El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos a dos hombres por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en la ciudad de Chos Malal.
La acusación fue realizada ayer por la fiscal del caso Natalia Rivera, acompañada por el fiscal del caso Víctor Salgado. Durante la audiencia, los representantes del MPF solicitaron que ambos acusados permanezcan detenidos con prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria, pedido que fue rechazado por un juez de garantías por lo que se requirió la revisión de esa decisión.
De acuerdo a la acusación, en la vivienda que ambos comparten en el barrio Uriburu y durante el allanamiento del último 2 de abril, se hallaron141 gramos de cocaína (una parte compactada y otra en envoltorios), cantidad que equivale a unas 300 dosis aproximadamente, según precisó la fiscal del caso en la audiencia. También se secuestraron pastillas de corte de la cocaína, una balanza de precisión, tres terminales de pago electrónico (posnet) y dinero en efectivo (pesos argentinos y chilenos).
En este contexto, la fiscal del caso planteó que al menos entre el 16 y 28 de marzo, los acusados J. G. H. y L. L. H. realizaron ventas de estupefacientes en distintos horarios. Según la investigación conjunta del MPF y la división Antinarcóticos de la Policía provincial, utilizaban para tal fin el domicilio que comparten en el barrio Uriburu y un automóvil Volkswagen Bora.
El delito atribuido a los acusados fue tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en calidad de autores.
Como medida cautelar, el MPF solicitó la prisión preventiva domiciliaria por un mes —ante la falta de cupo en unidades de detención—, argumentando riesgo de fuga y entorpecimiento de la causa. En simultáneo, se requirió el embargo e inhibición de bienes de ambos.
El juez de garantías, Lisandro Borgonovo, rechazó la detención domiciliaria y dispuso, en su lugar, la prohibición de salir de Chos Malal y la obligación de presentarse diariamente en la comisaría. No obstante, el magistrado sí aceptó la inhibición de bienes y el embargo.
El plazo de investigación se fijó en dos meses.
Durante la audiencia de ayer por la tarde, el MPF solicitó la revisión de la decisión del juez respecto del rechazo de la medida privativa de la libertad de los imputados.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos contra dos hombres por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización tras un allanamiento realizado en una vivienda de Chos Malal.
La acusación fue presentada por la fiscal del caso Natalia Rivera, junto al fiscal Víctor Salgado. Durante la audiencia, solicitaron que ambos imputados permanezcan detenidos bajo prisión preventiva domiciliaria, aunque el pedido fue rechazado por el juez de garantías, Lisandro Borgonovo.
De acuerdo a la investigación, en el procedimiento llevado a cabo el 2 de abril en una casa del barrio Uriburu, se secuestraron 141 gramos de cocaína —parte compactada y parte fraccionada—, lo que equivale a unas 300 dosis.
Además, se hallaron pastillas utilizadas para el corte de la sustancia, una balanza de precisión, tres dispositivos de pago electrónico (posnet) y dinero en efectivo en pesos argentinos y chilenos.
La fiscalía sostuvo que entre el 16 y el 28 de marzo los acusados habrían realizado ventas de estupefacientes en distintos horarios, utilizando tanto la vivienda que compartían como un automóvil Volkswagen Bora.
Como medida cautelar, el MPF pidió la prisión preventiva domiciliaria por un mes, argumentando riesgo de fuga y posible entorpecimiento de la investigación, además del embargo e inhibición de bienes. Sin embargo, el juez dispuso en su lugar la prohibición de salir de Chos Malal y la obligación de presentarse diariamente en una comisaría, aunque sí hizo lugar al embargo de bienes.
El plazo de investigación fue fijado en dos meses. En la audiencia, la fiscalía solicitó la revisión de la decisión judicial respecto al rechazo de la medida de detención.
Hallaron 300 dosis de cocaína en una casa: dos imputados
03-04-2026
Neuquén – El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos a dos hombres por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en la ciudad de Chos Malal.
La acusación fue realizada ayer por la fiscal del caso Natalia Rivera, acompañada por el fiscal del caso Víctor Salgado. Durante la audiencia, los representantes del MPF solicitaron que ambos acusados permanezcan detenidos con prisión preventiva bajo la modalidad domiciliaria, pedido que fue rechazado por un juez de garantías por lo que se requirió la revisión de esa decisión.
De acuerdo a la acusación, en la vivienda que ambos comparten en el barrio Uriburu y durante el allanamiento del último 2 de abril, se hallaron141 gramos de cocaína (una parte compactada y otra en envoltorios), cantidad que equivale a unas 300 dosis aproximadamente, según precisó la fiscal del caso en la audiencia. También se secuestraron pastillas de corte de la cocaína, una balanza de precisión, tres terminales de pago electrónico (posnet) y dinero en efectivo (pesos argentinos y chilenos).
En este contexto, la fiscal del caso planteó que al menos entre el 16 y 28 de marzo, los acusados J. G. H. y L. L. H. realizaron ventas de estupefacientes en distintos horarios. Según la investigación conjunta del MPF y la división Antinarcóticos de la Policía provincial, utilizaban para tal fin el domicilio que comparten en el barrio Uriburu y un automóvil Volkswagen Bora.
El delito atribuido a los acusados fue tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, en calidad de autores.
Como medida cautelar, el MPF solicitó la prisión preventiva domiciliaria por un mes —ante la falta de cupo en unidades de detención—, argumentando riesgo de fuga y entorpecimiento de la causa. En simultáneo, se requirió el embargo e inhibición de bienes de ambos.
El juez de garantías, Lisandro Borgonovo, rechazó la detención domiciliaria y dispuso, en su lugar, la prohibición de salir de Chos Malal y la obligación de presentarse diariamente en la comisaría. No obstante, el magistrado sí aceptó la inhibición de bienes y el embargo.
El plazo de investigación se fijó en dos meses.
Durante la audiencia de ayer por la tarde, el MPF solicitó la revisión de la decisión del juez respecto del rechazo de la medida privativa de la libertad de los imputados.
La sospecha es que Alejandro Zalazar falleció en medio de una de las fiestas controladas. En la causa hay dos imputados: Hernán Boveri y Delfina Lanusse.
BUENOS AIRES (NA) — La Justicia busca abrir el celular de Alejandro Zalazar, el anestesista que murió por sobredosis de propofol y fentanilo y cuyo caso derribó una de las causas más graves entorno al robo de fármacos por parte de profesionales de la salud. Conforme a la información aportada, el objetivo es obtener información relevante para la investigación.
El teléfono fue hallado al lado del cuerpo de Zalazar cuando la Policía ingresó a su departamento en Palermo y, ante la importancia de su contenido, se solicitó la colaboración de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal, perteneciente a la oficina del Ministerio Público Fiscal.
Las autoridades indicaron que el celular está bloqueado, por lo que se necesita de especialistas para lograr su apertura y así extraer toda información que pueda ser de suma importancia en la causa.
La autopsia confirmó que Zalazar falleció producto de una congestión, edema pulmonar y edema meningoencefálico. Esto se debió por el consumo de Propofol y fentanilo, dos fármacos utilizados para anestesiar pacientes, confirmaron a la Agencia Noticias Argentinas.
Tras el análisis de los elementos incautados en el departamento del profesional, entre los que se encontraba una vía, constataron que pertenecían al Hospital Italiano, por lo que se dio inicio a una investigación paralela por el robo de fármacos.
El 1 de abril de 2026, un juez de garantías de Neuquén rechazó el pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) para suspender los plazos procesales en la causa por asociación ilícita y estafas con planes sociales, al considerar que la solicitud fue prematura y sin sustento jurídico.
El planteo fue presentado durante una audiencia de control de la investigación por el fiscal Juan Narváez, con adhesión del representante de la Fiscalía de Estado, Gustavo Kohon. El MPF argumentó que, debido a la complejidad del expediente y a la programación de la audiencia de impugnación para fines de julio, se generaría un período de inactividad cercano a cinco meses.
Según la fiscalía, esta situación, sumada a otros lapsos sin actividad judicial, podría poner en riesgo el cumplimiento del plazo máximo del proceso, previsto para noviembre de 2026. Por ese motivo, solicitó suspender el cómputo de los plazos hasta la intervención del Tribunal de Impugnación.
Complejidad del caso
El expediente se inició en 2022 y fue declarado como asunto complejo. De acuerdo con el MPF, incluyó el análisis de abundante documentación, pericias contables e informáticas y la participación demúltiples imputados, lo que excedería los tiempos procesales habituales.
Además, señalaron que la demora en fijar la audiencia de impugnación responde a cuestiones operativas del sistema judicial y no a las partes involucradas.
Postura de las defensas
Las defensas se opusieron al pedido al sostener que no existe una norma que habilite la suspensión de plazos en estas condiciones. También indicaron que el planteo es abstracto, ya que el eventual vencimiento del proceso aún no ocurrió, y que la cuestión debe analizarse en su momento.
Resolución del juez
El juez de garantías Luis Giorgetti rechazó la solicitud al considerar que carece de “anclaje legal”. Explicó que las normas citadas por la fiscalía refieren a situaciones distintas, como reposición de plazos vencidos o prórrogas acordadas entre partes.
Además, señaló que no corresponde anticipar un análisis sobre el vencimiento del proceso cuando aún no se produjo. También advirtió que suspender los plazos podría afectar derechos de los imputados, especialmente de aquellos que cumplen prisión domiciliaria.
Condenas previas en la causa
En diciembre de 2025, un tribunal dictó condenas contra doce personas por las maniobras de estafa cometidas entre septiembre de 2020 y julio de 2022. Los exfuncionarios Abel Di Luca, Tomás Siengentharler y Ricardo Soiza recibieron penas de cinco años de prisión efectiva.
Otros imputados fueron condenados a penas de entre tres y cuatro años y medio, algunas de cumplimiento efectivo y otras condicional. También se dispuso la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos contra un hombre acusado de contactar a un niño a través de WhatsApp con fines sexuales en la ciudad de Neuquén. La imputación fue presentada en una audiencia realizada en la Ciudad Judicial.
La acusación estuvo a cargo de la asistente letrada Vanesa Muñoz, quien detalló que el hecho ocurrió el 5 de abril de 2025, entre las 6 y las 8 de la mañana. Según la investigación preliminar, el imputado, identificado por sus iniciales D.I.M., inició el contacto con la víctima mediante mensajes en los que buscó confirmar que el niño se encontraba solo.
De acuerdo con la fiscalía, el acusado intentó generar un vínculo de confianza al referirse al videojuego Free Fire y ofrecerle supuestos beneficios dentro del juego. Luego, le propuso mostrarle contenido que debía mantenerse en secreto y, tras obtener una respuesta afirmativa, le envió una imagen de carácter sexual explícito utilizando una función de visualización única.
La situación fue interrumpida cuando el niño rechazó la propuesta. Posteriormente, el imputado eliminó los mensajes, pero la víctima alertó a sus padres, quienes radicaron la denuncia ante las autoridades.
El delito atribuido es grooming, en carácter de autor. La querella institucional, representada por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, acompañó el planteo del MPF durante la audiencia.
Como medida cautelar, la fiscalía solicitó la prohibición de contacto del acusado con la víctima y su entorno familiar por cualquier medio, así como la restricción de acercamiento a menos de 300 metros del domicilio. La jueza de garantías Natalia Pelosso avaló la formulación de cargos, hizo lugar a las medidas y fijó un plazo de investigación de cuatro meses.
La causa continúa en etapa investigativa, mientras se resguardan los derechos del menor y se analizan los elementos de prueba reunidos.
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El juez de garantías Luis Giorgetti rechazó el pedido del Ministerio Público Fiscal (MPF) para suspender los plazos procesales en la causa por presunta asociación ilícita y estafas con planes sociales en Neuquén. El planteo había sido presentado durante una audiencia de control de la investigación, en el marco de un expediente iniciado en 2022 y declarado como asunto complejo.
El fiscal del caso, Juan Narvaez, con adhesión del representante de la Fiscalía de Estado, Gustavo Kohon, sostuvo que los tiempos previstos para la audiencia de impugnación —fijada para fines de julio— generan un período de inactividad de alrededor de cinco meses. Según indicó, ese lapso, sumado a otros momentos sin actividad jurisdiccional, podría comprometer el cumplimiento del plazo máximo del proceso, previsto para noviembre de 2026.
En ese contexto, la fiscalía solicitó suspender el cómputo de los plazos hasta la intervención del Tribunal de Impugnación. Argumentó que la causa involucra múltiples imputados, pericias contables e informáticas y un volumen significativo de evidencia, lo que excede las previsiones habituales del sistema procesal.
El planteo fue acompañado por la querella institucional, pero rechazado por las defensas, que señalaron que no existe normativa que habilite la suspensión en estas condiciones. Además, consideraron que el pedido es prematuro, ya que no se configuró un vencimiento concreto de los plazos.
Al resolver, Giorgetti afirmó que la solicitud carece de “anclaje legal” y que las normas citadas por la fiscalía no resultan aplicables al caso, ya que refieren a situaciones distintas, como la reposición de plazos vencidos o prórrogas acordadas entre partes. También indicó que no corresponde anticipar un análisis sobre el vencimiento del proceso.
El magistrado advirtió, además, que una eventual suspensión podría afectar derechos de los imputados, en particular de aquellos que cumplen prisión domiciliaria, al implicar una paralización del trámite. En consecuencia, resolvió rechazar el pedido y ordenar la continuidad del proceso en las condiciones actuales.
En esta causa, en diciembre de 2025 un tribunal ya había dictado condenas contra doce personas por maniobras de fraude entre septiembre de 2020 y julio de 2022. Entre los condenados se encuentran los exfuncionarios Abel Di Luca, Tomás Siengentharler y Ricardo Soiza, quienes recibieron penas de cinco años de prisión efectiva, además de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Otros imputados fueron condenados a penas de entre tres y cuatro años y medio, con distintos regímenes de cumplimiento.
La Justicia de Río Negro resolvió extender las medidas cautelares contra una persona investigada por una presunta estafa vinculada a la venta de viajes al exterior. La decisión se adoptó a pedido del Ministerio Público Fiscal mientras avanza la investigación en Roca.
La prórroga se mantendrá vigente hasta la finalización de la audiencia de formulación de cargos, prevista para el próximo 10 de abril, aunque podría extenderse algunos días más debido a la complejidad del caso.
Una causa con decenas de denuncias
Según informó la fiscalía, actualmente existen alrededor de 60 denuncias vinculadas a la maniobra investigada. Además, se incorporó recientemente una nueva querellante al expediente.
En paralelo, continúan en curso distintas pericias. Entre ellas, una evaluación a cargo de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OiTEL), prevista para el 8 de mayo, y el análisis de una pericia informática forense realizada el 16 de marzo.
Riesgo procesal y medidas vigentes
La fiscalía argumentó que la prórroga de las medidas cautelares resulta necesaria debido a la persistencia del riesgo de fuga, que incluso se habría incrementado en el contexto actual de la causa.
En ese marco, solicitó mantener la fijación de domicilio, la prohibición de salida del país, la inhibición general de bienes, el bloqueo de cuentas bancarias y la obligación de presentaciones periódicas ante la fiscalía.
Aval judicial y próxima audiencia
La defensa de la imputada no se opuso al planteo fiscal y adhirió al pedido, en función de la proximidad de la audiencia de formulación de cargos.
Finalmente, la jueza de Garantías interviniente resolvió prorrogar las medidas hasta el 13 de abril o hasta que finalice la audiencia. Señaló que, debido a la cantidad de hechos investigados, el proceso podría extenderse más allá de una jornada.
Un hombre contactó a un nene a través de WhatsApp con la intención de cometer un delito contra su integridad sexual, en la ciudad de Neuquén. El Ministerio Público Fiscal (MPF) le formuló cargos y no podrá acercarse a la víctima ni a su familia.
La acusación la realizó este miércoles la asistente letrada Vanesa Muñoz, de la fiscalía de Delitos contra las Mujeres, Diversidades y Delitos Sexuales, durante una audiencia en la Ciudad Judicial.
El acusado conocía el nene
Planteó que, de acuerdo a la investigación preliminar del MPF y la Policía provincial, el hecho fue cometido el 5 de abril de 2025, entre las 6 y las 8 de la mañana. El imputado, D.I.M., se comunicó con la víctima mediante WhatsApp y le preguntó si estaba despierto.
Luego, consultó si estaba solo, con el objetivo de asegurarse que no estuviera con personas adultas a su alrededor, a lo que el niño le respondió que su papá y su mamá dormían. A partir de allí, el acusado que conocía al niño, intentó generar un vínculo de confianza y captar su atención hablándole sobre el videojuego “Free Fire” y ofreciéndole beneficios.
Después le propuso mostrarle algo que debía mantenerse “en secreto” entre ambos y, tras obtener una respuesta afirmativa, le envió una imagen de contenido sexual explícito, mediante una función que permite visualizar la foto una sola vez.
Ante el rechazo del niño, el acusado eliminó los mensajes de la conversación, y la víctima alertó a su madre y a su padre, quienes denunciaron el hecho.
¿De qué delito lo acusaron?
El delito que atribuyó la representante del MPF al acusado fue grooming, en carácter de autor. La defensora de la Niñez y Adolescencia que intervino como querella institucional, adhirió al planteo de la representante del MPF.
Como medida cautelar la asistente letrada requirió que, mientras avanza la investigación, se le imponga al acusado la prohibición de tener cualquier tipo de contacto con la víctima y su familia, por cualquier medio, además de no poder acercarse a la vivienda en un radio menor a 300 metros.
La jueza de garantías Natalia Pelosso, avaló la formulación de cargos y el pedido de medida cautelar, además de establecer el plazo de investigación en cuatro meses.
El avance de la causa por estafas con planes sociales en Neuquén sumó un nuevo capítulo de tensión judicial. El Ministerio Público Fiscal intentó frenar el reloj del proceso ante el riesgo de que los plazos se agoten antes de que se revisen las condenas, pero la Justicia rechazó el planteo y ordenó seguir adelante sin modificaciones.
El pedido fue formulado durante una audiencia de control de la investigación por el fiscal Juan Narváez, con la adhesión del representante de la Fiscalía de Estado, Gustavo Kohon. Ambos advirtieron que la complejidad del expediente y los tiempos judiciales actuales generan un escenario delicado: la audiencia de impugnación recién está prevista para fines de julio, lo que implica varios meses sin actividad sustancial.
Según explicó la fiscalía, ese período de inactividad —estimado en alrededor de cinco meses—, sumado a otras demoras propias de un caso de gran escala, podría poner en riesgo el cumplimiento del plazo máximo del proceso, que vence en noviembre de 2026. Por eso solicitaron suspender el cómputo de los plazos hasta que intervenga el Tribunal de Impugnación.
Sin embargo, el juez de garantías Luis Giorgetti rechazó el planteo de manera contundente. Consideró que la solicitud carece de sustento legal y que fue presentada de forma prematura, ya que el eventual vencimiento aún no ocurrió. En su resolución, el magistrado remarcó que las normas invocadas por la fiscalía no aplican a este caso, ya que refieren a situaciones diferentes, como prórrogas acordadas o reposiciones de plazos ya vencidos.
Además, advirtió que acceder a lo solicitado podría afectar derechos de los imputados, especialmente de aquellos que cumplen prisión domiciliaria, ya que implicaría paralizar el avance del proceso.
Las defensas, que se opusieron al pedido, habían planteado argumentos similares: sostuvieron que no existe normativa que habilite una suspensión de este tipo y que la discusión es abstracta mientras no haya un vencimiento concreto.
Una causa compleja y de alto impacto
El expediente por las estafas con planes sociales es considerado uno de los casos de corrupción más relevantes de los últimos años en la provincia. La investigación comenzó en 2022 y fue declarada como causa compleja, en función del volumen de información analizada y la cantidad de personas involucradas.
La fiscalía detalló que el proceso implicó pericias contables e informáticas de gran escala, además del análisis de maniobras que se extendieron durante casi dos años. Según la acusación, entre septiembre de 2020 y julio de 2022 se montó un esquema de administración irregular de planes sociales que derivó en múltiples fraudes contra el Estado.
Condenas y exfuncionarios implicados
En diciembre pasado, un tribunal dictó sentencia contra doce personas por su participación en las maniobras. Entre los condenados se encuentran exfuncionarios provinciales de alto rango.
Abel Di Luca, Tomás Siengentharler y Ricardo Soizarecibieron penas de cinco años de prisión efectiva, mientras que el resto de los imputados fue condenado a penas de entre tres y cuatro años y medio. En algunos casos, las condenas son de cumplimiento efectivo y en otros, condicional.
Además, todos los condenados fueron alcanzados por la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, una medida que refuerza el impacto institucional del caso.
Lo que viene
El foco ahora está puesto en la instancia de impugnación, donde las defensas buscarán revertir las condenas y la fiscalía sostenerlas. Sin embargo, el calendario judicial y los plazos procesales se transformaron en un nuevo frente de disputa.
Con el rechazo al pedido del Ministerio Público Fiscal, el proceso continúa bajo las reglas actuales, mientras crece la preocupación por la posibilidad de que los tiempos judiciales jueguen un papel determinante en el desenlace del caso.