Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Comenzó juicio por lesiones, amenazas y privación de la libertad   

    Comenzó juicio por lesiones, amenazas y privación de la libertad  

    Comenzó juicio por lesiones, amenazas y privación de la libertad

     

    11-02-2025

     

    Neuquén –Con el alegato de la fiscal Gabriela Macaya, comenzó el juicio a un varón que está acusado por lesionar, amenazar y encerrar a su expareja.

     

    En la primera jornada del juicio que se desarrolla en Cutral Co, la representante del Ministerio Público Fiscal, adelantó que va a demostrar que el acusado, A.M.A, es responsable por los delitos de por privación de la libertad y abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con el delito de coacción agravada por el uso de arma de fuego, amenazas agravadas por el uso de arma de fuego y lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en calidad de autor (artículos 149 bis, 119 tercer párrafo, 89, 92, 80 inciso uno y once, 55 y 45 del Código Penal).

     

    En su alegato, Macaya planteó que la víctima fue sometida durante la relación; que sufrió violencia física, sexual y económica, y que el varón la obligaba a consumir sustancias tóxicas.

     

    Entre las pruebas que se producirán a lo largo de las jornadas, la fiscal destacó el testimonio de testigos, entre los que se encuentran efectivos policiales que intervinieron, las psicólogas del Servicio de Asistencia a Víctimas y Testigos de la fiscalía (SAVyT) y trabajadoras sociales.

     

    La fiscal destacó también que el acusado registra antecedentes penales: en 2019 fue condenado por el delito de robo calificado por el uso de arma, y posteriormente fue declarado responsable por el delito de abuso sexual simple, agravado por el vínculo. Ambos delitos fueron unificados en una única pena de 3 años de prisión de efectivo cumplimiento.

     

    El juicio continúa durante la jornada de hoy y se extenderá, en principio, hasta mañana, cuando se realicen los alegatos de clausura.

     

    El tribunal encargado de juzgar el hecho, está integrado por los jueces Diego Chavarría Ruíz y Richard Trincheri, y por la jueza Liliana Deiub.

     

    Los hechos

     

    De acuerdo con la teoría del caso del MPF, el hecho fue cometido el 23 de febrero de 2024, a las 14. La víctima fue interceptada por su expareja cuando salió de su vivienda, ubicada en un barrio de Plaza Huincul. El imputado la obligó a subirse en el vehículo que manejaba, le apuntó con un arma de fuego y la llevó hasta su domicilio. Una vez en el interior de la vivienda, el imputado comenzó a golpearla en todas partes, la pateó, la llevó de los pelos hasta el baño, la metió debajo de la ducha con agua fría, y luego la llevó hasta su dormitorio, donde “ejerciendo actos de violencia física y consecuentemente anulando la resistencia de la víctima”, abusó sexualmente de la mujer.

     

    Además, hasta el 26 de febrero de 2024, el imputado mantuvo a la víctima encerrada, la privó de su libertad y le quitó el teléfono, por lo que se aseguró de que no pudiera pedir ayuda.

     

    Durante el juicio se resolverá otra acusación. Concretamente, la fiscalía le imputa que el 21 de marzo de 2024, a las 20, A.M.A abordó a la mujer cuando salía de su domicilio, le apuntó con un arma de fuego, le quitó a su hija y, como en el otro hecho, la obligó a subirse al vehículo que este conducía. En el trayecto, la víctima intentó bajarse, pero el imputado la tomó de los pelos, la golpeó en la cabeza con el arma, y la amenazó con prenderla fuego. Finalmente, la mujer logró saltar del vehículo y fue hasta un destacamento policial, en donde recibió ayuda.

     

    La fiscal explicó que a partir de este hecho se animó a denunciar el hecho anterior.

  • Será juzgado por intentar asesinar a su vecino

    Será juzgado por intentar asesinar a su vecino

    Será juzgado por intentar asesinar a su vecino

     

    26-02-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la asistente letrada Carolina Gutiérrez, un varón, J.E.M, será juzgado ante un tribunal colegiado acusado por intentar asesinar a su vecino tras dispararle con un arma de fuego en el barrio Almafuerte de la ciudad de Neuquén.

     

    El delito que la funcionaria de la Unidad Fiscal de Delitos contra las Personas le atribuyo al imputado es homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de tentativa y en carácter de autor (artículos 79, 41 bis, 42 y 45 del Código Penal).

     

    Debido a que la expectativa de pena para los delitos atribuidos es superior a 3 años de prisión e inferior a 15, Gutiérrez pidió que intervenga un tribunal colegiado para juzgar el caso.

     

    Entre la prueba que la funcionaria de la fiscalía detalló para llevar a juicio hay declaraciones testimoniales como la de la víctima, de peritos y efectivos policiales que intervinieron en la investigación del hecho, además de la prueba documental y los secuestros.

     

    La teoría del caso que describió la asistente letrada y que la fiscalía intentará probar en el debate es que el hecho fue cometido el domingo 21 de abril, cerca de las 18:00 en el barrio Almafuerte de la ciudad de Neuquén. La víctima estaba en su casa junto a un amigo y, tras ver un partido entre Boca y River, ambos salieron a la calle.

     

    En ese contexto, el acusado se acercó a la víctima, lo insultó, sacó un arma de fuego y le disparó en la zona del abdomen, a una distancia de aproximadamente un metro. Luego se fue hacia su vivienda. El imputado y la víctima son vecinos, viven a una distancia de alrededor de 100 metros y ya habían tenido problemas entre sí de forma previa.

     

    Tras la agresión, el amigo que acompañaba a la persona herida, paró un auto que pasaba por el lugar y pidió ayuda para trasladarla hacia el hospital Horacio Heller. Luego, la víctima fue derivada al hospital Castro Rendón por la gravedad de las lesiones.

     

    El abogado particular que intervino como querellante en representación de la víctima, adhirió a la acusación, la calificación legal y los hechos descriptos por la asistente letrada del MPF.

     

    El juez de garantías Marco Lupica Cristo, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de las partes acusadoras y dispuso la apertura de la etapa de juicio. Además, el magistrado dio intervención para que juzgue el caso a un tribunal colegiado.

     

    En los próximos días la Oficina Judicial deberá fijar la fecha para la realización del debate.

  • Acusado por golpear a otro joven seguirá detenido en su domicilio

    Acusado por golpear a otro joven seguirá detenido en su domicilio

    Acusado por golpear a otro joven seguirá detenido en su domicilio

     

    25-02-2025

     

    Neuquén-Un juez de garantías avaló revocar la prisión preventiva que cumplía un joven, tras golpear a otro con una piedra y patadas en la cabeza a la salida de un local bailable, y ordenó que continúe detenido en un domicilio de Neuquén.

     

    El imputado es F.C.G, y está acusado por el delito de homicidio agravado por alevosía, en grado de tentativa y en carácter de autor.

     

    Durante la audiencia realizada hoy, el fiscal del caso Andrés Azar no se opuso al pedido realizado por la defensa para que su defendido pase a estar detenido con prisión domiciliaria. Al respecto, el fiscal argumentó, como primer punto, la situación de emergencia carcelaria, pero luego refirió a “la alarma social generada a partir de un video difundido sobre el intento de homicidio”. “Ocasionó una situación de tensión, pero hoy no estamos en esa situación”, indicó.

     

    El cumplimiento de la medida cautelar será en una vivienda ubicada en la ciudad de Neuquén, con rondines diarios y sorpresivos.

     

    Luego de analizar los planteos expuestos por las partes, el juez de garantías Cristian Piana resolvió morigerar la medida más gravosa por una detención domiciliaria.

     

    El hecho

     

    La agresión ocurrió entre las 7:20 y las 8 de la mañana del 25 de diciembre, aproximadamente a 100 metros de un local bailable de Plottier, cuando F.C.G agredió con una piedra y patadas en la cabeza a la víctima. En ese contexto, el joven intentó defender a un amigo que estaba siendo agredido por varias personas, pero F.S.G lo golpeó en la cabeza con una piedra y, cuando ya no podía defenderse por haber quedado en “estado totalmente vulnerable”, le pateó la cabeza en dos oportunidades. Azar relató que el joven quedó tendido en el suelo, por lo que fue trasladado al hospital.

  • Un varón irá a juicio acusado por abuso sexual

    Un varón irá a juicio acusado por abuso sexual

    Un varón irá a juicio acusado por abuso sexual

     

    25-02-2025

     

    Neuquén – Por pedido de la fiscal del caso Eugenia Titanti, un varón, I.F.M, será juzgado ante un tribunal colegiado acusado por abusar sexualmente de una niña de su entorno familiar en una vivienda de la ciudad de Neuquén.

     

    El delito que la funcionaria de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales le atribuyó al imputado es abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la guarda y el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafo incisos “b” y “f” y 45 del Código Penal).

     

    Debido a que la expectativa de pena para los delitos atribuidos es superior a 3 años de prisión e inferior a 15, Titanti pidió que intervenga un tribunal colegiado para juzgar el caso. Entre la prueba que detalló para llevar a juicio se encuentran declaraciones de testigos, peritos y efectivos policiales que intervinieron en la investigación del hecho, además de prueba documental y secuestros.

     

    La teoría del caso que presentó la fiscal del caso y que intentará probar en el debate es que I.F.M abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar en la vivienda que compartían, ubicada en la ciudad de Neuquén. Fue el 25 de julio de 2024 por la noche. Para cometer el hecho el imputado aprovechó que la víctima se encontraba a su cuidado.

     

    La defensora de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia Mónica Palomba, que intervino en representación de la víctima, adhirió al pedido de pena efectuado por la fiscal del caso.

     

    El juez de garantías Gustavo Ravizzoli, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el pedido de las partes acusadoras y dispuso la apertura de la etapa de juicio. Además, el magistrado dio intervención para que juzgue el caso a un tribunal colegiado.

     

    La fecha para la realización del juicio deberá ser fijada por la Oficina Judicial, dentro de los próximos días.

  • Piden prisión domiciliaria para imputado por falso testimonio

    Piden prisión domiciliaria para imputado por falso testimonio

    Piden prisión domiciliaria para imputado por falso testimonio

     

    25-02-2025

     

    Neuquén- Por pedido del fiscal del caso Andrés Azar y con el respaldo de la querella particular que interviene en la investigación, se modificó la prisión preventiva que desde diciembre pasado cumple un varón acusado por falso testimonio y se la extendió por dos meses, en la modalidad de detención domiciliaria.

     

    Se trata de C.M.A, quien es investigado por haber mentido en dos declaraciones que brindó en la causa que investiga la desaparición de Luciana Muñoz. El fiscal Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez le imputaron el 24 de agosto el delito de falso testimonio -dos hechos en concurso real- en carácter de autor (artículos 45, 55 y 275 del Código Penal).

     

    Durante una audiencia realizada ayer, el fiscal del caso explicó que inicialmente se le impuso prisión domiciliaria, pero que ante una violación de las restricciones, el 20 de diciembre se agravó la medida cautelar y se le impuso prisión preventiva.

     

    “Si bien siguen vigentes los riesgos procesales, entendemos que atento al devenir de la causa y el tipo de delito enrostrado, entendemos que corresponde morigerar la medida cautelar, pero también prorrogarla por dos meses”, explicó al juez de garantías Cristian Piana. Luego precisó que la necesidad de restringir la libertad del imputado tiene que ver con la existencia de riesgo de entorpecimiento de la investigación, por la posibilidad de influir en testimonios de testigos; y de fuga, por las características del hecho en la causa vinculada con la desaparición de Luciana Muñoz.

     

    La querella particular, que representa a familiares de la joven desaparecida, coincidió con el pedido del fiscal. La defensa no se opuso y el juez hizo lugar a los pedidos, tanto en referencia a la modalidad de la detención como a la prórroga por dos meses.

     

    El 23 de diciembre, la fiscalía solicitó el pase de la investigación a etapa de juicio y se está a la espera de que la Oficina Judicial fije la fecha y la hora para realizarlo.

  • Exsubsecretario de Ambiente fue declarado no responsable

    Exsubsecretario de Ambiente fue declarado no responsable

    Exsubsecretario de Ambiente fue declarado no responsable

     

    25-02-2025

     

    Neuquén – El juez de garantías que intervino en el juicio por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público y que involucró al exsubsecretario de Ambiente de la provincia, Juan de Dios Lucchelli, lo declaró no responsable.

     

    La resolución la dio a conocer ayer pasado el mediodía en la Ciudad Judicial, y de este modo rechazó el pedido del fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid para que se declare la responsabilidad penal del exsubsecretario.  

     

    Entre los argumentos para fundamentar el fallo, el juez de garantías Juan Guaita, indicó que si bien la fiscalía “aseveró que la subsecretaria era la autoridad de aplicación” de la Ley 1875 al momento de la acusación, “durante el periodo objeto de la acusación la autoridad de aplicación de esa norma fue la secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente y luego el ministerio de Seguridad, Trabajo y Ambiente; pero no lo fue la subsecretaria de Ambiente a cargo de Lucchelli”.

     

    El magistrado planteó que que “de acuerdo a la legislación vigente, Lucchelli nunca revistió la calidad de titular del órgano al que las normas administrativas le adjudicaban la función de autoridad de aplicación de la Ley 1875 y sus decretos reglamentarios, y por ello no pudo haber omitido los deberes que le imponían dichas leyes”.

     

    La teoría del caso que el fiscal jefe presentó ante el tribunal unipersonal, y que no fue avalada, fue que el exsubsecretario no controló la descontaminación y disposición final de transformadores con PCB que, durante su gestión en la subsecretaría de Ambiente, estuvieron en poder de la cooperativa eléctrica de Plottier. “Hubo una decisión política de la autoridad de aplicación de no intervenir en el control de los PCB”, planteó en el cierre del juicio.

     

    Breide Obeid señaló que, al menos desde 2017, “la cooperativa mantuvo tres transformadores acopiados a cielo abierto y sin mayores precauciones”. Esto ocurrió en un predio en el que funciona un depósito de la institución. Luego, entre diciembre de 2019 y marzo de 2020, esos transformadores fueron enterrados en el mismo predio, donde la fiscalía los encontró en mayo de 2023, debajo de un bloque de hormigón.

     

    El delito atribuido a Lucchelli y por el cual resultó absuelto fue incumplimiento de deberes de funcionario público en calidad de autor (artículos 248 y 45 del Código Penal). Además, el magistrado lo eximió de las costas del proceso.

     

  • Acusado por homicidio seguirá detenido

    Acusado por homicidio seguirá detenido

    Acusado por homicidio seguirá detenido

     

    24-02-2025

     

    Neuquén– Por pedido de la fiscal del caso Gabriela Macaya, un juez extendió la prisión preventiva de un varón que está imputado por haber participado en el homicidio de Carlos Conejero. El hecho fue cometido el 26 de diciembre de 2024, cuando la víctima estaba reunida junto a otras personas en una esquina de la ciudad de Cutral Co.

     

    Durante audiencia realizada el viernes, la representante de la fiscalía explicó que desde la formulación de cargos se mantienen los riesgos procesales que fundamentaron que se fijara la medida más gravosa, esto es, el peligro de entorpecimiento y el riesgo para la integridad de los testigos

     

    Macaya indicó que el arma secuestrada no fue hallada y que el autor material del crimen está prófugo. “No hay otra medida suficiente para cautelar el proceso: la prisión domiciliaria o las presentaciones en la comisaria no serían suficientes, finalizó.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Lisandro Borgonovo hizo lugar a la extensión de la medida por el plazo requerido. “Estando el acusado en libertad, no se lograría proteger estas pruebas por el contexto planteado; las evidencias expuestas por el Ministerio Público Fiscal son amplias y suficientes para esta etapa penal”, indicó el magistrado.

     

    El hecho bajo investigación

     

    La teoría del caso de la fiscalía es que el jueves 26 de diciembre de 2024, aproximadamente las 4 de la madrugada, Carlos Conejero se encontraba en la intersección de calles Carlos H. Rodríguez y 13 de Diciembre de Cutral-Co con dos familiares de 15 y 16 años de edad y junto a otro joven. En ese momento, el acusado pasó en auto por el lugar, tomó el teléfono mientras manejaba y efectuó una llamada: minutos más tarde se presentó su hermano, J.F, en otro auto, y pasó a baja velocidad frente al grupo. A metros del lugar se encontró con N.A.F, quien se dirigió a su vehículo, tomó un arma de fuego y se la largó a J.F, indicándole que “a la vuelta” estaba una persona con la que tenía conflictos, en referencia al joven que estaba junto a quien finalmente recibió el disparo. Luego de eso, J.F. volvió en la dirección señalada, bajó el vidrio, cargó el arma y disparó hacia el grupo. Si bien la bala impactó a Conejero, causándole una lesión que momentos después le provocó la muerte, la teoría de la fiscal es que el objetivo de J.F era el otro joven que estaba junto a la víctima y sus familiares.

     

    Para Macaya, la participación de N.A.F fue determinante para que su hermano cometiera el homicidio, ya que le indicó el lugar en el que estaba la víctima y luego le proporcionó el arma que utilizó, por lo que le imputó el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en grado de partícipe necesario (artículos 79; 41 bis y 45 del Código Penal).

  • Abren etapa de juicio en caso de abusos sexuales

    Abren etapa de juicio en caso de abusos sexuales

    Abren etapa de juicio en caso de abusos sexuales

     

    24-02-2025

     

    Neuquén –Por pedido del asistente letrado Bruno Miciullo, un varón, S.D.G, será juzgado ante un tribunal colegiado acusado por abusar sexualmente de un niño de su entorno familiar en dos  viviendas de la ciudad de Centenario.

     

    Lo resolvió un juez de garantías en audiencia de control de acusación realizada hoy en la Ciudad Judicial, en la que el funcionario del MPF describió los hechos, la calificación legal y la prueba.

     

    Los delitos que el asistente letrado de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales le atribuyó al imputado son abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, agravado por la guarda, -continuado-, en concurso real con promoción de la corrupción de menores, todo en carácter de autor (artículos 119 tercer y cuarto párrafo inciso “b”, 125 primer y segundo párrafo y 45 del Código Penal).

     

    La teoría del caso que describió Miciullo es que S.D.G abusó sexualmente de un niño de su entorno familiar en dos momentos distintos.

    – El primer hecho fue cometido entre 2019 y 2021, en una casa ubicada en Centenario. Para cometer los abusos, que se dieron de forma reiterada, el imputado aprovechaba cuando la víctima quedaba a su cuidado.

    – El segundo hecho atribuido ocurrió el 9 de abril de 2024 a la madrugada, en otro domicilio de la misma ciudad. Allí, S.D.G abusó sexualmente de un niño de su entorno familiar en horas de la madrugada y fue descubierto por dos amigos del niño que vieron lo que ocurría y salieron corriendo.

     

    Las funcionarias de la Defensoría de los Derechos de Niñez y Adolescencia Agustina Jarry y Andrea Rapazzo, que intervinieron como querellantes en representación de la víctima, adhirieron al requerimiento de la fiscalía.

     

    Entre la prueba que las partes acusadoras llevarán para producir en al debate, se encuentran las declaraciones de familiares, testigos, peritos, médicos y efectivos policiales, además de prueba documental.

     

    Durante la audiencia Bruno Miciullo también pidió que se extienda por seis meses más la prohibición de acercamiento a menos de 200 mts y de contacto por cualquier medio que el acusado viene cumpliendo. La medida fue fijada para resguardar la integridad de la víctima y su grupo familiar.

     

    El juez de garantías Luciano Hermosilla, que estuvo a cargo de la audiencia, avaló el requerimiento de apertura a juicio presentado por la fiscalía y la querella y abrió la etapa de juicio. Además, el magistrado dio intervención a un tribunal colegiado para que juzgue el caso.

     

    Finalmente, y en relación a la medida de coerción requerida, el juez fijó la prohibición de acercamiento y contacto de acuerdo a lo solicitado por la fiscalía.

     

    Con la resolución adoptada por el magistrado, en los próximos días la Oficina Judicial Penal deberá fijar la fecha para la realización del juicio donde se determinará la responsabilidad del acusado.

  • Condenan a un joven por abusar de manera continuada de una adolescente

    Condenan a un joven por abusar de manera continuada de una adolescente

    Condenan a un joven por abusar de manera continuada de una adolescente

     

    24-02-2025

     

    Neuquén- Por unanimidad, un tribunal de dos jueces y una jueza declaró responsable a un varón por haber abusado sexualmente, en reiteradas oportunidades y de manera continuada, de una adolescente de 15 años.

     

    Se trata de S.A.M, condenado por abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años de edad, en calidad de  (artículos 119, tercer párrafo y cuarto párrafo, inciso “f”; y 45 del código penal).

     

    De acuerdo a lo que probaron la fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo durante el juicio, los abusos fueron cometidos entre fines de diciembre de 2021 y los primeros días de agosto de 2022, cuando ocasionalmente la joven estuvo en la vivienda del condenado y mientras el resto de las personas que vivía allí dormía.  El accionar de S.A.M consistía en interceptar a la víctima -que tiene un retraso madurativo moderado- cuando ésta se levantaba para ir al baño. En ese contexto y por medio del uso de la fuerza, cometía el abuso sexual.

     

    El tribunal estuvo integrado por los jueces Gustavo Ravizzoli y Mauricio Macagno , junto a la jueza Patricia Lupica Cristo. “Quedó probado que el imputado abusó sexualmente de manera reiterada y continuada de la víctima, de 15 años al momento de los hechos, quien tiene un retraso moderado, entre diciembre de 2021 y enero de 2022”, refirió Ravizzoli, y aclaró que en esas circunstancias, la víctima estaba al cuidado de familiares del condenado.

     

    Precisó, además, que todo ocurrió en una vivienda de un barrio de Neuquén capital y que la fiscalía pudo probar que S.A.M “interceptaba a la víctima por la noche, cuando iba al baño” y que cometía los abusos “por la fuerza, sin que se pudiera consentir libremente la acción”.

    “Hemos valorado especialmente el relato de la víctima, que fue consistente en el tiempo, a través de sus manifestaciones espontáneas”, concluyó el magistrado.

     

    El próximo paso será fijar la audiencia para determinar el monto de la pena y para ordenar la inscripción del condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos Contra la Integridad Sexual (RiPeCoDIS).

  • Declaran responsables a acusados por robo en un yacimiento

    Declaran responsables a acusados por robo en un yacimiento

    Declaran responsables a acusados por robo en un yacimiento 

     

    24-02-2025

     

    Neuquén – Por unanimidad, un tribunal declaró la responsabilidad penal de tres varones que fueron acusados por la fiscal del caso Rocío Rivero, por sustraer alrededor de 100 kilos de bobinas de cobre de un yacimiento de YPF, en la zona de Rincón de los Sauces.

     

    El veredicto se dio a conocer el viernes pasado al mediodía, luego de dos jornadas de juicio, y comprendió a Nicolás Barros, Andrés Gutiérrez y Gonzalo Jara.

     

    “Los tres acusados sin lugar a dudas han tenido participación en el hecho”, coincidieron los jueces que integraron el tribunal, en un fallo unánime.

     

    La pena que deberán cumplir se definirá en los próximos días, durante una audiencia en la que puntualmente se discutirá el monto de la condena para cada uno de ellos.

     

    El delito por el cual fueron declarados responsables fue robo agravado por ser cometido en despoblado y en banda  en calidad de coautores.

     

    La teoría del caso que acreditó la fiscal fue que el hecho se cometió el 13 de marzo de 2022, entre las 18.45 y 19.20. Mientras trabajaban para una empresa, los tres se metieron en el yacimiento Puesto Hernández que opera YPF, dañaron un transformador de 225 kva sacándole las tapas, cortando las varillas que lo sostenían y arrojando el fluido peligroso de su interior. Luego le sacaron alrededor de 100 kilos de bobinas de cobre desnudo del interior.

     

    Esto fue en la parte externa del cerco perimetral de la subestación transformadora PH 1066 del yacimiento. Después, los imputados escaparon en una camioneta de la empresa para la que trabajaban.

     

    Durante el juicio, la fiscal del caso estuvo acompañada por las agentes del Ministerio Público Fiscal, Yésica Schweiker y Noemí Mendoza.

     

    En el alegato de clausura del juicio, la semana pasada, la fiscal había planteado que sobre la base del testimonio de los y las testigos, se acreditó “con suficiente certeza que los tres imputados cometieron el hecho”.  A su planteo, adhirió el abogado querellante que representó a YPF.

     

    El tribunal que emitió la sentencia estuvo integrado por los jueces Juan Pablo Encina, Andrés Repetto y Luciano Hermosilla.