Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Acuerdan responsabilidad de dos personas acusadas por un homicidio

    Acuerdan responsabilidad de dos personas acusadas por un homicidio

    Acuerdan responsabilidad de dos personas acusadas por un homicidio

     

    3-01-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la ciudad de Cutral Co, el fiscal jefe Gastón Liotard y el asistente letrado Federico Cuneo presentaron un acuerdo mediante el cual dos hombres reconocieron su participación en el homicidio de David Lago, cometido el 23 de octubre en Plaza Huincul.

     

    Uno de los imputados, Aarón Valenzuela, fue quien disparó un arma de fuego que le provocó la muerte a la víctima y fue declarado responsable por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en carácter de autor (artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    El otro involucrado, Ángel Lautaro Castillo, reconoció haber conducido el vehículo en el que llegaron él y Valenzuela al lugar del hecho y fue condenado por el delito de homicidio calificado por el uso de arma de fuego en calidad de participe secundario (artículos 79, 41 bis y 46 del Código Penal).

     

    En el caso de Castillo, también fue acordada la pena: los representantes del Ministerio Público Fiscal requirieron que se le impongan 5 años y 4 meses de prisión de cumplimiento efectivo; fueron valorados como atenuantes, la edad (es una persona joven), su escasa instrucción recibida y que no tiene antecedentes penales.

     

    Tanto Valenzuela como Castillo se encuentran detenidos en prisión preventiva. La medida de coerción fue impuesta en la audiencia de formulación de cargos, realizada en octubre del año pasado, por la existencia de peligro de entorpecimiento de la investigación.

     

    La teoría del caso que describieron los funcionarios de la fiscalía fue que el crimen fue cometido el 23 de octubre de 2024, por la tarde y en la esquina de las calles Avenida 1 de Mayo y Antonio Mérida de Plaza Huincul. Cerca de las 16:20 horas, Aarón Valenzuela y Ángel Lautaro Castillo, se trasladaban junto a otras personas a bordo de un automóvil propiedad de Castillo, quien iba como conductor. Al llegar a la esquina mencionada anteriormente, se encontraron con David Lago, quien caminaba junto a un amigo. Los acusados comenzaron a gritarle insultos y amenazas. Lago le dijo a la persona que lo acompañaba que se fueran del lugar, porque había identificado a Valenzuela, con quien tenía disputas previas, pero no pudieron hacerlo: los imputados los alcanzaron y Valenzuela se bajó del vehículo portando un arma de fuego. Lagos comenzó a correr para huir, pero recibió un impacto de un proyectil en la espalda, que le causó la muerte. De acuerdo a los relatos de testigos, Valenzuela disparó entre 4 y 5 disparos. Mientras eso ocurría, otro varón que aún no fue identificado le apuntaba desde el auto al amigo de la víctima.

     

    La defensora oficial que representa a Valenzuela y Castillo manifestó que el acuerdo presentado por la fiscalía es el fruto de un trabajo conjunto entre las partes. Tras ello, los acusados tomaron la palabra y aceptaron su responsabilidad.

     

    Luego de escuchar a las partes, el juez de garantías Lisandro Borgonovo avaló el acuerdo y declaró la responsabilidad de ambos imputados de acuerdo a lo detallado por la fiscalía. Además, el magistrado le impuso a Castillo a 5 años y 4 meses de prisión.

     

    Como el delito atribuido a Valenzuela excede el monto de pena permitido para arribar a un acuerdo de pena, la misma deberá debatirse en un juicio de cesura. Por este motivo, la Oficina judicial deberá fijar la fecha de la audiencia de determinación de la pena y darle intervención a un tribunal colegiado.

  • Acusaron a un varón por robarle dinero y joyas a una vecina

    Acusaron a un varón por robarle dinero y joyas a una vecina

    Acusaron a un varón por robarle dinero y joyas a una vecina

     

    02-01-2025

     

    Neuquén- La asistente letrada Lorena Juárez formuló cargos hoy a un varón por el robo de joyas, herramientas, prendas de vestir, dinero y otros elementos en la casa de una vecina. Según precisó, las joyas sustraídas alcanzan un valor cercano a los $ 20 millones, que se suman a $ 5 millones y U$D 14.000 en efectivo que también fueron robados.

     

    Juárez explicó durante la audiencia que en el hecho participaron otras tres personas, que aún no fueron identificadas, por lo que pidió al juez la imposición de prisión domiciliaria al acusado, F.M.T, en la casa de un familiar, con rondines policiales para garantizar su cumplimiento.

     

    El robo fue cometido el 1 de enero, apenas pasada la medianoche de año nuevo. La teoría del caso de la fiscalía es que el imputado y otras tres personas más, sortearon un paredón y dañaron una reja para ingresar a la vivienda. Allí tomaron bolsos, estuches y paños que en su interior contenían aproximadamente  $20 millones en alhajas de oro y plata, entre dijes, pulseras, aros, cadenas y collares. También sustrajeron $ 5 millones, 14 mil dólares, cremas, guitarras, relojes, herramientas, una notebook, una máquina de fotos, un equipo de música, perfumes, mochilas, zapatillas y dos camperas de cuero. Tras el robo, las tres personas no identificadas se fueron del lugar, pero dejaron parte de lo robado en la casa F.M.T, quien fue encontrado por la policía en la puerta de la vivienda, con el equipo de música de su vecina.

     

    Juárez señaló que en un allanamiento realizado el mismo día, se encontraron en la casa otros elementos sustraídos a la víctima.

     

    La asistente letrada le imputó a F.M.T el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y por escalamiento, en calidad de coautor (artículos 167, incisos 2 y 4, en función del artículo 163; y 45 del Código Penal).

     

    Tras solicitar un plazo de 4 meses para realizar la investigación, Juárez explicó al juez que dirigió la audiencia, Juan Manuel Kees, que resta identificar al resto de las personas que participó en el robo, que si bien fueron filmadas llevando los elementos a la casa del acusado, restan pericias por realizar. Remarcó además que, posterior al robo, la víctima realizó otra denuncia, en este caso por haber sufrido amenazas, y sostuvo que se deben cautelar el proceso porque, con el acusado en libertad, existe riesgo de entorpecimiento de la investigación, contactando a las otras personas o contribuyendo a que se deshagan de los elementos robados.

     

    “Vamos a solicitar la prisión domiciliaria en la casa de un familiar”, explicó Juárez, quien también pidió que la detención sea controlada por rondines de la policía.

     

    Tras escuchar a las partes, el magistrado tuvo por formulados los cargos e impuso la medida cautelar solicitada por la fiscalía.

     

  • Formulan cargos a un varón que le disparó a otro tras una discusión

    Formulan cargos a un varón que le disparó a otro tras una discusión

    Formulan cargos a un varón que le disparó a otro tras una discusión

     

    31-12-2024

     

    Neuquén- El fiscal del caso Andrés Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez formularon cargos a un varón que le disparó a otro tras una discusión en la localidad de San Patricio del Chañar.

     

    La acusación la hicieron hoy al mediodía en la Ciudad Judicial. Durante la audiencia pidieron que el acusado, M.L.S, permanezca detenido con prisión preventiva, solicitud que fue rechazada por un juez de garantías, que la sustituyó por prisión domiciliaria.

     

    De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal y de la Policía provincial, el hecho fue cometido el pasado 27 de diciembre. En un sector denominado «Toma ilegal», de San Patricio del Chañar, el acusado discutió con la víctima, un joven de 21 años. Esto fue entre las 13.30 y 14.30 aproximadamente, y el motivo fue la venta de un terreno en esa zona de parte del acusado a la víctima, a quien le reclamó la devolución por la fuerza. Luego, tras arrojarle una piedra que no la lesionó, le disparó con un arma de fuego en la rodilla derecha y le provocó una lesión grave.

     

    El delito que el fiscal del caso y la asistente letrada atribuyeron a M.L.S fue lesiones graves, agravadas por el uso de arma de fuego, en calidad de autor.

     

    Cómo medida cautelar, pidieron que el imputado permanezca detenido con prisión preventiva por un mes, mientras avanza la investigación. Plantearon que existe riesgo de fuga y de entorpecimiento de la investigación.

     

    El juez de garantías Juan Manuel Kees avaló la formulación de cargos y rechazó el pedido de prisión preventiva: impuso la prisión domiciliaria por un mes, además de la prohibición al acusado de ejercer actos de perturbación hacia la víctima y de acercamiento, entre otras.

     

    El fiscal del caso y la asistente letrada pidieron la revisión de la resolución del juez respecto al rechazo de la prisión preventiva.

  • Camionero acusado por causar la muerte de cuatro personas irá a juicio

    Camionero acusado por causar la muerte de cuatro personas irá a juicio

    Camionero acusado por causar la muerte de cuatro personas irá a juicio

     

    30-12-2024

     

    Neuquén – Por pedido del fiscal del caso Adrián de Lillo, un conductor profesional acusado por haber causado la muerte de cuatro personas tras realizar una maniobra “imprudente y antirreglamentaria”, será juzgado por un tribunal colegiado.

     

    El imputado es C.A.D.P.D.S y el delito que le atribuyó el representante de la fiscalía es homicidio culposo, producido por la conducción imprudente de un vehículo automotor, agravado por el número de víctimas fatales (artículos 84 bis segundo párrafo; 45 y 54 del Código Penal; y artículos 39 inciso “b” primer y tercer párrafo; 48 inciso “j”; y 50 de la Ley de Tránsito 24.449).

     

    El hecho que intentará probar el Ministerio Público Fiscal en el juicio ocurrió el 1 de junio del año 2024, cerca de las 18:00 horas, sobre Ruta Nacional 40. El imputado conducía un camión con semirremolque con sentido hacia Ruta Nacional 237, desde Villa La Angostura hacia San Carlos de Bariloche y, en esas circunstancias, C.A.D.P.D.S, manejó el vehículo automotor bajo su mando en forma imprudente y antirreglamentaria, al no haber observado el cuidado y la prevención necesarios, a raíz de lo cual generó un choque con otro vehículo. De esta manera, creó un riesgo no permitido cuando maniobró en forma antirreglamentaria, al no respetar las señales de tránsito y desobedecer la obligatoriedad del señalamiento horizontal de doble línea amarilla existente en la calzada. El acusado concretó una maniobra hacia su izquierda, generando su ingreso al carril contrario de la Ruta 40, invadiendo de esta manera el espacio de circulación de la camioneta que circulaba en sentido contrario. Esa maniobra es la que, a criterio de la fiscalía, generó el choque frontal entre el camión y la camioneta, provocando la muerte de cuatro personas que circulaban en esta última. Las víctimas son Ezequiel Linares, Lisandro Linares, Taiel Linares y Martina Linares.

     

    Los abogados particulares que intervienen como querellantes en representación de los familiares de las víctimas, adhirieron íntegramente al requerimiento efectuado por el representante del Ministerio Público Fiscal.

     

    Durante la audiencia, la defensa requirió que se cambie la calificación legal y que se le otorgue a su defendido la posibilidad de acceder a una suspensión de juicio a prueba.

     

    El juez de garantías Ignacio Pombo, que estuvo a cargo de la audiencia, rechazó el pedido de la defensa, resolvió elevar el caso a juicio de acuerdo al requerimiento fiscal y dio intervención a un tribunal colegiado.

     

    De acuerdo con lo resuelto por el magistrado, en los próximos días la Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del debate sobre la responsabilidad penal del acusado.

     

    Como C.A.D.P.D.S es de nacionalidad brasileña y en la audiencia de formulación de cargos no aportó un domicilio identificable, el fiscal había solicitado que quede detenido en prisión preventiva para garantizar el sometimiento al proceso. La jueza de garantías Bibiana Ojeda, que intervino en ese momento, no hizo lugar al planteo fiscal pero dictó la prohibición de salir del país y le ordenó al imputado que fije domicilio en la ciudad de Bariloche, con comparendos a una comisaría local.

  • Fijan 8 años de prisión para condenado por abuso sexual

    Fijan 8 años de prisión para condenado por abuso sexual

    Fijan 8 años de prisión para condenado por abuso sexual

     

    30-12-2024

     

    Neuquén- Por decisión unánime de un tribunal, un varón responsable por el abuso sexual de una adolescente en una vivienda de San Martín de los Andes fue condenado a 8 años de prisión efectiva, además de la inscripción en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiPeCoDIS).

     

    La fiscal del caso Inés Gerez y la querella institucional en representación directa de la víctima habían solicitado 10 años de prisión, principalmente debido a la extensión del daño causado.

     

    El hecho por los que se había declarado la responsabilidad penal fue cometido en julio de 2023, en una casa San Martín de los Andes en la que el condenado, A.J.C,  convivía con la madre de la víctima.

     

    La fiscalía había planteado más de una situación de abuso, pero mediante la sentencia emitida el 5 de diciembre por el tribunal, integrado por los jueces Ignacio Pombo y Federico Sommer y por la jueza Bibiana Ojeda, sólo uno se consideró probado. Ocurrió durante el domingo que se inició el receso invernal del año 2023, cuando A.J.C se presentó en la  habitación de la víctima y cometió el abuso.

     

    En su veredicto, el tribunal declaró la responsabilidad penal por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por la guarda y por ser cometido contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la convivencia preexistente (Artículo 119, tercer y cuarto párrafo, incisos “b” y “f” del Código Penal).

     

    Durante una audiencia realizada hoy, la fiscal Gerez destacó la necesidad de considerar la extensión del daño causado, con secuelas psicológicas en la víctima, al momento de determinar la pena a imponer. “Estos elementos llevan a que para analizar la pena adecuada a los hechos por los que el imputado fue declarado responsable, los indicadores nos llevan a alejarnos del mínimo y poder, por parte del MPF, entender que la pena adecuada debe ser de 10 años de prisión”, precisó.

     

    Coincidió con esta postura la querella institucional, mientras que la defensa del acusado solicitó el mínimo previsto para los delitos.

     

    Tras escuchar a las partes, el tribunal impuso la pena de 8 años de prisión efectiva, además de confirmar la inscripción en el RiPeCoDIS, como ocurre en todos los casos de responsabilidad por hechos de abuso sexual.

     

  • Imponen prisión domiciliaria a imputado por lesiones, amenazas y abuso sexual

    Imponen prisión domiciliaria a imputado por lesiones, amenazas y abuso sexual

    Imponen prisión domiciliaria a imputado por lesiones, amenazas y abuso sexual

     

    30-12-2024

     

    Neuquén – Una persona que será juzgada en febrero próximo por lesionar, amenazar y abusar sexualmente de una mujer que era su pareja en un paraje cercano a San Martín de los Andes, quedó detenida con prisión domiciliaria luego de incumplir una serie de prohibiciones que le habían impuesto para proteger a la víctima.

     

    La decisión fue tomada después de que la fiscal del caso Inés Gerez ordenada la detención del acusado, F.S.G, el sábado pasado. Esto porque incumplió la prohibición de no tener contacto con la víctima y de ejercer actos de perturbación hacia ella.

     

    Durante la audiencia en la que se controló la detención del imputado, pasado 28 de diciembre, la fiscal planteó que F.S.G, mientras la víctima estaba en una de plaza de la ciudad entre las 17 y 18, se acercó a ella, la insultó, le arrojó una bebida en la cabeza y la golpeó.

     

    La fiscal del caso detalló que el 9 de abril se le formularon cargos al acusado, por los delitos de lesiones leves agravadas por haber sido cometidas mediando violencia de género y contra quien se mantuvo una relación de pareja; abuso sexual con acceso carnal en carácter continuado, en concurso ideal con desobediencia a una orden judicial, amenazas agravadas por el uso de arma; y amenazas agravadas por el uso de arma en concurso ideal con desobediencia a una orden judicial, todo en concurso real entre sí.

     

    En ese momento se le impuso prisión preventiva, sobre la base de dos riesgos procesales: de entorpecimiento de la investigación, y para la integridad de la víctima. En mayo, la modalidad cambió a prisión domiciliaria y el 6 de diciembre se autorizaron salidas laborales, con la prohibición de ingresar a la ciudad de San Martín de los Andes y de ejercer actos de perturbación y de tomar contacto con la víctima.

     

    La fiscal del caso requirió,  ante el incumplimiento de las medidas que le habían impuesto a F.S.G, que le impongan prisión preventiva hasta el 8 de febrero próximo, fecha en la que está previsto el inicio del juicio.

     

    El juez que dirigió la audiencia, Lisandro Borgonovo, resolvió imponer la prisión domiciliaria con rondines policiales sorpresivos, hasta el inicio del juicio.

     

    Los hechos por los cuales F.S.G fue acusado y serán juzgado son los siguientes:

     

    Que el 20 de diciembre de 2022, a las 16:30 aproximadamente, al advertir que su pareja conversaba  con un amigo de él en el interior de una casa en San Martín de los Andes, se le abalanzó y comenzó a insultarla y a golpearla en la cara y en la cabeza.

     

    Que el 1 de octubre de 2022, en la madrugada en su domicilio en un paraje, abusó sexualmente de su pareja. Esta conducta la repitió en tres oportunidades, entre noviembre de 2022 y febrero de 2023.

     

    Con los últimos abusos sexuales, desobedeció medidas cautelares dispuestas por el juzgado de Familia, mediante las cuales se le prohibía acercarse a menos de 500 metros de la mujer, además de ejercer actos de intimidación.

     

    Que el 1 de octubre de 2022, entre las 5:30 y 7, amenazó de muerte a una pareja que vivía en el mismo paraje que él, que fue hacia la casa a auxiliar a la mujer que él atacó.

     

    Que el 5 de octubre de 2023, a las 19:30 horas, observó a su ex pareja mientras caminaba junto a un varón por calle Sarmiento, la interceptó e intentó llevarla con él, mientras la amenazaba mostrándole un cuchillo. Cuando ella logró separarse del imputado, él la corrió con un cuchillo hasta que ingresó a la Comisaría 23 de la ciudad.

     

    De esta manera, además de amenazar a la mujer, desobedeció una vez más las medidas cautelares que había renovado el juzgado de Familia.

     

    Que el 4 de abril de 2024, entre las 21 y 23, en el arroyo cerca del puente Elordi, compartió bebidas alcohólicas con su expareja, y mantuvieron relaciones sexuales consentidas. Luego de ello, el imputado nuevamente le pidió a la nombrada mantener relaciones, ante lo cual ella se negó, por lo que  él tomó una piedra bocha que había en el lugar y la amenazó diciéndole que si no tenían relaciones la mataría. Luego, la golpeó y abusó sexualmente.

     

    Así, también incumplió las medidas cautelares que habían sido renovadas el 7 de diciembre de 2023.

  • Fijan 18 años de prisión para docente condenado por abuso sexual

    Fijan 18 años de prisión para docente condenado por abuso sexual

    Fijan 18 años de prisión para docente condenado por abuso sexual

     

    27-12-2024

     

    Neuquén – En una audiencia de lectura de sentencia realizada hoy en la ciudad Judicial, el juez Juan Manuel Kees dio a conocer el monto de pena al que arribó y le impuso 18 años de prisión a W.G.H.

     

    Anteriormente y en un juicio por jurados, un jurado popular declaró culpable al docente por cometer 12 abusos sexuales, que tuvieron como víctimas a niños y niñas que estaban a su cargo.

     

    En la audiencia de determinación de la pena realizada la semana pasada, el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid pidió que se le impongan 45 años de prisión efectiva. La defensoría de Niñez y Adolescencia, que en el caso intervino como querella institucional en representación de las víctimas, adhirió al planteo fiscal.

     

    El resto de las querellas particulares, como no abarcaban la totalidad de los casos, solicitaron montos menores; mientras que la defensa particular del condenado pidió 8 años, que es el mínimo previsto para los delitos atribuidos.

     

    Tras la lectura del adelanto de la sentencia, las partes tendrán un plazo de diez días para presentar recursos y, hasta tanto la condena quede firme, W.G.H seguirá detenido en prisión domiciliaria ya que la medida fue prorrogada hoy por seis meses más.

     

    Juicio por jurados

     

    Un jurado popular declaró responsable W.G.H el 7 de noviembre, sobre 12 de los 23 hechos que le imputó el fiscal jefe: 9 abusos sexuales simples, uno de abuso sexual con acceso carnal y  de abuso sexual gravemente ultrajante; todos agravados por la calidad de educador del imputado y en carácter de autor (artículo 119; 45 y 55 del Código Penal).

     

    A partir de la investigación previa y con las evidencias presentadas en el juicio, el Ministerio Público Fiscal (MPF) probó que entre marzo y julio de 2022, W.G.H se aprovechó de su condición de encargado de la educación de niños y niñas durante el dictado de la clase de música y cometió los abusos en un jardín de infantes de la capital provincial.

     

    Además del fiscal jefe, por el MPF intervinieron durante el debate la asistente letrada Vanesa Muñoz y la agente Carla Prevedi. La investigación en la etapa previa al juicio estuvo a cargo del fiscal del caso Manuel Islas.

  • Acusan a un joven por intentar matar a otro y le imponen preventiva

    Acusan a un joven por intentar matar a otro y le imponen preventiva

    Acusan a un joven por intentar matar a otro y le imponen preventiva

     

    27-12-2024

     

    Neuquén- El fiscal del caso Andrés Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez formularon cargos y pidieron la prisión preventiva de un joven que, durante la mañana del 25 de diciembre, golpeó en la cabeza a otro y le provocó heridas por las que  permanece internado con pronóstico reservado.

     

    Ambos representantes de la fiscalía propusieron al juez que la medida cautelar se extienda mientras se desarrolla la investigación, por un plazo de cuatro meses. El objetivo es contrarrestar los riesgos procesales de entorpecimiento de la investigación y de no sometimiento al proceso.

     

    Durante la audiencia, el fiscal Azar explicó que el imputado es F.C.G, un joven de 18 años que, de acuerdo con las primeras horas de la investigación, entre las 7:20 y las 8 de la mañana del 25 de diciembre, aproximadamente a 100 metros de un local bailable de Plottier, agredió con una piedra y patadas en la cabeza a la víctima. Ocurrió en cercanías de la esquina de calles Santa Fe Sur y Lugones de la localidad, cuando el joven agredido intentó defender a un amigo que estaba siendo agredido por varias personas en medio de un disturbio. El fiscal del caso precisó que en ese marco, F.S.G golpeó a la víctima en la cabeza con una piedra y, cuando ya no podía defenderse por haber quedado en “estado totalmente vulnerable”, le pateó la cabeza en dos oportunidades. Azar relató que el joven quedó tendido en el suelo, por lo que fue trasladado al hospital, donde permanece internado en estado “reservado”.

     

    La imputación al acusado fue por el delito de homicidio agravado por alevosía, en grado de tentativa y en carácter de autor.

     

    Medida cautelar

     

    Desde el Ministerio Público Fiscal se advirtió que, luego de cometer el hecho, el acusado estuvo prófugo durante más de 36 horas. Si bien luego se entregó en una dependencia policial, para la fiscalía demostró el riesgo de no sometimiento al proceso. También debido al peligro de fuga que se incrementa ante una expectativa de pena de prisión efectiva y en virtud del daño causado en la víctima, Azar y Gutiérrez pidieron al juez Cristian Piana 4 meses de prisión preventiva, para garantizar una serie de medidas que resta realizar en el marco de la investigación.

     

    El magistrado consideró probados los riesgos procesales y, si bien consideró que las pruebas colectadas hasta el momento no permiten aplicar el agravante de la alevosía, tuvo por formulados los cargos por tentativa de homicidio simple y fijó prisión preventiva por 4 meses como lo solicitó la fiscalía.

  • Imponen condena de prisión efectiva por homicidio

    Imponen condena de prisión efectiva por homicidio

    Imponen condena de prisión efectiva por homicidio

     

    27-11-2024

     

    Neuquén – En una audiencia de determinación de la pena realizada hoy, el fiscal del caso Andrés Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez requirieron que Maximiliano Ortiz sea condenado a 9 años de prisión por su participación en el homicidio de Ulises Ariel Romero.

     

    Además, los funcionarios de la Fiscalía de Delitos Contra las Personas requirieron que la pena sea unificada con una condena anterior impuesta por causas de delitos contra la propiedad, en la pena única de 10 años de prisión efectiva.

     

    En el mes de noviembre, Ortiz fue declarado penalmente responsable por el delito de homicidio simple en carácter de coautor (artículos 80 y 45 del Código Penal).

     

    Luego de tomar un breve cuarto intermedio para deliberar, la jueza Patricia Lupica Cristo y los jueces Juan Pablo Encina y Lucas Yancarelli, resolvieron imponerle a Ortiz 8 años y 6 meses de prisión. Además, los magistrados unificaron las condenas en la pena única de 9 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

     

    El condenado llegó a la audiencia detenido en prisión preventiva impuesta bajo la necesidad de cautelar los peligros procesales de riesgo de fuga y peligro de entorpecimiento y seguirá cumpliendo la medida hasta que la pena quede firme.

     

    El caso tuvo otra persona involucrada, Eduardo Jesús Tamborindegui, que mediante un acuerdo de partes presentado en el mes de agosto, fue declarado responsable y condenado a 8 años de prisión, como coautor del crimen.

     

    Hecho

     

    El 21 de julio de 2023 cerca de las 5 de la mañana, Ortiz y Tamborindegui ingresaron a robar a una vivienda del barrio Villa Florencia. Mientras, un tercer involucrado que no fue identificado, sustrajo una bicicleta y se retiró inmediatamente.

     

    Una vez en el interior, Ortiz y Tamborindegui golpearon a la pareja que vive allí con la intención de robarles. Luego de unos minutos y cuando salían de la vivienda, los acusados se cruzaron en el patio con Ulises Ariel Romero, el sobrino de la dueña de casa que vivía allí, que en ese momento regresaba a la vivienda y le dieron tres puñaladas. Antes de morir Romero le dijo a sus familiares quienes los habían atacado, ya que logró reconocerlos.

  • Imputan a un varón por participar en un homicidio y queda detenido

    Imputan a un varón por participar en un homicidio y queda detenido

    Imputan a un varón por participar en un homicidio y queda detenido

     

    27-12-2024

     

    Neuquén-  La fiscal del caso Gabriela Macaya formuló cargos a un varón, N.A.F, por haber participado en el homicidio de Carlos Conejero, cometido el 26 de diciembre, cuando estaba reunido junto a otras personas en una esquina de la ciudad de Cutral Co.

     

    Durante una audiencia realizada ayer por la tarde, pidió que el imputado quede detenido en prisión preventiva por 4 meses, para evitar que entorpezca la investigación, que se fugue o que amenace o atente contra la integridad de testigos.

     

    La teoría del caso de la fiscalía es que el jueves 26 de diciembre, aproximadamente las 4 de la madrugada, Carlos Conejero se encontraba en la intersección de calles Carlos H. Rodríguez y 13 de Diciembre de Cutral-Co  con dos familiares de 15 y 16 años de edad y junto a otro joven. En ese momento, el acusado pasó en auto por el lugar, tomó el teléfono mientras manejaba y efectuó una llamada: minutos más tarde se presentó su hermano, J.F, en otro auto, y pasó a baja velocidad frente al grupo. A metros del lugar se encontró con N.A.F, quien se dirigió a su vehículo, tomó un arma de fuego y se la largó a J.F, y le indicó que “a la vuelta” estaba una persona con la que tenía conflictos, en referencia al joven que estaba junto a quien finalmente recibió el disparo. Luego de eso, J.F. volvió en la dirección señalada, bajó el vidrio, cargó el arma y disparó hacia el grupo. Si bien la bala impactó a Conejero, causándole una lesión que momentos después le ocasionó la muerte, la teoría de la fiscal es que el objetivo de J.F  era el otro joven que estaba junto a la víctima y sus familiares.

     

    Para Macaya, la participación de N.A.F fue determinante para que su hermano cometiera el homicidio, ya que le indicó el lugar en el que estaba la víctima y luego le proporcionó el arma que utilizó, por lo que le imputó el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de partícipe necesario (artículos 79; 41 bis y 45 del Código Penal).

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Lisandro Borgonovo hizo lugar a la formulación de cargos y compartió la necesidad de cautelar la investigación y proteger a los y las testigos de lo ocurrido. Como no coincidió en el plazo, en lugar de los 4 meses solicitados por la fiscal Macaya, impuso la medida cautelar pero por 2 meses.

     

    El autor material del crimen está prófugo, mientras que el joven a quien originalmente pretendía atacar y que es testigo directo del hecho, tampoco pudo ser hallado al momento de la audiencia.