La Cámara de Apelaciones de Nueva York dispuso la suspensión de todas las apelaciones vinculadas al juicio por la expropiación de YPF y avanzó en la consolidación del fallo que favorece a la Argentina. La decisión implica un freno total a los planteos pendientes hasta tanto quede firme la sentencia que dejó sin efecto la condena millonaria.
En esa línea, el tribunal también resolvió cancelar la audiencia prevista para el 16 de abril, en la que se iban a tratar varios de esos recursos. Entre ellos figuraba la apelación presentada por el Estado argentino contra la orden de la jueza Loretta Preska que exigía la entrega de acciones de la compañía a los acreedores.
El ex subprocurador del Tesoro Sebastián Soler explicó el alcance de la medida: “La Cámara de NY sigue tomando las medidas lógicas derivadas de su fallo favorable a la Argentina. Ahora deja en suspenso todas las demás apelaciones relativas al caso hasta que ese fallo quede firme”.
El proceso queda ahora concentrado en los recursos que podría intentar el fondo Burford Capital, principal beneficiario del litigio. Según Soler, esas instancias aparecen “cuesta arriba” desde el punto de vista jurídico. En ese marco, el fondo solicitó una prórroga hasta el 8 de mayo para evaluar una eventual revisión del fallo, argumentando compromisos profesionales de su abogado principal, Paul Clement.
El comunicado de Burford
Tras la decisión adversa, Burford emitió un comunicado en el que calificó el fallo como “muy decepcionante” y sostuvo que implica un “abandono de los derechos de los accionistas minoritarios” en la Bolsa de Nueva York. No obstante, dejó abierta la posibilidad de avanzar en un arbitraje internacional bajo tratados de inversión.
El eje del fallo que benefició a la Argentina se centra en la interpretación del derecho local. La Cámara entendió que las leyes sancionadas por el Congreso prevalecen sobre el estatuto de una empresa. En ese sentido, sostuvo que los estatutos societarios tienen carácter organizativo interno y no constituyen contratos exigibles entre accionistas privados y el Estado.
Esa definición resultó determinante para descartar que la expropiación de YPF generara una obligación contractual automática de indemnización. En consecuencia, el tribunal concluyó que los reclamos por daños de los accionistas no son reconocibles bajo la legislación argentina.
Durante el litigio, Burford impulsó distintas estrategias para sostener la demanda. Entre ellas, intentó declarar al país en desacato, reclamó la transferencia de las acciones estatales y buscó demostrar la existencia de un “alter ego” entre la petrolera y el Estado. Ninguno de esos planteos prosperó en esta instancia.
Con la suspensión de las apelaciones, el expediente entra en una fase de consolidación del fallo favorable al país. El proceso queda ahora sujeto a la eventual presentación de recursos extraordinarios por parte de los demandantes, en un escenario donde la resolución de fondo empieza a perfilarse como definitiva.









