo de evitar la reiteración de la actividad delictiva.

  • El MPF accederá a 270 cámaras del centro de monitoreo municipal en tiempo real

    El MPF accederá a 270 cámaras del centro de monitoreo municipal en tiempo real

    El MPF accederá a 270 cámaras del centro de monitoreo municipal en tiempo real

     

    16-12-2025

     

    Neuquén – El fiscal general subrogante Agustín García y el fiscal jefe Gastón Liotard firmaron con el intendente de Cutral Co, Ramón Rioseco, un convenio para que el Ministerio Público Fiscal (MPF) acceda en tiempo real a las 272 cámaras de vigilancia con las que cuenta el sistema de seguridad de la ciudad.

     

    El convenio fue firmado hoy durante un acto realizado en el municipio de Cutral Co, que encabezó el intendente con los fiscales junto a autoridades municipales y la coordinadora provincial de Narcocriminalidad del MPF, Mariana Querejeta, entre otras.

     

    La iniciativa prevé que en la sede del MPF en Cutral Co, el municipio instale los televisores, las computadoras, el software y la conexión al centro de monitoreo municipal, para que desde el organismo se acceda a las imágenes de las 272 cámaras que integran el sistema de videoseguridad pública urbana.

     

    “Este centro de monitoreo será de mucha ayuda y nos permitirá realizar una labor más eficaz y de mayor calidad al momento de investigar los delitos cotidianos. Son 270 cámaras, un número realmente impresionante y agradezco al intendente Rioseco”, señaló el fiscal general subrogante.

     

    En tanto el fiscal jefe Liotard planteó que “para el MPF esta iniciativa implica el acceso directo a las cámaras que posee la municipalidad de Cutral Co en forma instantánea, directa y además en el mismo edificio del MPF, lo cual es verdaderamente decisivo para las investigaciones”. Agregó que “no sólo vamos a tener en forma inmediata acceso a lo que puede estar sucediendo en cualquier punto de la ciudad, sino que además esto nos permite ahorrar tiempos, ya que no se van a necesitar oficios haciendo pedidos y tampoco vamos a tener la limitación horaria”, especificó.

     

    El intendente de la ciudad remarcó que “este convenio es fundamental porque acelera los tiempos de acceso a la información cuando ocurre un delito y, además, le otorga mayor transparencia al sistema. El trabajo de la fiscalía y de la Policía es excepcional, y nosotros tenemos que recuperar la calle. El espacio público debe ser de la gente, de los niños que van a la escuela o a la plaza. El espacio público es de los vecinos”. 

     

    En el texto del convenio se puntualizó que “es fundamental coordinar esfuerzos entre los distintos niveles del Estado para facilitar el acceso a información relevante que permita avanzar con mayor eficacia en las investigaciones penales”.

     

    Un convenio similar también fue firmado en junio de este año por el fiscal general José Gerez con el intendente de la ciudad de Neuquén, Mariano Gaido.

  • Abusó sexualmente de una niña: fiscal pidió 10 años de prisión

    Abusó sexualmente de una niña: fiscal pidió 10 años de prisión

    Abusó sexualmente de una niña: fiscal pidió 10 años de prisión

     

    16-12-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Gastón Medina pidió 10 años de prisión efectiva para un varón, S.Q, que abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar, de forma continuada, en un barrio de la ciudad de Neuquén.

     

    Entre las circunstancias agravantes que detalló Medina para requerir la pena se encuentran la extensión del daño causado, la diferencia de edad entre la víctima y el imputado, la reiteración de los hechos en el tiempo, entre otras. Como atenuante, el funcionario de la fiscalía sólo tuvo en cuenta la carencia de antecedentes penales computables.

     

    Los delitos por los cuales se declaró penalmente responsable a S.Q son abuso sexual simple –continuado-, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por la convivencia preexistente y la guarda, todo en carácter de autor (artículos 119 primer y cuarto párrafo incisos «b» y “f”, 45 y 55 del Código Penal).

     

    La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia Andrea Rapazzo, que intervino como querellante institucional en representación de la víctima del caso, adhirió al monto de pena solicitado por el fiscal del caso.

     

    Además, con el objetivo de resguardar la integridad de la niña y su familia, el fiscal y la funcionaria de la defensoría solicitaron que se prorrogue la restricción de acercamiento del imputado a menos de 200 metros de la víctima y su domicilio, y que se le impida mantener cualquier tipo de contacto por cualquier medio por seis meses.

     

    El tribunal colegiado encargado de fijar la pena, integrado por los jueces Raúl Aufranc, Luis Giorgetti y Juan Guaita, comunicó que dará a conocer el veredicto dentro de las próximas 48 horas. Será en una audiencia de lectura de veredicto que la Oficina Judicial deberá fijar para tal fin.

     

    En relación a la prohibición de acercamiento, el tribunal resolvió extender la media cautelar por seis meses más, de acuerdo a lo requerido por las partes acusadoras.

     

    Los hechos

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal y por la que requirió la condena, es que los hechos fueron cometidos entre 2017 y 2023. S.Q abusó sexualmente de la hija de su expareja en una vivienda del barrio Parque Industrial. Para cometer los abusos, el imputado aprovechaba la convivencia con la niña y los momentos en que la víctima quedaba a su cuidado.

  • Declaran responsable a un varón por el abuso sexual de una niña

    Declaran responsable a un varón por el abuso sexual de una niña

    Declaran responsable a un varón por el abuso sexual de una niña

     

    16-12-2025

     

    Neuquén – Luego tres jornadas de juicio, un tribunal colegiado avaló el requerimiento del fiscal del caso Manuel Islas y la asistente letrada Vanesa Muñoz, y declaró penalmente responsable a B.N.L por abusar sexualmente de una niña de su entorno cercano en un barrio de Plottier.

     

    Las juezas Patricia Lupica Cristo y Natalia Pelosso y el juez Cristian Piana, coincidieron con que los representantes del Ministerio Público Fiscal lograron acreditar que los abusos fueron cometidos por el imputado.

     

    En el alegato de clausura al debate, los funcionarios del MPF acusaron al imputado por el delito de abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la guarda y por la convivencia preexistente, en carácter de autor (artículos 119 párrafos primero, tercero y cuarto incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

     

    Con la declaración de responsabilidad penal dictada por el tribunal, la Oficina Judicial deberá fijar en los próximos días, una audiencia para determinar el monto de la pena que le corresponde cumplir al ahora condenado.

     

    Además, una vez que sea fijada la condena, se inscribirá a B.N.L en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RIPCoDIS).

     

    Los hechos

     

    De acuerdo a la acusación que presentaron los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF), los hechos fueron cometidos un domicilio de un barrio de Plottier, donde la víctima y el victimario convivían, junto a la madre de la niña.

     

    En fechas indeterminadas, pero entre 2022 y abril de 2023, B.N.L abusó sexualmente de la niña, cuando la víctima quedaba a su cuidado, y aprovechando la situación de convivencia.

  • Lesiones en la terminal: condenan a dos varones y un tercero resarcirá a la víctima

    Lesiones en la terminal: condenan a dos varones y un tercero resarcirá a la víctima

    Lesiones en la terminal: condenan a dos varones y un tercero resarcirá a la víctima

     

    16-12-2025

     

    Neuquén– A partir de un acuerdo entre el Ministerio Público Fiscal (MPF), la querella en representación de las víctimas y las defensas de los imputados, dos varones fueron condenados a penas de prisión de ejecución condicional y se homologó una salida alternativa para un tercero, en una causa en la que se investigó un ataque a golpes ocurrido en febrero de este año en la terminal de ómnibus de Villa La Angostura.

     

    De acuerdo con la investigación del asistente letrado Federico Gayós, la agresión fue cometida el 23 de febrero, cerca de las 7:00, a partir de un conflicto en un local nocturno y, luego, mediante la búsqueda y el seguimiento de las víctimas hasta la terminal de ómnibus, donde se produjo el ataque. Parte de los hechos quedaron registrados en videos aportados por uno de los jóvenes y por cámaras de seguridad del lugar.

     

    Según la acusación fiscal, Gerardo Daniel Moringa agredió a una de las víctimas cuando se encontraba en estado de indefensión, mediante una patada en el rostro, y luego volvió a atacarla por la espalda y con patadas cuando ya se encontraba desvanecida en el suelo. En tanto, Santiago Miguel Toledo intervino de manera activa en la agresión, golpeando a la misma víctima con puños y patadas, y además participó en una riña contra una segunda persona que había intentado auxiliarla. Por su parte, A.R.C. fue acusado de haber intervenido en esa pelea, propinando golpes de puño y patadas, conducta que fue considerada de menor relevancia y resuelta mediante una suspensión de juicio a prueba.

     

    Durante la audiencia realizada ayer, Gayós presentó el acuerdo alcanzado y promovió la resolución del caso mediante las condenas a Toledo y Moringa y una suspensión de juicio a prueba para A.R.S.

     

    Condenas

     

    En relación con Toledo y Moringa, el juez homologó el acuerdo mediante el cual ambos reconocieron su responsabilidad penal por las agresiones. La fiscalía sostuvo que fueron coautores del delito de lesiones graves en perjuicio de una de las víctimas (artículos 90 y 45 del Código Penal) y que, además, Toledo fue responsable del delito de lesiones cometidas en riña, también en calidad de coautor (artículos 96 y 45 del Código Penal, junto a quien suspendió el proceso a prueba), en perjuicio de una segunda persona.

     

    La fiscalía también detalló las consecuencias médicas sufridas por una de las víctimas, quien presentó politraumatismos, fracturas de pómulo y mandíbula y pérdida de piezas dentales, lesiones que requirieron intervenciones quirúrgicas y tratamientos odontológicos, con un tiempo de curación estimado superior a los 45 días. Como atenuantes, se valoró la falta de antecedentes penales y la edad de los imputados.

     

    En función de lo solicitado por las partes, el juez de garantías Ignacio Pombo fijó las penas de ejecución condicional: 3 años de prisión para Moringa y 1 año y 6 meses para Toledo. Además, ambos deberán cumplir reglas de conducta durante los plazos fijados, con un mínimo de 2 años. De ese modo, tendrán que fijar residencia, someterse al control judicial, abstenerse de cometer nuevos delitos y mantener una prohibición de contacto y acercamiento respecto de las víctimas, familiares y testigos.

     

    Reparación

    En cuanto a A.R.S., el juez homologó la suspensión de juicio a prueba por el plazo de un año, con reglas de conducta y la prohibición de contacto y acercamiento. Como parte de la salida alternativa, el imputado deberá resarcir económicamente a la víctima, que dio su conformidad, mediante el pago de una suma equivalente a 100 litros de gasoil premium al valor vigente en Villa La Angostura, en un plazo de 15 días. En caso que el acusado incumpla alguna de las condiciones, el proceso volverá a la instancia actual y podrá avanzar hacia el juicio.

  • Lo declaran responsable por un homicidio en el barrio Islas Malvinas: fijan 8 años de prisión

    Lo declaran responsable por un homicidio en el barrio Islas Malvinas: fijan 8 años de prisión

    Lo declaran responsable por un homicidio en el barrio Islas Malvinas: fijan 8 años de prisión

     

    15-15-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Dolores Franco, presentaron un acuerdo mediante un cual Eduardo Cifuentes reconoció haber asesinado a Pedro Benjamín Cordero Fernández y fue condenado a 8 años de prisión efectiva.

     

    Responsabilidad penal

     

    En primera la instancia de la audiencia, las funcionarias de la fiscalía describieron el hecho: el asesinato fue cometido el 13 de septiembre, alrededor de las 22.42 horas, frente a una casa del barrio Islas Malvinas.

     

    Ese día se produjo una discusión entre un varón y una mujer que habían sido pareja. Durante el conflicto, la mujer y una familiar arrojaron piedras y elementos contundentes contra la vivienda, causando roturas de vidrios y daños sobre un vehículo, mientras que el varón intentó repeler la agresión tirándoles agua fría con un balde.

     

    La teoría del caso de la fiscalía es que en ese contexto, Cordero Fernández, que estaba dentro de la vivienda, salió a intentar calmar la situación, pero Cifuentes, también expareja de la mujer que se había acercado al lugar, lo apuñaló con un arma blanca. El ataque le provocó la muerte por taponamiento cardíaco, pese a la atención médica recibida.

     

    El delito que la fiscalía le atribuyó a Cifuentes es homicidio simple en carácter de autor (artículos 45 y 79 del Código Penal).

     

    El tribunal colegiado que intervino, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Lucas Yancareli y Juan Kees, avaló el acuerdo presentado por las partes y declaró la responsabilidad penal de Cifuentes por homicidio simple en carácter de autor.

     

    Determinación de la pena

     

    En la segunda instancia de la audiencia y luego de que se declare la responsabilidad penal, se debatió la pena ante el mismo tribunal colegiado.

     

    Sola y Franco pidieron que se le impongan al condenado 8 años de prisión efectiva. Para ello, manifestaron que la hija de la familia de la víctima fue informada y estuvo de acuerdo con el pedido. Entre las circunstancias agravantes que detallaron las funcionarias del MPF para arribar al monto solicitado, tuvieron en cuenta como circunstancias agravantes la naturaleza de la acción y el medio empleado y que fue un hecho violento contra una persona desarmada en la que el imputado utilizó un arma blanca.

     

    Como atenuantes, las funcionarias de la fiscalía valoraron la ausencia de antecedentes penales computables, el reconocimiento de su responsabilidad en los hechos y que colaboró en las diligencias realizadas en el marco de la investigación.

     

    La defensa de Cifuentes no se opuso al pedido de la pena efectuado por la fiscalía por lo que el tribunal colegiado, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Lucas Yancareli y Juan Kees, fijó, por unanimidad, la pena de 8 años de prisión efectiva.

     

    Cumplimiento de la pena

     

    Debido a que las partes manifestaron la renuncia a los plazos procesales para recurrir, en los próximos días deberá realizarse una audiencia para que la pena quede firme y comience a ser ejecutada.

     

    Cifuentes llegó a la audiencia detenido cumpliendo prisión domiciliaria y quedó alojado en una unidad de detención hasta que se constituya como detenido.

  • Habilitan pase a etapa de juicio a acusado por tentativa de femicidio

    Habilitan pase a etapa de juicio a acusado por tentativa de femicidio

    Habilitan pase a etapa de juicio a acusado por tentativa de femicidio

     

    15-12-2025

     

    Neuquén– Por pedido de la fiscal del caso Silvia Moreira, un juez de garantías dispuso que un varón sea juzgado por haber intentado matar a su expareja en un contexto de violencia de género.

     

    La víctima es Natalia Vilte y la representante del Ministerio Público Fiscal explicó que, si bien falleció horas más tarde, su muerte no fue consecuencia del ataque del imputado, sino que la prueba científica determinó que se trató de una asfixia autoinfligida, sin intervención de terceros.

     

    De acuerdo con la acusación fiscal, durante la madrugada del 14 de diciembre de 2024 el acusado, M.A.C.R, agredió a la víctima en su vivienda, luego de hostigarla mediante llamadas y mensajes enviados desde la cuenta de redes sociales de ella. Ya dentro del domicilio, la golpeó, la insultó y la tomó del cuello con la intención de matarla, hasta que los pedidos de auxilio fueron escuchados por vecinos, quienes intervinieron y dieron aviso a la policía. Al advertir la llegada del personal policial, el imputado huyó del lugar. Más tarde esa misma noche retornó, y la versión de la defensa consistió en que halló a la mujer sin vida.

     

    Respecto de este punto, la fiscal informó que, como indican los protocolos de intervención, el caso se investigó como un femicidio y, de hecho, se formularon cargos por ese delito, pero tras la realización de peritajes forenses y una junta médica se determinó que en el fallecimiento no hubo intervención de otra persona.

     

    Con base en la evidencia reunida, la fiscal del caso readecuó la imputación, le atribuyó al imputado el ataque previo y lo calificó como homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, en grado de tentativa, en carácter de autor (Artículos 80, incisos 1° y 11°; 42 y 45 del Código Penal).

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Luis Giorgetti dispuso el pase del caso a la etapa de juicio, que se desarrollará ante un tribunal colegiado.

  • Imputan a cuatro personas por vender drogas con una despensa como fachada

    Imputan a cuatro personas por vender drogas con una despensa como fachada

    Imputan a cuatro personas por vender drogas con una despensa como fachada

     

    15-12-2025

     

    Neuquén– Por pedido de la fiscal del caso Eugenia Titanti y del asistente letrado Bruno Miciullo, una jueza tuvo por formulados los cargos contra cuatro personas acusadas de integrar una organización dedicada a la comercialización de estupefacientes en un domicilio del barrio Cuenca XV de esta ciudad.

     

    En ese marco, ambos representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitaron que una de las imputadas, sobre quien consideraron que tiene “mayor preponderancia” en la venta de drogas, permanezca en prisión preventiva.

     

    De acuerdo con la acusación, los hechos ocurrieron desde fecha indeterminada, pero al menos entre el 10 de noviembre y el 11 de diciembre de este año, cuando tres mujeres, M.E.O.M., S.S.O., E.N.G.; y un varón, E.A.G.O., vendieron drogas de manera organizada desde una vivienda en la que residen. Para llevar adelante la actividad ilícita, utilizaron la fachada de un comercio tipo “kiosco o despensa”, con una ventana que da a la vía pública. Desde allí realizaron intercambios rápidos de envoltorios con drogas por dinero en efectivo o mediante transferencias.

     

    La investigación permitió documentar al menos 153 movimientos compatibles con la venta de estupefacientes, realizados en distintos horarios. En ese contexto, el 11 de diciembre se realizó un allanamiento en el domicilio investigado, donde se secuestraron más de dos kilos y medio de cannabis en distintas presentaciones, 155 envoltorios fraccionados, un millón de pesos en efectivo, U$D 215 , dos armas de fuego —una de ellas apta para el disparo—, municiones, balanzas de precisión, teléfonos celulares, un posnet y otros elementos vinculados con la comercialización de drogas.

     

    Prisión Preventiva

     

    La fiscalía solicitó la prisión preventiva por el plazo de 4 meses para una de las personas imputadas, M.E.O.M, por considerar que tiene una mayor preponderancia en el control de la actividad que todos ejercían y que en su caso se dan los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación. “Es un hecho grave por la cronicidad con la que se venía realizando la conducta, y la cantidad de producto hallado: había 255 dosis ya preparada, pero eran solo por casi 200 gramos. Es decir, tenían para colocar en el mercado casi 2,5 kilos más para seguir fragmentando”, argumentó Titanti, quien se refirió también a ingresos “millonarios” en las billeteras virtuales de la acusada respecto de la que pidió la prisión preventiva.

     

    En relación con las otras dos mujeres y del varón acusados, la fiscal del caso indicó que por el momento no es necesario que se limite su libertad, pero pidió que se presenten semanalmente ante la fiscalía.

     

    Los hechos fueron calificados provisoriamente como comercio de estupefacientes agravado por haber sido cometido de manera organizada por más de tres personas (arts. 5 inc. c y 11 inc. c de la Ley 23.737), en concurso real con el delito de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil (art. 189 bis inc. 2, primer párrafo, y art. 55 del Código Penal), en carácter de coautores.

     

    La jueza de garantías Natalia Pelosso hizo lugar al pedido de prisión preventiva y la fijó respecto de M.E.O.M por el plazo de 4 meses. También hizo lugar a las otras medidas cautelares y dispuso las presentaciones semanales ante el MPF para el resto de las personas coimputadas.

  • Robaron en una vivienda y fueron imputados: uno de ellos quedó detenido

    Robaron en una vivienda y fueron imputados: uno de ellos quedó detenido

    Robaron en una vivienda y fueron imputados: uno de ellos quedó detenido

     

    15-12-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada el sábado pasado, el asistente letrado de la fiscalía de Robos y Hurtos, Luciano Vidal, acusó a A.J.C y W.J.P, por un caso de robo ocurrido en una vivienda del barrio 127 Hectáreas de la ciudad de Neuquén.

     

    Según la teoría del caso, el hecho ocurrió el 12 de diciembre de 2025, entre las 13:20 y las 13:40, cuando ambos imputados, actuando de común acuerdo y con división de tareas, llegaron a una casa a bordo de un vehículo Citroën C3 conducido por una tercera persona que aún es investigada. Para ingresar, escalaron el cerco perimetral, forzaron una puerta reja y un ventanal trasero, tras lo cual accedieron al interior y sustrajeron una notebook marca Samsung.

     

    La maniobra fue advertida por una vecina, que comenzó a gritar y a filmar la situación, lo que motivó la fuga de los acusados, quienes escaparon a pie y arrojaron algunos objetos en la vereda durante la huida. Minutos después, y con los datos aportados por la testigo, personal policial de la Comisaría 41 logró interceptarlos y aprehenderlos.

     

    El delito que Vidal les atribuyó es robo triplemente calificado por efracción, escalamiento y por ser cometido en poblado y en banda, en carácter de coautores (artículos 167 incisos segundo, tercero y cuarto, en función del artículo 163 inciso cuarto y 45 del Código Penal).

     

    El funcionario del Ministerio Público Fiscal solicitó que A.J.C quede detenido en prisión preventiva y argumentó que existe riesgo de fuga y peligro de entorpecimiento de la investigación. Además, Vidal describió la situación procesal del imputado y manifestó que al momento de cometer el hecho se encontraba en libertad asistida y que tiene antecedentes penales por hechos similares, por lo que de recaer nueva condena, la misma será de cumplimiento efectivo.

     

    En el caso de W.J.P, el asistente letrado del MPF pidió que se le impongan medidas de restricción respecto del lugar del hecho, la víctima y los vecinos y que comparezca semanalmente ante la fiscalía ya que no registra causas en trámite.

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez, que estuvo a cargo de la audiencia, tuvo por formulados los cargos de acuerdo a lo solicitado por Vidal. En relación a las medidas de coerción, avaló la prisión preventiva para A.J.C por tres meses y los comparendos semanales más las medidas de restricción para W.J.P por el mismo plazo.

     

    Finalmente, la magistrada estableció el plazo para concluir la investigación preliminar en cuatro meses.

  • Acusada por venta de drogas, homicidio y amenazar a una fiscal seguirá detenida

    Acusada por venta de drogas, homicidio y amenazar a una fiscal seguirá detenida

    Acusada por venta de drogas, homicidio y amenazar a una fiscal seguirá detenida

     

    12-12-2025

    Neuquén– El fiscal jefe Gastón Liotard y el asistente letrado Rodrigo Blanco solicitaron ayer que se mantenga la prisión preventiva de S.C. hasta el 15 de febrero de 2026, al considerar que los riesgos procesales que motivaron su detención no solo persisten, sino que se han agravado con el avance de las investigaciones y las nuevas circunstancias del caso.

     

    La mujer está imputada en tres legajos por hechos cometidos en Plaza Huincul: uno por homicidio agravado por el uso de arma de fuego en calidad de instigadora; otro por tráfico y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, como organizadora; y un tercero por abuso de armas. La fiscalía planteó que, frente a ese cuadro y a la inminencia de los juicios previstos para febrero, la continuidad de la prisión preventiva es la única medida eficaz para asegurar la comparecencia de la imputada y evitar maniobras que puedan afectar la investigación y el futuro debate.

     

    Liotard y Blanco recordaron que desde la primera solicitud de cautelares, el 13 de junio, se acreditó una alta expectativa de pena, una solvencia económica significativa vinculada a movimientos de dinero y bienes, y la ausencia de arraigo laboral, factores que, en conjunto, reforzaban el peligro de fuga. Si bien en esa instancia, la jueza Laura Barbé le impuso prisión domiciliaria, días más tarde, la fiscalía formuló cargos nuevamente, en este caso porque en el tiempo que estuvo en su vivienda, ofreció dinero, armas y un vehículo a cambio del homicidio de la fiscal que la estaba investigando. A partir de ese momento pasó a cumplir prisión preventiva, por pedido del fiscal jefe y por orden de otro juez de garantías.

     

    El 15 de agosto, en la investigación por venta de drogas, se extendió por 4 meses la prisión preventiva.

     

    Prórroga de la detención

     

    En la audiencia de ayer, Liotard argumentó que a ese contexto, ahora se suman otros antecedentes: una condena federal reciente dictada contra por infracción a la ley de estupefacientes y el producto de análisis de teléfonos celulares, que dan cuenta de maniobras de organización y distribución de droga en volúmenes relevantes.

     

    En cuanto al riesgo de entorpecimiento, el fiscal jefe reiteró que en libertad la imputada podría influir sobre testigos, intervenir en la coordinación de actividades ilícitas o afectar el desarrollo del juicio. “Los fundamentos que dieron lugar a la prisión preventiva no solo se mantienen: hoy son más sólidos”, indicó Liotard.

     

    El representante del MPF también informó que evaluó el domicilio propuesto por la defensa para una eventual prisión domiciliaria, ubicado en Zapala, pero consideró que no reúne condiciones mínimas de seguridad.

     

    Con ese marco, el Ministerio Público insistió en que la prisión preventiva hasta el 15 de febrero es “proporcional, razonable y necesaria”, especialmente considerando que los juicios se realizarán en los primeros días posteriores a la feria judicial.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Diego Chavarría Ruiz convalidó el pedido del MPF y dispuso la prórroga de la prisión preventiva por cuatro meses.

     

    Otros imputados

     

    Previo a tratar la prórroga de la detención de S.C, los representantes de la fiscalía explicaron que en el marco de la investigación por venta de drogas aún resta concretar medidas de prueba: una pericia contable en trámite y el informe final de la apertura de tres teléfonos y el análisis posterior de ese material por parte de la División Antinarcóticos de la Policía, por lo que se solicitó extender el plazo para realizarlas hasta el 15 de febrero. Todas las partes estuvieron de acuerdo, por lo que el juez hizo lugar al planteo.

     

    En contrapartida a lo solicitado respecto de S.C, la fiscalía no pidió extender las medidas cautelares vigentes respecto del resto de las personas imputadas: M.G.A., T.L.A., G.L.M. y A.V, y anticipó que en esos casos se está trabajando en salidas alternativas al juicio. Ante esa posición, el juez Diego Chavarría Ruiz hizo lugar al pedido de la defensa pública, quien pidió el cese de la prisión domiciliaria que hasta ayer cumplió A.V.