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  • Estafa con planes sociales: la Fiscalía de Estado apelará para que se revise la acusación por asociación ilícita

    Estafa con planes sociales: la Fiscalía de Estado apelará para que se revise la acusación por asociación ilícita

    Tras conocerse las penas por administración fraudulenta contra 12 imputados, el organismo provincial confirmó que llevará el caso al Tribunal de Impugnación. Busca que se reevalúe la figura de asociación ilícita y avanza en una acción civil para recuperar los fondos públicos.

    La Fiscalía de Estado de Neuquén confirmó este jueves que presentará un recurso ante el Tribunal de Impugnación para que se revise la sentencia del juicio por la estafa con planes sociales y se analice nuevamente la acusación por asociación ilícita, una figura que el Tribunal de Juicio no contempló al dictar las condenas.

    El anuncio llegó horas después de que se conociera la determinación de la pena para las 12 personas encontradas culpables por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, delito por el cual fueron condenadas. Desde el organismo provincial recordaron que esa tipificación “no abarca otras conductas que formaron parte de la acusación”, entre ellas la presunta conformación de una estructura criminal organizada.

    Una trama que la fiscalía considera “organizada y sostenida en el tiempo”

    En un comunicado oficial, la Fiscalía de Estado —representada durante el juicio por el abogado Gustavo Kohon— señaló que la prueba reunida permitió identificar “una dinámica organizada”, con roles diferenciados y un funcionamiento que se mantuvo durante un período prolongado. Para el organismo, estos elementos justifican que se habilite una nueva revisión.

    El caso se inició en junio de 2022 tras una denuncia del Banco Provincia del Neuquén (BPN), que detectó irregularidades en el manejo de planes sociales. La Fiscalía de Estado actuó como querellante a lo largo de todo el proceso.

    Embargos, decomisos y reclamos económicos

    La sentencia tampoco hizo lugar a los pedidos de decomiso de bienes realizados por la querella, y dispuso el levantamiento de los embargos cuando el fallo quede firme. Frente a esto, el organismo provincial recordó que mantiene abiertas acciones civiles orientadas a recuperar los fondos públicos afectados.

    “De la misma manera, se recurrirán todas aquellas resoluciones que puedan comprometer o poner en riesgo el patrimonio fiscal”, expresaron.

    “Una respuesta judicial integral”

    La Fiscalía de Estado reafirmó que su objetivo es lograr una respuesta judicial “integral”, que brinde la mayor tutela posible al patrimonio público y refuerce la confianza ciudadana en el sistema

  • Los jueces del caso Planes Sociales explican su fallo y responden críticas por la ausencia de asociación ilícita

    Los jueces del caso Planes Sociales explican su fallo y responden críticas por la ausencia de asociación ilícita

    Los magistrados defendieron el criterio técnico del veredicto, destacaron la independencia judicial y revelaron detalles del proceso deliberativo.

    Por primera vez desde que dictaron las condenas en el megajuicio por la estafa con planes sociales, los jueces Juan Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita hablaron públicamente sobre el fallo que fijó penas de prisión efectiva para ocho imputados y en suspenso para otros cuatro. En una entrevista con un reducido grupo de periodistas, analizaron las críticas recibidas, explicaron por qué descartaron la figura de asociación ilícita y respondieron a la opinión del gobernador Rolando Figueroa, quien había manifestado su desacuerdo con ese punto central del veredicto.

    El tribunal anunció las condenas este jueves, en lo que fue la etapa final del juicio más extenso desde la implementación del sistema acusatorio en Neuquén. La fiscalía, a cargo de Juan Narváez y con acompañamiento de la fiscalía de Estado, había solicitado la aplicación de asociación ilícita, al igual que las querellas. Pero los jueces consideraron que la prueba no alcanzaba para acreditar los requisitos legales de esa figura. Kees, al ser consultado, sostuvo que “las críticas se reciben con agrado” y afirmó que decisiones de esta complejidad “siempre dejan disconforme a alguna de las partes”.

    Por qué descartaron la asociación ilícita y cómo fue el debate interno

    Kees explicó que, desde la perspectiva técnica, el caso no cumplía los elementos jurídicos que exige el delito de asociación ilícita. “Parece contraintuitivo decir que había una organización grande coordinada para cometer delitos y que eso no es una asociación ilícita. Para quien no litiga en el proceso penal, puede sonar extraño. Pero nuestras decisiones se revisan en instancias superiores. No es un tema personal, es una conclusión técnica”, señaló. El juez Guaita añadió que el tribunal dedicó “muchas horas de deliberación” para analizar el funcionamiento interno del grupo investigado. En ese marco, sostuvo que la sentencia fue consensuada y que se ajustó estrictamente a la prueba presentada por la fiscalía y a la jurisprudencia vigente.

    El juez Hermosilla remarcó que el sistema acusatorio permitió desarrollar un juicio continuo, con audiencias diarias durante 30 días. A su criterio, esa dinámica garantizó celeridad y una valoración probatoria más ordenada, algo impensado bajo el modelo anterior. Consultado sobre si modificaría la modalidad de trabajo, respondió que repetiría el esquema: “Es mucha información y mucho esfuerzo, pero es lo que corresponde para dar una respuesta en tiempo razonable”.

    Independencia judicial y cambios en el Poder Judicial neuquino

    Ante la pregunta sobre presiones externas, los tres magistrados negaron cualquier injerencia y resaltaron la importancia del Consejo de la Magistratura en la selección de jueces independientes. Kees comparó este proceso con el caso Temux —que tardó once años en llegar a debate— y señaló que el nuevo Código Procesal Penal y la integración plural del Consejo permitieron un funcionamiento más eficiente y menos permeable a la política partidaria. Hermosilla aclaró que no se consideran una “renovación aislada”, pero valoró el aporte generacional dentro de un sistema que hoy habilita fallos más rápidos y decisiones con mayor sustento probatorio.

    Las penas y las medidas accesorias establecidas por el Tribunal

    El veredicto estableció penas de prisión efectiva para Ricardo Soiza, Tomás Siegenthaler y Orlando Abel Di Luca (5 años); Néstor Pablo Sánz (4 años y 6 meses); Marcos Osuna (4 años); y Julieta Oviedo, Luis María Gallo y Alfredo Cury (3 años y 6 meses). En tanto, Laura Reznik, Isabel Montoya, Valeria Honorio y Emmanuel Victoria Contreras recibieron 3 años de prisión en suspenso. Todos fueron inhabilitados de manera perpetua para ocupar cargos públicos.

    El Tribunal rechazó además el pedido de decomiso de bienes de algunos imputados y ordenó que, una vez que la sentencia quede firme, se levanten los embargos e inhibiciones sobre todos los bienes. Mientras defensas y fiscalía preparan sus impugnaciones, la sentencia marca un hito en la historia judicial de Neuquén no solo por su extensión y trascendencia política, sino también por la decisión de los jueces de abrir el debate sobre su propio rol en causas de alto impacto público.

  • Planes sociales, el argumento de los jueces: “Quedó atrás la impunidad de una época y la hegemonía del MPN”

    Planes sociales, el argumento de los jueces: “Quedó atrás la impunidad de una época y la hegemonía del MPN”

    El juez Juan Manuel Kees, en la lectura del veredicto de la causa por la estafa con planes sociales, detalló uno por uno los criterios utilizados y justificó por qué algunas conductas fueron consideradas más graves que otras. Habló también de un cambio de condiciones institucionales y políticas, y hubo más caras largas entre los defensores y algo de euforia y emoción por parte del Ministerio Público Fiscal.

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    El juicio demandó tanto tiempo, que incluso los jueces reconocieron que hubo recarga en otros magistrados, por los reemplazos, debido a la exigencia técnica y el debate del caso, con audiencias muy largas que implicaban una atención plena, e interrupciones, con decenas de testigos.

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    El fiscal del caso, Juan Manuel Narváez se emocionó y hubo un final de abrazos y lágrimas con su equipo de Delitos Económicos, las asistentes Tanya Cid y Agustina Jara. En suma, para bien o mal, se puso el caso al hombro, y llamó la atención que, otra vez, en la lectura del veredicto no haya estado presente el fiscal jefe Pablo Vignaroli. Fue tal la emoción que no hizo declaraciones. «No me sale la voz», dijo.

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    Para ser claros, las penas que recibieron los 12 condenados no son excarcelables, aunque cuatro de ellos, se les otorgó la prisión condicional, es decir, que no cumplían la condena efectivamente en la cárcel. Y los 8 restantes, sí se consideró la prisión efectiva, pero, como es de esperar, las impugnaciones, más la sumatoria de tres condenados que ya cumplen preventiva, hace que nadie vaya hoy directamente preso. Es que hay también aspectos a tener en cuenta.

    ¿Qué cambió en estos meses? Al parecer, poco y nada en lo inmediato, pero el solo anuncio de la ejecución de los fondos para la emergencia carcelaria, con la reciente obra de ampliación de la U11, con 26 plazas de alojamiento, tuvo otro impacto en los jueces.

    Planes sociales, algunos planteos: «No había peligro democrático»

    Este hecho puntual, sumado a otro cambio de condiciones, hizo que los jueces desestimaran el pedido de prisión en suspenso los defensores por falta de lugar en las cárceles. Eso no implica de todas maneras que empiece a cumplir algunos la prisión efectiva, porque el fallo aún no está firme.

    Además, los jueces Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita hablaron de qué agravantes no se tomaron en cuenta a la hora de la sentencia de la determinación de penas y tomaron en cuenta cada uno de los casos.

    Kees aclaró que el tribunal no aplicó como agravante el «desvío presupuestario», porque ya forma parte del tipo penal de administración fraudulenta. Tampoco consideraron el pedido del Ministerio Público Fiscal sobre el “peligro para el orden democrático” ni la alegada “manipulación administrativa”, al entender que ambas cuestiones son inherentes al delito mismo.

    También recordó que existen nueve condenas previas vinculadas a la causa de los planes sociales, aunque señalaron que “estas decisiones anteriores no son obligatorias para nosotros”.

    El juez contextualizó la situación institucional planteada por los defensores, de tener en cuenta otro caso de corrupción donde los condenados no se les dio prisión efectiva, con el caso Temux del Banco Provincia de Neuquén, donde también se halló responsabilidad en el delito de administración fraudulenta.

    “Con Temux existían condiciones estructurales que favorecían la impunidad… Esa impunidad es de una época que intentamos dejar atrás. Desde 2023, con la alternancia política tras 60 años de hegemonía del MPN, estamos en un momento distinto y con legislación distinta”, dijo Kess.

    Además, frente a la estrategia de las defensas de minimizar el perjuicio, Kees fue determinante. “Los defensores han tratado de minimizar el impacto económico señalando que el perjuicio era insignificante. Son 1.200 millones de pesos y para este tribunal de ninguna manera es insignificante”, dijo.

    Hablaron los jueces sobre qué influyó en el fallo

    Al final de la audiencia, los jueces tuvieron la deferencia de recibir a la prensa (no todos tienen esa actitud) y en diálogo con LM Neuquén Kees respondió sobre en cuánto influyó el cambio de condiciones políticas y legales en Neuquén, para analizar el contenido de fallo y el veredicto con el tribunal. «Hay algunos factores que produjeron cambios y lo explica la diferencia de Temux y esta sentencia y uno de ellos es la asunción del nuevo Código Procesal Penal. Ahora la celeridad de este proceso permite marcar una diferencia importante», dijo.

    Otra diferencia, según manifestó Kees, «puede tener que ver con la puesta en funcionamiento del Consejo de la Magistratura» y señaló que antes de ello, «el sistema de designación de jueces era muy permeable a la política», aunque aclaró: «Esa permeabilidad no es que haya desaparecido, probablemente no exista un sistema que no permita influencias, pero la integración plural permite cambios y ha tenido impacto.

    En relación con la situación carcelaria, Kees dijo que «Neuquén pasó de tener el sistema, resultó con la cárcel de Senillosa y dio diez pasos atrás con el cierre del viejo complejo de la U9, esa permita y la desinversión carcelaria generó una crisis. Hasta hace pocos meses había problemas de ejecución de los fondos de la emergencia carcelaria».

    Y acotó «Hemos tenido un debate a principio de año sobre este tema porque no se habían creado nuevas plazas, hace unos días se habilitó un pabellón nuevo en la U11 y la provincia anunció inversiones importantes para el 2026 y 2027 y nos vemos en la necesidad de tomarlos en consideración para responder a los planteos de los defensores que dijeron que no se puede meter gente presa en las cárceles actuales

    El análisis, caso por caso para las penas de los condenados

    Isabel Montoya – 3 años de ejecución condicional. El tribunal sostuvo que Montoya “actuó siempre bajo otras personas, como su pareja Sanz, y no se acreditó que se haya quedado con dinero”. Rechazaron el decomiso de un terreno porque no se probó que lo hubiera comprado con fondos de planes sociales.

    Valeria Honorio – 3 años de ejecución condicional. Consideraron su situación familiar: “es madre de un niño y única adulta responsable”. También rechazaron el decomiso de un terreno y una camioneta Chevrolet Tracker porque no se acreditó el origen ilícito.

    Emmanuel Victoria Contreras – 3 años condicional. El tribunal entendió que tuvo “una participación acotada” y que “actuó en coordinación con otras personas, sin capacidad de dirigir la maniobra”. Valoraron que sostiene a dos menores.

    Julieta Oviedo – 3 años y 6 meses de prisión efectiva. Fue señalada como funcionaria con intervención directa: “participó claramente en toda la maniobra y en la extensión del daño”. Atenuante: no tenía antecedentes. No se valoró como atenuante que no cobrara cheques porque “no tenía que ver con su rol”.

    Laura Reznik – 3 años de prisión condicional. Participación relevante en la estructura administrativa y continuidad de la operación tras la salida de Luis Gallo.

    Marcos Osuna – 4 años de prisión efectiva. Kees destacó que “era quien recaudaba y distribuía los cheques” durante casi dos años. La falta de antecedentes impidió una pena aún mayor. También fue impuesta inhabilitación perpetua.

    Ricardo Soiza – 5 años de prisión efectiva. El juez fue contundente: “No nos cabe ninguna duda del rol protagónico en la administración fraudulenta”. Por su edad podrá solicitar prisión domiciliaria, pero “no podemos aminorar la responsabilidad en la maniobra”. Inhabilitación perpetua.

    Tomás Siegenthaler – 5 años de prisión efectiva. El juez sostuvo que “toda esta falsa contabilidad no se podía haber hecho sin él”. También recibirá inhabilitación perpetua.

    Abel Di Luca – 5 años de prisión efectiva El exministro alegó 60 años de edad para morigerar pena; el tribunal lo consideró, pero no modificó el encuadre central. Se valoró su rol jerárquico.

    Luis Gallo – 3 años y 6 meses de prisión efectiva. Del análisis surgió una participación “algo menor” que la de otros imputados. Señalaron problemas cardíacos previos, pero destacaron que “por el rol que asumió en el libramiento de cheques y pago a empleados, la pena es justa”.

    Alfredo Cury – 3 años y seis meses años de prisión efectiva. El tribunal enfatizó que “no se trata solo de haber cobrado cuatro cheques, sino del perjuicio a personas en vulnerabilidad y de acciones destinadas a financiar un partido político”. Aunque negó ser empleado público, una testigo acreditó nueve años de labor estatal. Y agregó: “Terminó en la adscripción de un diputado que casualmente terminó liderando un grupo de líderes políticos”.

  • Una por una, así fueron las penas a los 12 condenados en el juicio por la estafa con planes sociales

    Una por una, así fueron las penas a los 12 condenados en el juicio por la estafa con planes sociales

    Este jueves al mediodía se llevó adelante la audiencia que dio a conocer las penas contra los 12 condenados por administración fraudulenta en el histórico juicio por estafa con planes sociales en Neuquén. Ocho de ellos fueron condenados con penas de prisión efectiva, mientras que los cuatro restantes cumplirán penas de ejecución condicional.

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    A todos, en menor o mayor grado, se les comprobó que perjudicaron al Estado provincial en más de 1200 millones de pesos, con dinero que tenían que haber cobrado (en parte) desocupados de la provincia.

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    Hubo un mecanismo para extraer dinero de los cajeros con tarjeta de débito de subsidiados, y cheques de Desarrollo Social que cobraban empleados, que iban a parar a una caja, como dinero negro de la política. Pero ningún actor que cobró “sobres” de una Caja Azul con esa plata está en el banquillo ni tampoco investigado. Y ahora la pregunta es si estos condenados, realmente irán presos, más allá que tres de ellos están con prisión preventiva.

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    Después de las 13, el tribunal integrado por Juan Manuel Kees, Juan Guaita y Luciano Hermosilla dio a conocer el veredicto sobre las penas de los 12 condenados por administración fraudulenta agravada, en un caso que se define como corrupción política, más allá de que no se pudo comprobar la asociación ilícita.

    Algunos de ellos no participaron de la audiencia en la sala y lo siguieron por zoom, el caso del exministro Abel Di Luca, Pablo Sanz, Isabel Montoya, Valeria Honorio, Luis Gallo, Emmanuel Victoria Contreras.

    En la etapa de cesura, la fiscalía solicitó penas que van de los 3 a los 6 años de prisión efectiva, más la inhabilitación perpetua para cargos públicos, accesorias legales y el decomiso de bienes para algunos de los involucrados.

    Las penas para los 12 condenados

    Abel Di Luca, exministro de Desarrollo Social. 5 años de prisión efectiva e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Tomás Siegenthaler, excoordinador provincial. 5 años de prisión efectiva e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Ricardo Soiza, exdirector de Planes Sociales. 5 años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Marcos Osuna, jefe de Departamento de informática. 4 años de prisión efectiva e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Pablo Néstor Sanz, exdirector de Fiscalizaciones. 4 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Julieta Oviedo, exdirectora de Tesorería. 3 años y seis meses e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Luis Gallo, exdirector de Finanzas. 3 años y seis meses de prisión efectiva e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Alfredo Cury. 3 años y seis meses de prisión efectiva e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.

    Laura Reznik, exdirectora de Finanzas. 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y pautas de conducta.

    Valeria Honorio. 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y pautas de conducta.

    Isabel Montoya. 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y pautas de conducta.

    Emanuel Victoria. 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y pautas de conducta.

  • El juicio de planes sociales en Neuquén desde adentro: hablan los jueces que dictaron el fallo

    El juicio de planes sociales en Neuquén desde adentro: hablan los jueces que dictaron el fallo

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    «La sentencia que ustedes dictaron en la causa Planes Sociales no dejó conforme a nadie. La fiscalía y las defensas van a apelar, pero además recibieron un reproche del gobernador, que esperaba una condena por asociación ilícita. ¿Qué tienen para decir respecto de los dichos de la principal figura política de Neuquén?»

    Media hora antes de escuchar esa pregunta de la prensa, los jueces Juan Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita habían anunciado ocho condenas a prisión efectiva y cuatro en suspenso para los 12 condenados por la estafa con planes sociales, lo que puso fin a esta etapa del juicio más largo en la historia del Código Procesal Penal acusatorio de la provincia.

    Los defensores ya se habían ido de la Ciudad Judicial intercambiando ideas sobre el escrito de impugnación que presentarán en febrero; el fiscal Juan Narváez se abrazó emocionado con las asistentes letradas que durante años lo acompañaron en la investigación -el jefe Pablo Vignaroli se ausentó, una vez más- y los imputados salieron con cara más seria que al ingresar.

    Reznik, Siegenthaler, Oviedo, Soiza y Osuna en la audiencia de este jueves. (Matías Subat)

    El veredicto de los jueces fue técnico pero con mucho contenido político. Aceptaron dialogar con un reducido grupo de periodistas, entre ellos de diario RÍO NEGRO, en la sala de deliberación de los jurados populares. Una de las preguntas se refirió al disgusto del gobernador Figueroa porque no aplicaron la figura de asociación ilícita, como habían pedido el fiscal Vignaroli y la fiscalía de Estado, querellante.

    «Acostumbrados a las críticas»


    «Nosotros recibimos de buen agrado todas las críticas», respondió Kees. «Las decisiones que tomamos los jueces penales dejan disconforme a ambas partes, es algo a lo que estamos acostumbrados y no nos genera ningún problema y vamos a seguir trabajando del mismo modo».

    «Hay un problema con la asociación ilícita que tratamos de explicarlo en la primera sentencia. Parece contraintuitivo decir que había una organización grande de personas que estaba coordinada para cometer delitos y que eso no es una asociación ilícita. En términos para la gente que no litiga en el proceso penal, el gobernador es contador, naturalmente puede pensar que está mal. Por fortuna nuestras decisiones las revisan otros jueces, pueden llegar hasta la Corte Suprema. No hay que responder esto en términos personales. Nuestra decisión fue fundada técnicamente«.

    A cualquier juez que se le pregunte si recibió presiones para que dicte su fallo en tal o cual sentido lo negará, y en este caso Kees, Hermosilla y Guaita no fueron la excepción.

    Muchas horas de debate


    Guaita relató algunas intimidades del trabajo que realizaron. «Debatimos mucho, nos tomamos muchas horas para poder analizar realmente el funcionamiento del delito de asociación ilícita, qué implicancia tenía y cómo lo podemos merituar. Nosotros como jueces resolvemos con lo que nos trae el Ministerio Público Fiscal y con lo que litiga la defensa. Y con los elementos que nos trajeron y con la jurisprudencia vigente, llegamos a esa conclusión: había que desestimar».

    «Fue un trabajo muy profundo, nos llevó mucho tiempo y llegamos los tres en forma consensuada«, agregó.

    La renovación del Poder Judicial


    Se les preguntó también si se consideraban parte de una renovación dentro del Poder Judicial: los tres son jóvenes, concursaron juntos en el Consejo de la Magistratura, son los últimos jueces penales designados durante el gobierno de Omar Gutiérrez; Kees y Hermosilla vienen del fuero federal, y además marcaron diferencias entre este proceso y el caso Temux como «una época que queremos dejar atrás».

    «No creo que nos podamos considerar una renovación de manera aislada«, contestó Hermosilla. «Yo me encontré con el sistema acusatorio que tiene sus críticas pero que nos permitió poder tomar una decisión, entendemos que es trascendente para la justicia en un tiempo prudencial, razonable. Implicó la tarea de muchas personas, existió el compromiso de muchos funcionarios, de los abogados que participaron, de los defensores».

    Juan Narváez y el equipo de la fiscalía, luego del veredicto. (Matías Subat)

    «Haber participado en algo tan complejo y que se haya llegado a una decisión de justicia en un tiempo razonable, cuando hemos visto que causas similares a nivel nacional se realizan una o dos audiencias por semana… por lo menos a mí me parece una cuestión a destacar», agregó.

    -¿Si tuviera que volver a organizar este juicio lo haría igual, con audiencias todos los días, durante 30 días seguidos, o se tomaría más pausas? Es mucha información para absorber.

    -Mucha información, muchos planteos de las partes, exige muchísima concentración, pero lo haría igual. Después hay tiempo para redactar la sentencia.

    La comparación con Temux


    A su turno Kees también destacó la influencia del Código Procesal Penal que entró en vigencia en 2014. «La extensión del plazo de investigación de Temux de 11 años se explica en buena medida por la deficiencia del Código anterior. La celeridad de este proceso, en el que se hacen todas las audiencias orales, permite marcar una diferencia importante».

    Añadió que «otra diferencia es la puesta en funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Antes el sistema de designación de jueces y funcionarios de los ministerios públicos era muy permeable a la política. Hoy esa permeabilidad no es que haya desaparecido, probablemente no exista un sistema donde no haya ninguna posibilidad de influencia de la política en la designación de funcionarios y magistrados, pero hoy la integración plural del Consejo permite cambios y eso ha modificado la conformación de los colegios de jueces y de los ministerios públicos. Así que eso es algo también que ha tenido impacto».

    Las penas


    El veredicto que dictó el Tribunal este jueves es el siguiente:

    Ricardo Soiza, Tomás Siegenthaler y Orlando Abel Di Luca: 5 años de prisión efectiva

    Néstor Pablo Sánz: 4 años y 6 meses de prisión efectiva

    Marcos Osuna: 4 años de prisión efectiva.

    Julieta Oviedo, Luis María Gallo y Alfredo Cury: 3 años y 6 meses de prisión efectiva.

    Laura Reznik, Isabel Montoya, Valeria Honorio y Emmanuel Victoria Contreras: 3 años de prisión condicional.

    En todos los casos la accesoria de inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.

    Por otra parte, el Tribunal no hizo lugar al pedido de decomiso de los bienes de Sánz, Montoya y Honorio. Se trata de terrenos, viviendas y vehículos.

    Además, dispuso que una vez que el fallo quede firme se levanten los embargos e inhibiciones de todos los bienes de todos los imputados.


  • Neuquén: condenan a prisión efectiva a los principales responsables de la estafa con planes sociales

    Neuquén: condenan a prisión efectiva a los principales responsables de la estafa con planes sociales

    El tribunal dictó penas de hasta cinco años de cumplimiento efectivo para Abel Di Luca, Ricardo Soiza y Tomás Siegenthaler, además de la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Otras nueve personas recibieron penas menores o condicionales.

    El juicio por la estafa con planes sociales en Neuquén, el más largo desde la implementación del sistema acusatorio en 2014, llegó a su fin tras 39 audiencias. El tribunal integrado por Luciano Hermosilla, Juan Guaita y Juan Kees fijó las penas para las 12 personas condenadas por apropiación indebida de fondos destinados al subsidio de la desocupación laboral durante la gestión de Omar Gutiérrez.

    El fiscal Pablo Vignaroli y el querellante Gustavo Kohon, en representación de la fiscalía de Estado, solicitaron que todas las condenas fueran de cumplimiento efectivo. Finalmente, el tribunal consideró probado el delito de administración fraudulenta agravada, y no el de asociación ilícita, lo que ajustó la escala penal entre dos y seis años de prisión.

    Entre los condenados, Abel Di Luca, exministro de Desarrollo Social; Ricardo Soiza, exdirector de Planes Sociales; y Tomás Siegenthaler, excoordinador provincial de administración, recibieron 5 años de prisión efectiva. Además, todos los condenados tienen inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

    Otras penas de cumplimiento efectivo fueron:

    • Julieta Oviedo y Luis Gallo: 3 años y 6 meses.

    • Marcos Osuna: 4 años.

    • Néstor Sánz: 4 años y 6 meses.

    • Alfredo Cury: 3 años y 6 meses.

    Tres de las condenadas, Montoya, Honorio y Reznik, recibieron 3 años de prisión condicional, al considerar que son madres de niños menores, algunos con discapacidad, al igual que Victoria Contreras. Todas deberán cumplir reglas de conducta específicas: fijar domicilio, abstenerse del consumo excesivo de alcohol y drogas, realizar 96 horas de trabajo no remunerado, presentarse periódicamente ante la justicia y no reincidir en delitos.

    El tribunal también rechazó los pedidos de decomiso de inmuebles y vehículos solicitados por la fiscalía y levantó las inhibiciones de bienes que pesaban sobre los condenados.

    Según la sentencia, entre el 30 de septiembre de 2020 y el 31 de julio de 2022, los responsables desviaron fondos que, a valores históricos, suman 153 millones de pesos, equivalentes a más de mil millones actualizados. Parte de ese dinero habría sido destinado a financiar campañas del Movimiento Popular Neuquino, aunque nunca se logró determinar con claridad los beneficiarios finales del desvío.

  • Planes sociales: fijan penas de 5 años de prisión efectiva para los máximos responsables

    Planes sociales: fijan penas de 5 años de prisión efectiva para los máximos responsables

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    jueves, diciembre 11, 2025

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    Planes sociales: fijan penas de 5 años de prisión efectiva para los máximos responsables

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    Abel Di Luca, ex ministro de Desarrollo Social; Tomás Siengentharler, ex coordinador de Administración; y Ricardo Soiza, ex director general de Planes Sociales, fueron condenados a 5 años de prisión efectiva y tuvieron las penas más altas.

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    En la audiencia de fijación de penas realizada el jueves 11, el tribunal estableció las condenas para las doce personas declaradas penalmente responsables por las estafas con planes sociales cometidas entre septiembre de 2020 y julio de 2022: Abel Di Luca, exministro de Desarrollo Social; Tomás Siengentharler, excoordinador de Administración; y Ricardo Soiza, ex director general de Planes Sociales, fueron condenados a 5 años de prisión efectiva y tuvieron las penas más altas. La instancia se desarrolló luego del pedido formulado por el fiscal jefe Pablo Vignaroli y por el fiscal del caso Juan Narvaez, quienes habían requerido penas de cumplimiento efectivo para todas las personas involucradas.

    El tribunal fijó penas de prisión efectiva para Néstor Pablo Sanz, a quien le impuso 4 años y 6 meses; Marcos Osuna, 4 años; y Luis María Gallo, Julieta Mariana Oviedo y Alfredo Cury, con 3 años y 6 meses. Finalmente, Laura Carolina Resnik, Isabel Natalia Montoya, Valeria Noemí Honorio y Emanuel Rodolfo Victoria Contreras fueron condenados a 3 años de prisión condicional.

    Además, los jueces dispusieron —según lo solicitado por la fiscalía— la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos, las accesorias legales correspondientes y el pago de las costas del proceso. No hicieron lugar a los decomisos de bienes de los imputados, en tanto que se probó que hayan sido adquiridos con el dinero de las defraudaciones, pero se advirtió que podrán ser reclamados en los procesos que, en otro fuero, lleva adelante la Fiscalía de Estado.

    Audiencia previa

    Durante el debate en el que se solicitaron las penas, el fiscal jefe Pablo Vignaroli advirtió que se trató de “un delito grave que afectó seriamente a la administración pública”, en un perjuicio acreditado por $153.377.900 (que representan más de $1.200 millones en la actualidad) , y solicitó penas de hasta 6 años de prisión efectiva.

    El equipo del MPF estuvo integrado también por el fiscal del caso Juan Narvaez, al frente de la fiscalía de Delitos Económicos durante la audiencia de hoy,  y las asistentes letradas Tanya Cid y Agustina Jara. Por la Fiscalía de Estado intervino como querellante el abogado Gustavo Kohon.

    A la audiencia de hoy se llegó con las y los condenados declarados responsables por el delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública, según resolvieron de manera unánime los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees en el veredicto previo. Es que el tribunal descartó el delito de Asociación Ilícita, como impulsó la fiscalía.

    La maniobra investigada consistió en la utilización ilegítima de tarjetas de débito de beneficiarios de programas sociales, a quienes se les retenían los plásticos. Una parte del subsidio quedaba para el beneficiario y el resto se dirigía, según sostuvo la fiscalía, a referentes políticos del Movimiento Popular Neuquino (MPN).

    Antes de este juicio, otras nueve personas ya habían sido condenadas por su participación en tareas complementarias de la estafa, con penas de tres años de prisión condicional tras reconocer los hechos.

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  • Una joven usó la tarjeta de su novio jubilado durante 10 años: una estafa millonaria

    Una joven usó la tarjeta de su novio jubilado durante 10 años: una estafa millonaria

    Una joven oriunda de Misiones fue detenida al ser acusada de utilizar durante al menos 10 años la tarjeta de crédito y la banca móvil de un jubilado con quien habría mantenido una relación amorosa. La estafa podría ser millonaria.

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    El hombre, de 86 años de edad, realizó una denuncia radicada en Campo Viera y puso bajo la lupa consumos, transferencias y pagos realizados desde 2014. De acuerdo con fuentes policiales, el caso tomó estado público este miércoles por la mañana, cuando Aníbal S, residente en el kilómetro 25 del pueblo, se presentó ante las autoridades para denunciar movimientos bancarios que él desconocía.

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    Según su relato, desde hace una década se registraban consumos y transferencias en su resumen de la tarjeta del Banco Macro sin su consentimiento. La policía accedió a estos registros, que llevaron a una joven de 27 años con quien el hombre mantenía una relación.

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    La joven usó la tarjeta del jubilado para el pago de servicios de streaming

    Medios locales revelaron que el hombre venía notando descuentos en su tarjeta y, tras pedir ayuda, se constató que la joven estaba vinculada a su cuenta bancaria. La misma fue identificada como Ángela Paola de S., residente del km 28 de la misma localidad que el jubilado.

    Durante la pesquisa a cargo de la policía de Misiones, se confirmó que la tarjeta estaba asociada a servicios como YouTube Premium y Netflix instalados en el teléfono de la sospechosa, esas suscripciones figuraban activas en diferentes aplicaciones conectadas a la cuenta del jubilado.

    La presunta autora fue demorada y quedó a disposición del magistrado interviniente. Fuentes judiciales indicaron que ahora se intentará establecer el monto total del perjuicio económico y determinar si existieron otros posibles damnificados en la misma zona.

    Un jubilado invirtió 80 millones de pesos en una app y resultó en una estafa

    Un hombre oriundo de San Juan fue víctima de una novedosa estafa virtual. En esta ocasión el jubilado, de 63 años de edad, creyó estar invirtiendo en una plataforma que prometía altos rendimientos, transfirió más de 80 millones de pesos y no logró recuperar ni un solo peso.

    La UFI de Delitos Informáticos y Estafas ya trabaja para identificar a los responsables. La víctima aseguró que tomó contacto con una mujer que afirmó ser asesora de inversiones de Estado Unidos. Tras la comunicación inicial, el hombre identificado como Guzmán, se descargó una aplicación para empezar con las inversiones.

    En las primeras semanas, y después de transferir un monto total de 70 millones, le hicieron creer que había obtenido rendimientos por unos 300 millones de pesos. Cuando quiso retirar su dinero, le pidieron unos 17 millones para afrontar gastos administrativos.

    Las respuestas de los responsables de la plataforma eran cada vez más esquivas hasta que el sanjuanino fue bloqueado y no pudo acceder más a la aplicación. De esa manera, se dio cuenta de que no podría recuperar los 87 millones de pesos que invirtió.

    Los investigadores de la UFI de Delitos Informáticos y Estafas trabajan para detectar la ruta del dinero y así determinar a que cuenta fue a parar el dinero del sanjuanino.

  • Estafa con planes sociales: una por una, así fueron las penas a los 12 condenados

    Estafa con planes sociales: una por una, así fueron las penas a los 12 condenados

    El histórico juicio por la estafa con planes sociales en Neuquén sumó este jueves un capítulo decisivo con la lectura de las penas para los 12 condenados por administración fraudulenta. La audiencia, realizada al mediodía, confirmó que ocho de ellos deberán cumplir prisión efectiva, mientras que los cuatro restantes recibieron penas de ejecución condicional.

    De acuerdo con lo acreditado durante el debate, todos participaron en un esquema que perjudicó al Estado provincial por más de 1.200 millones de pesos, fondos que debían llegar —al menos en parte— a personas desocupadas.

    La maniobra combinó extracciones de cajeros automáticos con tarjetas de beneficiarios y el cobro irregular de cheques de Desarrollo Social, dinero que terminaba en una caja paralela vinculada a movimientos internos de la política. Ninguno de los presuntos beneficiarios de esos sobres figura imputado o investigado.

    El fallo reavivó un interrogante central: cuántos de los condenados efectivamente irán a prisión, teniendo en cuenta que solo tres permanecen detenidos bajo prisión preventiva. El tribunal compuesto por Juan Manuel Kees, Juan Guaita y Luciano Hermosilla consideró acreditada la administración fraudulenta agravada, aunque no se logró sostener la figura de asociación ilícita. En la etapa previa, la fiscalía había solicitado penas de entre 3 y 6 años de prisión efectiva, además de inhabilitaciones perpetuas y decomisos de bienes.

    Las penas definidas para los 12 condenados

    • Abel Di Luca, exministro de Desarrollo Social: 5 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Tomás Siegenthaler, excoordinador provincial: 5 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Ricardo Soiza, exdirector de Planes Sociales: 5 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Marcos Osuna, jefe de Informática: 4 años de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Pablo Néstor Sanz, exdirector de Fiscalizaciones: 4 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Julieta Oviedo, exdirectora de Tesorería: 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Luis Gallo, exdirector de Finanzas: 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Alfredo Cury: 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación perpetua.
    • Laura Reznik, exdirectora de Finanzas: 3 años de ejecución condicional, inhabilitación perpetua y pautas de conducta.
    • Valeria Honorio: 3 años de ejecución condicional, inhabilitación perpetua y pautas de conducta.
    • Isabel Montoya: 3 años de ejecución condicional, inhabilitación perpetua y pautas de conducta.
    • Emanuel Victoria: 3 años de ejecución condicional, inhabilitación perpetua y pautas de conducta.
  • Planes sociales: fijan penas de 5 años de prisión efectiva para los máximos responsables

    Planes sociales: fijan penas de 5 años de prisión efectiva para los máximos responsables

    Planes sociales: fijan penas de 5 años de prisión efectiva para los máximos responsables

     

    11-12-2025

     

    Neuquén– En la audiencia de fijación de penas realizada hoy, el tribunal estableció las condenas para las doce personas declaradas penalmente responsables por las estafas con planes sociales cometidas entre septiembre de 2020 y julio de 2022: Abel Di Luca, exministro de Desarrollo Social; Tomás Siengentharler, excoordinador de Administración; y Ricardo Soiza, ex director general de Planes Sociales, fueron condenados a 5 años de prisión efectiva y tuvieron las penas más altas.

     

    La instancia se desarrolló luego del pedido formulado por el fiscal jefe Pablo Vignaroli y por el fiscal del caso Juan Narvaez, quienes habían requerido penas de cumplimiento efectivo para todas las personas involucradas.

     

    El tribunal fijó penas de prisión efectiva para Néstor Pablo Sanz, a quien le impuso 4 años y 6 meses; Marcos Osuna, 4 años; y Luis María Gallo, Julieta Mariana Oviedo y Alfredo Cury, con 3 años y 6 meses. Finalmente, Laura Carolina Resnik, Isabel Natalia Montoya, Valeria Noemí Honorio y Emanuel Rodolfo Victoria Contreras fueron condenados a 3 años de prisión condicional.

     

    Además, los jueces dispusieron —según lo solicitado por la fiscalía— la inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos, las accesorias legales correspondientes y el pago de las costas del proceso. No hicieron lugar a los decomisos de bienes de los imputados, en tanto que se probó que hayan sido adquiridos con el dinero de las defraudaciones, pero se advirtió que podrán ser reclamados en los procesos que, en otro fuero, lleva adelante la Fiscalía de Estado.

     

    Audiencia previa

     

    Durante el debate en el que se solicitaron las penas, el fiscal jefe Pablo Vignaroli advirtió que se trató de “un delito grave que afectó seriamente a la administración pública”, en un perjuicio acreditado por $153.377.900 (que representan más de $1.200 millones en la actualidad) , y solicitó penas de hasta 6 años de prisión efectiva.

     

    El equipo del MPF estuvo integrado también por el fiscal del caso Juan Narvaez, al frente de la fiscalía de Delitos Económicos durante la audiencia de hoy,  y las asistentes letradas Tanya Cid y Agustina Jara. Por la Fiscalía de Estado intervino como querellante el abogado Gustavo Kohon.

     

    A la audiencia de hoy se llegó con las y los condenados declarados responsables por el delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública, según resolvieron de manera unánime los jueces Juan Guaita, Luciano Hermosilla y Juan Manuel Kees en el veredicto previo. Es que el tribunal descartó el delito de Asociación Ilícita, como impulsó la fiscalía.

     

    La maniobra investigada consistió en la utilización ilegítima de tarjetas de débito de beneficiarios de programas sociales, a quienes se les retenían los plásticos. Una parte del subsidio quedaba para el beneficiario y el resto se dirigía, según sostuvo la fiscalía, a referentes políticos del Movimiento Popular Neuquino (MPN).

     

    Antes de este juicio, otras nueve personas ya habían sido condenadas por su participación en tareas complementarias de la estafa, con penas de tres años de prisión condicional tras reconocer los hechos.