Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Formulan cargos por tentativa de homicidio y fijan prisión preventiva

    Formulan cargos por tentativa de homicidio y fijan prisión preventiva

    Formulan cargos por tentativa de homicidio y fijan prisión preventiva

     

    10-01-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada hoy, el fiscal del caso Juan Narvaez y la asistente letrada Yesica Barbich acusaron a un varón, J.J.P, por intentar asesinar a otro en un barrio de la ciudad de Rincón de los Sauces.

     

    El delito que los representantes de la fiscalía le atribuyeron al imputado es homicidio simple, en grado de tentativa y en carácter de coautor (artículos 79 y 42 del Código Penal).

     

    El fiscal del caso y la asistente letrada requirieron que el acusado permanezca detenido en prisión preventiva por cinco meses. Argumentaron que existe riesgo de fuga por no sometimiento al proceso y peligro de entorpecimiento de la investigación.

     

    De acuerdo con la teoría del caso que investigan la policía provincial y la fiscalía, el hecho ocurrió el 9 de enero cerca de las 6 de la mañana, en la intersección de las calles Rawson y Belgrano de Rincón de los Sauces.

     

    La víctima regresaba de un boliche caminando junto a un grupo de amigos y, en ese contexto, J.J.P lo interceptó, lo increpó y, sin mediar palabras, le asestó una puñalada en el cuello.

     

    Luego de la agresión, el acusado se dio a la fuga corriendo e ingresó a su domicilio, ubicado cerca del lugar del hecho. Al momento de retirarse, el imputado se llevó el cuchillo que utilizó atacar a la víctima.

     

    Producto de la lesión recibida en la zona de la yugular, la vida del joven agredido estuvo en peligro, fue intervenido quirúrgicamente y se encuentra internado en el hospital Castro Rendón de la capital provincial.

     

    El juez de garantías Luciano Hermosilla, que estuvo a cargo de la audiencia, dio por formulados los cargos de acuerdo a lo requerido por Narvaez y Barbich. En relación a la prisión preventiva, el magistrado avaló el pedido de la fiscalía y pero fijó la medida por un plazo menor: dos meses.

     

    Finalmente, el juez estableció el término para que la fiscalía concluya la investigación en el que fija la Ley: cuatro meses.

  • Estafa con planes sociales: fijan prisiones domiciliarias hasta febrero

    Estafa con planes sociales: fijan prisiones domiciliarias hasta febrero

    Estafa con planes sociales: fijan prisiones domiciliarias hasta febrero  

     

    09-01-2025

     

    Neuquén – En el contexto de la investigación por las estafas con planes sociales, fue modificada la medida cautelar impuesta a uno de los imputados como jefes de la organización: Marcos Osuna, permanecerá detenido en prisión domiciliaria, con tobillera electrónica, rondines policiales de control y prohibición de tener contacto con los y las testigos del caso.

     

    La decisión fue tomada por un juez de garantías, a instancias de un pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF): el fiscal del caso Juan Manuel Narváez, sostuvo ayer en una audiencia en la Ciudad Judicial, que como Osuna cumplirá el próximo 10 de enero el plazo máximo previsto por la ley para estar detenido en prisión preventiva en un caso complejo (18 meses), correspondía modificar la modalidad a prisión domiciliaria. Requirió que el plazo de la detención quede establecido en seis meses.

     

    Durante la misma audiencia, el fiscal del caso requirió que a Ricardo Soiza, otro de los imputados con un rol en el máximo nivel de la organización, se le extienda la prisión domiciliaria que está cumpliendo desde septiembre pasado, también por seis meses, junto con las medidas complementarias: tobillera electrónica, rondines policiales de control y prohibición de tener contacto con los y las testigos del caso.

     

    Como argumentos para requerir las detenciones domiciliarias, el fiscal del caso destacó que está vigente el riesgo de entorpecimiento de la investigación por parte de ambos acusados.

     

    Sobre el plazo de la medida, señaló que el requerimiento de apertura de juicio ya fue presentado por el MPF; que el próximo 18 de febrero se realizará la audiencia de control de acusación; y que la fecha de juicio se estima que será en marzo o abril de este año. “Con los seis meses de prisión domiciliaria se estarían resguardado estas etapas de los riesgos procesales”, destacó Narváez.

     

    Al planteo del representante del MPF, adhirió el abogado querellante de la fiscalía de Estado.

     

    El juez de garantías que dirigió la audiencia, Luis Giorgetti, avaló el requerimiento del fiscal del caso pero por un plazo menor: estableció la prisión domiciliaria de Osuna y la prórroga a Soiza, por un mes y quince días a contar desde el 10 de enero.  También avaló las medidas complementarias, referidas a los rondines policiales de control, la prohibición de tener contacto con los y las testigos del caso y el uso de tobilleras electrónicas (según disponibilidad).

     

    La teoría del caso de la fiscalía es que un grupo de ex funcionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo, integraron una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de débito.

     

    La maniobra se efectuó con distintos niveles de responsabilidad, y con el rol de jefes sindica a Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; a Néstor Pablo Sanz, director de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; y Marcos Ariel Osuna, responsable de Gestión de Programas del mismo organismo. A los jefes iniciales, la fiscalía sumó luego en el rol de “jefes” de la organización a otros dos funcionarios de alto rango: el ex ministro de Desarrollo Social Abel Di Luca y el ex coordinador de Administración de esa cartera, Tomás Siengentharler.

     

    La investigación se centró en el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2020 y el 31 de julio de 2022, con diversos roles y niveles de responsabilidad, con los jefes en el primer nivel.

     

    En los niveles 2, 3, 4 y 5, se ubicó a colaboradores directos de los jefes, reclutadores de potenciales beneficiarios del plan, cobradores (mediante tarjetas y cheques) y a quienes obtuvieron beneficios.

     

    En el caso, ya fueron impuestas las primeras condenas.

  • Por unanimidad, confirman prisión preventiva a imputado por homicidio

    Por unanimidad, confirman prisión preventiva a imputado por homicidio

    Por unanimidad, confirman prisión preventiva a imputado por homicidio

     

    08-01-2025

     

    Neuquén – Por pedido del fiscal jefe Gastón Liotard, un tribunal de revisión integrado por dos jueces y una jueza confirmó la prisión preventiva impuesta a un varón acusado por cometer un homicidio tras una discusión en una fiesta, en la ciudad de Cutral Co.

     

    La decisión fue tomada hoy en una audiencia de revisión de medidas cautelares, que fue pedida por la defensa, en la que el representante del Ministerio Público Fiscal manifestó que es necesario mantener la prisión preventiva. Argumentó que siguen vigentes el riesgo de fuga o no sometimiento al proceso y el peligro de entorpecimiento d el a investigación.

     

    La medida cautelar fue fijada el 3 de septiembre de 2024 por el juez de garantías Lisandro Borgonovo en una audiencia de formulación de cargos. Luego, ante un pedido realizado por la defensa para modificar la modalidad de cumplimiento en un domicilio que fue rechazado, la preventiva fue confirmada por un tribunal revisor y por unanimidad.

     

    El pasado 2 de enero el juez de garantías Lisandro Borgonovo extendió la detención por cuatro meses más, por pedido de la fiscalía y bajo la existencia de los riesgos mencionados anteriormente.

     

    El tribunal encargado de revisar esa decisión, compuesto por la jueza Carolina González y los jueces Eduardo Egea y Maximiliano Bagnat, confirmó la prórroga impuesta por el juez de garantías y resolvió mantener la medida hasta el 3 de mayo.

     

    De acuerdo a la teoría del caso que investigan la fiscalía y la policía, el 1 de septiembre de 2024 cerca de las 6 y tras discutir con Luciano Hernandorena, R.V.G.A le efectuó un disparo en la zona del pecho que le ocasionó la muerte. Ambos se encontraban en una chacra ubicada en el barrio Colonia 2 de Abril de Cutral Co, donde se desarrollaba una fiesta. Después de dispararle a Hernandorena, el personal de seguridad de la fiesta intentó retener a R.V.G.A, quien dejó caer el arma y escapó del lugar. Luego, se pudo determinar que el imputado se había trasladado hacia Añelo, donde fue capturado por la policía.

     

    El delito por el cual el R.V.G.A se encuentra acusado es homicidio agravado por el uso de arma de fuego en carácter de autor (artículos 79, 41 bis y 45 del Código Penal).

  • Licitan obra de agua acordada durante un proceso de diálogo en el MPF

    Licitan obra de agua acordada durante un proceso de diálogo en el MPF

    Licitan obra de agua acordada durante un proceso de diálogo en el MPF

     

    08-01-2025

     

    Neuquén – La subdirectora de Mediación y Conciliación del Ministerio Público Fiscal (MPF), Cecilia Basterrechea, participó del acto de apertura de sobres de la licitación para la construcción de un acueducto en la zona de la meseta de Neuquén y Centenario, acordado durante un proceso de diálogo en el organismo.

     

    La actividad se realizó en la ciudad de Neuquén, en la sede del EPAS, y fue encabezada por el ministro de Trabajo y Desarrollo Local, Lucas Castelli; el secretario de Empresas Públicas, Marcelo Lazcano; y el presidente del EPAS, Gustavo Hernández, junto a Juan Vassallo y Martín Brasili, también del EPAS.  

     

    La subdirectora de Mediación y Conciliación fue invitada porque la obra se consensuó durante un proceso de diálogo que dirigió este ámbito, y que demandó 16 encuentros entre fines de 2023 y mediados de 2024, cuando se firmó el acta-acuerdo que lo solucionó.

     

    El conflicto surgió a fines de 2023, luego de que vecinos y vecinas de los barrios Trébol II, El Choconcito y San Antonio, entre otros ubicados en la zona de la meseta de Centenario y Neuquén, realizaron cortes de ruta por problemas en la provisión de agua en estos sectores.

     

    Ante esta situación, el fiscal general José Gerez convocó al diálogo a los vecinos y vecinas, en el ámbito del MPF, junto con autoridades municipales de Centenario y Neuquén, además de directivos del EPAS.

     

    A principios de julio del año pasado se firmó un acta acuerdo que estableció, entre otros aspectos, que el EPAS presentaría un proyecto de abastecimiento de agua potable en la zona, ya que carece del servicio y se brinda mediante camiones cisternas.

     

    El EPAS informó que la obra licitada y cuyos sobres con las ofertas se abrieron hoy, “contempla la construcción de una estación de bombeo sobre la cisterna de 6.000 m³ de la planta potabilizadora Mari Menuco, un acueducto de impulsión y ramales de distribución con puntos de acceso mediante canillas públicas y el mantenimiento y reemplazo de bombas en los pozos N° 5 y N° 7 ubicados sobre el Río Limay, a fin de no resentir la producción de agua a todo el ejido. Se incluirán obras complementarias como cambio de los tableros de control para fuerza motriz, entre otras tareas”.

     

    El presupuesto asignado para la obra ronda los $1.550 millones, a valores de octubre de 2024, y el plazo de ejecución se estableció en 210 días corridos.

     

     Foto: Gentileza EPAS

     

  • Citó a su expareja en una plaza, la golpeó y quedó detenido

    Citó a su expareja en una plaza, la golpeó y quedó detenido

    Citó a su expareja en una plaza, la golpeó y quedó detenido

     

    08-01-2024

     

    Neuquén- La fiscal del caso Eugenia Titanti imputó a un varón por las lesiones que le provocó a su expareja, cuando la golpeó frente a otras personas en una plaza, a donde la había citado para entregarle al hijo que tienen en común.

     

    Junto al asistente letrado Faustino Zabala, Titanti explicó que el hecho se produjo durante la madrugada del 7 de enero, pero que la situación de violencia había comenzado antes.

     

    Se trata de J.M.H, a quien la representante de la fiscalía le atribuyó haber “lesionado y amenazado a su ex pareja, en el marco de una relación atravesada por la violencia de género”, como así también “haber atentado contra el personal policial al momento de su aprehensión”. 

     

    El contexto al que se refirió la fiscal tiene que ver con la relación, que comenzó entre 2012 y 2013. El vínculo de pareja terminó en marzo de 2024, “en virtud de la violencia de género ejercida por el imputado hacia la víctima, la cual consistía en reiteradas agresiones físicas y amenazas, que comenzaron entre 2013 y 2014”, refirió Titanti, y aclaró que “recién pudo denunciar en 2023, por lo cual intervino un juzgado de Familia”.

     

    Amenazas y huída

     

    En ese contexto, la fiscal relató que el 6 de enero, alrededor de las 19, J.M.H comenzó a comunicarse vía telefónica con víctima, quien se encontraba en un velorio, “insultándola, exigiendo que le dijera dónde estaba y que buscara al niño”. “Cerca de la 1.50 del día siguiente, la mujer concurrió al punto de encuentro que habían fijado para buscar al niño, una plaza de la ciudad de Neuquén, junto a una amiga, precisamente por temor a que el imputado la agrediera nuevamente”, indicó la fiscal, en referencia a que “la había amenazado vía telefónica”.  

     

    “Al llegar a la plaza, el imputado dejó al niño sobre una vereda, les dijo a las personas que estaban ahí que no se metieran porque si no les pegaría a ellos también, y, sin más, corrió hacia la víctima”, relató Titanti, y luego precisó: “Comenzó a insultarla, a propinarle golpes de puño en el rostro y en la cabeza y patadas en la espalda, como así también intentó ahorcarla, presionando fuertemente el cuello con sus manos”.

     

    Frente a esa situación, la amiga de la víctima llamó a la policía, por lo que el acusado tomó al niño y huyó corriendo del lugar. A dos cuadras de la plaza fue interceptado por agentes policiales, quienes le indicaron que se detuviera y que entregara al niño. “Teniendo a su hijo en brazos, el imputado hizo caso omiso a la orden policial, tomó un fragmento de ladrillo de la vía pública, y se los arrojó”, señaló Titanti. La fiscal explicó que, mediante una maniobra y tras ser amenazados por al acusado – le advirtió a uno de ellos que cuando saliera lo iba a agarrar a tiros-, los efectivos lograron detenerlo y retirar al niño.

     

    Producto del accionar de J.M.H, su expareja resultó con diversas lesiones. El informe médico preliminar, a menos de 24 horas del hecho, refirió un “hematoma en región de articulación témporo-mandibular izquierda, una excoriación lineal en región umbilical izquierda”, pero indicó la necesidad de profundizar con estudios complementarios para otras precisiones.

     

    La representante de la fiscalía encuadró el accionar del acusado en los delitos de lesiones leves, agravadas por el vínculo y por violencia de género; en concurso real con amenazas y atentado a la autoridad.

     

    Prisión preventiva

     

    Titanti y Zabala solicitaron la prisión preventiva del acusado por 4 meses, por entender que existe riesgo de que, en libertad, no se someta al proceso –no cuenta con arraigo ni trabajo, además de que, en otro proceso penal que tuvo con anterioridad, incumplió medidas judiciales- pero también que influya sobre la víctima, los testigos que amenazó en la plaza y su hijo. También argumentaron la necesidad de proteger a la víctima y al niño, quienes se encuentran en riesgo.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez Luciano Hermosilla tuvo por formulados los cargos, aunque por pedido de la defensa cambió el delito de “atentado” a “resistencia” a la autoridad. Además, dictó la prisión preventiva por 2 meses, por entender que se dan todos los riesgos procesales planteados por la fiscalía.

  • Acusan a una mujer por lesionar a un niño con un cuchillo

    Acusan a una mujer por lesionar a un niño con un cuchillo

    Acusan a una mujer por lesionar a un niño con un cuchillo

     

    07-01-2024

     

    Neuquén- Durante una audiencia realizada hoy, la fiscal del caso Silvia Moreira formuló cargos a una mujer por haber lesionado en la cabeza a un niño que es parte de su entorno familiar y haber puesto en riesgo su vida. Además, pidió al juez de garantías que imponga una restricción de acercamiento durante el plazo de la investigación.

     

    Moreira, quien intervino en el caso junto a la asistente letrada Galia Borelli, explicó que el hecho ocurrió el 5 de enero, alrededor de las 11, en la casa en la que S.G.N.M vive junto al niño. Ambos se estaban preparando para ir al río y, tras una situación de conflicto, “la imputada, valiéndose de su superioridad física y etaria y aprovechando el estado de indefensión del niño, lo golpeó fuertemente con una bolsa”, relató la fiscal. Luego explicó que en el interior de la bolsa había diversos elementos, “entre ellos, un cuchillo tipo tramontina”, que impactó “en la zona parietal izquierda de su cabeza, desplegando una fuerte energía cinética”. “A raíz del golpe recibido, el cuchillo se incrustó en la zona referida del cráneo del menor”, indicó la fiscal. Luego, el niño fue trasladado al Hospital Heller junto a la mujer por un vecino y, a raíz de la gravedad de la lesión, fue derivado al Hospital Castro Rendón, donde de acuerdo con los registros médicos, ingresó con “trauma penetrante de parietal izquierdo con arma blanca con compromiso de duramadre” y debió ser intervenido quirúrgicamente.

     

    “En virtud de la agresión recibida, el menor sufrió herida penetrante de arma blanca en región parietal izquierda del cráneo, con incisión quirúrgica de 10 cm., con catorce puntos de sutura, lesión que puso en riesgo su vida, lo inutilizó por más de 30 días para sus tareas habituales y por la cual permanece aún internado”, sostuvo Moreira.

     

    A partir de los hechos relatados, la representante del Ministerio Público Fiscal acusó a la mujer por el delito de lesiones graves, agravadas por el vínculo y por alevosía (artículos 90 y 92, en función del 80, incisos 1 y 2, del Código Penal).

     

    Luego, la asistente letrada Borelli sostuvo que en el caso se da el riesgo procesal de entorpecimiento de la investigación, dada las posibilidades de influencia de la imputada sobre el relato del niño, a quien también consideró necesario proteger. Como medida cautelar, solicitó al juez que imponga una restricción de acercamiento y contacto por 2 meses, hasta que la víctima pueda ser evaluada para dar su testimonio mediante el dispositivo de Cámara Gesell. Respecto del tiempo para la investigación, solicitó que se fije en 4 meses.

     

    La defensora de Niñez y Adolescencia adhirió a los planteos de la fiscalía.  

     

    Tras escuchar a las partes, el magistrado tuvo por formulados los cargos e impuso las restricciones en los términos solicitados por la fiscal del caso y la asistente letrada.  

  • Otorgan prisión domiciliaria a acusado por homicidio en Centenario

    Otorgan prisión domiciliaria a acusado por homicidio en Centenario

    Otorgan prisión domiciliaria a acusado por homicidio en Centenario

     

    07-01-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de modificación de medidas cautelares realizada hoy, el juez de garantías Luis Giorgetti le otorgó a D.V la posibilidad de cumplir detención domiciliaria en la ciudad de Centenario. La fiscal del caso Silvia Moreira se opuso a la medida y pidió que se mantenga la detención en una comisaría.

     

    En una audiencia de formulación de cargos realizada el 25 de diciembre pasado, el imputado fue acusado por el homicidio de Ernesto Omar Canales y se le impuso prisión preventiva por cuatro meses.

     

    La media cautelar, fijada por el juez de garantías Cristian Piana, fue modificada tras el pedido de la defensora oficial que representa al imputado: ofreció una vivienda apta para que pueda cumplir la prisión domiciliaria y también solicitó que se le aplique un dispositivo electrónico de control (tobillera).

     

    La fiscal del caso Silvia Moreira se opuso: argumentó de que siguen vigentes los riesgos de entorpecimiento y de no sometimiento a la investigación y pidió que se mantenga la prisión preventiva por cuatro meses.

     

    El juez Giorgetti no avaló el pedido de la fiscalía y modificó la modalidad de la detención a prisión domiciliaria. Además, el magistrado impuso al imputado la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros y de contacto por cualquier medio, con los familiares que estaban presentes el día del homicidio.

     

    De acuerdo a la investigación que lleva adelante el Ministerio Público Fiscal (MPF) en conjunto con la Policía, el hecho fue cometido el 25 de diciembre entre la 1.30 y 2.20 de la madrugada, en una vivienda del barrio Alto de Centenario.

     

    Allí, durante una reunión familiar por los festejos de la Navidad, se originó una discusión de la que participaron la víctima y el acusado, quienes tienen el vínculo de hermanastros. Fue en ese contexto que D.V invitó a Canales a pelear en la calle y le dijo que le iba a disparar. 

     

    Una vez afuera, D.V esperó a la víctima armado. Ni bien Canales salió y sin mediar palabra, le disparó en la zona del tórax con un arma calibre 22 largo. Luego escapó y horas después se presentó en una comisaría.

     

    La autopsia realizada por el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial determinó que la víctima falleció como consecuencia del disparo del arma de fuego.

     

    El delito por el que D.V se encuentra acusado es homicidio agravado por el uso de arma fuego, en carácter de autor (artículos 80 y 45 del Código Penal).

  • Imputado por homicidio será juzgado como partícipe necesario

    Imputado por homicidio será juzgado como partícipe necesario

    Imputado por homicidio será juzgado como partícipe necesario

     

    07-01-2025

     

    Neuquén – Durante una audiencia realizada ayer, un juez de garantías dispuso que una de las dos personas acusadas por el homicidio de Mauricio Javier Charpentier en Plaza Huincul, sea juzgada por haber tenido una participación esencial en el hecho.

     

    La decisión fue contraria al pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF), que a través del fiscal jefe Gastón Liotard, sostuvo que la participación de A.P.P fue secundaria.

     

    De este modo, A.P.P será juzgado por el delito de homicidio agravado por el medio empleado, en calidad de partícipe necesario.

     

    La otra persona acusada en el caso, es M.E.D, a quien se le imputó el delito de  homicidio agravado por el medio empleado, en calidad de autor, y cuyo rol no está en discusión entre el MPF y la querella.

     

    La audiencia se realizó por las diferentes posturas en torno a la participación de A.P.P en el hecho, entre el MPF y el abogado querellante que representa a la familia de la víctima. La controversia entre ambas partes sólo se circunscribió a este aspecto, ya que en los demás aspectos de la acusación existe acuerdo.

     

    Al formular cargos en marzo, el MPF  planteó que el rol que tuvo A.P.P fue el de partícipe necesario, con lo cual coincidió la querella. Pero con el avance de la investigación, el fiscal jefe reformuló cargos al imputado en noviembre pasado y le atribuyó una participación secundaria, postura que fue avalada por una jueza de garantías.

     

    Como la querella no estuvo de acuerdo con esta decisión, se realizó la audiencia de ayer ante un juez de garantías para unificar la acusación entre ambas partes y en forma previa a la realización del juicio.  

     

    “De acuerdo a la doctrina y la jurisprudencia, debemos tener en cuenta la esencialidad o no de una persona para ver si su participación es primaria o secundaria. Hay que conjugar aspectos subjetivos y objetivos para determinar si esa acción hubiese cambiado el resultado de lo que ocurrió”, planteó Liotard. “Y cuando hacemos esa maniobra hipotética, si se hubiese dado muerte a Charpentier hubiese actuado o no A.P.P, para nosotros la respuesta es afirmativa. Entonces la esencialidad se corre y se transforma en algo secundario; entendemos que su participación fue secundaria”.

     

    La decisión del juez de garantías Lisandro Borgonovo, fue que A.P.P sea juzgado por tener una participación necesaria, tal como lo requirió la querella. “El tribunal de juicio va a determinar si el aporte fue esencial o no”, indicó el magistrado. Y planteó que de forma preliminar, según su punto de vista, “la ausencia de A.P.P  me hace pensar que el hecho no hubiera ocurrido. Por lo tanto creo que es esencial”.

     

    El caso que se juzgará fue cometido por el otro acusado, M. E. D, el 8 de febrero de 2024. Entre las 6.45 y 6.55, le disparó a Charpentier cuando llegó al lugar manejando un camión. Le efectuó al menos 13 disparos, de los cuales 7 lo impactaron.

     

    Esto ocurrió en la zona del cargadero municipal, en un sector conocido como “zona de extalleres de YPF”, en Plaza Huincul. Luego del ataque, el imputado se subió a un camión que manejaba el otro acusado, A. P. P, y ambos se fueron del lugar.

     

  • Imputan por lesiones en contexto de violencia de género y fijan preventvia

    Imputan por lesiones en contexto de violencia de género y fijan preventvia

    Imputan por lesiones en contexto de violencia de género y fijan preventiva

     

    6-01-2025

     

    Neuquén – En una audiencia de formulación de cargos realizada el viernes pasado por la tarde y en la ciudad Judicial, el asistente letrado Faustino Zabala acusó a un varón por golpear a quien era su pareja, incumplir una orden judicial e incendiar una vivienda.

     

    Se trata de J.E.F, y los delitos que le atribuyó el funcionario de la fiscalía de Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales son incendio, lesiones leves agravadas por vinculo y por mediar violencia de género y desobediencia a una orden judicial, todo en concurso real y en carácter de autor (artículos 89, 92, 80 incisos primero y onceavo, 239, 186, 45 y 55 del Código Penal).

     

    Durante la audiencia, el asistente letrado explicó que “la víctima sufrió violencia de género a lo largo de la relación con el imputado” y agregó que “las lesiones atribuidas son en carácter provisorio porque resta realizar una pericia médica que podría agravar la calificación legal”.

     

    Además de realizar la formulación de cargos, Zabala requirió que J.E.F permanezca detenido en prisión preventiva por cuatro meses. Argumentó que existe riego de fuga por no sometimiento al proceso, ya que el imputado no tiene arraigo, y peligro de entorpecimiento de la investigación. Además, el funcionario de la fiscalía sostuvo que es necesario resguardar la integridad de la víctima.

     

    El juez de garantías Juan Manuel Kees, que estuvo a cargo de la audiencia, tuvo por formulados los cargos de acuerdo a lo requerido por la fiscalía y fijó el plazo para concluir la investigación en cuatro meses. Además, el magistrado avaló la medida cautelar solicitada y fijó la prisión preventiva por cuatro meses.

     

    Hechos

     

    La teoría del caso que investiga el Ministerio Público Fiscal es que J.E.F cometió varios hechos en perjuicio de una mujer que era su pareja. Todos fueron en el domicilio de ella, ubicado en un barrio de la ciudad de Neuquén.

    El 17 de noviembre de 2024, el imputado y la víctima tuvieron una discusión, en la que el acusado la amenazó con prenderle fuego la casa. Luego, al día siguiente y cerca de las 18:00, cuando ella se dirigía a la vivienda, fue interceptada por J.E.F,  quien le anunció que había concretado su amenaza. La mujer llegó a su domicilio y constató que el incendio estaba ocurriendo, tras lo cual personal de Bomberos logró apagarlo.

    A raíz del hecho anterior, una jueza de familia le otorgó a la víctima un dispositivo antipánico, que ella activó el 26 de noviembre, cuando el acusado concurrió a su domicilio. Por la intervención de la policía, el imputado fue detenido en el lugar.

    Luego, el 10 de diciembre, la víctima volvió a activar el botón antipánico y efectivos de la policía volvieron a demorar a J.E.F en la casa de ella.

    Finalmente, el 18 de diciembre, el acusado ingresó a la vivienda de la mujer y, utilizando un elemento corto punzante, le provocó distintas lesiones al realizarle múltiples cortes en el rostro, tórax y brazos. Luego de la agresión, ella escapó y pidió ayuda.

  • Dictan prisión preventiva para acusado por robar en una casa de Centenario

    Dictan prisión preventiva para acusado por robar en una casa de Centenario

    Dictan prisión preventiva para acusado por robar en una casa de Centenario

     

    03-01-2025

     

    Neuquén- Un varón con antecedentes penales, que junto a una mujer ató y lesionó a una persona para robarle, fue acusado por la asistente letrada Lorena Juárez y quedó detenido en prisión preventiva.

     

    En el caso de la mujer, el juez resolvió imponerle una restricción de acercamiento y de contacto respecto de la víctima.

     

    Las personas imputadas son Y.A.V (mujer) y A.F.P (varón), quienes el 1 de enero, cerca de las 18:40, se presentaron en un domicilio del barrio Vista Hermosa de Centenario con intenciones de robo. Según relató Juárez, la mujer conocía al dueño de casa, un varón de 73 años que vive solo, dado que había trabajado allí. Fue por esa razón que la víctima le abrió la puerta y les permitió ingresar,  pero una vez en el interior, A.F.P le exigió dinero y, mientras le exhibía un cuchillo, lo amenazaba: “dame la plata o te corto un dedo” y “si me denuncias te mato” fueron las dos frases que recordó la víctima al momento de prestar declaración. Luego de obtener $3.300, A.F.P lo ató de pies y manos, lo golpeó y le vació una botella de alcohol en la cabeza, provocándole una lesión ocular. “Aprovechando el estado total de indefensión de la víctima, A.F.P y Y.A.V comenzaron a revolver toda la casa y se apoderaron de mercadería, carne, un televisor de 32 pulgadas, electrodomésticos varios, un manojo de llaves pertenecientes a otros departamentos y una motocicleta que pusieron en marcha”, precisó Juárez respecto del momento previo a la llegada de la policía, que los detuvo cuando intentaban escapar.

     

    En la audiencia, Juárez explicó que si bien el médico forense del Poder Judicial aún no pudo constatar el grado de las lesiones,  la víctima fue atendida en el hospital de Centenario, donde se diagnosticó una “conjuntivitis irritativa, queratitis y úlceras en las corneas de ambos ojos”, además de una herida cortante en el cuello y marcas de cuerdas en manos y muñecas.

     

    La asistente letrada encuadró el accionar de las dos personas en el delito de robo agravado por el uso de arma blanca y por el carácter de las lesiones graves sufridas por la víctima, en carácter de coautores (artículos 166, inciso primero, primer supuesto; inciso segundo, primer supuesto; y 45 del Código Penal).

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Juan Manuel Kees tuvo por formulados los cargos por el robo agravado por el uso de arma blanca, pero no por el carácter de las lesiones. Sostuvo que cuando puedan ser evaluadas por el perito oficial, los cargos podrán reformularse. También consideró que el delito atribuido fue en grado de tentativa.

     

    Respecto de la medida de coerción, Juárez solicitó prisión preventiva para ambos por un plazo de 4 meses. Sin embargo, al modificarse la calificación, el mínimo posible de pena quedó en 2 años y 6 meses de prisión que, en el caso de la mujer, podrían ser de ejecución condicional. El juez consideró que esa situación impide aplicar prisión preventiva y dispuso una prohibición de contacto y acercamiento a 300 metros de la víctima.

     

    Prisión preventiva

     

    Distinta fue la resolución respecto de A.F.P, que al tener una condena previa, cualquier pena de prisión será de ejecución efectiva. Juárez argumentó entonces que, con el imputado en libertad, “existe un riesgo claro para la víctima de 73 años de edad, que se encuentra sola y sin asistencia”. “Entiendo que la medida más adecuada es la prisión preventiva”, señaló la representante de la fiscalía, que destacó la “violencia extrema desplegada por A.F.P”.

     

    Frente al pedido, el magistrado remarcó que “no hay posibilidad de pena condicional” y evaluó que “hay una situación de grave riesgo a la integridad de la víctima”. Coincidió con Juárez en que de la descripción de lo ocurrido “surge un despliegue de violencia absolutamente innecesario”. “Haberle vertido un líquido inflamable en la cabeza, no sólo es riesgoso, sino que es una situación que genera terror”, destacó Kees, y ordenó la prisión preventiva del acusado por 2 meses, el mismo plazo que fijó para el desarrollo de la investigación.