Autor: Ministerio Público Fiscal

  • Tenía armas enterradas en el patio: fue condenado a tres años de prisión efectiva

    Tenía armas enterradas en el patio: fue condenado a tres años de prisión efectiva

    Tenía armas enterradas en el patio: fue condenado a tres años de prisión efectiva

     

    22-05-2026

     

    Neuquén – La fiscal del caso Silvia Moreira acordó con la defensa de Jonathan Jesús Romero la imposición de una pena de 3 años de prisión de cumplimiento efectivo. Fue luego de que el imputado fuera declarado penalmente responsable por la tenencia ilegal de armas de fuego y el encubrimiento por receptación dolosa de armas con numeración suprimida, enterradas en su casa, ubicada en el barrio Cuenca XV de la ciudad de Neuquén.

     

    La responsabilidad penal de Romero había sido declarada el 26 de marzo de 2026, a partir de un acuerdo parcial en el que reconoció haber tenido en su poder siete armas de fuego aptas para el disparo, cuatro de ellas con la numeración suprimida, además de haberlas recibido a sabiendas de su origen ilícito.

     

    Durante la audiencia, Moreira explicó que los hechos ocurrieron el 9 de octubre de 2025, cuando se realizó un allanamiento en el domicilio de Romero, en el marco de otra investigación penal. Según detalló la fiscalía, las armas fueron halladas enterradas en el patio de la vivienda.

     

    Entre los elementos secuestrados había pistolas de distintos calibres, un revólver calibre .357 Magnum, una pistola 9 milímetros, una carabina calibre .22 y municiones de diferentes tipos. También se encontraron cargadores, repuestos y accesorios para armas.

     

    La fiscalía sostuvo que, para acordar la pena, se tuvieron en cuenta como atenuantes el reconocimiento de responsabilidad por parte de Romero y la ausencia de antecedentes penales computables. Como agravantes, Moreira señaló la cantidad y características de las armas halladas, el volumen de municiones secuestradas, la presencia de elementos para reparación y mantenimiento y el hecho de que las armas estuvieran ocultas bajo tierra para asegurar su disponibilidad.

     

    En función de esas circunstancias, la fiscalía y la defensa acordaron una pena de 3 años de prisión efectiva, además de una inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena y el pago de las costas del proceso.

     

    Tras escuchar a las partes y el consentimiento del imputado, la jueza Natalia Pelosso homologó el acuerdo y condenó a Jonathan Jesús Romero.

     

    Además, a pedido de la fiscalía y con acuerdo de la defensa, la magistrada prorrogó por dos meses la prisión domiciliaria que Romero cumple actualmente, al considerar que se encuentra vigente el riesgo de fuga tras la imposición de una pena de cumplimiento efectivo.

  • Profesor de fútbol acusado por delitos contra la integridad sexual seguirá en preventiva

    Profesor de fútbol acusado por delitos contra la integridad sexual seguirá en preventiva

    Profesor de fútbol acusado por delitos contra la integridad sexual seguirá en preventiva

     

    22-05-2026

     

    Neuquén– Por pedido de la asistente letrada Cecilia Sabatte y del fiscal del caso Gastón Medina, un tribunal de revisión confirmó hoy la prisión preventiva impuesta a D.E.M., un profesor de fútbol investigado por delitos contra la integridad sexual de adolescentes que entrenaban bajo su supervisión en un club barrial.

     

    Durante la audiencia realizada ayer, la defensa solicitó que se revocara la resolución dictada el pasado 19 de mayo por un juez de garantías y pidió la libertad del imputado o, de manera subsidiaria, el arresto domiciliario.

     

    La fiscalía y las querellas se opusieron al pedido y sostuvieron que continúan vigentes tanto el riesgo de fuga como el de entorpecimiento de la investigación. Sabatte remarcó la gravedad de los hechos investigados, sostuvo que ante una declaración de responsabilidad la expectativa de pena es alta, y recordó que hay medidas de prueba pendientes, entre ellas nuevas entrevistas a víctimas.

     

    La asistente letrada detalló que en la investigación ya fueron secuestrados más de 50 dispositivos electrónicos y que el análisis aún se encuentra en desarrollo. En ese contexto, sostuvo que el teléfono aportado voluntariamente por la defensa, que según indicó correspondía al último celular utilizado por el imputado, constituye solo una parte de la evidencia digital reunida. Precisó que de ese peritaje surgieron comunicaciones mantenidas entre el imputado y familiares de una de las víctimas entre febrero y marzo de este año, posteriores a las restricciones de contacto impuestas por la fiscalía, lo que —según planteó— ratifica incumplimientos a esas medidas. Además, señaló que hasta el momento solo fue peritado alrededor del 15% del material secuestrado y que todavía resta analizar una gran cantidad de dispositivos y contenido digital incorporado a la investigación.

     

    Además, los representantes del Ministerio Público Fiscal señalaron que el imputado incumplió reiteradamente restricciones de contacto que le habían sido impuestas al inicio de la investigación y advirtieron que persiste el riesgo de influencia sobre víctimas, testigos y sus familias.

     

    Confirmación

     

    Al resolver, el tribunal consideró que la decisión revisada estaba debidamente fundada y descartó que existieran contradicciones o arbitrariedades. También entendió que los nuevos elementos aportados por la defensa no modificaban la situación procesal del imputado ni debilitaban los riesgos procesales previamente acreditados.

     

    Entre otros aspectos, el juez y las juezas valoraron la cantidad de hechos investigados, la pluralidad de víctimas, la pena en expectativa y el avance de la investigación, que incluye nuevos dispositivos electrónicos analizados y otras posibles víctimas.

     

    Respecto del pedido de prisión domiciliaria, el juez Lucas Yancarelli y por las juezas Carolina García y Natalia Pelosso coincidieron en que, más allá de que el domicilio propuesto reunía condiciones adecuadas, los incumplimientos previos del imputado impedían confiar en que pudiera respetar medidas alternativas a la prisión preventiva. El tribunal subrayó la necesidad de resolver con perspectiva de niñez y vulnerabilidad, priorizando el resguardo de los adolescentes involucrados en el caso

     

    D.E.M. fue acusado el 19 de marzo de 2026 y la formulación de cargos fue ampliada el 31 de marzo de este año. La investigación incluye delitos como abuso sexual, grooming, promoción de la prostitución, corrupción de menores, exhibiciones obscenas y delitos vinculados a pornografía infantil.

  • MPF realiza allanamientos: se investiga la venta de bicicletas de alta gama robadas en Chile

    MPF realiza allanamientos: se investiga la venta de bicicletas de alta gama robadas en Chile

    MPF realiza allanamientos: se investiga la venta de bicicletas de alta gama robadas en Chile

     

    22-05-2026

     

    Neuquén – Por pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) se están realizando cuatro allanamientos en Neuquén, en el contexto de una investigación por la venta en la capital provincial de bicicletas de alta gama que habrían sido robadas en Chile.

     

    Los procedimientos los requirió el fiscal del caso Diego Azcárate (fiscalía de Atención al Público y Asignación de Casos), y se están llevando adelante con personal de la Policía provincial. Son en el contexto de un pedido de colaboración de la fiscalía de Providencia-Ñuñoa (Chile), y con la intervención de la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional de la Procuración General de la Nación de Argentina. Los autorizó el juez de garantías Juan Manuel Kees.

     

    El objetivo de los allanamientos, que son en tres viviendas y un comercio, es secuestrar teléfonos celulares y dispositivos electrónicos de las personas investigadas, junto con componentes y partes de bicicletas, así como todo elemento de interés para el caso.

     

    La investigación surgió tras un hecho cometido el 25 de julio de 2025 en un café de Avenida Italia al 1.000 en Providencia, Santiago de Chile. Allí, un hombre ingresó al local y sustrajo una bicicleta marca Orbea, modelo Orca, que era propiedad de un varón que se dedica al ciclismo de alto rendimiento, con un valor estimado en 5 millones de pesos chilenos (equivalente a alrededor de 5.500 dólares).

     

    Luego, la víctima fue informada de que la bicicleta era ofrecida a través de Facebook por una persona con domicilio y número telefónico en la ciudad de Neuquén.

     

    La Unidad Especializada de Cooperación Internacional y Extradiciones (UCIEX) del Ministerio Público de Chile formalizó el pedido de colaboración y, mediante un trabajo conjunto del fiscal del caso Azcárate con el personal de la división Robos y Hurtos de la policía provincial, se realizaron medidas para constatar el paradero de esta persona.

     

    Además, se recogió información que permite suponer que las personas bajo investigación vendían bicicletas o partes de los rodados como repuestos, que serían robados en Chile.

     

    Ante la sospecha de que a algunas de estas personas viajarían a Chile a buscar los elementos de dudosa procedencia, se requirió informe migratorio y se constató que habían salido hacia el país trasandino por el paso Pino Hachado el pasado 20 de mayo, en un auto.

     

    Por este motivo se montó un operativo policial que permitió al día siguiente demorar el auto con dos ocupantes en el control caminero de Senillosa. En el auto viajaban dos varones, que quedaron demorados.

     

    Además de los allanamientos, el fiscal Azcárate requirió la requisa del auto y de las personas demoradas.

     

    Una vez que finalice los procedimientos, resolverá los próximos pasos a dar en el contexto de la investigación y respecto a las personas que están demoradas.

     

     

  • Pedirán prisión efectiva para condenado por estafas inmobiliarias

    Pedirán prisión efectiva para condenado por estafas inmobiliarias

    Pedirán prisión efectiva para condenado por estafas inmobiliarias

     

    22-05-2026

     

    Neuquén– El fiscal del caso Juan Narvaez adelantó que solicitará una pena de prisión de cumplimiento efectivo para Alejandro Comiso, quien ayer fue declarado penalmente responsable por 14 hechos de estafa genérica en concurso real vinculados a maniobras inmobiliarias realizadas entre el 1 de noviembre de 2019 y el 9 de septiembre de 2022. La pena será debatida en una próxima audiencia de cesura, ya que el acuerdo alcanzado entre las partes fue únicamente sobre la responsabilidad penal.

     

    La investigación fue llevada adelante por el fiscal Narvaez, junto a la asistente letrada Agustina Jara y la agente Aylynne Mora Marcos.

     

    De acuerdo con la investigación, los hechos fueron cometidos a través de la firma Compac Viviendas, una estructura comercial dedicada supuestamente a la construcción de viviendas en seco mediante sistemas Steel Framing y Wood Framing. La empresa funcionó en distintos domicilios de la ciudad de Neuquén: primero en Rivadavia 340, luego en JJ Lastra 1200 y finalmente en Pampa 355, primer piso. También desarrolló actividad en Bahía Blanca.

     

    Según la acusación, los imputados desplegaron una maniobra destinada a generar confianza en potenciales clientes mediante oficinas abiertas al público, personal trabajando, materiales acopiados y catálogos de viviendas supuestamente ya construidas. En ese contexto ofrecían contratos de construcción y, en algunos casos, también la venta de terrenos en sectores de Neuquén, Centenario y Plottier.

     

    Las víctimas entregaban importantes sumas de dinero como anticipo —muchas veces equivalentes al 70 por ciento del valor total de la obra— o mediante cuotas mensuales pagadas en efectivo y transferencias bancarias. Sin embargo, las construcciones no comenzaban o registraban avances mínimos. Frente a los reclamos, los acusados atribuían las demoras a problemas de salud, dificultades derivadas de la pandemia o falta de materiales.

     

    La investigación determinó que finalmente los imputados abandonaban las oficinas y cortaban el contacto con los clientes, mientras que el dinero ingresado era utilizado para cubrir deudas previas, gastos corrientes y consumos personales, en lugar de destinarse a las obras comprometidas.

     

    Durante la audiencia, el juez señaló que el perjuicio económico acreditado ascendió a US$244.937 y $20.523.248,58, conforme a los peritajes contables incorporados en la causa.

    Alejandro Comiso admitió los hechos y renunció voluntariamente a la realización del juicio oral respecto de la etapa de responsabilidad penal. Tras homologar el acuerdo parcial, el magistrado dispuso la apertura de la instancia en la que se debatirá la pena que corresponde imponerle.

     

    Prisión condicional

     

    En la misma audiencia, el juez homologó un acuerdo pleno respecto de Bernardo Comiso, quien fue condenado a 3 años de prisión de ejecución condicional por 11 hechos de estafa genérica en concurso real.

     

    Además de la pena condicional, Bernardo Comiso deberá cumplir reglas de conducta durante 3 años, entre ellas mantener domicilio actualizado, presentarse periódicamente ante el Instituto de Asistencia de Presos Liberados y realizar 288 horas de trabajo comunitario.

     

    Durante la audiencia, se informó que las víctimas fueron debidamente informadas tanto del acuerdo parcial alcanzado respecto de Alejandro Comiso como del acuerdo pleno celebrado en relación con Bernardo Comiso.

  • Juraron fiscales del caso para Neuquén y Cutral Co

    Juraron fiscales del caso para Neuquén y Cutral Co

    Juraron fiscales del caso para Neuquén y Cutral Co

     

    20-05-2026

     

    Neuquén – El fiscal general José Gerez tomó juramento hoy a Julieta González Schlachet, quien se incorporará como fiscal del caso a la Unidad Fiscal de Ejecución Penal de la I Circunscripción Judicial, y a Federico Gastón Cúneo, quien se desempeñará como fiscal del caso en la Unidad Fiscal Única de la II Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Cutral Co.

     

    El acto se realizó al mediodía en el salón Sauco, ubicado en la Ciudad Judicial. Participaron los vocales del TSJ Gustavo Mazieres y Evaldo Moya,  la defensora general Vanina Merlos, integrantes de diversas áreas del fuero Penal, familiares de los nuevos fiscales del caso y otras personas.

     

    González Schlachet fue designada por el Consejo de la Magistratura mediante la Acordada 19/26, y Cúneo, por su parte, mediante la Acordada 18/26.

     

    La fiscal del caso comenzará a cumplir funciones desde hoy en el área de Ejecución Penal de la Primera Circunscripción Judicial, que comprende la ciudad de Neuquén y localidades cercanas. En tanto, el fiscal del caso lo hará en la Unidad Fiscal Única de la Segunda Circunscripción Judicial, que comprende las ciudades de Cutral Co, Plaza Huincul y zonas aledañas.

     

     

  • Comerciantes acusados de fraude pagarán 7 millones en reparación al municipio

    Comerciantes acusados de fraude pagarán $137 millones en reparación al municipio

    Comerciantes acusados de fraude pagarán $137 millones en reparación al municipio

     

    21-05-2026

     

    Neuquén– El Ministerio Público Fiscal (MPF) y la querella municipal avalaron el pedido de los abogados de dos comerciantes imputados por realizar maniobras defraudatorias en perjuicio del municipio de Andacollo, para que mediante una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP) paguen $137 millones en concepto de reparación de daño y durante un año cumplan con una serie de pautas de comportamiento.

     

    La resolución comprende solo a los comerciantes, K.C.V. y J.C.V., ya que en el caso hay otros dos imputados que eran funcionarios públicos al momento de los hechos  -Eduardo Argentino Zenteno (secretario de Servicios, Redes y Espacios Verdes) y Carlos Daniel Leiva (director de Redes)-, que siguen bajo investigación.

     

    Ambos comerciantes asumieron el compromiso de pagar $137 millones en reparación del daño a la Municipalidad de Andacollo, de la cual fueron proveedores a través de un corralón particular.

     

    Además, cumplirán pautas de comportamiento durante un año, entre las que figuran presentarse de forma periódica en la Dirección de Población Judicializada; la prohibición de consumir estupefacientes y de excederse en el consumo de alcohol; no cometer delitos; y fijar un domicilio y avisar sobre cualquier cambio.

     

    De este modo, K.C.V. y J.C.V. accedieron a una Suspensión de Juicio a Prueba (SJP), una herramienta que se aplica para resolver casos penales de forma alternativa cuando los acusados no tienen antecedentes penales, no son funcionarios públicos y están imputados por delitos que prevén una pena de cumplimiento condicional —sin ir a prisión—. La SJP es también una herramienta que puede revocarse ante el incumplimiento de alguna de las pautas de comportamiento establecidas.

     

    Durante la audiencia, la jueza de garantías aceptó los términos presentados por los abogados de los imputados, los cuales contaron con el aval del fiscal jefe Fernando Fuentes y de la representante legal de la Municipalidad de Andacollo, que intervino como querellante.

     

    De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal (MPF), los hechos cometidos fueron 13 en total y el monto del perjuicio alcanzó los $128 millones. Las maniobras fueron ejecutadas con una estructura organizada y con roles distribuidos. Así, fueron certificadas «horas fantasma» de alquiler de maquinaria vial y la disposición ilegítima de áridos de la cantera municipal, entre otras maniobras.

     

    La investigación comenzó a partir de una denuncia presentada por el intendente de Andacollo, Manuel San Martín.

     

    Ambos comerciantes habían sido acusados en noviembre del año pasado: K.C.V. por defraudaciones reiteradas en perjuicio de la administración pública (hechos 1-5 y 7) y asociación ilícita (hecho 8), todos en concurso real y en calidad de coautor, en concurso real con el delito de peculado (hecho 7), en calidad de partícipe necesario; y J.C.V. por defraudaciones reiteradas en perjuicio de la administración pública (hechos 1-5 y 7) y asociación ilícita (hecho 8), todos en concurso real y en calidad de autor, en concurso real con el delito de peculado (hecho 7), en calidad de partícipe necesario.

     

    Tras la audiencia de hoy, la investigación continuará respecto a los dos funcionarios públicos que están imputados en el caso.

     

     

     

     

  • Condenan a la última integrante de una asociación ilícita que estafaba comercios

    Condenan a la última integrante de una asociación ilícita que estafaba comercios

    Condenan a la última integrante de una asociación ilícita que estafaba comercios

     

    15-05-2026

     

    Neuquén- Una mujer fue condenada mediante un juicio abreviado por integrar una asociación ilícita dedicada a cometer estafas a comercios de Neuquén mediante el uso de tarjetas de crédito obtenidas de forma fraudulenta. La investigación estuvo a cargo del fiscal Juan Narvaez, la asistente letrada Agustina Jara y el asistente letrado Facundo Bernat.

     

    La condena fue homologada hoy durante una audiencia en la que la condenada reconoció su participación en los hechos y aceptó la pena acordada con la fiscalía, en el marco de un acuerdo pleno.

     

    Se trata de Romina Elvira Maza, quien fue declarada penalmente responsable por los delitos de asociación ilícita, estafas reiteradas y defraudación mediante el uso no autorizado de tarjetas de crédito, en cinco hechos cometidos entre 2022 y 2025. La pena impuesta fue de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo.

     

    Durante la audiencia, la fiscalía describió que Maza integró una organización criminal investigada desde 2022 por la unidad fiscal de Delitos Económicos, y que además continuó realizando maniobras similares de manera individual luego de iniciada la investigación principal.

     

    Entre las pruebas reunidas se incorporaron denuncias de comerciantes y titulares de tarjetas, informes bancarios y contables, registros de cámaras de seguridad, reconocimientos fotográficos y allanamientos en los que se secuestraron elementos vinculados a las maniobras investigadas.

     

    La organización ya había tenido condenas en junio de 2024, cuando otras siete personas aceptaron su responsabilidad mediante acuerdos plenos. En aquella oportunidad, dos integrantes considerados organizadores recibieron penas de prisión efectiva, mientras que el resto fue condenado a penas condicionales.

     

    Condenas previas

     

    Entre las personas condenadas estuvieron Orlando Javier Antolini, identificado por la fiscalía como jefe de la asociación ilícita, y Luca Ezequiel Verón, quienes recibieron penas de 6 y 4 años de prisión efectiva, respectivamente, que fueron unificadas con otras condenas previas.

     

    Además, fueron condenados como integrantes de la banda Alex Daniel Pacheco, Gabriela Maza, Carla Antolini, Tamara Ailén Figueroa y Daniel Fuentes Serrano, quienes recibieron penas de 3 años de prisión condicional.

     

    Según la investigación, la organización operó entre enero de 2021 y julio de 2022 y realizaba maniobras de ingeniería social para obtener datos de tarjetas de crédito. Luego utilizaban esa información para concretar compras online en comercios de Neuquén mediante links o botones de pago, generando perjuicios económicos cuando las operaciones eran desconocidas por los titulares de las tarjetas.

     

    Sobreseimiento

     

    Por otro lado, en el marco de la misma causa se solicitó el sobreseimiento de P.B.M.,  en relación con la imputación por asociación ilícita y cuatro hechos de estafa, ya que no pudo acreditarse su participación en las maniobras investigadas.

  • Difusión del Código QR: se suman localidades de la Región del Limay

    Difusión del Código QR: se suman localidades de la Región del Limay

    Difusión del Código QR: se suman localidades de la Región del Limay

     

    15-05-2026

     

    Neuquén– El fiscal general José Gerez acordó que otras cinco localidades se sumen al Plan de Difusión del Código QR del Ministerio Público Fiscal (MPF) que permite denunciar de forma anónima la venta de drogas. Así, ya son 41 los municipios y comisiones de fomento que adhirieron a la iniciativa.

     

    Las firmas fueron ayer a través de convenios que Gerez firmó con las autoridades municipales y de comisiones de fomento de Piedra del Águila, Picún Leufú, Paso Aguerre, El Sauce y Santo Tomás, todas pertenecientes a la Región del Limay. El fiscal general estuvo acompañado por la coordinadora provincial de Narcocriminalidad, Mariana Querejeta.

     

    Los actos fueron por la mañana con las máximas autoridades del ámbito municipal: Julio César Hernández, intendente de Piedra del Águila; Perla Isabel Díaz, intendenta de Picún Leufú; Marcelo Adrián Pino, presidente de la comisión de fomento de Paso Aguerre; Edgardo Torres, presidente de la comisión de fomento de El Sauce; y Víctor Ángel López, presidente de la comisión de fomento de Santo Tomás.

     

    También participaron autoridades del gobierno provincial y de la Policía junto a diputados provinciales, ya que cuatro de los cinco convenios se firmaron en el contexto de una nueva reunión del Consejo de Seguridad de la Región del Limay. La firma restante se efectuó en la localidad El Sauce.

     

    Con estas cinco localidades, totalizan 41 en total los municipios y comisiones de fomento que adhirieron al Plan de Difusión del Código QR del Ministerio Público Fiscal (MPF), el cual permite a los vecinos y vecinas de cada punto de la provincia denunciar de forma anónima la venta de drogas.

     

    Al igual que el martes pasado, cuando firmó los convenios con los intendentes de Zapala y Mariano Moreno, el fiscal general destacó que  “la participación ciudadana es uno de los pilares del plan de lucha contra el microtráfico”.

     

    El Plan de Difusión del QR se puso en marcha luego de que la provincia asumiera la competencia para investigar el microtráfico de drogas, en febrero de este año.

     

    Desde entonces, municipalidades, comisiones de fomento, empresas y organismos públicos y la cooperativa eléctrica CALF, además de cámaras de comercios, entre otras instituciones, adhirieron a la iniciativa y empezaron diversas campañas para darlo a conocer.

  • Declaran responsable a un hombre por intentar matar a su expareja

    Declaran responsable a un hombre por intentar matar a su expareja

    Declaran responsable a un hombre por intentar matar a su expareja

     

    Neuquén- A partir de la imputación del fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós, un tribunal declaró hoy la responsabilidad penal  un varon por intentar matar a su expareja, en un contexto de violencia de género ocurrido en mayo de 2025 en Villa La Angostura.

     

    El condenado es R.G y fue hallado responsable del delito de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, en grado de tentativa. Por tratarse de un delito de violencia contra la mujer, su identidad se resguarda para evitar que esa información vulnere la intimidad de la víctima.

     

    El hecho ocurrió entre la noche del 1 de mayo y la madrugada del 2 de mayo de 2025, en una vivienda del barrio Norte de Villa La Angostura. El acusado utilizó un cuchillo que empleaba para faenar animales y realizó una primera agresión dirigida al cuello de la víctima, quien logró defenderse con los brazos y las manos mientras intentaba detener la agresión. El ataque se prolongó durante varios minutos hasta que un vecino advirtió lo que ocurría y comenzó a gritarle para que se detuviera.

     

    El tribunal estuvo integrado por la jueza Laura Andrea Barbé y los jueces Eduardo Daniel Egea y Mirta Bibiana Ojeda, quienes resolvieron de manera unánime. Durante la lectura del veredicto, Egea sostuvo que no hubo discusión sobre la autoría ni sobre la materialidad del hecho, sino sobre la calificación legal, y afirmó que quedó acreditada la intención de matar a partir del contexto de violencia previa, el arma utilizada y la magnitud de la agresión.

     

    Las juezas y el juez también descartaron el planteo de la defensa respecto de un desistimiento voluntario y concluyeron que Guayquillán detuvo la agresión por la intervención de un tercero que intentó auxiliar a la víctima

     

    Tras el veredicto, el tribunal prorrogó por tres meses las medidas cautelares vigentes contra el acusado. Entre ellas, la prohibición de ingresar a Villa La Angostura, de ejercer actos de violencia o intimidación contra la mujer y la obligación de presentarse una vez por semana en una comisaría de Zapala. Además, se le impuso la prohibición de salir del país.

  • Acusan a un hombre por un homicidio con exceso en la legítima defensa: quedó detenido

    Acusan a un hombre por un homicidio con exceso en la legítima defensa: quedó detenido

    Acusan a un hombre por un homicidio con exceso en la legítima defensa: quedó detenido

     

    15-05-2026

     

    Neuquén– La fiscal del caso Lorena Juárez formuló cargos hoy a un varón por haber provocado la muerte de Nicolás Federico Cifuentes durante una pelea ocurrida el 1 de mayo pasado en la ciudad de Neuquén. Explicó que el imputado utilizó un arma blanca para defenderse de una agresión física iniciada por la víctima, pero sostuvo que en su accionar hubo un exceso en el medio empleado, ya que le asestó una puñalada en el tórax que le provocó la muerte minutos después.

     

    Además de imputarlo, Juárez pidió que permanezca detenido preventivamente. En la audiencia realizada hoy al mediodía, la fiscal de Homicidios intervino junto al asistente letrado Maximiliano Jávega y a la funcionaria Cynthia Tobares.

     

    Según la teoría del caso, el hecho ocurrió cerca de las 3 de la madrugada en inmediaciones de calles Antártida Argentina y Sargento Vidal, cuando la víctima comenzó a perseguir y al imputado, L.B.C, a quien no conocía. Ante un primer ataque, este último cayó al piso y recibió golpes de puño y patadas. En ese contexto, sacó de entre sus prendas un elemento punzocortante y durante una segunda agresión de Cifuentes, lo lesionó en una zona vital. La autopsia determinó que la herida provocó un taponamiento cardíaco y una pérdida masiva de sangre.

     

    Durante la audiencia, Tobares detalló la evidencia reunida hasta el momento, entre ella entrevistas a testigos, análisis de cámaras de seguridad, informes policiales, pericias médicas y estudios de geolocalización del teléfono celular del imputado. La investigación permitió reconstruir el recorrido realizado antes y después del hecho e identificar al acusado mediante registros fílmicos y tareas de seguimiento efectuadas por la División Seguridad Personal.

     

    Jávega argumentó la necesidad de imponer prisión preventiva debido a que existe riesgo de fuga y, en menor medida, peligro de entorpecimiento de la investigación. Argumentó que el imputado no tiene arraigo en la provincia, carece de trabajo y domicilio estable y que fue necesaria una extensa tarea investigativa para localizarlo y detenerlo.

     

    La defensa pública no cuestionó la formulación de cargos ni la calificación legal y aceptó la imposición de la prisión preventiva, aunque pidió que se fijara por sólo dos meses mientras se trabaja en la posibilidad de presentar una medida menos gravosa.

     

    Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Luciano Hermosilla tuvo por formulados los cargos por el delito de homicidio simple con exceso en la legítima defensa, en carácter de autor, fijó un plazo de investigación de cuatro meses y dispuso la prisión preventiva del imputado por el término de dos meses.