Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Acusaron a un varón por abusar sexualmente de una mujer

    Acusaron a un varón por abusar sexualmente de una mujer

    Acusaron a un varón por abusar sexualmente de una mujer

     

    19-12-2025

     

    Neuquén– En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy en la Ciudad Judicial, el asistente letrado Gastón Berenguer imputó a un varón por abusar sexualmente de una mujer, pareja de su amigo, en la vivienda de la víctima ubicada en la ciudad de Neuquén.

     

    Se trata de S.A.A y el delito que el funcionario del Ministerio Público Fiscal le atribuyó es abuso sexual con acceso carnal en carácter de autor (artículos 119 primer y tercer párrafos y 45 del Código Penal).

     

    Durante la audiencia, Berenguer requirió como medida de coerción y con el objetivo de resguardar a la víctima, que se le prohíba al imputado acercarse a la mujer a un perímetro menor de 200 metros y también que se le impida contactarla por cualquier medio, directa o indirectamente.

     

    De acuerdo a la teoría del caso que presentó Berenguer, el imputado cometió el hecho el 18 de mayo pasado entre las 6:30 y las 6:50 de la mañana. S.A.A concurrió a un evento en el casino de la ciudad de Neuquén, junto a un amigo y la pareja de éste. Pasadas las 6:00 se retiraron en el auto de la víctima. Como la mujer estaba en estado de ebriedad y había discutido con su pareja, el imputado se encargó de conducir el vehículo. En un tramo del trayecto, el amigo del imputado descendió del automóvil y le pidió a S.A.A que lleve a la mujer a su casa y vuelva a buscarlo. En esas circunstancias, el acusado trasladó a la mujer a su vivienda y una vez allí, cometió el abuso sexual. Luego volvió a donde estaba el otro hombre.

     

    El juez de garantías Cristian Piana, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la acusación de la fiscalía y tuvo por formulados los cargos. El magistrado hizo lugar a las medidas de coerción requeridas y las fijó por cuatro meses, el mismo plazo que estableció para que la fiscalía concluya la investigación.

  • Abusó sexualmente de una niña: imponen 9 años y 6 meses de prisión

    Abusó sexualmente de una niña: imponen 9 años y 6 meses de prisión

    Abusó sexualmente de una niña: imponen 9 años y 6 meses de prisión

     

    16-12-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de lectura de veredicto realizada ayer en la Ciudad Judicial, un tribunal colegiado condenó a S.Q, a 9 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo abusar sexualmente de una niña de su entorno familiar, de forma continuada, en un barrio de la ciudad de Neuquén.

     

    El martes pasado, en su alegato en la audiencia de determinación de la pena, el fiscal del caso Gastón Medina había pedido 10 años tras valorar las circunstancias agravantes y atenuantes particulares del caso.

     

    Los delitos por los cuales se declaró penalmente responsable a S.Q son abuso sexual simple –continuado-, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, ambos agravados por la convivencia preexistente y la guarda, todo en carácter de autor (artículos 119 primer y cuarto párrafo incisos «b» y “f”, 45 y 55 del Código Penal).

     

    Como querellante institucional en representación de la víctima del caso, intervino la defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia Andrea Rapazzo

     

    Hasta que la pena quede firme y comience a ser ejecutada, S.Q deberá cumplir con las medias de coerción que se encuentran vigentes: restricción de acercamiento a menos de 200 metros de la víctima y su domicilio, y prohibición de mantener cualquier tipo de contacto por cualquier medio.

     

    El tribunal colegiado que fijó la pena por unanimidad, estuvo integrado por los jueces Raúl Aufranc, Luis Giorgetti y Juan Guaita.

     

    Además de la imposición de la condena, S.Q será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiCoPeDIS). Su identidad se mantiene en reserva con el objetivo de resguardar la intimidad de la víctima y su grupo familiar.

     

    Los hechos

     

    La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal y por la que requirió la condena, es que los hechos fueron cometidos entre 2017 y 2023. S.Q abusó sexualmente de la hija de su expareja en una vivienda del barrio Parque Industrial. Para cometer los abusos, el imputado aprovechaba la convivencia con la niña y los momentos en que la víctima quedaba a su cuidado.

  • Fijan penas de 6 y 9 años de prisión a adolescentes responsables de homicidio

    Fijan penas de 6 y 9 años de prisión a adolescentes responsables de homicidio

    Fijan penas de 6 y 9 años de prisión a adolescentes responsables de homicidio

     

    19-12-2025

     

    Neuquén – Los dos adolescentes declarados responsables por el homicidio de Juan Caliani en la ciudad de Neuquén, fueron condenados a 6 y 9 años de prisión efectiva.

     

    La decisión fue comunicada ayer por la tarde por el juez de la Niñez y Adolescencia, Dardo Bordón. Resolvió imponerle 6 años de prisión efectiva al adolescente que sostuvo a la víctima, y 9 años de prisión efectiva a quien la apuñaló.

    El monto de ambas penas se corresponde con el pedido que había realizado el fiscal de Delitos Juveniles, Germán Martín, de 6 y 9 años efectivos, distinguiendo los roles de cada uno de ellos en el homicidio. El representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) las consideró “justas, proporcionales, merecidas, ajustadas a derecho, pacificadoras y reparadoras”, y remarcó que “una condena de prisión efectiva en el fondo es una resolución pacífica de un conflicto violento e irreparable”.

     

    En tanto el abogado querellante que intervino en representación de la familia de la víctima, Federico Egea, había requerido 9 y 12 años de prisión efectiva, respectivamente.

     

    En el caso del adolescente condenado a 9 años, el juez también lo declaró responsable y quedaron comprendidos dentro de la pena, dos hechos por el delito de hurto con escalamiento en grado de tentativa, cometido el 27 de enero de 2024 en la ciudad de Neuquén; y robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública en grado de tentativa, cometido también en la capital provincial el 23 de marzo de 2024.

     

    El requerimiento de la defensa de los adolescentes, ejercida por Raúl López y Mariela Borgia, de absolver de pena a ambos y, de forma subsidiaria, de imponerles 2 años de prisión condicional, fue rechazado por el magistrado.

     

    Durante el juicio de determinación que se realizó desde fines de noviembre de este año y hasta el pasado 10 de diciembre, declararon alrededor de 60 testigos entre psicólogas, trabajadoras sociales, policías, directivos de escuelas, periodistas y familiares de la víctima, entre otros.

     

     

    La difusión de las audiencias estuvo restringida ya que la Ley provincial 2302 y la Ley nacional 20056, así lo establecen cuando hay adolescentes menores de edad involucrados.

     

     

    Los dos adolescentes fueron juzgados en el contexto de la Ley provincial 2302, ya que cuando cometieron el hecho tenían 16 y 17 años. En mayo del año pasado, aceptaron su responsabilidad como coautores del delito de homicidio en ocasión de robo (artículo 165 del Código Penal). Y una vez que cumplieron los 18 años, se avanzó para fijarles las penas.

     

     

    El hecho por el cual fueron juzgados y declarados responsables lo cometieron el 1 de abril de 2024, alrededor de las 23.45, en la vivienda donde vivía la víctima, ubicada en Luis Beltrán y Cacique Purrán de la ciudad de Neuquén.

     

     

    Los dos jóvenes ingresaron por la puerta de un quincho que está lindante a la casa y sustrajeron cajas de herramientas, bebidas alcohólicas y una valija con ropa, que fueron dejando en el techo del inmueble.

     

     

    Al advertir ruidos, la víctima salió de su dormitorio y en un pasillo que comunica la casa con el quincho se cruzó con los dos varones. El adolescente de 17 años fue quien lo sujetó mientras que el de 16 años le asestó dos puñaladas en el tórax, con un cuchillo que tomó del quincho, y como consecuencia de las cuales Caliani falleció.

     

     

     

  • Acuerdan condena por robos y unifican penas en 3 años y 6 meses de prisión

    Acuerdan condena por robos y unifican penas en 3 años y 6 meses de prisión

    Acuerdan condena por robos y unifican penas en 3 años y 6 meses de prisión

     

    19-12-2025

     

    Neuquén – En una audiencia realizada ayer en la Ciudad Judicial, el asistente letrado de la fiscalía de Robos y Hurtos Luciano Vidal, presentó un acuerdo mediante el cual Damián Alejandro Epuin reconoció su participación en dos hechos de robo y fue condenado.

     

    A su vez, el acuerdo comprendió la revocación de una condena anterior de dos años de cumplimiento condicional fijada en marzo por hechos similares. De esta manera, se revocó la condena condicional, se unificó en una pena única de 3 años y 6 meses de prisión.

     

    Finalmente se declaró la primera reincidencia de Epuin y, como las partes renunciaron a los plazos recursivos, la pena comenzó a ejecutarse.

     

    Los delitos que el condenado reconoció haber cometido son robo simple en grado de tentativa en calidad de coautor y robo agravado por escalamiento en grado de tentativa y en carácter de autor (artículos 164, 167 inciso cuarto en función del 163 inciso tercero, 42 y 45 del Código Penal).

     

    El juez de garantías Juan Guaita, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el acuerdo, revocó la condicionalidad, fijó la pena y declaró la primera reincidencia. Además, tuvo por válidas la renuncia de las partes a los plazos recursivos.

     

    Los hechos

     

    El primer hecho que el representante del Ministerio Público Fiscal le atribuyó a Epuin fue cometido el 15 de octubre del 2025 cerca de las 3:50 en la zona Oeste de la ciudad de Neuquén. Epuin, en compañía de una mujer, dañó una reja y la cerradura de una puerta e ingresó a un Local comercial del rubro panadería. Allí sustrajo dos posnet, una PC mini y dinero en efectivo por $22.000 (veintidós mil pesos). Luego se dieron a la fuga pero fueron aprehendidos por la policía a las pocas cuadras.

     

    El segundo hecho que Vidal le atribuyó a Epuin fue cometido el 27 de octubre de 2025 alrededor de las 6:20 en un predio donde funcionan canchas de futbol 5 ubicado encalle Pilar de la capital neuquina. Allí, Epuin escaló el alambre tejido, ingresó, rompió la puerta del sector de confitería y sustrajo dinero en efectivo por $10.000 (diez mil pesos). Luego, debido al a intervención policial, fue detenido en el interior de las canchas.

  • Intentaron robar la batería de un auto: uno de los imputados quedó en preventiva

    Intentaron robar la batería de un auto: uno de los imputados quedó en preventiva

    Intentaron robar la batería de un auto: uno de los imputados quedó en preventiva

     

    18-12-2025

     

    Neuquén– Por pedido del fiscal del caso Horacio Maitini y de la asistente letrada Nadia Pérez, el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a M.E.A. y C.A.E. por un hecho de robo ocurrido en la ciudad de Neuquén. La acusación se realizó el martes, durante una audiencia de control de detención, formulación de cargos y revisión de medidas cautelares.

     

    De acuerdo a la teoría del caso expuesta por la fiscalía, el 16 de diciembre de 2025, alrededor de las 3:30, en la calle Entre Ríos 175, los imputados dañaron un vehículo Fiat Palio que se encontraba estacionado en la vía pública. Tras forzar la puerta del acompañante, el capot y la parrilla, e intentar sustraer la batería cortando los cables y bornes, fueron sorprendidos por personal policial en el lugar. Al advertir la presencia de los efectivos, intentaron darse a la fuga, pero fueron demorados de manera inmediata. Durante el procedimiento se secuestraron una pinza y un destornillador, presuntamente utilizados para cometer el hecho.

     

    La conducta fue calificada como robo simple en grado de tentativa, en calidad de coautores (artículos 164 y 45 del Código Penal).

     

    El juez de garantías Lucas Yancarelli tuvo por formulados los cargos, habilitó la investigación y fijó un plazo de cuatro meses para su desarrollo.

     

    En cuanto a las medidas cautelares, se dispuso la libertad de C.A.E., quien deberá cumplir con presentaciones cada 15 días en una comisaría durante el plazo de la investigación. Respecto de M.E.A., y en atención a la existencia de antecedentes penales, falta de arraigo y riesgo de fuga, se ordenó la prisión preventiva por el término de dos meses. Asimismo, se dispuso su traslado al hospital Castro Rendón para una evaluación médica por consumo problemático de estupefacientes y posible síndrome de abstinencia.

  • Acuerdan condena de pena efectiva para un hombre que intentó robar en una casa

    Acuerdan condena de pena efectiva para un hombre que intentó robar en una casa

    Acuerdan condena de pena efectiva para un hombre que intentó robar en una casa

     

    18-12-2025

     

    Neuquén- Por pedido del fiscal del caso Horacio Maitini y de la asistente letrada Nadia Pérez, una jueza de garantías homologó un acuerdo de procedimiento abreviado mediante el cual un hombre, Marcos Ezequiel Irribarra, fue condenado a 3 años de prisión efectiva por haber intentado cometer un robo en Centenario.

     

    En el marco de la causa también se investigó el encubrimiento de otro robo: el del vehículo que, junto a sus cómplices, utilizó para escapar.

     

    Como medida cautelar y hasta tanto la condena pueda ser ejecutada, se dispuso la prórroga de la prisión domiciliaria por el plazo de dos meses.

     

    De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el 6 de septiembre de 2023, cuando Irribarra, junto a otras dos personas, intentó sustraer distintos elementos del interior de una vivienda ubicada en la ciudad de Centenario, luego de forzar la cerradura de la reja de ingreso. La maniobra fue advertida por vecinos, quienes alertaron a la víctima y a la policía. Tras retirarse del lugar en un automóvil, los sospechosos fueron perseguidos y demorados a pocos metros del domicilio. En ese contexto, se constató que el vehículo utilizado había sido sustraído el día anterior en la ciudad de Cipolletti, circunstancia que dio origen al segundo hecho atribuido, vinculado al encubrimiento  de ese delito.

     

    Los hechos fueron calificados legalmente como robo en poblado y en banda en grado de tentativa, en concurso real con encubrimiento por receptación dolosa, en calidad de coautor.

     

    Al momento de fijar la pena, se tuvo en cuenta que el condenado registraba una condena anterior de ejecución condicional, dictada en otra causa por hechos de robo, lo que motivó la imposición de una pena única de 3 años de prisión efectiva.

     

    Asimismo, la jueza dispuso prorrogar la prisión domiciliaria que el imputado venía cumpliendo, mientras se avanza con la ejecución de la condena.

     

    La investigación continúa respecto de otro imputado, quien se encuentra en rebeldía.

  • Cumplirá 4 años de prisión efectiva por comercializar estupefacientes en el barrio Nehuen Che

    Cumplirá 4 años de prisión efectiva por comercializar estupefacientes en el barrio Nehuen Che

    Cumplirá 4 años de prisión efectiva por comercializar estupefacientes en el barrio Nehuen Che

     

    10-12-2025

     

    Neuquén– Por pedido del asistente letrado de la fiscalía Rodrigo Blanco, una jueza de garantías homologó un acuerdo pleno de condena a Claudia Beatriz Epulef a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por delitos vinculados con la comercialización de estupefacientes.

     

    Durante una audiencia realizada hoy, Blanco relató que detalles surgidos de la investigación y confirmó que la mujer tuvo drogas en su poder con fines de comercialización en reiteradas oportunidades, en un domicilio del barrio Nehuen Che de Cutral Co. Los hechos fueron acreditados a partir de tareas de vigilancia, allanamientos y secuestros realizados entre marzo y octubre de este año, en los que se constató la venta de estupefacientes a distintas personas que concurrían al lugar y se retiraban con pequeños envoltorios, en algunos casos consumiendo la sustancia inmediatamente después.

     

    El acuerdo incluyó la unificación de tres legajos de investigación. En ellos se probó que Epulef tuvo a su disposición cocaína y cannabis sativa fraccionadas para la venta, además de dinero en efectivo, balanzas de precisión, cuadernos con anotaciones vinculadas a la actividad ilícita, teléfonos celulares y otros elementos típicos del narcomenudeo. Las investigaciones permitieron registrar decenas de operaciones de venta mediante tareas de campo policial, análisis de cámaras de seguridad y aportes ciudadanos.

     

    Los hechos fueron calificados como tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en carácter de autora (artículo 5, inciso “c”, y 34, ambos de la Ley 23.737; y 45 del Código Penal, en función de la Ley provincial 3488), tres hechos en concurso real.

     

    Además de la pena de prisión, la jueza Alina Macedo Font convalidó la imposición de una multa de 45 unidades fijas, equivalente a $4.680.000, y, por pedido de la fiscalía, dispuso el decomiso de los bienes secuestrados y la destrucción de las drogas. A pedido de las partes, la magistrada autorizó que la condenada se presente a cumplir la pena a partir del 5 de enero de 2026, teniendo en cuenta cuestiones familiares y la disponibilidad de cupo en una unidad de detención.

     

    Los tres hechos

     

    -Entre el 10 y el 18 de marzo de 2025, Claudia Beatriz Epulef comercializó estupefacientes desde su vivienda del barrio Nehuen Che de Cutral Co. Tras tareas de vigilancia que permitieron constatar 24 operaciones de venta, el 21 de marzo se allanó el domicilio y se secuestraron cocaína y marihuana fraccionadas para la venta, dinero y elementos vinculados al narcomenudeo.

     

    -Entre mayo y julio de 2025, Epulef volvió a vender droga desde el mismo domicilio. La investigación registró alrededor de 61 operaciones de venta y culminó el 16 de julio, con un allanamiento en el que se secuestró cocaína, balanzas, cuadernos con anotaciones de ventas y otros elementos propios de la comercialización.

     

    -A partir de septiembre de 2025, y mediante aportes ciudadanos y análisis de cámaras de seguridad, se acreditó una nueva etapa de venta de estupefacientes en la vivienda. Entre el 15 y el 17 de octubre se registraron unas 80 operaciones, y el 23 de octubre un allanamiento permitió secuestrar cocaína y marihuana fraccionadas, dinero y dispositivos de registro.

  • Va a juicio acusado por intento de homicidio a la salida de un boliche

    Va a juicio acusado por intento de homicidio a la salida de un boliche

    Va a juicio acusado por intento de homicidio a la salida de un boliche

     

    17-12-2025

     

    Neuquén –  Por pedido del fiscal del caso Andrés Azar, M.L.O.R.L, será juzgado por haber intentado asesinar a una persona a la salida de un boliche, tras una pelea en la calle, en la ciudad de Añelo.

     

    El delito que le atribuyó el representante del Ministerio Público Fiscal al acusado es homicidio simple en grado de tentativa y en carácter de autor. Debido a la expectativa de pena para este delito, Azar pidió que el caso sea juzgado por un tribunal colegiado, es decir, integrado por tres jueces.

     

    Entre la prueba que el funcionario del MPF describió para llevar al juicio se encuentran la declaración de la víctima, testigos, peritos y efectivos policiales, además de prueba documental y convenciones probatorias.

     

    La teoría del caso que la fiscalía intentará probar en el debate es que M.L.O.R atacó con un cuchillo de 25 centímetros a otro varón en la calle, alrededor de las 7.15 de la mañana del pasado 29 de junio y después de una pelea que comenzó a la salida de un boliche entre dos grupos de personas.

     

    La víctima iba junto a otros dos varones por la calle, cuando los ocupantes de un Chevrolet Agile y un Volkswagen Vento, comenzaron a insultarlos mientras caminaban por la zona de Calle 1 y Avenida Tanuz.

     

    Cuatro ocupantes del Agile bajaron del vehículo y comenzaron a pelar con golpes de puño con las tres personas que caminaban. Esta situación fue advertida por un efectivo de la Policía provincial que cumplía funciones en una estación de servicio ubicada en las inmediaciones, y que intercedió para disuadir el enfrentamiento.

     

    Minutos después, las tres personas que caminaban por la calle fueron nuevamente interceptadas por los ocupantes de ambos vehículos: descendieron los cuatro del Agile y tres que estaban en el Vento. Comenzó una nueva agresión en la que M.L.O.R.L, quien iba en el Vento, sacó un cuchillo de 25 centímetros de largo, atacó a uno de los tres varones con la intención de matarlo y agredió a otro.

     

    El mismo efectivo policial que había intervenido anteriormente, volvió a interceder para frenar la agresión y redujo a M.L.O.R.L, quien arrojó el cuchillo que llevaba.

     

    Producto del ataque, la víctima recibió lesiones a la altura del hígado, en la zona intercostal y debió ser trasladado al hospital de Añelo. Por la gravedad de la lesión, posteriormente fue derivado al Hospital de Centenario.

     

    La jueza de garantías Carina Álvarez, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló la acusación del fiscal del caso y abrió la etapa de juicio. Además, la magistrada dio intervención a para que juzgue el caso a un tribunal colegiado.

     

    M.L.O.R.L llegó a la audiencia detenido con prisión domiciliaria, impuesta por la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación y de fuga, y seguirá cumpliendo la medida debido a que se encuentra vigente hasta mediados de enero.

  • Imputan a dos hombres por un homicidio cometido en un depósito

    Imputan a dos hombres por un homicidio cometido en un depósito

    Imputan a dos hombres por un homicidio cometido en un depósito

     

    17-12-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy, la fiscal del caso Guadalupe Inaudi y la asistente letrada Agustina Jarry acusaron a J.A.M. y A.A.M. por el homicidio de Santiago Exequiel Flores y pidieron que permanezcan detenidos en prisión preventiva.

     

    De acuerdo a la teoría del caso de la fiscalía, el hecho fue cometido el 14 de diciembre pasado, entre las 3:34 y las 3:47, en el interior de un depósito de bebidas ubicado en el barrio Belén de la ciudad de Neuquén.

     

    La víctima había ingresado al predio tras trepar un cerco perimetral y, minutos después, arribaron varias personas, entre ellas los imputados, que actuaron de forma conjunta y coordinada, con una clara división de tareas entre quienes ingresaron al lugar y quienes permanecieron en el exterior.

     

    Dentro del depósito, y mientras se controlaba el acceso para evitar la intervención de terceros, Flores fue asesinado con un arma de fuego. La víctima fue atacada a los tiros y recibió, de acuerdo al informe de autopsia, al menos tres impactos que le provocaron la muerte en el lugar, como consecuencia de una hemorragia interna.

     

    Luego de cometido el homicidio, los imputados junto a las otras personas realizaron maniobras para ocultar elementos vinculados al hecho y desviar la atención policial.

     

    Al momento de intervenir allí, el personal policial encontró a J.A.M en el interior del depósito junto al cuerpo sin vida de Flores, mientras que A.A.M se presentó en la Comisaría 18 horas después, acompañado por sus abogados defensores.

     

    El delito que Inaudi y Jarry le atribuyeron a los dos imputados es homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en carácter de coautores.

     

    Durante la audiencia, las funcionarias de la Fiscalía de Homicidios requirieron que J.A.M y A.A.M permanezcan detenidos en prisión preventiva por cuatro meses. Argumentaron que existe peligro de entorpecimiento de la investigación y además, que hay riesgo de fuga por no sometimiento al proceso penal.

     

    El abogado particular que intervino como querellante en representación de la familia de la víctima, adhirió a la imputación y las medidas de coerción requeridas por la fiscalía.

     

    El juez de garantías Lucas Yancarelli, que estuvo a cargo de la audiencia, dio por formulados los cargos de acuerdo a lo requerido por las partes acusadoras. Además, el magistrado hizo lugar a las medidas solicitadas y fijó prisión preventiva para ambos acusados por cuatro meses, el mismo plazo que otorgó para concluir la investigación.

  • Lo atacó con un cuchillo y lo hirió en el ojo: fue acusado y quedó detenido

    Lo atacó con un cuchillo y lo hirió en el ojo: fue acusado y quedó detenido

    Lo atacó con un cuchillo y lo hirió en el ojo: fue acusado y quedó detenido

     

    17-12-2025

     

    Neuquén – La asistente letrada Gabriela Pellico formuló cargos a un hombre por haber intentado asesinar a otro en el barrio Parque Sur de la ciudad de San Martín de los Andes, y pidió que quede detenido con prisión preventiva.

     

    La acusación la realizó ayer al mediodía, en una audiencia en la que planteó que el hecho fue cometido el 14 de diciembre pasado alrededor de las 8 de la mañana, en la puerta de una vivienda.

     

    En esas circunstancias, el imputado, R.M.C, atacó a la víctima con un cuchillo y le provocó una herida punzante en el ojo derecho.

     

    Previamente, alrededor de las 5 de la mañana, el acusado había ido hasta la vivienda de su expareja, donde la víctima se encontraba con ella. Golpeó la puerta, nadie respondió y comenzó a enviarle mensajes por WhatsApp a la mujer, en los que le planteó que había una cuestión “de vida o muerte” y que el hombre debía salir de la vivienda.

     

    Luego regresó a las 8 de la mañana, volvió a golpear la puerta y esta vez salió el hombre que estaba junto a su expareja. En ese momento, el imputado sacó un cuchillo y lo hirió en el ojo. Luego escapó.

     

    La víctima fue internada, intervenida quirúrgicamente y luego presentó un deterioro neurocognitivo que impidió por el momento que sea entrevistado por la fiscalía.

     

    La representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) atribuyó a M.R.C. el delito de homicidio simple, en grado de tentativa.

     

    Además, requirió la detención preventiva del imputado por existir riesgo de entorpecimiento de la investigación, por un plazo de 15 días.

     

    El juez de garantías Lisandro Borgonovo, avaló la formulación de cargos y el pedido de detención por el plazo solicitado por el MPF.

     

    El plazo de investigación fue fijado por el magistrado en tres meses.