Después de más de dos décadas de lucha incansable por parte de la familia y organismos de derechos humanos, la Justicia Federal dictó el procesamiento de 19 personas por la desaparición forzada de Sergio Ávalos, el estudiante universitario visto por última vez en junio de 2003 en el boliche Las Palmas de Neuquén capital.
La resolución fue firmada por el juez federal Gustavo Villanueva, quien dispuso que se notifique a los imputados —entre los que hay militares, policías en actividad y retirados, personal de seguridad y ex empleados del boliche— y que se tomen medidas para evitar cualquier intento de fuga. Entre ellas, se destacan la prohibición de salida del país, el deber de presentarse mensualmente ante la Justicia y restricciones para ausentarse de sus domicilios por más de 10 días.
Además, Interpol será notificada en el caso del imputado Pablo Martín Fantón, residente en Paraguay, quien deberá ser controlado por esa vía internacional.
Coautores y partícipes necesarios: una red de responsabilidades
La investigación distingue dos grupos de imputados. Como coautores del delito de desaparición forzada de personas, fueron procesados:
- Osvaldo Daniel Carracedo
- Roberto Alejandro Costa
- María Alejandra Siboldi
- Irene Esther Fuentes
- Juan Darío Arévalo Smith
- José Luis Flores
- Alfredo Humberto Cortínez
- Pedro José Sepúlveda Palacios
- Eugenio Alejandro Tarifeño
- Rubén Ángel Ferreira
- Patricio Sesnich
A su vez, como partícipes necesarios, el juez imputó a:
- Diego Alberto Herman
- Cristian Rubén Cepeda
- Rubén Gustavo Escobar
- Pablo Martín Fantón
- María Teresa Monsalve
- Ítalo Edgardo Soto
- Pedro Ángel Pacheco
- Pedro Raúl Nardanone
En este último caso, se ordenó un embargo de 42 millones de pesos, cifra que varía entre los diferentes imputados. Todos deberán acreditar si cuentan con bienes suficientes para responder a las medidas económicas dictadas por la Justicia.
Una causa atravesada por encubrimientos y desvíos
La desaparición de Sergio Ávalos, ocurrida la madrugada del 14 de junio de 2003, fue inicialmente investigada como una simple «averiguación de paradero». Recién en 2013 la causa pasó al fuero federal, luego del reclamo sostenido de la familia y el respaldo de organizaciones de derechos humanos. En 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó la competencia federal y reconoció la calificación legal de desaparición forzada, un delito que se considera permanente mientras no se conozca el paradero de la víctima.
Según el fallo al que accedió este medio, el boliche Las Palmas operaba con un estricto sistema de seguridad interna: cámaras de vigilancia, handy, estructuras jerárquicas y un “cuartito de seguridad” donde, según testigos, se golpeaba a los clientes. Ávalos habría sido interceptado y agredido dentro de ese esquema de vigilancia, coordinado por Patricio Sesnich y dirigido por el dueño del local, Pedro Nardanone.
Un pacto de silencio que perdura
La acusación sostiene que tras un incidente ocurrido dentro del boliche, Sergio fue detenido por el personal de seguridad, golpeado y hecho desaparecer. Desde entonces, se habría mantenido un “pacto de silencio” que impidió el avance de la verdad durante más de 20 años.
Este martes, se espera que se confirme la notificación fehaciente a cada uno de los imputados. En caso contrario, la Justicia podría ordenar pedidos de captura u otras medidas de coerción.
El fallo representa un avance histórico en la búsqueda de justicia, aunque el misterio sobre qué ocurrió con Sergio Ávalos aún permanece sin resolverse.