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  • Advierten por aromatizantes y desinfectantes peligrosos para la salud: qué marcas prohibió la ANMAT

    Advierten por aromatizantes y desinfectantes peligrosos para la salud: qué marcas prohibió la ANMAT

    La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la venta, distribución, uso y publicidad de una serie de productos que no están debidamente registrados y por lo tanto son potencialmente perjudiciales para la salud de quienes los utilicen.

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    La prohibición por parte ANMAT quedó plasmada en las Disposiciones 3706/2026 y 3797/2025 publicadas este miércoles en el Boletín Oficial con la firma del titular de dicho organismo, Luis Eduardo Fontana.

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    Se trata de una serie de aromatizantes, desinfectantes y productos para el tratamiento de piscinas que se comercializaban sin la correspondiente autorización sanitaria.

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    Cuáles son los productos prohibidos por ANMAT

    ANMAT indicó que prohibió todos los productos de la marca Sinolor, entre ellos eliminadores de olores, desinfectantes y limpiadores, cualquiera sea su lote o presentación. La restricción también alcanza a las plataformas de comercio electrónico donde eran ofrecidos al público.

    La investigación fue impulsada por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, luego de detectar publicaciones en sitios web y redes sociales que promocionaban estos artículos sin registro ante la autoridad sanitaria.

    Según informó el organismo, los productos prometían eliminar olores y combatir virus, bacterias y hongos, aunque no existían registros que permitieran verificar su composición, eficacia o condiciones de elaboración. Además, tampoco se identificó un establecimiento habilitado como responsable de su fabricación.

    Por otra parte, en la Disposición 3707/2026 dispuso la prohibición de todos los productos de la marca Aquamar by LABZA, dedicada a la comercialización de desinfectantes, clarificadores, alguicidas, insecticidas y limpiadores para piscinas.

    El expediente se originó a partir de una advertencia del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) sobre la venta de un insecticida identificado como «Knock-out», promocionado para eliminar larvas de mosquitos y otros insectos en el agua de las piletas.

    Tras las verificaciones correspondientes, la ANMAT determinó que el producto no contaba con registro sanitario y que tampoco existía un establecimiento elaborador habilitado. La investigación se extendió luego al resto de los artículos ofrecidos por la empresa, que también carecían de autorización para su comercialización.

    Desde el organismo remarcaron que la ausencia de registros impide conocer los ingredientes utilizados, las condiciones de fabricación y los estándares de seguridad, una situación que podría representar riesgos para los consumidores.

    La ANMAT retiró del mercado un producto de limpieza

    Este martes, el organismo ya había retirado del mercado el producto denominado «Vint Vinagre Concentrado. 10% de acidez. Múltiples usos». Durante una investigación, los especialistas detectaron que el artículo era promocionado y comercializado como producto domisanitario sin contar con la autorización sanitaria correspondiente. A medida que avanzó la pesquisa, surgieron nuevas irregularidades vinculadas con la información consignada en el etiquetado.

    Los inspectores comprobaron que los números de registro exhibidos en el envase no correspondían al producto en cuestión. Además, las referencias utilizadas remitían a registros asociados a otro artículo fabricado por una empresa diferente.

    Como parte de las actuaciones, la ANMAT consultó a compañías relacionadas con la marca involucrada. Una de ellas manifestó no reconocer el producto investigado ni los canales digitales utilizados para su promoción y comercialización.

    Posteriormente, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) confirmó que los registros impresos en la etiqueta pertenecían a un vinagre de alcohol elaborado por otra empresa. El organismo concluyó que no existían elementos suficientes para garantizar las condiciones de fabricación, composición real ni seguridad del producto.

    Por ese motivo, resolvió prohibir en todo el país el uso, elaboración, distribución, comercialización y publicidad del producto, incluyendo su oferta a través de plataformas de comercio electrónico.

  • La ANMAT prohibió un producto de limpieza: no cumplía con la calidad, seguridad ni control

    La ANMAT prohibió un producto de limpieza: no cumplía con la calidad, seguridad ni control

    La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso este martes una serie de medidas destinadas a retirar del mercado productos cuya seguridad y trazabilidad no pudieron ser verificadas. Uno de ellos es un artículo de limpieza utilizado en muchas viviendas.

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    Las decisiones quedaron formalizadas mediante las resoluciones 3665/2026 y 3664/2026, publicadas en el Boletín Oficial.

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    Según explicó la autoridad sanitaria, ambas medidas apuntan a proteger a los consumidores y garantizar que los productos que circulan en el mercado cumplan con los estándares de calidad, seguridad y control establecidos por la legislación nacional.

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    Por un lado, el organismo prohibió un artículo de limpieza, y por otro, restringió la distribución interjurisdiccional de productos médicos comercializados por una empresa que operaba sin la habilitación exigida por la normativa vigente.

    La ANMAT retiró del mercado un producto de limpieza

    La investigación sobre el producto denominado «Vint Vinagre Concentrado. 10% de acidez. Múltiples usos», comenzó a partir de tareas de fiscalización realizadas por distintas áreas técnicas del organismo.

    Durante las inspecciones, los especialistas detectaron que el artículo era promocionado y comercializado como producto domisanitario sin contar con la autorización sanitaria correspondiente. A medida que avanzó la pesquisa, surgieron nuevas irregularidades vinculadas con la información consignada en el etiquetado.

    Los inspectores comprobaron que los números de registro exhibidos en el envase no correspondían al producto en cuestión. Además, las referencias utilizadas remitían a registros asociados a otro artículo fabricado por una empresa diferente.

    La situación despertó sospechas sobre la autenticidad de la información presentada al público y motivó una revisión más profunda de la documentación.

    Como parte de las actuaciones, la ANMAT consultó a compañías relacionadas con la marca involucrada. Una de ellas manifestó no reconocer el producto investigado ni los canales digitales utilizados para su promoción y comercialización.

    Posteriormente, el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) confirmó que los registros impresos en la etiqueta pertenecían a un vinagre de alcohol elaborado por otra empresa. El organismo concluyó que no existían elementos suficientes para garantizar las condiciones de fabricación, composición real ni seguridad del producto.

    Por ese motivo, resolvió prohibir en todo el país el uso, elaboración, distribución, comercialización y publicidad del producto, incluyendo su oferta a través de plataformas de comercio electrónico.

    Detectan irregularidades en una distribuidora de productos médicos

    En una resolución independiente, la ANMAT también avanzó contra IGMA Insumos Hospitalarios S.R.L., una empresa radicada en la provincia de Buenos Aires dedicada a la comercialización de insumos médicos.

    La medida surgió tras una investigación desarrollada por el Instituto Nacional de Productos Médicos, que detectó presuntas irregularidades en la distribución de mercadería hacia distintas jurisdicciones del país.

    Las actuaciones se iniciaron luego de una inspección realizada en un establecimiento de la provincia de San Juan, donde encontraron productos médicos cuya identificación presentaba modificaciones mediante etiquetas superpuestas. Además, la documentación comercial estaba vinculada con la firma investigada.

    A partir de esos hallazgos, los inspectores verificaron que no contaba con la habilitación necesaria para realizar tránsito interjurisdiccional de productos médicos, requisito obligatorio para operar legalmente en ese segmento del mercado.

    Como consecuencia, el organismo ordenó la prohibición de uso, distribución y comercialización de los productos alcanzados por la medida mientras la empresa no regularice su situación y obtenga las autorizaciones correspondientes.

  • ANMAT prohibió la venta de un vinagre concentrado comercializado como producto de limpieza

    ANMAT prohibió la venta de un vinagre concentrado comercializado como producto de limpieza

    La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la comercialización, la distribución y la publicidad en todo el país del producto «VINT. Vinagre Concentrado. 10% de acidez. Múltiples usos», comercializado por la firma The Vint Store S.A.S.

    La decisión fue oficializada mediante la Disposición 3665/2026 luego de una investigación que detectó la promoción y venta del producto como artículo de limpieza doméstica y desincrustante de superficies, sin contar con la habilitación correspondiente para productos domisanitarios.

    Según informó el organismo, durante las tareas de fiscalización se comprobó que el número de establecimiento consignado en el etiquetado no correspondía a una planta habilitada para elaborar este tipo de productos. Además, no se identificaron responsables autorizados ante ANMAT que pudieran acreditar su fabricación.

    La investigación también reveló que los registros alimentarios incluidos en el rótulo pertenecían a otro producto y a una empresa diferente, por lo que no guardaban relación con el artículo comercializado.

    Por otra parte, la firma MC Fragancias S.A., titular de un producto registrado bajo la marca Vint, aclaró que no reconoce como propio el producto promocionado ni la página web donde se ofrecía, aunque confirmó que elabora otro producto debidamente registrado para The Vint Store S.A.S.

    Desde ANMAT explicaron que, al no contar con registro habilitante ni poder verificarse un establecimiento responsable de su elaboración, no es posible garantizar las condiciones de fabricación, composición, eficacia ni seguridad del producto para los consumidores.

    Por este motivo, se dispuso la prohibición de su uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional, incluyendo plataformas de venta electrónica.

  • Reino Unido prohíbe redes sociales a menores de 16 años

    Reino Unido prohíbe redes sociales a menores de 16 años

    El primer ministro británico Keir Starmer anunció desde Downing Street la prohibición del uso de redes sociales a los menores de 16 años, una medida que entrará en vigor a partir de la próxima primavera y que convierte al Reino Unido en uno de los países con las restricciones más amplias del mundo en materia de acceso infantil a plataformas digitales. «Como padre, sé que todos quieren que sus hijos crezcan de un modo seguro y feliz, y la situación actual no está funcionando bien», afirmó Starmer, quien enmarcó la decisión en la necesidad de proteger el bienestar infantil frente a plataformas que, en su diagnóstico, están «fallando a los menores». La prohibición abarcará Snapchat, TikTok, YouTube, Instagram, Facebook y X, aunque WhatsApp y Signal quedarán excluidas de la restricción, y se extenderá también a servicios de gaming y plataformas de live streaming.

    El primer ministro utilizó una analogía para anticiparse a los argumentos sobre la efectividad práctica de la medida: «No hemos dejado de prohibir el alcohol porque algún menor haya sido capaz de comprar bebida, así que sería ridículo seguir ese argumento». Starmer subrayó además la dimensión cultural y normativa de la iniciativa, más allá de su aplicación concreta: «Las leyes son una expresión de nuestros principios, configuran el contrato social, y la que vamos a aprobar cambiará el debate público entre los padres y las expectativas de los menores en el medio y largo plazo». El gobierno británico prometió que los ciudadanos pueden esperar «que tomemos medidas» y que la administración pondrá «siempre a los padres y a los menores por delante de cualquier otra cosa».

    El anuncio de Starmer se produce en el marco de una tendencia global en aceleración. Australia fue en diciembre pasado el primer país en prohibir las redes sociales a los menores de 16 años; Canadá presentó esta semana un proyecto de ley en la misma dirección; y Brasil, Indonesia, Francia, España y Corea del Sur estudian o desarrollan restricciones similares. La encíclica del papa León XIV sobre inteligencia artificial, publicada el mes pasado, también alertó sobre los riesgos de los chatbots y plataformas digitales para el desarrollo infantil. Para Starmer, cuyo gobierno atraviesa un momento de desgaste político tras el desastre electoral en Andalucía y las tensiones con Washington, la medida ofrece además un terreno de consenso social amplio en un momento en que necesita mostrar iniciativa en política doméstica.

  • Alerta por un aceite de oliva falsificado que se vendía como original

    Alerta por un aceite de oliva falsificado que se vendía como original

    La ANMAT dispuso la prohibición de uso, comercialización y distribución en todo el país del producto «Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive», en presentaciones de 1 litro, 500 mililitros y 250 mililitros. La decisión fue oficializada mediante la Disposición N.º 3521/2026.

    La medida fue tomada luego de una denuncia realizada por Olivos del Sur S.A., empresa que detectó la circulación de un producto falsificado que utilizaba de manera indebida su marca y los registros sanitarios correspondientes a uno de sus alimentos legítimos.

    Según informó el organismo nacional, el producto retirado del mercado carece de registros propios y presenta un rotulado engañoso, por lo que no es posible garantizar su trazabilidad, calidad, seguridad ni condiciones de elaboración. Por ese motivo quedó prohibida su venta tanto en comercios físicos como en plataformas de comercio electrónico.

    El producto que quedó prohibido

    La disposición alcanza al siguiente alimento:

    Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave, marca Green Olive, contenido neto 1 L, 500 ml y 250 ml (botella PET), elaborado por Olivos del Sur, procedencia San Juan, RNE 01002136 y RNPA 01051664.

    De acuerdo con la investigación, esos datos sanitarios pertenecen a un producto legítimo de la empresa, pero fueron utilizados de manera fraudulenta en envases falsificados.

    Cómo identificar el aceite falsificado

    ANMAT detalló varias diferencias visibles entre el producto original y el apócrifo.

    Denominación incorrecta

    El producto falsificado se comercializaba como:

    «Aceite de oliva virgen extra, Blend Suave».

    Sin embargo, el producto genuino está registrado como:

    «Alimento a base de aceite de girasol y aceite de oliva extra virgen sabor oliva».

    Envase distinto al original

    La empresa informó que:

      Falta de lote y errores en el vencimiento

      Otro indicio detectado por los inspectores fue que el producto falsificado:

        Diferencias en la etiqueta

        La versión ilegal tampoco incluye las leyendas:

          que sí aparecen en el producto genuino.

          Por qué ANMAT decidió retirarlo del mercado

          La autoridad sanitaria explicó que el alimento quedó alcanzado por la prohibición debido a que se trata de un producto falsificado que exhibe datos pertenecientes a otro alimento legítimo.

          Al no poder determinarse:

            ANMAT considera que representa un potencial riesgo para la salud pública.

            La disposición también ordena impedir su comercialización en sitios de venta online.

            Un problema que se repite en los alimentos

            La falsificación de aceites y otros productos alimenticios se ha convertido en una preocupación recurrente para los organismos de control.

            Durante los últimos años, ANMAT retiró del mercado distintos aceites de oliva por presentar registros falsos, rotulación engañosa o datos sanitarios inexistentes. Casos similares afectaron a marcas como Nucete, SOMA y otros productos comercializados como aceite de oliva extra virgen.

            Los especialistas advierten que este tipo de maniobras dificulta verificar la calidad del producto y expone a los consumidores a alimentos cuya composición real se desconoce.

            Cómo verificar si un alimento está habilitado

            ANMAT recomienda adquirir alimentos únicamente a través de canales oficiales y verificar que los datos del etiquetado coincidan con registros sanitarios válidos.

            Antes de comprar, se aconseja:

            • ANMAT prohibió cosméticos infantiles ilegales: qué productos se deben retirar de la venta

              ANMAT prohibió cosméticos infantiles ilegales: qué productos se deben retirar de la venta

              La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta, uso y distribución en todo el país de una serie de cosméticos infantiles considerados ilegítimos y potencialmente riesgosos para la salud. La medida afecta a labiales, gloss, rubores, polvos iluminadores, mascarillas faciales, toallitas húmedas y sets de maquillaje infantil que circulaban en el mercado sin registros sanitarios.

              Qué productos están prohibidos

              Las Disposiciones 3435/2026 y 3524/2026, publicadas en el Boletín Oficial, detallan los artículos alcanzados por la prohibición. En su mayoría se trata de cosméticos con diseños llamativos dirigidos al público infantil —formas de personajes o accesorios decorativos— que no contaban con inscripción sanitaria, presentaban rotulado irregular o carecían de información clara sobre su origen.

              La segunda disposición amplió la medida e incorporó mascarillas faciales, toallitas húmedas y productos con efectos de cambio de color, todos con las mismas irregularidades: ausencia de registros, rotulado deficiente o falta de trazabilidad sobre su ingreso al territorio nacional.

              Por qué son peligrosos

              El organismo indicó que estos productos son considerados ilegítimos porque no es posible garantizar que hayan sido elaborados bajo condiciones higiénico-sanitarias adecuadas ni que contengan únicamente ingredientes autorizados por la normativa vigente. Además, señaló que ninguno ingresó al país a través de importadores habilitados, lo que agrava su condición irregular.

              Dado que los cosméticos infantiles se aplican sobre piel sensible, la ausencia de controles de elaboración y la incertidumbre sobre sus componentes representan un riesgo concreto para la salud de los chicos y chicas que los usen.

              Qué hacer si tenés estos productos

              La prohibición alcanza todas las presentaciones de los productos incluidos en ambas disposiciones. Cualquier comercio o particular que cuente con estos artículos debe interrumpir su uso y distribución de inmediato. Para consultar el listado completo, las disposiciones están disponibles en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio web oficial de ANMAT.

            • Qué significan y por qué son importantes estas señales de tránsito: son similares pero muy diferentes

              Qué significan y por qué son importantes estas señales de tránsito: son similares pero muy diferentes

              Las señales de tránsito cumplen una función clave para ordenar la circulación y reducir riesgos en calles, rutas y caminos. Sin embargo, muchas veces los conductores se encuentran con carteles que no ven habitualmente y desconocen qué indican exactamente.

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              Entre las señales que suelen generar confusión aparecen dos que comparten prácticamente el mismo diseño: un círculo blanco con borde rojo y una franja diagonal roja que atraviesa una figura negra. A simple vista parecen transmitir el mismo mensaje, pero en realidad prohíben el paso de vehículos muy diferentes.

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              Conocer el significado de estos carteles no solo ayuda a evitar multas, sino que también permite circular de forma más segura y respetar las restricciones específicas de cada camino o zona.

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              La señal que prohíbe circular con carro de mano

              Esta señal muestra la silueta de un carro de mano dentro de un círculo rojo con una banda diagonal. Al tratarse de una señal reglamentaria de prohibición, indica que está prohibida la circulación de carros de mano en ese sector.

              Suele encontrarse en avenidas, rutas, accesos urbanos o zonas donde este tipo de vehículos podría interferir con el tránsito vehicular o generar situaciones de riesgo.

              El objetivo es evitar que elementos de tracción manual compartan espacios diseñados para vehículos que circulan a velocidades más elevadas.

              La señal que prohíbe circular con acoplado o tráiler

              Aunque el diseño general es idéntico, la figura central cambia completamente. En este caso aparece un acoplado o tráiler, lo que indica que los vehículos que arrastran este tipo de remolques no pueden continuar por esa vía.

              La restricción suele aplicarse en caminos con curvas pronunciadas, puentes, túneles, zonas urbanas congestionadas o sectores donde las dimensiones de los conjuntos vehiculares podrían dificultar la circulación.

              También es frecuente encontrarla en accesos donde existe una limitación de espacio o donde se busca reducir el tránsito pesado.

              Por qué es fácil confundirlas

              La similitud entre ambas señales radica en que pertenecen a la misma familia de señales de prohibición. Todas utilizan:

              • Círculo blanco
              • Borde rojo
              • Franja diagonal roja
              • Símbolo negro en el centro

              La diferencia está exclusivamente en la figura representada. Por eso es fundamental observar con atención el pictograma y no quedarse únicamente con el formato general del cartel.

              Qué pasa si no se respeta una señal de prohibición

              Las señales reglamentarias son de cumplimiento obligatorio. Ignorarlas puede derivar en sanciones económicas, retención del vehículo o situaciones de riesgo para el conductor y terceros.

              Además de evitar infracciones, comprender correctamente cada señal permite anticipar restricciones y planificar mejor el recorrido, especialmente en rutas, accesos urbanos y zonas de tránsito intenso.

              Por ese motivo, aunque estas dos señales parezcan prácticamente iguales, identifican situaciones muy diferentes: una restringe el paso de carros de mano, mientras que la otra impide la circulación de vehículos con acoplado o tráiler. Conocer esa diferencia puede evitar errores y contribuir a una circulación más segura para todos.

            • Anmat prohibió un popular limpiador de hornos y parrillas: cuál es y por qué no debe usarse

              Anmat prohibió un popular limpiador de hornos y parrillas: cuál es y por qué no debe usarse

              La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización, distribución y uso en todo el país de un limpiador para hornos y parrillas de la marca Max Aroma.

              La medida fue oficializada mediante la Disposición 3351/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a todos los lotes del producto rotulado como:

              «Max Aroma, Limpiahornos y Parrillas. Limpia en frío hornos y parrillas».

              La prohibición también incluye su venta a través de plataformas de comercio electrónico.

              Por qué la Anmat retiró el producto del mercado

              Según explicó el organismo, el producto había sido presentado originalmente como un domisanitario de riesgo 1. Sin embargo, tras una evaluación técnica, se determinó que correspondía a una categoría de riesgo 2, por lo que el trámite fue inhibido y la empresa fue notificada de esa situación.

              Durante las tareas de fiscalización, los inspectores detectaron que el producto seguía siendo elaborado y comercializado pese a la inhibición del registro.

              La Anmat señaló que las muestras analizadas demostraron que el limpiador fue fabricado después de que la empresa fuera informada sobre las observaciones realizadas por el organismo.

              Qué riesgos puede representar

              La prohibición fue dictada para evitar riesgos a los consumidores debido a que el producto no cuenta con una situación regulatoria aprobada.

              Desde el organismo explicaron que la medida busca proteger a potenciales compradores y usuarios, ya que no puede garantizarse la seguridad, eficacia ni las condiciones de elaboración del producto.

              También prohibieron otros productos de limpieza

              La decisión se suma a otra medida reciente de la Anmat contra productos de la marca Maxus.

              Días atrás, el organismo prohibió la comercialización de todos los lotes de productos identificados como desinfectantes, limpiapisos, lavandina en polvo, detergentes, desengrasantes, aromatizantes, shampoo para autos, jabones para ropa, suavizantes y productos para piscinas.

              Qué deben hacer los consumidores

              La recomendación es verificar el etiquetado de los productos de limpieza antes de utilizarlos y evitar la compra de aquellos alcanzados por las disposiciones de la Anmat.

              Quienes posean el producto «Max Aroma Limpiahornos y Parrillas» deben abstenerse de utilizarlo hasta tanto se regularice su situación ante el organismo nacional.

              Las medidas de control sobre productos domisanitarios buscan garantizar que los artículos comercializados cumplan con las condiciones de seguridad necesarias para proteger la salud de los consumidores.

            • Proyecto en Río Negro busca prohibir celulares en cárceles

              Proyecto en Río Negro busca prohibir celulares en cárceles

              Un fuerte proyecto de ley ingresó a la Legislatura de Río Negro con un objetivo explosivo: cortar el uso de celulares e internet dentro de las cárceles provinciales para frenar las estafas, amenazas y delitos que continúan organizándose desde las celdas. La iniciativa busca imponer una “privación de libertad digital” para los presos alojados en el sistema penitenciario rionegrino.

              La propuesta fue presentada por el bloque Pro Unión Republicana y plantea limitar de manera drástica el acceso de los internos a dispositivos tecnológicos, redes sociales y telefonía móvil. Según los fundamentos del proyecto, el crecimiento de las estafas telefónicas, los “cuentos del tío” y el robo de datos bancarios encendió las alarmas sobre el funcionamiento de bandas delictivas que siguen operando pese al encierro.

              Además, el texto advierte que numerosas organizaciones criminales continúan coordinando maniobras desde el interior de los penales mediante celulares ingresados ilegalmente. Las investigaciones recientes y las requisas realizadas en distintas cárceles de Río Negro revelaron secuestros constantes de teléfonos, chips y dispositivos utilizados por internos para cometer delitos.

              En ese contexto, el proyecto propone incorporar al Código Procesal Penal el concepto de “privación de libertad digital”, una figura que no solamente implicaría el encierro físico del detenido, sino también la restricción del acceso a herramientas tecnológicas que puedan ser utilizadas para delinquir.

              Sin embargo, la iniciativa aclara que los internos seguirán teniendo derecho a comunicarse con familiares, abogados y autoridades judiciales. Pero esas conversaciones deberán realizarse bajo un sistema de telefonía fija controlada por el Servicio Penitenciario.

              Otro de los puntos más fuertes del proyecto obliga al Ministerio de Seguridad y Justicia a implementar sistemas de bloqueo e inhibición de señal celular dentro de los establecimientos penitenciarios para evitar el funcionamiento clandestino de teléfonos móviles. 

              La discusión promete generar fuerte debate político y judicial dentro de la provincia. Mientras algunos sectores sostienen que los celulares se transformaron en verdaderas “armas delictivas” dentro de las cárceles, otros advierten sobre el impacto que podría tener la restricción en los derechos de las personas privadas de libertad.

            • El insólito motivo por el que ANMAT prohibió un desinfectante “anti-mufa” para el Mundial 2026

              El insólito motivo por el que ANMAT prohibió un desinfectante “anti-mufa” para el Mundial 2026

              Este jueves se conoció que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) rechazó la autorización de un producto de limpieza que una empresa pretendía lanzar con motivo del Mundial 2026.

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              La situación fue revelada este jueves por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien compartió el caso en sus redes sociales y cuestionó el accionar del organismo regulador.

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              El organismo prohibió la comercialización de un nuevo desinfectante «anti-mufa», y la insólita justificación fue porque se consideró que no existían pruebas que respaldaran sus supuestas propiedades contra la mala suerte.

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              Según explicó el funcionario, la empresa buscaba comercializar un desodorante de ambientes bajo el nombre «Poett Anti-Mufa», pero ANMAT consideró insuficiente la documentación presentada para demostrar que el producto pudiera «espantar la mala suerte».

              «El Estado es el mal en estado puro»

              Sturzenegger escribió sarcásticamente al respecto: «El Estado es el mal en estado puro», y consideró absurdo que el organismo destinara recursos a evaluar una característica evidentemente ligada al humor y al marketing.

              «Es ridículo que alguien de la ANMAT haya destinado su tiempo a realizar un informe prohibiendo la venta de un Poett anti-mufa porque no está demostrada su capacidad anti-mufa. El mensaje es una crítica a lo descabellado que resulta eso«, explicaron desde el entorno del funcionario a Infobae.

              La crítica del ministro de Desregulación se encuentra en consonancia con la desregulación y eliminación de trámites que había promovido dentro del organismo.

              En junio de 2025 se llevó a cabo esta medida ya que aseguraba que algunas exigencias eliminadas eran «insólitas», como la verificación presencial de reformas edilicias en plantas extranjeras.

              El comentario rápidamente generó debate entre usuarios y dirigentes políticos. Mientras algunos respaldaron la crítica del funcionario y señalaron que ciertos trámites burocráticos resultan excesivos,otros defendieron el rol de la ANMAT al sostener que cualquier producto que se comercializa debe cumplir normas claras de publicidad y veracidad.

              Ordenaron retirar de la venta productos de limpieza importados: la alerta de la ANMAT

              Días atrás la ANMAT ordenó la prohibición inmediata de distintos productos importados que se encontraban a la venta en Argentina sin autorización sanitaria ni información clara sobre sus fabricantes o importadores. La medida alcanza tanto a comercios físicos como a plataformas digitales.

              La decisión quedó formalizada este lunes mediante la disposición 2638/2026 publicada en el Boletín Oficial. Según detalló el organismo, los artículos detectados carecen de registros obligatorios y presentan irregularidades en el etiquetado, una situación que impide verificar sus condiciones de seguridad, composición y eficacia.

              Entre los productos incluidos aparecen aerosoles y limpiadores importados utilizados para el mantenimiento de máquinas de afeitar profesionales, además de artículos destinados a la limpieza de cocinas vitrocerámicas.

              Durante los controles, los inspectores detectaron artículos importados que no contaban con inscripción ante la autoridad sanitaria argentina. Además, muchos envases incluían etiquetas únicamente en inglés y no presentaban datos esenciales sobre el establecimiento elaborador, el fraccionador o el importador responsable.

              Esa falta de información representa una infracción grave debido a que imposibilita conocer el origen real de los productos y verificar si cumplen con las condiciones exigidas por la normativa vigente.